Solicitud de ayudas destinadas a federaciones deportivas para el desarrollo del programa Esport a l'Escola

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Solicitud de ayudas destinadas a federaciones deportivas para el desarrollo del programa Esport a l'Escola

    Objeto del trámite

    El objeto de las ayudas es sufragar los gastos ocasionados por el desarrollo de un programa de Esport a l'Escola en centros educativos públicos y privados concertados de la Comunitat Valenciana de acuerdo con los requisitos especificados en la convocatoria.
    Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra que para la misma finalidad sean convocadas por cualquier administración o entidad pública o privada, no pudiendo en ningún caso superar éstas la cuantía del coste de la actividad subvencionada.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Federaciones deportivas que desarrollen su actividad dentro del ámbito competencial de la Generalitat, exclusivamente para el desarrollo del programa Esport a l'Escola, siempre que reúnan los requisitos establecidos en esta orden y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Las modalidades deportivas a subvencionar en una primera fase son: Atletismo, Balonmano, Bádminton, Béisbol, Hockey, Judo, Orientación, Rugby, Voleibol. Deportes Adaptados y Pádel

  • Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

    Las federaciones deportivas implicadas, recibirán la cantidad adjudicada, previa justificación documental de los gastos correspondientes a la realización de la misma, de una sola vez, a la finalización de la actividad subvencionada, previa justificación del total, o en partes previa justificación de un mínimo del 50% de la ayuda concedida.
    Asimismo, para el cobro de la ayuda las federaciones beneficiarias deberán presentar una cuenta justificativa con la documentación siguiente:
    a) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las actividades detalladas en la unidad didáctica, con indicación de :
    -Justificación y objetivos de la unidad didáctica.
    -Sesiones a desarrollar detalladas.
    -Metodología, seguimiento y evaluación.
    -Necesidades de material, instalaciones.
    -Personal técnico, Titulación académica y/o deportiva
    b) Memoria económica justificativa:
    Liquidación detallada de ingresos y gastos con una relación clasificada de todos los ingresos y gastos ocasionados por la realización de todas las actividades incluidas en programa Esport a l'Escola, con indicación del acreedor, concepto, importe y fecha de emisión.
    -Si la actividad se financia, además de con la ayuda, con fondos propios u otras ayudas o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a la actividad subvencionada.
    -Quedan excluidos de la posibilidad de su justificación con fondos procedentes de la ayuda de la dirección general con competencia en materia de deportes, los gastos ocasionados por obras o adquisición de inmovilizado.
    El plazo de justificación finalizará el 30 de septiembre de 2016, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 70 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 7778, de 10/05/2016.
    El incumplimiento de este plazo determinará automáticamente la exclusión.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentará en el Registro General de la conselleria con competencias en materia de deporte o en los registros de las direcciones territoriales con competencias en materia de deporte de Alicante, Castellón y Valencia.
    En caso de envío por correo certificado, la presentación de la documentación en la oficina de correos correspondiente deberá efectuarse en sobre abierto, con el fin de que en la cabecera de la primera hoja de documentación presentada se haga constar claramente el nombre de la oficina y la fecha, lugar y hora de admisión.
    Cuando la solicitud no se presente en ninguno de los registros dependientes de la conselleria con competencia en materia de deporte, se recomienda remitir vía fax o correo electrónico a: promoción_dgd@gva.es, una copia de la solicitud presentada.
    a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
    b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
    c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE - CASTELLÓN
    AVDA. DEL MAR, 23
    12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
    Tel: 333882
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE - ALICANTE
    C/ CARRATALÁ, 47
    03007 Alacant/Alicante
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE - VALENCIA
    C/ GREGORIO GEA, 14
    46009 Valencia
    Tel: 012
    REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
    AVDA. CAMPANAR, 32
    46015 Valencia
    Tel: 961970062

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    Impreso de solicitud normalizado, acompañado de:
    a) proyecto deportivo:
    -Justificación y objetivos de la unidad didáctica.
    -Sesiones a desarrollar detalladas.
    -Metodología, seguimiento y evaluación .
    -Necesidades de material, instalaciones.
    -Personal técnico. Titulación académica y/o deportiva
    b) Presupuesto detallado de ingresos, gastos y recursos necesarios.
    c) Cesión de derechos de propiedad intelectual
    e) Modelo de domiciliación bancaria en el que conste la titularidad de la cuenta bancaria donde se quiera recibir la ayuda solicitada. No será necesario si se ha presentado en otra convocatoria en la misma anualidad, no obstante , deberá indicarse en cual y el número de cuenta.
    f) documentación acreditativa de que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la administración y obligaciones frente a la Seguridad Social, mediante una certificación referida al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes,de conformidad con el artículo 22 del real Decreto 887/2006, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones.
    Para su cumplimiento el beneficiario podrá:
    Autorizar expresamente a la Dirección General de Deporte para recabar ante los órganos competentes los datos expresivos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (estatales y autonómicas) y frente a la Seguridad Social, mediante la cumplimentación del apartado correspondiente de la solicitud.
    En el supuesto de no dar autorización, el solicitante deberá presentar una certificación de su cumplimiento , excepto cuando ya se hayan presentado, dentro del mismo ejercicio económico, ante la Dirección General de Deporte, en cumplimiento de la misma o de similar convocatoria, siempre y cuando se indique expresamente en qué convocatoria han sido presentados, y que tales certificados estén vigentes en ese momento.
    g) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esta declaración está incluida en la solicitud de subvención. La administración hará una comprobación posterior de los datos a que se refieren por muestreo o exhaustiva o por el contrario, requerirá en otro momento procesal administrativo a los interesados la aportación efectiva de tales documentos.

