Las solicitudes de inscripción en el Registro podrán formularse por todas aquellas personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, hallándose facultadas para contratar con la Administración, pretendan contratar con el Ayuntamiento de Alicante o con sus organismos autónomos administrativos.
La inscripción en el Registro tendrá carácter voluntario y se efectuará a solicitud de los interesados, sin que, por lo tanto, constituya un requisito necesario para poder participar en un procedimiento contractual. A efectos de la incorporación al mismo, se considerará permanentemente abierto en el tiempo.
Las inscripciones de empresas o de empresarios en el Registro de Licitadores, una vez presentada la solicitud, acompañada de la documentación correspondiente, se acordarán, previo informes del Servicio de Contratación y Patrimonio y de la Secretaría, mediante resolución de la Alcaldía, que deberá ser notificada al interesado.
Los licitadores que pretendan contratar con el Ayuntamiento de Alicante o sus organismos autónomos, quedarán dispensados de presentar en los procedimientos contractuales la documentación que haya sido depositada en el Registro, siempre y cuando se encuentre debidamente actualizada; quedando exceptuados de la referida exención los documentos específicos exigidos con tal carácter en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o de prescripciones técnicas particulares correspondientes.
Los licitadores inscritos en el Registro únicamente deberán acompañar a las proposiciones, respecto de aquella documentación que obre correctamente depositada en el mismo, una certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento, que surtirá plenos efectos ante la Mesa de Contratación.
Ver ANEXO
## Resumen Este trámite permite solicitar la inscripción en el Censo de Demandantes de Vivienda Pública en Arrendamiento del Patronato Municipal de la Vivienda de Alicante. Este censo es un concurso abierto permanentemente para la adjudicación de viviendas sociales y/o asequibles, según la disponibilidad y la idoneidad entre la vivienda y el solicitante. **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona que cumpla con los requisitos generales y específicos establecidos por el Patronato Municipal de la Vivienda de Alicante. **Observaciones importantes:** * Las inscripciones tienen una vigencia de dos años desde la fecha de alta y pueden renovarse. * La inscripción se realiza mediante declaración responsable, sin necesidad de presentar documentación inicial. * Se ofrece atención personalizada para la cumplimentación de la solicitud en la sede del Patronato o por teléfono. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Copia del DNI o NIE de la persona solicitante y/o representante de la unidad convivencial. * Documento de consentimiento firmado por todos los miembros mayores de 14 años que se hayan añadido a la unidad convivencial. **Requisitos generales:** * Estar inscrito en el Registro de Demanda de Vivienda de la Comunidad Valenciana. * Estar empadronado como residente en Alicante durante al menos los dos años anteriores a la fecha de inscripción. * Tener necesidad de vivienda de conformidad con los criterios establecidos. * Que los ingresos de la unidad de convivencia no excedan los límites establecidos. * Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente de la unidad de convivencia. ## Cómo hacerlo **Forma de presentación:** El modelo de solicitud específico es de uso obligatorio. **Opciones de presentación:** * **Electrónica:** A través de la Sede Electrónica con firma o identificación electrónica. * **Presencial:** 1. Solicitar cita previa en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes', 'Séneca' o 'Gastón Castelló' a través del teléfono 010 o 900153862 o en citaprevia.alicante.es. 2. Por cualquiera de las vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. 