Ayudas económicas por nacimiento o adopción 2015

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

Medios de contacto

¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

Efectos presuntos

Fin de la vía administrativa

Recursos

Observaciones

Más información

Convocatoria de ayudas económicas por nacimiento o adopción, destinadas a familias del municipio de Getafe

Progenitores o adoptantes que hayan tenido un hijo, pertenecientes a familias del municipio de Getafe, que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria

Horario del Registro de entrada del Ayuntamiento de Getafe:

- De lunes a viernes de 9 a 14hs

- De lunes a jueves de 16:30 a 19hs

- Sábados de 10 a 13hs

a)Fotocopia del D.N.I

b) En el caso de personas extranjeras no comunitarias, fotocopia compulsada de la tarjeta de identidad de extranjero ( TIE ) del solicitante.

c) En el caso de ciudadanos comunitarios, certificado de registro de ciudadano de la unión europea acompañado de copia compulsada del pasaporte.

d) Fotocopia compulsada del libro de familia.
En los supuestos de adopción, copia de la resolución judicial o documento análogo constitutivo de la misma

e)Declaración responsable de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de no tener deudas tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe.

f)Fotocopia completa de la Declaración del IRPF del año 2014 de ambos progenitores, y en caso de separación, divorcio o viudedad la correspondiente al progenitor solicitante. En caso de no haber presentado declaración de IRPF por no estar obligado a ello, se presentará certificación expedida por Hacienda de no haber presentado declaración y de los datos de que dispone la administración tributaria referidos al año fiscal anteriormente referenciado.
La renta anual se determinará mediante la suma de las cantidades que figuran en las casillas de la declaración del IRPF de 2014: Casilla 415 + Casilla 424
En el caso de no resultar obligado a presentar declaración de IRPF, para determinar la renta anual se tomará como cálculo el importe íntegro de los ingresos que figuren en la certificación de Hacienda para los casos de no presentación de declaración de IRPF.
En el caso de no poder aportar dicha certificación por hallarse en proceso de grabación de datos por parte de la AEAT, se presentará la correspondiente al año 2013.

g)Ficha de terceros acreditativa de los datos bancarios en los que desea que se haga efectivo el importe de la ayuda que en su caso pueda concederse, si bien, la presentación de dicho documento en el momento de presentar la solicitud, será voluntaria.
En el caso de resultar beneficiario de la ayuda y no haber presentado el citado documento junto con la solicitud, el mismo deberá presentarse en el plazo de diez días desde la notificación de concesión de la ayuda.

Presencial

La solicitud, junto con la documentación, se presentará en el registro de entrada del Ayuntamiento de Getafe (plaza de la Constitución s/n, planta baja) o en cualquiera de las formas establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de tramitación es de 20 Días

Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y RD 887/2006 de 21 de julio

Servicios Sociales
A petición del interesado

a) Que el nacimiento o la adopción haya tenido lugar entre el 29 de octubre de 2014 y el 31 de agosto de 2015.

b)Ser español o extranjero con residencia legal en España

c) Estar empadronados todos los miembros de la unidad familiar en el Municipio de Getafe en la fecha de aprobación de la presente convocatoria, exigiéndose además, al progenitor solicitante, que dicho empadronamiento lo sea con una antigüedad de al menos dos años consecutivos inmediatos anteriores al 31 de agosto de 2015

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la AEAT y Seguridad Social, así como, no tener deudas tributarias y no tributarias con el ayuntamiento de Getafe, así como, no ser deudor por reintegro de ayudas o subvenciones en periodo ejecutivo del Ayuntamiento de Getafe. Para acreditar dicho requisito deberá presentar una declaración responsable de no estar incurso en dichos supuestos, según modelo establecido al efecto. No obstante, el Ayuntamiento de Getafe comprobará de oficio con anterioridad a la resolución de la convocatoria el cumplimiento del requisito de no tener deudas con el mismo.

e) No superar la unidad familiar una renta per cápita de 10.000,00€ al año.

Si la solicitud y documentación presentada fuera incompleta o defectuosa, por la Delegación de Asuntos Sociales, Familia, Dependencia e Integración se requerirá al solicitante para que, en el plazo de 10 días, aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, haciéndole saber que, en caso contrario, su solicitud será archivada previa resolución expresa
Junta de Gobierno
Desestimación
La resolución pone fin a la vía administrativa
Los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o, directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de los Contencioso Administrativo de Madrid en el plazo de 2 meses desde dicha notificación.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 1 de septiembre hasta el día 23 de septiembre de 2015, ambos inclusive.

La resolución sobre la concesión o denegación de las ayudas solicitadas, se realizará por la Junta de Gobierno, se notificará a los solicitantes en el plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El requisito del empadronamiento en el municipio de Getafe en la fecha de aprobación de la convocatoria no será exigible respecto al nacido o adoptado, pero sí será exigible que lo esté con anterioridad a la fecha de presentación de solicitud de la ayuda.

La Concejalía de Asuntos Sociales, Familia, Dependencia e Integración como órgano instructor, comprobará de oficio el empadronamiento de la unidad familiar a través del Padrón Municipal de Habitantes.

A los efectos previstos en la presente convocatoria, se considera que conforman la unidad familiar la formada por el solicitante y cónyuge no separados legalmente, o pareja de hecho y descendientes de primer grado. El grado de parentesco se contará respecto del solicitante

Respecto al cumplimiento de hallarse al corriente de obligaciones tributarias con la AEAT y Seguridad Social, con carácter previo a elevar al órgano competente la propuesta de resolución de concesión, se requerirá a los solicitantes propuestos como beneficiarios para que en un plazo de 15 días presenten las correspondientes certificaciones acreditativas del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la AEAT y con la Seguridad Social.
Este requisito también se hará extensible al progenitor no solicitante que forme parte de la unidad de familiar .

Se considerará renta per cápita de la unidad familiar el resultado de dividir los ingresos anuales de la misma, entre el total de sus miembros computables.

No podrán ser beneficiarios las personas privadas total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por instituciones públicas


Oficinas de la administración

Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe

C/ Diaz y Barcala S/N, Getafe , 28905

Tel. 916654400

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Biblioteca Municipal José Luis Sampedro

Pl. las Provincias, S/N, Getafe , 28903

Tel. 912027986

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3

Av. Arcas del Agua, 1, Getafe , 28905

Tel. 916826111

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor

C/ Madrid, 41, Getafe , 28901

Tel. 912027963

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Base Aerea De Getafe Ala N 35 Mde

Pza. Del Coronel Polanco , Getafe , 28902

Tel. 913019657

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Ayuntamiento De Getafe

Pza. De La Constitucion, 1 , Getafe , 28901

Tel. 912027900

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.