Convocatoria de Subvenciones para Asociaciones de Vecinos para realización de proyectos en el año 2016

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

Medios de contacto

¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

Efectos presuntos

Fin de la ví­a administrativa

Recursos

Más información

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE VECINOS DE GETAFE, PARA LA REALIZACIÓN DE SUS PROGRAMAS DE ACTIVIDADES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2016
Asociaciones de Vecinos
Horario de Registro General del Ayuntamiento:De lunes a jueves de 9.00 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:00 horasViernes de 9:00 a 14:00 horas Sábados de 10:00 a 13:00 horas.

Anexos
Junto con el modelo de solicitud Anexo I deberá adjuntarse:

a) Descripción de todas y cada una de las actividades, según modelo Anexo III, que incluya el presupuesto firmado por el representante legal y que deberá tener el grado de complejidad y desarrollo acorde con las caracterí­sticas de las actividades para las que se solicita subvención.
b) Certificado de la Secretarí­a de la entidad,acreditativo de la representación de la persona firmante de la solicitud, de la composición de la Junta Directiva y de las caracterí­sticas sustanciales de la entidad conforme modelo Anexo IV. Dichos datos habrán debido ser comunicados convenientemente a los Registros Administrativos correspondientes.

c) Declaración responsable de la Presidencia de la entidad, conforme modelo Anexo V acreditativa de:
- No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del Artí­culo 13 de la LGS
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así­ como con el Ayuntamiento de Getafe.
- Si el concepto para el que se solicita subvención ha sido objeto de solicitud o de concesión de ayudas por parte de otras entidades públicas o privadas y en su caso, origen e importe.

d) Fotocopia del CIF de la persona jurí­dica solicitante.

e) Foocopia del DNI o NIE del firmante de la solicitud.

f) Fotocopia de los Estatutos de la entidad.

g) Presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal de la entidad.

h) Ficha de terceros acreditativa de los datos bancarios en los que se desea que se haga efectivo el importe de la subvención que en su caso pudiera concederse.

De conformidad con lo establecido en el art. 35.f de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no será necesario presentar los documentos establecidos en las letras d,e, f, g y h cuando éstos no hayan sufrido modificación y estuvieran en poder del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, en cuyo caso, el solicitante deberá hacerlo constar por escrito.

Presencial
En el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, o en cualquiera de las formas establecidas en el artí­culo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurí­dico y Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de tramitación es de 20 Dí­as
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Getafe. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Coordinación de Barrios
A petición del interesado

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades Asociaciones de Vecinos que cumplan los requisitos establecidos en el artí­culo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y que además:

a) En el momento de apertura del plazo de presentación de solicitudes, estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados, de conformidad con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe.

b) Se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así­ como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe el solicitante deberá asegurarse con carácter previo de que no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del plazo de presentación de instancias.

c) No tengan con el Ayuntamiento de Getafe deudas por reintegro de subvenciones en perí­odo ejecutivo, y ello conforme establece el artí­culo 21 del Reglamento de Subvenciones. Se considera por tanto, que concurre la circunstancia de ser deudor por tal concepto cuando exista resolución del órgano competente y haya transcurrido el plazo para el pago en perí­odo voluntario sin haber efectuado el mismo.

Si el escrito de solicitud no reuniera los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como dela entidad, no se aportasen los documentos que deban acompañarse o éstos estuvieran incompletos, se le requerirá a los efectos de que subsane la falta en el plazo de 10 dí­as hábiles, en consonancia con el artí­culo 71 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre del Régimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP y PAC) con la advertencia de que si así­ no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa notificación de la resolución en los términos del artí­culo 42 de la misma disposición.Las asociaciones o entidades solicitantes a estos efectos deberán indicar en el anexo I de solicitud una dirección de correo electrónico que servirá para que la Administración se pueda dirigir a los efectos de notificar cualquier aspecto relacionado con esta convocatoria, tanto para subsanar defectos como para notificar la concesión dela subvención y aspectos referidos a la cuenta justificativa.
Junta de Gobierno
Desestimación
La resolución pone fin a la ví­a administrativa
La resolución pone fin a la ví­a administrativa y contra ella los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de publicación en el tablón de anuncios o directamente recurso contencioso administrativo de conformidad con la legislación de la jurisdicción contencioso administrativa.

A efectos de la presente convocatoria se consideran subvencionables los gastos corrientes que de manera indubitada respondan a la naturaleza del objeto entre los que se podrán subvencionar:

  • Gastos de personal.
  • Adquisición de material fungible, de oficina y/o talleres necesarios para la realización del programa.
  • Servicios profesionales.
  • Publicidad y propaganda.
  • Alojamiento y transportes que estén directamente relacionados con el proyecto subvencionado. Dentro de estos conceptos sólo se subvencionarán los gastos siguientes:
    • Gastos de utilización de transporte público en ciudad, los cuales se justificarán en la forma que establece la base 13ª.
    • En caso de que el proyecto subvencionado incluyera como actividad alguna salida. excursión o viaje grupal, se subvencionarán los gastos del alojamiento y transporte que conlleve dicha actividad, debiendo justificarse los mismos mediante las correspondientes facturas emitidas por la agencia de viajes, empresa de transporte y/o establecimiento hotelero a nombre de la entidad, las cuales deberán especificar el nº de personas usuarias y los dí­as de estancia, y trayecto, esto último en caso de factura emitida por empresa de transporte. En estos casos las facturas deberán venir acompañadas de un certificado del representante legal de la entidad en el que conste la descripción de la actividad, el nº asistentes y su relación con la entidad.
  • Pólizas de seguro de responsabilidad civil especí­ficos contratados para la realización de la actividad susceptible de ser subvencionada.
  • Gastos de gestión.
  • Cualquier otro gasto se entenderá subvencionable siempre y cuando, por su naturaleza y acreditada su necesidad, sea así­ informado favorablemente como gasto directamente relacionado con el proyecto subvencionado por el técnico responsable del Departamento de Coordinación de Barrios de la Concejalí­a de Participación Ciudadana, debiendo estar dicho gasto expresamente incluido en el presupuesto del proyecto para el que solicita la subvención.

Quedan excluidos expresamente los gastos correspondientes a adquisición de material inventariable, alquileres de sedes o locales, obras de reparación, suministros (luz, agua, telefoní­a, conexiones a internet¿), gastos de mantenimiento de sedes, gastos de comunidad, gastos de manutención y restaurantes, pólizas de seguro correspondiente a los locales y el seguro de responsabilidad civil de la asociación, los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, los tributos, excepto el IVA y los gastos de procedimientos judiciales.


Oficinas de la administración

Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe

C/ Diaz y Barcala S/N, Getafe , 28905

Tel. 916654400

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Biblioteca Municipal José Luis Sampedro

Pl. las Provincias, S/N, Getafe , 28903

Tel. 912027986

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3

Av. Arcas del Agua, 1, Getafe , 28905

Tel. 916826111

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor

C/ Madrid, 41, Getafe , 28901

Tel. 912027963

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Base Aerea De Getafe Ala N 35 Mde

Pza. Del Coronel Polanco , Getafe , 28902

Tel. 913019657

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Ayuntamiento De Getafe

Pza. De La Constitucion, 1 , Getafe , 28901

Tel. 912027900

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.