Extranjeros nativos y naturalizados de los Estados parte o asociados al MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR).
¿A quién está dirigido?
El inicio del trámite, las prórrogas y la entrega de la Disposición que otorga el beneficio deben ser realizadas personalmente por el interesado.
¿Qué necesito?
1.- Pasaporte vigente, en caso de ser oriundo de un país limítrofe puede presentar cédula vigente o certificado de nacionalidad con foto.
2.- Antecedentes penales argentinos. Incorporado al Radex.
3.- Antecedentes penales del país de origen. El Documento tiene/debe estar visado por autoridad consular argentina o con el apostillado de la Convención de La Haya o visado por autoridad consular del País emisor en la Argentina (solo válido para países del Mercosur y asociados). Exigible solo a extranjeros mayores de 16 años.
4.- Certificado de domicilio o factura de servicio público a su nombre.
5.- Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje.
6.- Constancia expedida por un gobierno u organismo internacional que certifique que usted recibe una pensión o jubilación, en forma regular y permanente, como así también el monto y duración de dicho beneficio. A fin de acreditar los extremos deberá presentar documentación que avale el carácter de pensionado.
Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
La documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.
Si estuviera en idioma extranjero debe ser traducida al castellano por un traductor público nacional y legalizada por el Colegio de Traductores.
Toda la documentación debe ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.
¿Cómo hago?
1
Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX
2
Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.
3
El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.
4
A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.
- Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
- Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
- Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.
¿Cuál es el costo del trámite?
$3000.00
Están exceptuados los menores de 16 años, los que inicien el trámite conjuntamente con sus padres.
Vigencia
Se otorga una residencia temporaria por un plazo máximo de 1 año, renovable por períodos de hasta tres años.
Web del Tramite
Extranjeros nativos y naturalizados de los Estados que no son parte o asociados al MERCADO COMÚN DEL SUR (NO MERCOSUR).
¿A quién está dirigido?
Si sos extranjero y querés radicarte en la Argentina como trabajador contratado, te explicamos cómo obtener la residencia.
¿Qué necesito?
1.- Pasaporte vigente. En caso de ser oriundo de un país limítrofe, podés presentar cédula vigente o certificado de nacionalidad con foto.
2.- Antecedentes penales argentinos. Incorporado al RaDEX
3.- Antecedentes penales del país de origen. El Documento debe estar visado por autoridad consular argentina o con el apostillado de la Convención de La Haya o visado por autoridad consular del País emisor en la Argentina (solo válido para países del Mercosur y asociados). Exigible solo a extranjeros mayores de 16 años.
4.- Certificado de domicilio o factura de servicio público a tu nombre.
5.- Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje.
6.- Pre-contrato laboral suscripto por las partes, donde se especifiquen:
- Datos personales de las partes.
- Tareas a realizar por el extranjero, duración de la jornada laboral, duración de la relación laboral, domicilio donde desarrollará tareas el extranjero.
- Remuneración a percibir (deberá ajustarse al convenio colectivo de trabajo de la actividad a desarrollar)
- Número de CUIT del empleador. - Si el empleador estuviera representado por un tercero, deberá acompañar el poder de estilo que lo designa como tal.
- Las firmas deberán ser certificadas por escribano público o ante un agente de la Dirección Nacional de Migraciones al momento de iniciar la solicitud de residencia.
- Ver modelo de contrato de trabajo
7.- Constancia de inscripción del empleador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
8.- Constancia de inscripción del empleador en el Registro Registro Único de Requirentes de Extranjeros del Dirección Nacional de Migraciones (Disp. DNM 54.618/08)
Nota: dentro del plazo de treinta (30) días corridos a partir del inicio de la solicitud de residencia deberá presentar, ante el sector recepción de documentación constancia de alta temprana, emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y suscripta por el empleador.
Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
La documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.
Si estuviera en idioma extranjero debe ser traducida al castellano por un traductor público nacional y legalizada por el Colegio de Traductores.
Toda la documentación debe ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.
¿Cómo hago?
1
Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX.
2
Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.
3
El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.
4
A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.
- Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
- Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
- Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.
¿Cuál es el costo del trámite?
$6000.00
Están exceptuados los menores de 16 años, los que inicien el trámite conjuntamente con sus padres.
