Certificado de empadronamiento

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener un certificado de empadronamiento individual, histórico o colectivo, que acredita la residencia en el municipio de Alicante.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona empadronada en el municipio de Alicante.

Requisitos principales

  • Estar empadronado en el municipio de Alicante.
  • Identificación válida del solicitante.
  • En caso de actuar mediante representante, acreditar la representación.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del tipo de certificado y la forma de solicitud.

Información adicional

Si el certificado es para otra administración, recuerda que muchas administraciones pueden verificar tus datos de residencia directamente, sin necesidad de que aportes el certificado.

Resumen

Este trámite te permite obtener un certificado de empadronamiento, que acredita tu residencia en el municipio de Alicante. Puedes solicitar un certificado individual, histórico (desde 1996) o colectivo.

Quién puede usar este servicio:

Cualquier persona empadronada en Alicante.

Antes de empezar:

Ten a mano tu documento de identificación (DNI, NIE o Pasaporte).

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Documento de identificación (DNI, NIE o Pasaporte) en vigor.
  • Si solicitas un certificado individual de menores: libro de familia o certificado de nacimiento y, si la solicitud la realiza uno de los progenitores, autorización del otro. En caso de separación o divorcio: resolución judicial que acredite la guarda y custodia.
  • Si la recogida del certificado la realiza otra persona: modelo de autorización rellenado y firmado, justificante que acredite la ausencia, documento original de identidad del representante y de la persona interesada.

Costes y plazos:

No se especifica si existen costes asociados a este trámite. El tiempo de resolución dependerá del tipo de certificado y la forma de solicitud.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Elige la forma de solicitud:
    • A través de la Sede Electrónica con firma electrónica: Accede al trámite
    • De forma presencial con cita previa en las: Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) o Juntas de Distrito.
      • Para las OAC 'Cervantes' (C/Cervantes, 3) las citas se solicitan por teléfono en el Tel. 010 ó 900 153 862. Para las OAC 'Séneca' (C/Portugal, 17) y OAC 'Gastón Castelló' (C/Pino Santo, 1) se solicitan en el Tel. 010 ó 900 153 862 o a través de Internet en https://citaprevia.alicante.es: 'Tipo de servicio'>'Servicio de Atención Integral a la Ciudadanía (SAIC)' > 'Gestión'>'Trámites Municipales.
      • Para las Juntas de Distrito, a través de Internet en https://citaprevia.alicante.es: 'Tipo de servicio'>'Distritos (Participación Ciudadana' > 'Gestión'> 'Seleccionar Junta de Distrito'.
    • De forma presencial sin cita previa en la Red de Ciberkioscos.
    • Para recibirlo por correo postal: Accede al trámite
  2. Prepara la documentación necesaria según el tipo de certificado que solicites.
  3. Presenta la solicitud a través del canal elegido.

Información sobre cada etapa:

  • Certificado de empadronamiento colectivo: Información y acceso al trámite: Información y acceso al trámite
  • Certificados individuales solicitados por representante o históricos (anteriores a 1996): Deben solicitarse a través de Sede Electrónica con firma electrónica o presencialmente con cita previa en las OAC mediante modelo de Instancia Genérica: Accede al trámite

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez presentada la solicitud, se tramitará según el orden de entrada.

Plazos de resolución:

No especificado.

Siguientes pasos:

Recibirás el certificado de empadronamiento según la forma de solicitud elegida (correo postal, descarga electrónica o recogida presencial).

Ayuda

Contacto:

Para cualquier aclaración o incidencia, puedes llamar al Tel. 010/900 153 862.

Recursos adicionales:

Aviso Importante:

Si te han solicitado un informe (volante) o certificado de empadronamiento para realizar cualquier trámite con otra Administración, debes saber que las Administraciones Públicas no deben requerir datos o documentos que ya hayan sido aportados o que puedan recabar electrónicamente. Infórmate si es necesario que aportes el certificado.


Preguntas frecuentes


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