Ayuntamiento de Cádiz

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Alta en el registro de asociaciones

    Resumen

    Procedimiento por el cual se proceda a tramitación de alta de una nueva asociación en el registro municipal de asociaciones

    Descripción del procedimiento

    Alta en el registro de asociaciones

    Organismo que inicia el procedimiento

    Servicio de Atención al Ciudadano

    Organismo instructor

    Participación Ciudadana

    Puesto instructor/a expediente

    Gestor/a Administrativo/a de Participación ciudadana

    Organismo que resuelve

    Sr./Sra. Alcade/sa o persona en quien delegue

    Requisitos para la tramitación

    • 1. Rellenar formulario de solicitud; 2. Incorporación de documentación necesaria; 3. Presentar solicitud.; 4. Según el curso seguido por el expediente: a. Subsanar la solicitud si se recibe el correspondiente requerimiento b. Presentar alegaciones, documentos o justificaciones oportunos con anterior

    Pasos a realizar por el ciudadano

    • Estar previamente inscrito en el Registro de Asociaciones Autonómico

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Tramitación

    1. Resolución del Sr./Sra. Alcalde/sa o persona en quien delegue; 2. Desistimiento.; 3. Renuncia. 4. Caducidad.

    Efectos del silencio administrativo

    Estimatorio

    Recursos que proceden

    • 1. Recurso potestativo de reposición.; 2. Recurso contencioso-administrativo.

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En el Servicio de Atención al Ciudadano, sito en Plaza de San Juan de Dios. S/N. 11005 - Cádiz. 2. A través de la web municipal en la carpeta del Ciudadano. 3. En el teléfono de atención ciudadana: 956241015 / 956241030 / 956241031

    Plazo de resolución

    3 Meses

    Plazos y caducidades

    • PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

    3 meses desde la entrada en registro de la solicitud

    Normativa

    • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
    • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio
    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
    • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
    • Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales
    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Avisos ciudadanos

    Resumen

    Procedimiento por el cual se procede a la presentación de avisos por parte de los/as ciudadanos/as.

    Familia

    PROCEDIMIENTOS DEL SAC

    Descripción del procedimiento

    Avisos ciudadanos

    Organismo que inicia el procedimiento

    Servicio de Atención al Ciudadano

    Organismo instructor

    Servicio de Atención al Ciudadano

    Organismo que resuelve

    Sr./Sra. Alcade/sa o persona en quien delegue

    Requisitos para la tramitación

    • 1. Rellenar formulario de la solicitud, 2. Presentar y firmar la solicitud

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Canal de iniciación

    Inmediata

    Tramitación

    A instancia de parte

    Modo de tramitación

    Inmediata

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En el Servicio de Atención al Ciudadano, sito en Plaza de San Juan de Dios. S/N. 11005 - Cádiz. 2. A través de la web municipal en la carpeta del Ciudadano. 3. En el teléfono de atención ciudadana: 956241015 / 956241030 / 956241031

    Plazos y caducidades

    Normativa

    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
    • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Baja en el registro de asociaciones

    Resumen

    Procedimiento por el cual se proceda a la tramitación de baja de los datos personales obrantes en el registro de asociaciones

    Descripción del procedimiento

    Baja en el registro de asociaciones

    Organismo que inicia el procedimiento

    Servicio de Atención al Ciudadano

    Organismo instructor

    Participación Ciudadana

    Puesto instructor/a expediente

    Jefe/a del Servicio de Participación Ciudadana

    Organismo que resuelve

    Sr./Sra. Alcade/sa o persona en quien delegue

    Requisitos para la tramitación

    • 1. Rellenar formulario de solicitud; 2. Firmar y presentar la solicitud

    Pasos a realizar por el ciudadano

    • Estar previamente inscrito en el registro de asociaciones

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En el Servicio de Atención al Ciudadano, sito en Plaza de San Juan de Dios. S/N. 11005 - Cádiz. 2. A través de la web municipal en la carpeta del Ciudadano. 3. En el teléfono de atención ciudadana: 956241015 / 956241030 / 956241031

    Plazos y caducidades

    • PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

    3 meses desde la entrada en registro de la documentación

    Normativa

    • Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales
    • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
    • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
    • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Solicitud de bonificación ibi empresas

    Resumen

    Tramitacion de bonificación del 50% de la cuota integra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para aquellos inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de la obra nueva como de rehabilitacion equiparable a esta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.