Vigencia
3 años
Se otorga una residencia temporaria por un plazo de 3 años, prorrogables.
Web del Tramite
Podes tramitar tu residencia temporaria en argentina si sos nacional nativo de:
- URUGUAY
- BRASIL
- PARAGUAY
- BOLIVIA
- CHILE
- PERÚ
- ECUADOR
- COLOMBIA
- VENEZUELA
- GUYANA
- SURINAN
o nacional naturalizado que ostente dicho beneficio con una antigüedad de CINCO (5) años o más de:
- BRASIL
- PARAGUAY
- URUGUAY
- BOLIVIA
- CHILE
¿A quién está dirigido?
Si sos nativo de los siguientes países:
- Estado Plurinacional de Bolivia,
- República Federativa del Brasil,
- República de Chile,
- República de Colombia,
- República de Ecuador,
- República del Paraguay,
- República de Perú,
- República oriental del Uruguay,
- República bolivariana de Venezuela,
- Guyana o Surinam.
- o sos nacido en algún país NO MERCOSUR pero sos nacionalizado en alguno de los países con una antigüedad de CINCO (5) años o más de: BRASIL, URUGUAY, PARAGUAY, CHILE, BOLIVIA., podes solicitar la Residencia Temporaria por 2 años.
¿Qué necesito?
1.- Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad.
2.- Partida de Nacimiento y la relativa al Estado Civil de las personas, según la causa de radicación invocada.
3.- Certificado de Antecedentes Penales Argentinos emitido por Registro Nacional de Reincidencia o Policía Federal (Solo exigible a mayores de 16 años) – Incorporado al sistema Radex, no es necesaria su tramitación por fuera.-
4.- Certificado que acredite fehacientemente que no registra condenas anteriores ni procesos penales en trámite, emitidos por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años, (Solo exigible a mayores de 16 años).
5.- Declaración Jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, (será confeccionada en migraciones al momento de la solicitud de residencia).
6.- Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje.
7.- Certificado de Domicilio o una factura de algún servicio público a su nombre (ABL, luz, agua o gas).
Menores de edad:
- Si sos extranjero que sea menor de 18 años, debés contar con la autorización de ambos padres y presentarte con DNI vigente y partida de nacimiento legalizada que acredite el vínculo familiar.
- Si tenés autorización, debe ser suscripta ante autoridad competente.
- En el supuesto que los padres no residan en el territorio nacional, debe contar con un tutor designado, quien debe acreditar residencia legal en el país y demostrar con el instrumento público la designación de tutor sobre el menor.
- La partida de nacimiento y poder emitido en el exterior deben presentarse debidamente legalizados ante el Consulado Argentino o apostillado de la Convención de la Haya o legalizado por el consulado del país emisor del documento acreditado en Argentina (solo en documentos emitidos en países pertenecientes al MERCOSUR).
Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
La documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.
Si estuviera en idioma extranjero debe ser traducida al castellano por un traductor público nacional y legalizada por el Colegio de Traductores.
Toda la documentación debe ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.
¿Cómo hago?
1
Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX
2
Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.
3
El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.
4
A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.
- Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
- Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
- Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.
¿Cuál es el costo del trámite?
MERCOSUR: $3.000.-
NO MERCOSUR: $6.000.-
Están exceptuados los menores de 16 años, los que inicien el trámite conjuntamente con sus padres.
Vigencia
Se otorga una residencia temporaria por un plazo máximo de 2 años, prorrogable, con entradas y salidas múltiples.
Web del Tramite
La Política Migratoria Argentina se define a partir de lo establecido en la Ley N° 25.871, Dto. 616/2010, Dto. 70/2017. De esta forma, todas aquellas personas que deseen radicarse en la República Argentina deberán encuadrar en alguno de los criterios de admisión enumerados en los artículos 22 (radicación permanente) y 23 (radicación temporaria) del cuerpo legal citado.
A tales fines, la Dirección Nacional de Migraciones exigirá a los extranjeros tanto documentación personal, como aquella documentación que sea probatoria de la adecuación de cada persona al criterio de admisión bajo el cual se solicita la residencia.
¿A quién está dirigido?
Quienes ingresen con el propósito de realizar trabajos que por su propia naturaleza dependan de condiciones estacionales y solo se realicen durante parte del año, con plazo de permanencia de hasta TRES (3) meses prorrogables por otro periodo similar.
