## Resumen El Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) es un requisito obligatorio antes de la negociación, oferta o transferencia de un inmueble cuyo valor sea igual o superior a $22.810.177. ### ¿Quién puede usar este servicio? * Propietarios de inmuebles. * Inmobiliarias autorizadas por los propietarios. ### Antes de empezar * Asegurate de tener toda la documentación requerida. * Verificá si el valor del inmueble supera el monto establecido. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Identificación del inmueble (tipo, ubicación). * Precio de venta estimado. * Datos de los condóminos (si aplica). * CUIT de la inmobiliaria (si interviene). ### Requisitos previos * El valor del inmueble debe ser igual o superior a $22.810.177. * En caso de actuar a través de una inmobiliaria, contar con la autorización correspondiente. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Si sos el titular:** * Ingresá al sitio web de AFIP con CUIT y clave fiscal. * Accedé al servicio "Transferencia de inmuebles" y seleccioná "Código de oferta de transferencia de inmuebles". * Completá los datos requeridos. * Obtené la constancia del COTI. 2. **Si sos una inmobiliaria:** * Obtené la autorización del titular. * Realizá el trámite en representación del titular siguiendo los pasos anteriores. ### Información sobre cada etapa * El sistema te guiará a través de cada paso del proceso. * Asegurate de ingresar la información correcta para evitar demoras. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después * Una vez generado el COTI, podrás utilizarlo en la negociación, oferta o transferencia del inmueble. ### Plazos de resolución * El COTI se genera de forma inmediata a través del sistema. ### Siguiente pasos * Utilizá el COTI en la operación inmobiliaria. ## Ayuda ### Contacto * Centro de Información Telefónica: 0800-999-2347 ### Recursos adicionales * [Sitio web de AFIP](blank:#http://www.afip.gob.ar/) * [Iniciar trámite](https://auth.afip.gov.ar/contribuyente/) * [Realizar consulta](https://www.afip.gob.ar/inmuebles/coti/procedimiento.asp) ### Preguntas frecuentes * **¿Qué es el COTI?** Es el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles, un requisito obligatorio para la venta de inmuebles con un valor superior a $22.810.177. * **¿Quiénes están obligados a tramitar el COTI?** Los propietarios de inmuebles y las inmobiliarias que actúen en su representación. * **¿Qué validez tiene el COTI?** 24 meses a partir de la fecha de emisión. * **¿Cómo se tramita el COTI?** A través del sitio web de AFIP con CUIT y clave fiscal. * **¿Qué hago si tengo problemas para tramitar el COTI?** Contactá al Centro de Información Telefónica de AFIP.
## Resumen Este trámite permite solicitar el Certificado de Organización Comunitaria si formas parte de una asociación civil, fundación, cooperativa, institución religiosa, comedor, club u otra entidad comunitaria ubicada dentro de los barrios populares del ReNaBaP. ### ¿Qué es el Certificado de Organización Comunitaria? El Certificado de Organización Comunitaria permite a las instituciones ubicadas dentro de un barrio popular del ReNaBaP acreditar el domicilio y su existencia para realizar cualquier tipo de gestión ante organismos públicos o privados. #### Este documento sirve para: * Presentarse ante organismos e instituciones. * Solicitar el acceso a servicios públicos básicos. * Participar de proyectos de acceso a internet financiados por el ENACOM. * Tramitar obras o subsidios en distintos programas estatales. ## ¿A quién está dirigido? * Asociaciones civiles * Fundaciones * Cooperativas * Instituciones religiosas * Comedores * Clubes * Otras entidades comunitarias ## ¿Qué necesito? * Formar parte de alguna organización comunitaria dentro de un barrio inscripto en el ReNaBaP. * Que la organización esté relevada por el ReNaBaP. ## ¿Cómo hago? 1. Si la organización todavía no fue relevada, comunicate con el ReNaBaP solicitando la encuesta en el domicilio de la entidad. 2. Si ya fue relevada, necesitás pedir el certificado con el N° de CUIL del/de la responsable de la organización. Para ambas gestiones completá el Formulario de consultas ReNaBaP.