    Descripción del procedimiento

    Bonificacion de IBI para inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de empresas de urbanizacion, construccion y promocion inmobiliaria

    Organismo que inicia el procedimiento

    Gestión Tributaria

    Organismo instructor

    Gestión Tributaria

    Organismo que resuelve

    Teniente de Alcalde Delegado de Hacienda.

    Requisitos para la tramitación

    • a)El inmueble objeto de solicitud de bonificacion no deben figurar entre los bienes del inmovilizado de la empresa promotora

    Pasos a realizar por el ciudadano

    • Rellenar formulario de solicitud
    • Incorporación de otros documentos
    • Presentar solicitud
    • Según el curso seguido por el expediente: a. Subsanar la solicitud si se recibe el correspondiente requerimiento b. Recibir la notificación de la resolución c. Presentar recurso de reposición en caso de discordancia con la resolución

    Documentación

    • Acreditacion de la representacion de la persona que actue en nombre de la empresa solicitante
    • Declaracion del representante legal de la empresa de que la finca o inmueble no figura inventariado entre los bienes del inmovilizado de la empresa
    • En los casos en que la empresa solicitante se encuentre exenta del Impuesto sobre Actividades Economicas, debera aportar certificacion emitida por la Agencia Estatal de Administracion Tributaria de encontrarse dada de alta en el Censo de Obligados Tributaria por la actividad a que le es de aplicacion la presente bonificacion

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Efectos del silencio administrativo

    Desestimatorio con carácter general

    Recursos que proceden

    • Exclusivamente Recurso de Reposición previo al Recurso Contencioso Administrativo.

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En el Servicio de Gestión e Inspección Tributaria 2. A través de la web municipal en la carpeta del Ciudadano. 3. Teléfono del Servicio de Gestión e Inspección Tributaria: 956241013

    Plazos y caducidades

    • Plazo de aplicación de la bonificación

    Desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o construcción efectivas, y sin que, en ningún caso, pueda exceder de tres periodos impositivos. A los efectos de esta bonificación se considera iniciada la obra en el momento del otorgamiento de la correspondiente licencia urbanística.

    Normativa

    • R.D.L 2/2004,de 5 marzo, Texto Refundido de la Ley Haciendas locales
    • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
    • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
    • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
    • Ordenanza nº. 1 Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

    Resoluciones-Notificaciones

    • 6 meses desde la entrada en registro de la documentación

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Certificado de pertenencia al registro

    Resumen

    Procedimiento para la emisión de certificado de pertenencia al registro de asociaciones

    Descripción del procedimiento

    Certificado de pertenencia al registro de asociaciones

    Organismo que inicia el procedimiento

    Servicio de Atención al Ciudadano

    Organismo instructor

    Participación Ciudadana

    Puesto instructor/a expediente

    Jefe/a del Servicio de Participación Ciudadana

    Organismo que resuelve

    Sr./Sra. Alcade/sa o persona en quien delegue

    Requisitos para la tramitación

    • 1. Rellenar formulario de solicitud; 2. Presentar solicitud; 3. Recepción de documento

    Pasos a realizar por el ciudadano

    • Estar dado de alta en el registro de Asociaciones

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Tramitación

    Mediante la emisión del correspondiente certificado

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En el Servicio de Atención al Ciudadano, sito en Plaza de San Juan de Dios. S/N. 11005 - Cádiz. 2. A través de la web municipal en la carpeta del Ciudadano. 3. En el teléfono de atención ciudadana: 956241015 / 956241030 / 956241031

    Plazos y caducidades

    Normativa

    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
    • Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio
    • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
    • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Comunicación datos a efectos de recibir pagos