¿Qué necesito?
1.- Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad con foto, vigentes y en buen estado de conservación. En original.
2.- Certificado de Antecedentes Penales Argentinos emitido por Registro Nacional de Reincidencia o Policía Federal Argentina (sólo mayores de 16 años).
3.- Sello del último ingreso al país estampado en el documento de viaje.
4.- Precontrato de trabajo firmado por empleador y empleado suscripto ante escribano público o funcionario de la DNM.
5.- Constancia de inscripción del empleador en el Registro de Requirentes de Extranjeros.
6.- Constancia de "Alta del trabajador" (alta temprana) emitida por AFIP. Se debe presentar con posterioridad al inicio del trámite.
Importante
Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional, deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.
Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional, Art. 6° Ley 20.305, y legalizada por el Colegio de Traductores.
La documentación a presentar deberá ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada
¿Cómo hago?
1
Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX
2
Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.
3
El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.
4
A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.
- Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
- Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
- Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.
¿Cuál es el costo del trámite?
$6000.00
Web del Tramite
Si querés salir o ingresar al país con un menor de edad argentino o residente permanenten, temporario, precario o cualquiera sea su categoría, te informamos la documentación que vas a necesitar.
¿A quién está dirigido?
Padre, tutor o curador.
¿Qué necesito?
Salir del país
Ingresar al país
Hijos de Diplomáticos
Menores de edad Extranjeros hijos de Diplomáticos.
No necesitan autorización, salvo que se encuentren radicados en forma Permanente o Temporaria o posean Residencia Precaria.
(Memorándum Nº 1.005/11 - D.C.F., acorde al Art. 1º de la Disp. Nº 2.656/11 modificado por similar N° 3328/15).
Menores de edad Argentinos hijos de Diplomáticos.
Necesitan Autorización, salvo que tengan domicilio o residencia en el exterior.
(Art. 2º, inc. b), del CAPÍTULO II del ANEXO I de la Disp. Nº 2.656/11 modificado por similar N° 3328/15).
Tramitación de Autorización
Para tramitarla debe encontrarse presente el/los padres autorizantes, tener sus documentos de identidad y un documento que acredite la filiación con el menor (Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento). En el caso de autorizar un Tutor debe acompañar la Resolución Judicial respectiva.
¿Dónde pueden tramitarse las Autorizaciones que otorga la DNM?
- Sede Central de Migraciones: Antártida argentina 1355 | Edificio 6 | Sector M | de 08:00 a 16:00 horas.
- Aeropuerto de Ezeiza: las 24 horas.
- Aeroparque Jorge Newbery: de 08:00 a 22:00 horas.
- Buquebus: en el horario de servicio de los buques.
- En los pasos fronterizos terrestres habilitados, y en las Delegaciones DNM del país en los horarios de funcionamiento de los mismos.
¿Ante quiénes pueden tramitarse las Autorizaciones?
- Escribanos, con la Legalización del Colegio Público correspondiente. (*)
- Cónsules argentinos y extranjeros. Debe estar legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto o Apostillado. Consultar Pagina del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (**)
- Autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas.
- Agentes de esta Dirección Nacional.
- Jueces de paz.
- Otras Autoridades Administrativas y Judiciales habilitadas a certificar firmas con la acreditación de la norma que le otorga tal habilitación.
- Jueces competentes.
(*) Autorizaciones Expresas de Salida de Menores de Edad otorgadas por Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Registro Electrónico.
La Dirección Nacional de Migraciones y el Colegio Público de Escribano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, firmaron un convenio para conformar un registro electrónico de Autorizaciones de menores de edad instrumentada mediante Escritura Pública o Instrumento Privado con firmas certificadas. Este convenio fue aprobado mediante la Disposición DNM N° 6500/2017. Al respecto y conforme al Dictamen Legal 0541018/2018 y Memo 21117191/2018 APN-DGTJ#DNM de la Dirección General Técnica Jurídica, que interpretan la Disposición, se establecen las siguientes instrucciones al respecto:
a) Las autorizaciones y revocaciones otorgadas por escribanos en el marco del mencionado Convenio y Disposición, si las mismas se encuentran digitalizadas a partir de su remisión por medio de Web-Service (WS) en una red segura, no será necesaria su presentación en formato papel al momento de presentarse el menor al control migratorio previo a su egreso. (Memo 21117191/2018 APN-DGTJ#DNM).
b) El instrumento original de las Autorizaciones de viaje mencionadas en el punto uno, presentadas ante la autoridad de control migratorio, son instrumentos públicos cuya calidad y valor probatorio se mantienen incólumes, ya sea que se encuentren o no registradas en el sistema, conforme las previsiones del Código Civil y Comercial de la Nación (Dictamen Legal 0541018/2018). Por lo expuesto en todos los casos hacen plena fe, concluyendo que si se presenta al control migratorio, un menor con el instrumento de autorización original por Escritura pública o instrumento privado con las firmas certificadas otorgada ante un Escribano, aunque no se encuentre registrada en el sistema, y siempre que se encuentre confeccionada conforme a la normativa aplicable, corresponderá autorizar su egreso.
( ** ) Autorizaciones de viaje de menores de edad exceptuadas de legalización consular.
Son las expedidas en Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay.
Cualquiera sea el tipo de viaje, duración o destino, es imprescindible que el documento a presentar esté en buen estado de conservación y tener en cuenta que las constancias de DNI en trámite no son válidas como documentos de viaje. A su vez, se recuerda que en todos los casos el trámite es personal y presencial en los puestos de control migratorio.
Toda documentación mencionada anteriormente debe ser presentada en original o copia autenticada a los fines de acreditar identidad o vínculo invocado.
La expedida en el extranjero deberá contar con la Legalización del Consulado Argentino sito en el país emisor del documento, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya y en su caso contar con la traducción al castellano efectuada por traductor público oficial y legalización de su firma por el Colegio que corresponda.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, excepto aquellos países pertenecientes a la órbita del MERCOSUR.
En caso en que uno o ambos padres, no puedan o no quieran dar su consentimiento o si el menor se encuentra bajo guarda con fines de adopción o a disposición de un Juez, o en Establecimientos Nacionales o Provinciales será necesaria la Autorización Judicial Supletoria.
Se recomienda que previo al viaje se consulte en las oficinas administrativas de la DNM, sobre Autorizaciones Judiciales o Situaciones excepcionales sobre viaje de niños niñas y adolescentes.
¿Cómo hago?
1
Tenes que presentar la documentación requerida ante el funcionario de Migraciones o la Policía Auxiliar Migratoria antes de salir del país.
2
El trámite es personal y presencial en los puestos de control migratorio.
¿Cuál es el costo del trámite?
Ver cuadro tasas migratorias
Extranjeros nativos y naturalizados de los Estados que no son parte o asociados al MERCADO COMÚN DEL SUR (NO MERCOSUR).
¿A quién está dirigido?
Toda persona que desee obtener una radicación permanente en nuestro país, siendo familiar de argentino, de extranjero radicado o habiendo gozado de una residencia continua de 3 o más años (arraigo).
¿Qué necesito?
1.- Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad.
2.- Partida de Nacimiento y la relativa al Estado Civil de las personas, según la causa de radicación invocada.
3.- Certificado de Antecedentes Penales Argentinos emitido por Registro Nacional de Reincidencia o Policía Federal (Solo exigible a mayores de 16 años).
4.- Certificado que acredite fehacientemente que no registra condenas anteriores ni procesos penales en trámite, emitidos por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años, (Solo exigible a mayores de 16 años).
5.- Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje.
6.- Certificado de Domicilio o una factura de algún servicio público a su nombre (ABL, luz, agua o gas).
Según te corresponda:
a)
- cónyuge de argentino nativo o naturalizado por opción: acta o partida de matrimonio que acredite el vínculo invocado o certificado de unión convivencial y DNI del dador de criterio.
- padre o madre de hijo argentino nativo o naturalizado por opción: acta o partida de nacimiento del hijo argentino y DNI del dador de criterio.
- hijo de madre o padre argentino nativo o naturalizado por opción: acta o partida de nacimiento que acredite el vínculo invocado y DNI del dador de criterio.
b)
- cónyuge de un residente permanente: acta o partida de matrimonio que acredite el vínculo invocado o certificado de unión convivencial y DNI del dador de criterio.