    Además de la información y documentación señalada, el órgano instructor podrá recabar cualquier otra que considere necesaria para el mejor conocimiento y comprensión de la aplicación de la ayuda.

    Impresos asociados

    SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA "ESPORT A L'ESCOLA"

    [ANEXO V] CESIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUALY DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LOS DERECHOS DE IMAGEN Y SONIDO

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    1. Presentación de la documentación requerida.
    2. Cuando la solicitud no reúna los requisitos o falte algún documento complementario de los exigidos se requerirá a los interesados para que lo subsanen en el plazo de diez días, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución dictada al efecto, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    3. El procedimiento se iniciará de oficio, en régimen de concurrencia competitiva, por convocatoria pública mediante resolución dictada por el titular de la dirección general con competencia en materia de deporte, en la que se hará mención expresa a la Orden 14/2016 de 5 de mayo de la Conselleria de Educación, Investigación,Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas destinadas a federaciones deportivas para el desarrollo del programa Esport a l'Escola
    4. El órgano encargado de la instrucción y ordenación del procedimiento será el servicio adscrito a la dirección general con competencia en materia de deporte, que tenga atribuidas las funciones de promoción del deporte y actividad física, que, de oficio, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.
    5. Examinadas las solicitudes, aquellas que cumplan y acrediten los respectivos requisitos serán evaluadas por una comisión técnica de evaluación, formada, al menos, por cinco miembros de la dirección general con competencia en materia de deporte, nombrados en la correspondiente convocatoria. El régimen jurídico de la Comisión será el establecido en el Capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
    6. Esta comisión, a través del órgano instructor, elevará al director general con competencia en deporte, la correspondiente propuesta de ayudas
    7. A la vista de la propuesta de resolución formulada, el titular de la dirección general con competencia en materia de deporte resolverá la concesión o denegación de las solicitudes presentadas en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria anual en el DOCV.
    8. La Dirección General de Deporte notificará a los interesados la resolución de concesión o denegación de las solicitudes presentadas dentro del mismo plazo de seis meses. No obstante, transcurrido este plazo sin que se hubiese dictado la resolución expresa, los solicitantes podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
    9. Transcurrido este plazo sin que se hubiese dictado y publicado la resolución expresa, los solicitantes podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de la obligación legal de resolver que tiene la Administración.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).

  • Información complementaria

    Obligaciones

    Las federaciones deportivas beneficiarios de las ayudas están obligadas a:
    a) Dar publicidad de la financiación de la Dirección General de Deporte en las actividades y actuaciones del programa Esport a l'Escola. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana cualquier persona jurídica privada que perciba, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones, de la administración autonómica o de cualquier otra entidad enumerada en el artículo 2 de la citada Ley 2/2015, por importe superior a 10.000 euros, deberá dar la adecuada publicidad a la misma, indicando al menos la Generalitat como entidad pública concedente, el importe recibido y el programa, actividad, inversión o actuación subvencionado. La difusión de esta información se realizará preferentemente a través de las correspondientes páginas web. En caso de que no dispongan de página web donde realizar dicha publicidad, podrán cumplir con dicha obligación a través del portal que ponga a su disposición la Generalitat"
    b) Justificar ante la Dirección General de Deporte el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la ayuda.
    c) Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar la Dirección General de Deporte, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. A estos efectos se aprobará un Plan de Control por parte de la citada dirección general para comprobar la realización de la actividad tal y como establece el artículo 165.2 j) de la Ley 1/2015 de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
    d) Comunicar a la Dirección General de Deporte la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
    e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
    f) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    g) Participar o asistir a actos o actividades deportivas a solicitud de la Dirección General de Deporte en la forma que se acuerde, y considerando que no afecte al normal desarrollo de las actividades propias.
    h) Hacer constar expresamente en todas las actividades, actos y material de difusión, publicidad y web la colaboración de la Generalitat Valenciana y de la Dirección General de Deporte.
    i) Presentar declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el caso de haber transcurrido más de seis meses desde la emisión de la certificación a que se refiere la base quinta apartado seis.
    Quedará sin efecto la concesión de la ayuda si no se realizara la actividad que motivó su concesión, si dejaran de reunirse los requisitos que se exigieron o si se incumplieran, sin causa que lo justifique, las condiciones establecidas en la presente convocatoria.

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    Orden 14/2016 de 5 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación,Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas destinadas a federaciones deportivas para el desarrollo del programa Esport a l'Escola. (DOCV nº 7778 de 10.05.2016)

    Lista de normativa

    Ver Orden 14/2016 de 5 de mayo


  • La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.

    La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

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Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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