3. A través de las oficinas de Correos. **Presentación en Correos:** * **Envío ordinario:** Presentar original y copia de la solicitud y documentación en sobre abierto para su cuño. El original se envía certificado al Ayuntamiento de Alicante (C/ Portugal, 17, 03003 Alicante) y la copia sirve como justificante. * **Servicio ORVE:** Utilizar el código ORVE del Ayuntamiento de Alicante (L01030149) para registro y envío instantáneo. **Modelos de solicitud:** * Solicitud programa arrendamiento general * Solicitud programa arrendamiento emancipación jóvenes * Solicitud programa arrendamiento intergeneracional mayores * Solicitud programa arrendamiento intergeneracional jóvenes **Bases:** * Bases censo demandantes vivienda **Anexos:** * Consentimiento programa arrendamiento general * Consentimiento programas arrendamiento intergeneracional y emancipación ## Ayuda **Oficinas de Atención Ciudadana (OAC):** * Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Gastón Castelló' * Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Séneca' * Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes'
## Resumen Este trámite permite contestar requerimientos, presentar alegaciones y/o aportar documentación al Departamento de Inspección Tributaria del Servicio de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Alicante. Quién puede usar este servicio: * Cualquier persona física o jurídica que haya recibido un requerimiento o desee presentar alegaciones. Antes de empezar: * Tenga a mano el número de expediente y el CIF/NIF del obligado tributario. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * La documentación que considere necesaria para justificar su respuesta o alegación. * Si actúa mediante representación voluntaria y no tiene poder notarial, utilice los modelos normalizados de representación. Requisitos previos: * Disponer de certificado digital. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Acceda al trámite a través de este enlace: [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?useClave=true&texpcod=EH01&idioma=es) 2. Identifíquese con su certificado digital. 3. Complete los datos solicitados en el formulario. 4. Adjunte la documentación necesaria. 5. Firme electrónicamente la presentación. 6. Obtenga el justificante con el número de registro de entrada (E + año actual). ## Información complementaria * [Modelo representacion](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202106/modelo-representacion-2019.pdf) * [Modelo de representacion rellenable, compatible con firma electrónica](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202106/modelo-representacion-2019-rellenable.pdf)
## Resumen Este trámite permite presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa ante el TEAR o el TEAM. Quién puede usar este servicio: Cualquier persona que desee recurrir o reclamar contra un acto del Ayuntamiento de Alicante. Se requiere el número de expediente y el NIF del obligado tributario. ## Lo que necesitas Documentación a presentar: * Podrá aportar la documentación que estime conveniente según el asunto de que se trate. ## Cómo hacerlo Formas de Presentación: * Por Internet * Requiere certificado digital: Sí * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?useClave=true&texpcod=EH03&idioma=es) **Información Adicional sobre el Recurso de Reposición:** El recurso de reposición debe cumplir con el artículo 14.2 del RDLeg 2/2004, incluyendo: 1. Datos personales del recurrente y su representante (si aplica), con DNI o código identificador. 2. Órgano al que se dirige el recurso. 3. Acto administrativo recurrido, fecha, número de expediente y otros datos relevantes. 4. Domicilio para notificaciones. 5. Lugar y fecha de interposición del recurso. La presentación del recurso no suspende la ejecución del acto, excepto en multas tributarias, donde la suspensión es automática hasta que finalice la vía administrativa. **Información Adicional sobre la Reclamación Económico-Administrativa:** * **TEAR:** Solo para actos censales del IAE del Ayuntamiento de Alicante, según la Orden Ministerial de 13 de julio de 1992. * **TEAM:** Para liquidaciones tributarias, sanciones tributarias y resoluciones desestimatorias del recurso de reposición. Es potestativo según el artículo 235 de la Ley 58/2003, General Tributaria. **Importante:** El trámite finaliza al obtener un documento con el número de registro de entrada (E2021...) tras la firma electrónica.
Solicitud de autorización municipal para la instalación de un puesto eventual en ubicación fija aislada para el ejercicio de la venta no sedentaria en dominio público municipal, con ocasión de la celebración de fiestas de la Ciudad.
a) Identificación del solicitante:
b) Plano de ubicación en el que se detalle, como mínimo, calle, acera o lugar de la vía pública en donde se pretende su instalación.
Procedimiento y documentación para autorizar un puesto de castañas.
Procedimiento y documentación para la autorización de kiosco de helados.