- padre o madre de un residente permanente: acta o partida de nacimiento del hijo y DNI del dador de criterio.
- hijo soltero menor de 18 años no emancipado o mayor con capacidad diferente de un residente permanente: acta o partida de nacimiento del solicitante y DNI del dador de criterio.
c)
- Tener arraigo por haber gozado de residencia temporaria por 3 años continuos para No Mercosur, demás condiciones que determine la Dirección Nacional de Migraciones.
Importante
Si fue expedida en el extranjero: debe estar legalizada en el Consulado Argentino, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
Si fue expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional: debe contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, excepto MERCOSUR.
Si fue expedida en idioma extranjero: debe contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional (Art. 6º Ley 20.305) y legalizada por el Colegio de Traductores, excepto idioma portugués para Brasil.
La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.
¿Cómo hago?
1
Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX
2
Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.
3
El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.
4
A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.
- Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
- Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
- Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.
¿Cuál es el costo del trámite?
$6000.00
Vigencia
Permanente
Web del Tramite
Te orientamos sobre el procedimiento para modificar o rectificar tus datos personales registrados en el pasaporte, siempre y cuando dicha modificación se encuentre asentada en tu Partida de Nacimiento y en tu DNI.
Los casos más frecuentes se deben a cambios en los datos filiatorios, errores u omisiones y rectificaciones por oficio o a solicitud tuya (rectificación registral por identidad de género, por ejemplo). En todos los casos te otorgan uno nuevo.
¿Qué necesito?
Para modificaciones en los datos personales
- Documento Nacional de Identidad actualizado.
- Si corresponde: acta o testimonio de la sentencia de reconocimiento o adopción, o Partida de Nacimiento con firma y sello del oficial público en original **rectificada **(con las modificaciones que luego deberá tener el DNI) en la que consten los datos modificados cuando solicitás rectificaciones del nombre/s, apellido/s, lugar o fecha de nacimiento u otros datos personales.
Para rectificación por errores u omisiones (nombre/s, apellido/s, lugar o fecha de nacimiento u otros datos de filiación)
- Documento Nacional de Identidad.
Para menores de edad
- Si los padres se encuentren casados, resulta suficiente la presencia de uno solo de ellos, con su DNI y partida de matrimonio certificada. En caso de no presentarla, el menor deberá estar acompañado indefectiblemente de ambos padres.
- No se exige consentimiento expreso de ambos padres si:
- Uno de ellos hubiera fallecido: presentar la partida de defunción legalizada.
- Uno de los padres tenga el ejercicio exclusivo de la patria potestad: adjuntar sentencia judicial que la otorgue u homologue el acuerdo, legalizada.
- El menor cuente con tutor designado: exhibir testimonio de designación o copia legalizada.
¿Cómo hago?
1
Ingresá los datos. Una vez iniciado el trámite deberás completar la información que te solicite el sistema a través de formularios electrónicos que se desplegarán en cada paso.
Tené en cuenta: Podés realizar el NUEVO DNI y el Pasaporte en forma combinada.
2
Ingresá el código de seguridad para imprimir la boleta de pago. Una vez impresa debés abonar en cualquier lugar de pago habilitado o bien en las oficinas de toma de trámites que cuentan con este servicio.
3
Concurrí a la oficina de toma de trámites elegida con la documentación. Un agente público controlará los datos que ingresaste en línea, confirmará el pago y la presentación de la documentación correspondiente. El trámite se completa con la toma digital de la foto, huellas dactilares y firma.
4
El pasaporte te será enviado por correo postal al domicilio que hayas declarado. El cartero te solicitará la constancia de inicio del trámite; si no la tenés, presentá la denuncia de extravío.
¿Cuál es el costo del trámite?
$950.00
Si lo realizás en centros comerciales o shoppings tiene un arancel adicional de $100. No te aceptan efectivo, sólo tarjeta de crédito Visa o Mastercard o tarjeta de débito.
Vigencia
10 años
Web del Tramite
El trámite permite la reposición del pasaporte cuando se deslizaren errores u omisiones en la confección de los mismos y se comprobaren los mismos por el simple cotejo con la documentación presentada en oportunidad de la tramitación. En estos casos se procede de oficio o a solicitud del interesado, a inutilizar el documento defectuoso y a confeccionar uno nuevo.
¿A quién está dirigido?
Personalmente, no se admite la intervención de terceros o gestores.
¿Qué necesito?
El Pasaporte a reponer.
Importante
Para menores de edad:
En los casos en que los padres del menor se encuentren casados, resulta suficiente la presencia de uno solo de ellos en representación del menor, con su Documento Nacional de Identidad. Será indispensable acreditar el matrimonio, debiendo presentar la partida de matrimonio certificada en adición al resto de la documentación requerida.
En caso de no presentar la partida, el menor deberá estar acompañado indefectiblemente de ambos padres para que presten el consentimiento.
En los demás casos contemplados, se requerirá que la solicitud cuente con el consentimiento expreso de ambos padres, salvo que:
- Uno de los padres hubiera fallecido: La opción deberá ser ejercida por el/la padre/madre sobreviviente, acreditando el fallecimiento del otro progenitor con la partida de defunción legalizada.
- Uno de los padres tenga el ejercicio exclusivo de la patria potestad de su hijo: El/la padre/madre que ejerza la opción deberá acreditar el ejercicio exclusivo de la patria potestad con la sentencia judicial que la otorgue o que homologue el acuerdo, debidamente legalizada.
- El menor cuente con tutor designado: El tutor deberá presentar el testimonio de su designación, o copia legalizada del mismo, que contenga la autorización para la tramitación del pasaporte del menor.
¿Cómo hago?
1
Ingresar los datos.
Una vez iniciado el trámite deberá completar los datos que le solicite el sistema a través de los formularios electrónicos que se desplegarán en cada paso.
Tener en cuenta: Puede realizar el NUEVO DNI y el Pasaporte en forma combinada.
2
Ingresar el código de seguridad para imprimir la boleta de pago.
Una vez impresa la boleta se debe abonar en cualquier lugar de pago habilitado o bien dentro de las oficinas de toma de trámites que cuenten con este servicio.
3
Concurrir a la oficina de toma de trámites elegida con la documentación correspondiente.
Un agente público controlará los datos ingresados en línea, confirmará el pago y el cumplimiento de la documentación y requisitos correspondientes.
El trámite se completa con la toma digital de la foto, huellas dactilares y firma.
4
El Pasaporte será enviado al domicilio declarado por Correo Postal. El correo le solicitará la constancia de inicio del trámite, en caso de no poseerla, presentar denuncia de extravío de la misma.
Los trámites iniciados en línea sólo pueden ser realizados en las oficinas habilitadas para tal fin. NO son aptos para este tipo de trámites los locales situados en Shoppings ni Estaciones de Tren como así tampoco las Unidades Móviles de Documentación (móviles y camiones).
Si tiene domicilio en cualquier lugar del país, puede realizarlo en los Centros de Documentación Rápida (CDR) directos del RENAPER:
CDR Paseo Colón, Paseo Colón 1093, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CDR 25 de Mayo, 25 de Mayo 155, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CDR Santa Fe y Callao, Av. Callao 1065, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CDR Libertador, Av. Int. Bullrich 2, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CDR La Plata, Av. 7 1074 e/ 54 y 55, La Plata, Buenos Aires.
CDR Rosario, Aristóbulo Del Valle 2730, Rosario, Santa Fe.
CDR Córdoba, Jerónimo Luis de Cabrera 250, Alta Córdoba.
Debe solicitar previamente un TURNO en línea o telefónicamente al 0800-9999-364.
Si el trámite es realizado en un Centro de Documentación Rápida (CDR), directo del RENAPER, recuerde que tienen oficinas de pago.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Si el error u omisión hubiese sido detectado dentro de los seis meses de la fecha de emisión, y siempre que éste no hubiere sido utilizado para viajar, tal tramitación será sin cargo para el titular.
$950.00
Después de los 6 meses de emitido o si ya fue utilizado para viajar.
Si se realiza el trámite en Centros Comerciales o Shoppings tiene un arancel adicional de $100.-
En estas oficinas NO se acepta efectivo, debiendo abonar el trámite únicamente con tarjeta de crédito VISA o MASTERCARD o tarjeta de débito.
Si realiza el trámite en el Centro de Documentación Rápida (CDR), directo del RENAPER, Santa Fe y Callao y La Plata debe abonar con tarjeta de débito o crédito. En los CDR Rosario y CDR Córdoba debe abonar con tarjeta de débito o crédito VISA o ELECTRÓN.
Vigencia
10 años
Web del Tramite
El número del primer DNI es inalterable y lo va a acompañar toda su vida.
¿Qué necesito?
Original de Partida de Nacimiento.
No te aceptan fotocopia ni Certificado de Nacimiento.
En caso de corresponder, tenés que adjuntar el acta del reconocimiento o adopción.
Tu DNI. Si sos el tutor legal, también tenés que llevar el original del testimonio judicial de tutela.
Si el pequeño está internado y no lo podés trasladar, tendrás que sacar el DNI para el recién nacido 0 año - Provisorio.
En este caso, tenés que presentar certificado médico de hospital o clínica donde el bebé está internado con los siguientes datos:
- Nombre y apellido completo y número de matrícula individual del bebé.
- Diagnóstico por el que está internado, que explique que no se lo puede trasladar.
El certificado debe tener firma, sello y matrícula del médico, y sello del hospital o clínica.
La vigencia del certificado es de 30 días desde la fecha de confección. No te sirve el certificado de un médico particular.
Cuando le den el alta, debés hacer el definitivo.
¿Cómo hago?
1
Si el bebé nació en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Plata, Rosario o Córdoba capital, sacá un turno en línea.
Si vas a tramitar el DNI provisorio, no necesitás sacar turno, podés presentarte directamente.
2
Presentate en la oficina elegida con el bebé (si sacás el DNI definitivo) o vos solo (si tramitás el provisorio), con la documentación necesaria.
3
Guardá el comprobante del trámite hasta que te lleven el DNI a tu casa.
Podés seguir el estado del trámite en línea.
Otras localidades de la Argentina
Si el bebé nació en otra localidad, no hace falta que saques turno.
- Buscá la oficina más cercana en el mapa.
- Completá el formulario en línea.
- Presentate en la oficina elegida con el bebé (si sacás el DNI definitivo) o vos solo (si tramitás el provisorio) con la documentación necesaria.
- Guardá el comprobante del trámite hasta que te lleven el DNI a tu casa.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
DNI para el recién nacido 0 año
Hasta la primera actualización, cuando el pequeño llegue a la edad escolar (5 a 8 años).
DNI para el recién nacido 0 año Provisorio
6 meses. Vencido el plazo, si el bebé continúa internado, solicitá una prórroga. Para eso, volvé a hacer el trámite como la primera vez.
Si ya podés llevar al pequeño, tramitá el DNI para el recién nacido 0 año.
Web del Tramite
Si sos extranjero, tramitaste la residencia antes del 12 de diciembre de 1984 y tenés la Cédula emitida por la Policía Federal, tenés que sacar el nuevo DNI. Acá te contamos cómo hacerlo.
¿A quién está dirigido?
A todos los extranjeros que tienen Cédula de Identidad y residencia en la Argentina tramitada con frecha previa a diciembre de 1984.
¿Qué necesito?
Cédula de Identidad donde conste que tenés la radicación permanente, en buen estado de conservación; o el Certificado de Radicación que expide la Dirección Nacional de Migraciones.
Un documento válido y vigente: puede ser el Pasaporte o certificado de nacionalidad para todos los países, Cédula de Identidad (sólo para Estados miembros y asociados al MERCOSUR).
¿Cómo hago?
1
Si vivís en la Ciudad de Buenos Aires
1.- Pedí un turno en línea para la sede que te corresponda:
2.- Te presentás ese día con la documentación correspondiente y al finalizar el trámite te entregan una constancia de DNI en trámite. Esta constancia no es una acreditación de identidad.
3.- Aguardá a que el DNI llegue a tu domicilio por Correo Postal.
2
Si vivís en el interior del país
Consultá en la Delegación habilitada de la Dirección Nacional de Migraciones, modalidad Ventanilla Única o tradicional más cercana a tu domicilio.
Si iniciaste el DNI en la Dirección Nacional de Migraciones y recibiste tres avisos de visita del correo pero no estabas en tu casa, retiralo sin turno de lunes a viernes de 8 a 14, en el Registro Nacional de las Personas, Avenida Jujuy 468
¿Cuál es el costo del trámite?
$300.00