    Resumen

    Procedimiento a través del cual se comunica al Ayuntamiento de Cádiz los datos necesarios de los terceros que van a recibir pagos, tales como datos de su cuenta bancaria, dirección, correo electrónico

    Descripción del procedimiento

    Comunicación datos Acreedores para recibir pagos

    Organismo que inicia el procedimiento

    Tesorería

    Organismo instructor

    Tesorería

    Organismo que resuelve

    Tesorería

    Pasos a realizar por el ciudadano

    • 1) Rellenar formulario de la comunicación.
    • 2) Adjuntar documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria señalada para recibir pagos.
    • 3) Presentar y firmar la comunicación.

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En Tesorería y Atención al Ciudadano, sito en plaza de San Juan de Dios, s/n. 11005-Cádiz; 2. Accediendo desde la Web municipal a la carpeta ciudadana; 3. En el teléfono de Tesorería: 956241014 y en atención ciudadana: 956241022 / 956241073 / 956241000

    Normativa

    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
    • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
    • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
    • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Consultas de facturas RD 4/2012

    Resumen

    Consulta de la inclusión en la relación certificada de acuerdo con el articulo 3 de RD 4/2012

    Descripción del procedimiento

    Consulta de facturas RD 4/2012

    Organismo que inicia el procedimiento

    Intervención

    Organismo instructor

    Intervención

    Puesto instructor/a expediente

    Interventor

    Dependencia instructora expediente

    Intervención

    Organismo que resuelve

    Intervención

    Requisitos para la tramitación

    • 1) Rellenar formulario de la solicitud: 2) Firmar y presentar la solicitud; 3) Obtener la consulta de facturas según RD 4/2012.

    Pasos a realizar por el ciudadano

    • Ser proveedor y estar en posesión del certificado digital a nombre de la entidad titular del derecho de cobro.

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En el Servicio de Atención al Ciudadano, sito en Plaza de San Juan de Dios, s/n. 11005 - Cádiz. 2. Accediendo desde la Web municipal a la carpeta de ciudadano. 3. En el teléfono de atención ciudadana de Intervención: 956241008

    Plazos y caducidades

    • La consulta se podrá obtener de forma inmediata

    • PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

    La consulta se podrá obtener de forma inmediata

    Observaciones

    Este procedimiento es meramente informativo. En caso de no aparecer, podrán solicitar a la entidad local deudora la emisión de un certificado individual.

    Normativa

    • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
    • Real Decreto Ley 4/2012 de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
    • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Consulta de facturas RD 8/2013

    Resumen

    Consulta de la inclusión en la relación certificada de acuerdo con Real Decreto Ley 8/2013

    Descripción del procedimiento

    Consulta de facturas RD 8/2013

    Organismo que inicia el procedimiento

    Intervención

    Organismo instructor

    Intervención

    Puesto instructor/a expediente

    Interventor

    Dependencia instructora expediente

    Intervención

    Organismo que resuelve

    Intervención

    Requisitos para la tramitación

    • 1) Rellenar formulario de la solicitud: 2) Firmar y presentar la solicitud; 3) Obtener la consulta de facturas según RD 8/2013.

    Pasos a realizar por el ciudadano

    • Ser proveedor y estar en posesión del certificado digital a nombre de la entidad titular del derecho de cobro.

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En el Servicio de Atención al Ciudadano, sito en Plaza de San Juan de Dios, s/n. 11005 - Cádiz. 2. Accediendo desde la Web municipal a la carpeta de ciudadano. 3. En el teléfono de atención ciudadana de Intervención: 956241008

    Plazos y caducidades

    • La consulta se podrá obtener de forma inmediata

    • PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

    La consulta se podrá obtener de forma inmediata

    Observaciones

    Este procedimiento es meramente informativo. En caso de no aparecer, podrán solicitar a la entidad local deudora la emisión de un certificado individual.

    Normativa

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
    • de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros.
    • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
    • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Devolucion de ingresos indebidos por duplicidad

    Resumen

    Procedimiento por el cual se solicita la devolución de impuestos y tasas pagados indebidamente por duplicidad por el/la solicitante.

