Identificación del conductor infractor

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Nombre del procedimiento

Identificación del conductor infractor

Resumen

Procedimiento por el cual el titular de un vehículo (o en su caso, conductor habitual o arrendatario) con el que se ha cometido una supuesta infracción de tráfico, debe identificar y comunicar a las autoridades de tráfico cuando sea requerido la identificad del conductor que supuestamente ha infringido las normas de circulación en el plazo de 20 días naturales desde la notificación de la denuncia

Descripción del procedimiento

Identificación del conductor infractor

Organismo que inicia el procedimiento

Sección de Multas de tráfico

Organismo instructor

Sección de Multas de tráfico

Puesto instructor/a expediente

Gestor/a de la Sección de Multas

Dependencia instructora expediente

Sección de Multas

Organismo que resuelve

Sección de Multas de tráfico

Requisitos para la tramitación

  • La solicitud deberá venir firmada tanto por el que identifica como por el identificado.

Pasos a realizar por el ciudadano

  • Rellenar formulario de solicitud
  • Presentar solicitud

Documentación

  • Los solicitantes podrán acompañar los elementos que estimen convenientes para precisar o completar los datos del modelo.
  • En el caso de ser extranjero, deberá aportar copia de la autenticación que le habilite a conducir en España. Si se trata de una empresa de alquiler de vehículos sin conductor podrá sustituirse por una copia del contrato de arrendamiento.

Formularios

Información sobre el estado de la tramitación

1. En la Sección de Multas de tráfico, sito en Plaza San Juan de Puerto Rico s/n 11071 - Cádiz; y los teléfonos: 956 24 11 52 / 956 24 11 53 / 956 24 11 55 / 956 24 11 56 2. A través de la web municipal en la carpeta del Ciudadano.

Plazos y caducidades

Normativa

  • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
  • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
  • R.D.L. 6/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, (BOE 261 de 21/10/2015)
  • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
  • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
  • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
  • R.D.L. 1428/03 Reglamento General de Circulación y anexos, modificado por el R.D 965/06.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
  • R.D. 772/97 Reglamento General de Conductores, modificado por el R.D 818/09, de 8 de mayo.
  • R.D. 320/90 de 25 de Febrero, por el que se regula el procedimiento sancionador en materia de tráfico

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