Depósito de bienes pertenecientes a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (código 1684)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Potenciar los museos integrados en el Sistema Regional de Museos, convirtiéndolos en depositarios de bienes culturales de titularidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a fin de realizar una política de museos, acorde con las demandas de la sociedad actual que favorezca la adecuada conservación, ordenación, investigación y exhibición de sus fondos y mantenga unas exigencias de calidad, en los centros museísticos de la región.
Los museos de titularidad autonómica o estatal cuya gestión tiene encomendada la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia también podrán ser receptores, conforme a su capacidad de custodia y siempre que sea acorde con su programa museológico, de bienes culturales de propiedad privada o de otras administraciones públicas para su protección, conservación, difusión e investigación.
La formalización del depósito se realizará mediante orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades y Administración.
Entidades públicas o privadas que ostentan la titularidad de museos pertenecientes al Sistema Regional de Museos.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCION GENERAL DE BIENES CULTURALES (A14028768)
Requisitos de solicitud o iniciación
Ostentar la titularidad de un museo integrado en el Sistema de Museos de la Región de Murcia.
El depositario deberá aceptar, previamente al depósito, las siguientes condiciones:
a) Si la naturaleza de los bienes lo requiere, deberá suscribir una póliza de seguro a todo riesgo, siendo la beneficiaria la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente.
b) Junto a cada bien, quedará perfectamente identificada su condición de depósito, con mención expresa del museo depositante.
c) Mantener las condiciones ambientales y de seguridad establecidas, no efectuar ningún traslado, ni someter los bienes a tratamiento de limpieza, conservación o restauración sin la autorización previa de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente.
d) No permitir la reproducción de los objetos custodiados, por cualquier medio, sin las condiciones que establezca la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente.
e) Remitir a la Dirección General de Bienes Culturales cuanta información le sea requerida acerca del bien y permitir su inspección por parte de los técnicos del museo depositante.
f) Asumir los costes generados por el depósito.
g) Devolver los bienes depositados cuando finalice el plazo establecido, o antes, si la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente lo estima necesario, sin que haya lugar a indemnización por reducción del plazo.
h) Cualquier otra que se estime conveniente y se refleje en la orden de depósito.
i) El incumplimiento de las condiciones establecidas, producirá el levantamiento del depósito, sin perjuicio de las responsabilidades a que pudiera dar lugar.
Solicitud deposito de bienes
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Solicitud deposito de bienes
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa