Depósito de materiales arqueológicos procedentes de intervenciones arqueológicas en museos pertenecientes al Sistema de Museos la Región de Murcia (código 312)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Entregar los materiales arqueológicos, procedentes de intervenciones arqueológicas, en los museos más idóneos, para su depósito, en función de su proximidad territorial o especialidad temática, conservando la Comunidad Autónoma su titularidad. El museo receptor de los materiales deberá estar integrado en el Sistema Regional de Museos y garantizará su adecuada conservación y su mejor función científica y cultural.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades y Administración.
Responsables de intervenciones arqueológicas, previamente autorizadas por el Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bienes Culturales. Sólo podrán ser receptoras de los materiales arqueológicos resultantes de las intervenciones, las entidades públicas o privadas que ostenten la titularidad de museos pertenecientes al Sistema Regional de Museos.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCION GENERAL DE BIENES CULTURALES (A14028768)
Requisitos de solicitud o iniciación
Haber realizado o promovido una intervención arqueológica de acuerdo con el permiso obtenido por el Servicio de Patrimonio Histórico. El museo receptor deberá estar integrado en el Sistema de Museos de la Región de Murcia y resultar el más idóneo por su proximidad territorial o su especialidad temática.
El responsable de la intervención arqueológica acepta y está obligado a cumplir las siguientes condiciones:
a) Hacer entrega en el museo que se le haya designado en el permiso del Servicio de Patrimonio Histórico, de la totalidad de los materiales arqueológicos recuperados en la intervención en el museo designado en el permiso del Servicio de Patrimonio Histórico. Con carácter excepcional y, cuando no se hayan podido finalizar los estudios, se podrá autorizar la entrega parcial de los materiales, haciéndolo constar en el acta. Esto no exime de la entrega de la totalidad de los mismos una vez concluyan los trabajos de investigación.
b) Los materiales procedentes de las intervenciones arqueológicas ingresarán en la Comunidad Autónoma en concepto de depósitos provisionales, conservando esta su titularidad como bienes de dominio público, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual que puedan corresponder a los autores respecto del estudio e inventario de los mismos.
c) Se precisa concertar cita previa para efectuar los trabajos.
d) Los materiales se entregarán convenientemente lavados, siglados y clasificados.
e) Se hará entrega del inventario de los materiales y de la memoria descriptiva de la intervención en el formato previamente establecido por la Dirección General de Bienes Culturales.
f) Cada uno de los embalajes deberá contener de forma visible la ficha desglosada de contenedores correctamente cumplimentada, según modelo establecido (anexo I).
Depósito de materiales arqueológicos procedentes de intervenciones arqueológicas en museos pertenecientes al Sistema de Museos la Región de Murcia
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Depósito de materiales arqueológicos procedentes de intervenciones arqueológicas en museos pertenecientes al Sistema de Museos la Región de Murcia
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL BIENES CULTURALES
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa