## Resumen Este trámite permite a las entidades que recibieron subvenciones para el fomento de la inserción laboral, innovación y emprendimiento en 2023 presentar la documentación justificativa de la ayuda. **Quién puede usar este servicio:** Entidades sin ánimo de lucro que hayan sido beneficiarias de estas subvenciones. **Importante:** El trámite estará disponible del 1 al 26 de diciembre de 2023. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Anexo V – Memoria Justificativa (según la modalidad: A, B o C): * [Anexo V mod A](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202311/anexo-v-memoria-justificativa-del-proyecto-ficha-resumen.pdf) * [Anexo V mod B](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202311/anexo-v-b-memoria-justificativa-del-proyecto-ficha-resumen.pdf) * [Anexo V mod C](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202311/anexo-v-c-memoria-justificativa-del-proyecto-ficha-resumen.pdf) * [Declaración responsable 2023](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202311/declaracion-responsable-2023.pdf) * [Porcentaje imputado a la subvención](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202311/porcentaje-imputado-subvencion.pdf) * Resultados conseguidos (inserciones laborales o educativas). ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Identifica la modalidad de subvención que recibiste (A, B o C). 2. Descarga y completa el Anexo V correspondiente a tu modalidad. 3. Reúne el resto de la documentación requerida. 4. Accede al trámite electrónico a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante con certificado digital: [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=AD18&useClave=true) 5. Sigue las instrucciones de la plataforma para presentar la documentación. **Importante:** Si recibiste subvención en más de una modalidad, debes presentar una instancia por cada una. ## Ayuda **Contacto:** * Para resolver dudas, puedes contactar a través de: [empleoyformacion@alicante.es](mailto:empleoyformacion@alicante.es)
## Resumen Se ha habilitado el trámite electrónico para que las entidades que participan en la convocatoria de Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la inserción laboral, innovación y emprendimiento 2024 puedan presentar la documentación justificativa de la ayuda que se les ha dado. Este trámite estará disponible desde el 13 de diciembre hasta el 26 de diciembre. Cada entidad debe indicar en qué modalidad ha recibido la subvención: * Modalidad A: Jóvenes- OCUPA’T * Modalidad B: apoyo a servicios estables de empleo * Modalidad C: innovación social Deberán seguir los pasos en la sede electrónica para presentar la documentación necesaria. Si la entidad ha recibido subvención en más de una modalidad, debe presentar una instancia por cada justificación. Estos son los documentos que deben preparar para presentar toda la documentación: * Anexo V – Memoria Justificativa Modalidad A: Jóvenes- OCUPA’T * Anexo V – Memoria Justificativa Modalidad B: apoyo a servicios estables de empleo * Anexo V – Memoria Justificativa Modalidad C: innovación social * Anexo VI - Cuenta justificativa de gastos * Declaración responsable Además de la justificación económica, deben presentar los resultados conseguidos que fueron considerados para la concesión de la subvención. Según el caso, serán: * Inserciones laborales por cuenta ajena * Inserciones laborales por cuenta propia * Inserciones educativas Si tienen dudas, pueden escribir a empleoyformacion@alicante.es ## Lo que necesitas ### Documentación a presentar: * Anexo V – Memoria Justificativa Modalidad A: Jóvenes- OCUPA’T * Anexo V – Memoria Justificativa Modalidad B: apoyo a servicios estables de empleo * Anexo V – Memoria Justificativa Modalidad C: innovación social * Anexo VI - Cuenta justificativa de gastos * Declaración responsable ### Anexos: * Anexo V mod A * Anexo V mod B * Anexo V mod C * Cuenta justificativa gastos * Declaración responsable ## Cómo hacerlo ### Presentación por Internet Requiere certificado digital. Acceso al trámite
## Resumen Este servicio te permite generar el documento de autoliquidación necesario para pagar la tasa por la expedición de documentos administrativos y la venta de ordenanzas, reglamentos y otros documentos municipales. La autoliquidación que generes podrás imprimirla y pagarla en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras con el Ayuntamiento de Alicante, o bien, a través del servicio de Pago On-line. Esta tasa incluye conceptos como: * Certificaciones de acuerdos de los órganos de gobierno * Copias de expedientes administrativos * Bastanteo de poderes * Certificados expedidos por la Tesorería Municipal * Copias de atestados e informes expedidos por la Policía Local * Informes sobre señalización y condiciones de circulación * Presupuestos, ordenanzas y reglamentos municipales ## Cómo hacerlo Para realizar este trámite: 1. Accede al servicio online a través de este enlace: Acceso al trámite (No requiere certificado digital). 2. Genera la autoliquidación correspondiente al concepto que deseas pagar. 3. Imprime el documento de autoliquidación. 4. Realiza el pago en una entidad bancaria colaboradora o a través del servicio de pago online del Ayuntamiento.
La entrada al Centro Histórico de Alicante, se encuentra regulado al tráfico y sólo está autorizado a vehículos de residentes que han obtenido autorización.
Requisitos de acceso al Centro Histórico
Se puede presentar de 3 formas:
## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para disponer de un espacio reservado en la vía pública, facilitando la entrada y salida de vehículos a un inmueble. Se definen los tipos de vados, quién puede solicitarlos y los requisitos necesarios. ## ¿Qué es? Un vado es la reserva de un espacio en la vía pública para facilitar la entrada y salida de vehículos a todo tipo de inmuebles (art. 2.1º Ordenanza reguladora de la entrada y salida de vehículos a través de aceras y vías públicas). ## Tipos de vados Existen dos tipos de vados (art. 2.2º Ordenanza de vados): 1. **Vados permanentes:** Pueden utilizarse todos los días de la semana, las 24 horas del día. Se conceden en los siguientes casos: * Garaje y/o aparcamiento en superficie, con superficie libre y útil de 60 metros cuadrados y capacidad mínima de dos plazas de aparcamiento de vehículos turismo, con independencia de maniobra en el interior del inmueble (art.3.3º Ordenanza de vados). * Estaciones de servicio (gasolineras). * Paso para vehículos de emergencia (art. 3 Ordenanza de vados). A las **Viviendas Unifamiliares**, no se les aplicará los mínimos establecidos en el art. 3.3º de Ordenanza de vados, esto es, ni la superficie mínima ni el mínimo de capacidad. 2. **Vados temporales:** Solo pueden utilizarse en días laborables, de lunes a sábados, en horario de 8:00 a 20:00 horas. El resto de horas, los domingos y festivos el espacio queda libre para uso público general. Se conceden para locales comerciales, industriales o de servicios, siempre que dispongan en su interior, con carácter permanente, de una zona reservada para la realización de operaciones de carga y descarga o propias de la actividad, con una superficie mínima de 20 metros cuadrados (capacidad de referencia para un vehículo con independencia de movimiento) (art 4 Ordenanza de vados). ## ¿Quién puede solicitarlo? La autorización de vado la podrán solicitar los propietarios, arrendatarios o cualquier otro poseedor legítimo del inmueble. En inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal, serán las comunidades de propietarios o agrupaciones de éstas y en las concesiones municipales, los concesionarios (art.10.1º Ordenanza de vados). Si la persona solicitante o propietaria actúan por medio de representante, deberán acreditarlo **obligatoriamente** por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, de conformidad con lo previsto en el art.5 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 39/2015, de 1 de octubre y, en concreto: * Mediante apoderamiento "apud acta", o por comparecencia electrónica. * Mediante Acta de Constitución de la Sociedad en la que conste la representación y sus términos. * Mediante Poder Notarial de Representación. * Cualquier otro documento, válido en derecho, que deje constancia fidedigna de su existencia. *(Según modelo que figura en los anexos)*. En el caso de que la solicitud se realice por los arrendatarios o por otros poseedores legítimos del inmueble, deberá constar, **necesariamente**, los datos y la conformidad de los propietarios de los inmuebles (art.10.2º.A. Ordenanza de vados). ( *Según modelo que figure en los anexos*). ## Solicitud La solicitud de vado se realizará según modelo que se recoge en los anexos de esta página, en la que la **persona solicitante deberá manifestar, bajo su responsabilidad,** la veracidad de cuanto expone, y que dispone de los instrumentos de intervención ambientales correspondientes, además de cumplir con las normas sobre protección de incendios, ventilación u otras exigidas en la normativa de aplicación (art. 2.4º Ordenanza de vados ), y con la normativa municipal reguladora de estos aprovechamientos, comprometiéndose, asimismo, a mantener su cumplimiento durante el periodo de vigencia de la autorización, y a realizar, en su caso, las obras de acondicionamiento de la acera o vía pública afectada por el vado, para la materialización física de la entrada y salida de vehículos conforme a las prescripciones técnicas municipales, que se ajustarán a la normativa vigente en materia de movilidad y accesibilidad (art. 10.2 Ordenanza de vados). En ningún caso se podrán hacer obras en la vía pública sin haber obtenido, previamente la correspondiente autorización municipal. ## Autorización Las autorizaciones de vado tendrán siempre carácter restrictivo y se otorgarán en precario, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros, no creando ningún derecho subjetivo a favor de sus titulares (art.5.1 Ordenanza de vados). Las autorizaciones de vados se concederán mediante resolución del órgano municipal competente, por un máximo de diez años (art.5.2 Ordenanza de vados). ## Documentación a presentar * Documento acreditativo de la representación, en el supuesto de que el propietario o la persona solicitante actúen por medio de representante. (Según modelo que figura en los anexos). * Consentimiento del propietario, en el caso de que la solicitud de vado no sea formulada por éste. (Según modelo que figura en los anexos). * Certificado técnico competente de cumplimiento de las prescripciones técnicas municipales de acondicionamiento de aceras. .(Según modelo que figura en los anexos). * Certificado técnico competente de cumplimiento de las medidas contra incendios, en el supuesto de solicitud de VADO interiores y con una superficie de <100 metros cuadrados (según modelo que figura en los anexos). * La persona solicitante que no esté obligada a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración, justificante de haber abonado la tasa por tramitación del expediente. Podrán dirigirse para el pago de esta tasa a la Tesorería Municipal, sita en la calle Jorge Juan nº 5,2ª Planta, o bien realizar el pago a través de la página web municipal. ## Anexos * [1- Solicitud](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202303/solicitud_vado_actualizada.pdf) * [2-Modelo acreditación representación en procedimientos administrativos.](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202111/2-modelo-acreditacion-representacion-procedimientos-administrativos.pdf) * [3-Modelo consentimiento del propietario a la solicitud de vado.](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202111/3-modelo-consentimiento-del-propietario-solicitud-vado.pdf) * [4-Modelo certificado adecuación de tramo de acera](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202111/modelo_certificado_adecuacion_acera_vados.pdf) * [5-Condiciones técnicas de acondicionamiento aceras.](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202111/5-condiciones-tecnicas-acondicionamiento-aceras.pdf) * [6-Modelo certificado medidas de seguridad](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202111/modelo_certificado_cumplimiento_medidas_contra_incendios.pdf) * [7-Condiciones mínimas de seguridad](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202111/7-condiciones-minimas-seguridad.pdf) * [8-Edicto regularización vados.](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202111/8-edicto-regularizacion-vados.pdf) * [9-Plano de características de la señalización horizontal a aplicar en la instauración de vados](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202410/plano-vados-senalizacion-horizontal-trafico-signed.pdf) ## Formas de Presentación * **Por Internet** * Requiere certificado digital: Sí * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?useClave=true&texpcod=TT01&idioma=es) * **Presencial** * Lugar de presentación: [Registro General](/es/equipamientos/registro-general)
## Resumen Este trámite es necesario para obtener el permiso de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Alicante para la realización de cualquier evento deportivo dentro del municipio, ya sea en instalaciones municipales, en la vía pública o en espacios naturales. ## Quién puede usar este servicio Cualquier persona u organización que desee organizar un evento deportivo en Alicante. ## Lo que necesitas ### Documentación requerida * Consultar el Procedimiento para la organización de eventos deportivos en la ciudad de Alicante para conocer la documentación específica. ### Costes * No especificado. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante (Acceso al trámite). 2. La solicitud será revisada por la Concejalía de Deportes. 3. Se emitirá una resolución otorgando o denegando el permiso. ### Información sobre cada etapa * La presentación de la solicitud requiere certificado digital. ## Ayuda ### Recursos adicionales * Procedimiento de solicitud de eventos deportivos de Alicante
Solicitud de autorización para realizar obras en Unidades Comerciales.
## Resumen Este trámite permite solicitar autorización al Ayuntamiento de Alicante para realizar obras en locales comerciales. **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona (física o jurídica) que necesite realizar obras en un local comercial ubicado en Alicante. ## Lo que necesitas **Documentación a presentar:** * Planos de la obra. * Memoria técnica (firmada por un técnico competente). * Del empresario/a encargado/a de ejecutar la obra: * I.A.E. o Declaración Censal. * N.I.F. * Alta en la Seguridad Social. **Costes y plazos:** El coste depende de las tasas municipales aplicables. El plazo de resolución no está especificado. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud y la documentación: * **Por Internet:** Requiere certificado digital y se puede enviar al email: departamento.mercados@alicante.es * **Presencial:** En las Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Gastón Castelló', Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Séneca' o Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes'. **Información Adicional:** * Modelo de solicitud: Instancia general del Ayuntamiento de Alicante * Documentación: Ordenanza municipal de mercados
Un aviso de incidencia es la comunicación que un ciudadano o ciudadana hace al Ayuntamiento para poner en su conocimiento la necesidad de arreglo puntual de algún elemento de un servicio básico municipal (alumbrado público, transporte, limpieza de la vía pública, elementos en los parques, deterioro de las vías o aceras, etc.).
Sobre los distintos servicios municipales y trámites administrativos: requisitos, documentación, lugar al que dirigirse etc, y cualquier otro asunto de interés relacionados con la actividad del Ayuntamiento de Alicante y sus Organismos Autónomos.