## Resumen Se ha publicado la Propuesta de Resolución Definitiva de la Convocatoria Pública de Subvenciones en el campo de la Cooperación Internacional para el año 2023 del Ayuntamiento de Alicante. Estará disponible en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante durante diez días hábiles, del 12 al 27 de diciembre de 2023. ## Lo que necesitas * **Plazo de presentación:** Del 13 de Diciembre de 2023 hasta el 27 de Diciembre de 2023. * **Bases:** [PROPUESTA RESOLUCIÓN DEFINITIVA](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202312/2-propuesta-resolucion-definitiva-2023fda.pdf) ## Cómo hacerlo * **Por Internet** * Requiere certificado digital: Sí * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=EX02&useClave=true)
## Resumen La instancia general del Ayuntamiento de Alicante es un formulario que permite a los ciudadanos realizar trámites municipales de forma presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) cuando no existe un modelo específico para el trámite deseado. **Quién puede usar este servicio:** Personas físicas que necesiten realizar un trámite municipal de forma presencial. **Excepción:** Este modelo no debe utilizarse para trámites que requieran un modelo específico. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Instancia general del Ayuntamiento de Alicante debidamente cumplimentada y firmada: [Instancia General del Ayuntamiento de Alicante](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/201911/instancia-general-ayto_8.pdf) * Documentación específica requerida para el trámite que se desea realizar. **Requisitos previos:** * Para la presentación presencial en las OAC, es necesario solicitar cita previa. * Para la presentación telemática, es necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * Los plazos de resolución varían según el trámite específico. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Cumplimentar la instancia general:** Descargar el modelo, rellenarlo con la información requerida y firmarlo. 2. **Reunir la documentación:** Preparar la documentación necesaria para el trámite específico. 3. **Presentar la instancia y la documentación:** * **Presencialmente:** Solicitar cita previa en las OAC ([Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Gastón Castelló'](/es/equipamientos/oficina-atencion-ciudadana-oac-gaston-castello), [Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Séneca'](/es/equipamientos/oficina-atencion-ciudadana-oac-seneca), [Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes'](/es/equipamientos/oficina-atencion-ciudadana-oac-cervantes)) y presentar la instancia y la documentación en la fecha y hora asignadas. * **Por correo:** Enviar la instancia y la documentación a la dirección del Registro General del Ayuntamiento de Alicante: C./ Portugal, 17, 03003 Alicante. Se recomienda utilizar correo certificado y adjuntar original y copia para que Correos selle la copia como justificante. * **Telemáticamente:** A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante: [Acceso al trámite](https://www.alicante.es/es/tramites/presentacion-online-instancia-generica). Es necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico. **Información sobre cada etapa:** * **Cita previa:** Las citas previas de la OAC 'Cervantes' se solicitan por teléfono (010 ó 900 153 862). Las citas previas de las OAC 'Séneca' y 'Gastón Castelló' se solicitan por teléfono (010 ó 900 153 862) o a través de Internet: [https://citaprevia.alicante.es](https://citaprevia.alicante.es). * **Presentación por correo:** Si se realiza el envío de forma ordinaria debe llevarse original y copia de la solicitud y de la documentación que se acompaña y un sobre abierto. Correos cuñará la primera hoja del original y copia del escrito a presentar. El original se meterá dentro del sobre (con identificación de la fecha en que se ha presentado en el cuño), y la copia se nos devuelve (con la misma identificación en el cuño, que nos sirve de acreditación de "entrada" para el cumplimiento de plazos por nuestra parte). Correos lo enviará como carta certificada. * **Presentación telemática:** Es necesario permitir elementos emergentes y tener instalado AutoFirma 1.7.2 o posterior: [Descárgalo AQUÍ](https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html). ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez presentada la instancia, el Ayuntamiento de Alicante tramitará la solicitud según el procedimiento correspondiente. **Plazos de resolución:** Los plazos de resolución varían según el trámite específico. **Siguientes pasos:** El Ayuntamiento de Alicante comunicará la resolución del trámite al interesado por el medio indicado en la instancia. ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono 010 ó 900 153 862 para solicitar cita previa en las OAC. * Oficinas de Atención Ciudadana (OAC): [https://www.alicante.es/es/contenidos/oficinas-atencion-ciudadana-oac](https://www.alicante.es/es/contenidos/oficinas-atencion-ciudadana-oac) **Recursos adicionales:** * Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante: [https://www.alicante.es/es/contenidos/tramites-sede-electronica](https://www.alicante.es/es/contenidos/tramites-sede-electronica) * Normas de aplicación al Registro Electrónico a partir del 9 de diciembre de 2019: [https://www.alicante.es/es/noticias/normas-aplicacion-al-registro-electronico-partir-del-9-diciembre-2019](https://www.alicante.es/es/noticias/normas-aplicacion-al-registro-electronico-partir-del-9-diciembre-2019) **Colectivos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas:** * Personas Jurídicas. * Entidades sin Personalidad Jurídica. * Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en el ejercicio de dicha actividad profesional. * Empleados de las Administraciones Públicas. * Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
## Resumen Este servicio permite realizar diversos trámites relacionados con expedientes del Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Alicante. Incluye la posibilidad de solicitar autorizaciones, presentar alegaciones, solicitar modificaciones o prórrogas de contrato, solicitar la devolución de garantías e interponer recursos. ### Quién puede usar este servicio * Contratistas del Ayuntamiento de Alicante. * Cualquier persona interesada en expedientes del Servicio de Contratación. ## Cómo hacerlo ### Formas de presentación * **Por Internet:** A través de la sede electrónica del Ayuntamiento, requiriendo certificado digital. [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=CN01&useClave=true) * **Por correo electrónico:** A la dirección contratacion@alicante.es ### Información complementaria * [Modelo de instancia](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=CN01&useClave=true)
## Resumen Este trámite permite a las entidades que han recibido una subvención justificar los gastos realizados en el proyecto y recibir el segundo pago correspondiente. Quién puede usar este servicio: * Entidades beneficiarias de las subvenciones. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Anexo VII: Memoria-resumen sobre la ejecución del proyecto (Anexo VII Ficha resumen) * Anexo VIII: Cuenta justificativa de gastos y memoria económica (Anexo VIII. Cuenta justificativa gastos) * Anexo IX: Compromiso de liquidación (Anexo IX. Compromiso de liquidación) * Seis fotografías como mínimo en formato JPG que ilustren el desarrollo del proyecto. Requisitos previos: * Haber ejecutado y pagado la totalidad de los gastos del proyecto de actuación. * Presentar justificantes de todos los gastos incurridos, tanto los financiados con la ayuda municipal como con aportación propia. Costes y plazos: * Este trámite no tiene coste. * La fecha límite para presentar los justificantes de gasto es el **18 de diciembre de 2024**. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Descarga y completa los anexos VII, VIII y IX. 2. Reúne las seis fotografías que ilustren el desarrollo del proyecto. 3. Accede al trámite online a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante (Acceso al trámite). Necesitarás un certificado digital. 4. Adjunta la documentación requerida y presenta la solicitud. ## Después de hacerlo * Una vez presentada la justificación, el Ayuntamiento revisará la documentación. * Si todo es correcto, se procederá al pago final de la subvención. ## Ayuda Recursos adicionales: * Anexo VII Autorización para la obtención de información Tributaria * Anexo IX Memoria-resumen sobre la ejecución del proyecto * Anexo X Cuenta justificativa del gasto y memoria económica * Anexo XI. Compromiso de liquidación * Anexo VII Memoria-resumen sobre la ejecución del proyecto * Anexo VIII Cuenta justificativa gastos * Anexo IX Compromiso de liquidación * Anexo XI. Compromiso de liquidación * Convocatoria 2024 de Subvenciones a Entidades Asociativas: Barrios Zona Norte FASE II y entorno del Vial de los Cipreses-barrio
## Resumen Este trámite permite a las entidades beneficiarias de subvenciones del Ayuntamiento de Alicante justificar los gastos realizados en sus proyectos. La justificación se puede realizar en dos fases: una parcial, correspondiente al primer pago del 50% de la subvención, y una final, que completa el 100% del importe total del proyecto. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * **Justificación parcial:** Anexo VI - Informe de seguimiento (Memoria parcial técnica y económica). * **Justificación final:** * Anexo VII - Informe final técnico (Memoria final) del proyecto. * Anexo VIII - Cuenta justificativa de gastos y cofinanciación. ### Plazos * **Justificación parcial:** * 6 meses desde la fecha de inicio del proyecto, siempre que el pago se haya recibido al menos 30 días antes. * Si no se ha recibido el pago en 6 meses, 1 mes desde el día siguiente al cobro del primer 50%. * **Justificación final:** * Máximo 1 mes desde la finalización del proyecto. * En todo caso, antes del 31 de enero de 2025. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos requeridos según el tipo de justificación (parcial o final). 2. **Acceder al trámite online:** Utiliza el Acceso al trámite en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante. 3. **Identificación:** Necesitarás un certificado digital para acceder al trámite. 4. **Presentar la documentación:** Sube los anexos correspondientes y completa la información solicitada. ## Información complementaria * Puedes consultar el Acuerdo Junta Gobierno Local de 19 noviembre 2024 para más detalles. * Consulta el Anexo X Instrucciones Justificación Económica para la correcta justificación económica.