    Descripción del procedimiento

    Devolución de ingresos indebidos por duplicidad

    Organismo que inicia el procedimiento

    Tesorería

    Organismo instructor

    Tesorería

    Puesto instructor/a expediente

    Tesorero/a

    Organismo que resuelve

    Sr./Sra. Alcade/sa o persona en quien delegue

    Pasos a realizar por el ciudadano

    • Rellenar formulario de solicitud
    • Incorporación de documentación necesaria
    • Presentar solicitud

    Documentación

    • Recibo original
    • Copias de los recibos pagados
    • Autorizacion del derecho al cobro por la persona titular del recibo en caso de que quiera que se page a un tercero distinto y la copia de su DNI

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Efectos del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Recursos que proceden

    • Recurso potestativo de reposición.
    • Recurso contencioso-administrativo.

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En el Registro de entrada de este Ayuntamiento de Cádiz, sito en plaza de San Juan de Dios, s/n. 11005 - Cádiz; 2. Accediendo desde la Web municipal a la carpeta de ciudadano; 3. En el teléfono de Tesoreria: 956241014.

    Plazos y caducidades

    Normativa

    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
    • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
    • Ley 58/ 2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
    • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
    • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

    Resoluciones-Notificaciones

    • 6 meses (art. 19 RGRA 520/2005) desde la entrada en registro de la solicitud

  • Iniciar

    Nombre del procedimiento

    Exencion de ivtm por minusvalia

    Resumen

    Procedimiento por el que se tramita la exencion del Impuesto sobre Vehiculos de Traccion Mecanica para vehiculos matriculados a nombre de minusvalidos para su uso exclusivo

    Descripción del procedimiento

    Exencion de IVTM por minusvalia

    Organismo que inicia el procedimiento

    Gestión Tributaria

    Organismo instructor

    Gestión Tributaria

    Puesto instructor/a expediente

    Jefe de la Unidad de IVTM en Servicio de Gestión e Inspección Tributaria

    Organismo que resuelve

    Teniente de Alcalde Delegado de Hacienda.

    Requisitos para la tramitación

    • a) El solicitante debera ostentar la condicion legal de minusvalido en un grado igual o superior al 33%
      b) El vehiculo para el que se solicita la exencion debera constar matriculado a nombre del minusvalido.

    Pasos a realizar por el ciudadano

    • Rellenar formulario de solicitud
    • Incorporación de otros documentos
    • Presentar solicitud
    • Según el curso seguido por el expediente:
    • a. Subsanar la solicitud si se recibe el correspondiente requerimiento
    • b. Recibir la notificación de la resolución
    • c. Presentar recurso de reposición en caso de discordancia con la resolución

    Documentación

    • Certificado de minusvalia emitido por el organo competente
    • Permiso de Circulacion del Vehiculo

    Formularios

    Clase de iniciación

    A instancia de parte

    Efectos del silencio administrativo

    Desestimatorio con carácter general

    Recursos que proceden

    • Exclusivamente Recurso de Reposición previo al Recurso Contencioso Administrativo

    Información sobre el estado de la tramitación

    1. En el Servicio de Gestión e Inspección Tributaria. 2. A través de la web municipal en la carpeta del Ciudadano. 3. En el teléfono del Servicio de Gestión e Inspección Tributaria: 956241013.

    Plazos y caducidades

    • Plazos de solicitud

    En los casos de matriculación o primera adquisición dentro del plazo de 30 a días a partir de la matriculación. En el resto de los casos, con anterioridad al 1 de enero, fecha del devengo del impuesto.

    Normativa

    • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
    • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
    • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
    • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
    • R.D.L 2/2004,de 5 marzo, Texto Refundido de la Ley Haciendas locales
    • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
    • Ordenanza Fiscal nº 3: Impuesto de Vehículo de Tracción Mecánica

    Resoluciones-Notificaciones

    • 6 meses desde la entrada en registro de la documentación

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