## Resumen Este trámite permite a los productores que exportan alimentos con el Sello Alimentos Argentinos, una Denominación de Origen o una Indicación Geográfica, solicitar un certificado para obtener un reintegro adicional. **Quién puede usar este servicio:** Productores con derecho al uso del Sello Alimentos Argentinos o con una Denominación de Origen o Indicación Geográfica registrada. ## Lo que necesitas * Formulario de Reintegro para el Sello Alimentos Argentinos o Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas (en PDF). ## Cómo hacerlo 1. Realizar el trámite en la plataforma Trámites a Distancia (TAD). 2. Adjuntar la documentación solicitada. 3. Seleccionar continuar. 4. Se generará una solicitud de certificado. **Tiempo de procesamiento:** 24 a 72 horas hábiles. ## Después de hacerlo El certificado es válido para una sola exportación. Se debe repetir el trámite para cada embarque. ## Ayuda * ¿Cómo acceder a TAD si nunca me registré?
## Resumen Este certificado te permite acreditar tu domicilio si vivís en un Barrio Popular relevado por el ReNaBaP. Con él, podés solicitar servicios públicos y realizar trámites. **Quién puede usar este servicio:** Familias que residen en barrios populares y han sido encuestadas por el ReNaBaP. **Antes de empezar:** Asegurate de que tu familia haya sido encuestada. Si no lo fue, podés solicitarlo en mi ANSES o en una oficina de ANSES. Consultá el mapa de Barrios Populares. ## Lo que necesitas * **Requisitos previos:** * Ser encuestado en tu vivienda. * Tener una persona mayor de edad en el grupo familiar. * Contar con CUIL. * **Costes:** El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo 1. **Ingresá a mi ANSES:** * Accedé a mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. Si no tenés clave, podés generarla en el momento. 2. **Solicitá tu certificado:** * En el menú, seleccioná “Programas y beneficios” > “Certificado de Vivienda (ReNaBaP)” y solicitá tu certificado en “Acceso al Certificado de Vivienda”. 3. **Imprimí el certificado:** * Una vez solicitado, comprobá si está disponible para descargar en formato PDF o para imprimir. * Podés solicitar modificaciones como agregar o quitar miembros, modificar la titularidad, informar una mudanza o transferir el certificado. **También podés:** Acercarte a una oficina de ANSES, sin turno previo, para: * Requerir la impresión del certificado. * Solicitar ser encuestado. * Realizar modificaciones de datos. * Solicitar la transferencia del Certificado si comprás, vendés o intercambiás una vivienda. ## Después de hacerlo * Podrás utilizar el certificado para acreditar tu domicilio, solicitar servicios y realizar otros trámites. ## Ayuda * **Contacto:** Oficinas de ANSES. * **Recursos adicionales:** * Mapa de Barrios Populares. * Iniciar trámite
## Resumen Este trámite permite solicitar el reconocimiento de un producto agrícola o alimentario como originario de una región específica de Argentina. Esto se basa en que el producto tiene características particulares debido a su origen geográfico y al trabajo de los productores locales. **Quién puede usar este servicio:** Productores individuales o grupos de productores que deseen proteger y promover productos únicos de su región. ## Lo que necesitas * **Documentación requerida:** * Formulario de Registro (disponible en la plataforma TAD). * Estudios técnicos sobre la región y el producto. * Información detallada del proceso de producción. * Acreditación legal del Consejo de Denominación de Origen. * Aval Provincial. * Domicilio constituido en CABA. ## Cómo hacerlo 1. **Acceder a Trámites a Distancia (TAD):** El trámite se realiza online a través de la plataforma Trámites a Distancia. 2. **Completar y adjuntar la documentación:** Reúne y adjunta todos los documentos requeridos. **Recomendación:** Antes de iniciar el trámite, contacta a la Oficina de Registro de IG/DO para recibir asesoramiento: [email protected]; (011) 4349-2186 / 2940, o presentar una solicitud de diagnóstico. ## Después de hacerlo * **Tiempo de resolución:** La duración del trámite varía según cada caso. ## Ayuda * **Contacto:** * Oficina de Registro de IG/DO: [email protected]; (011) 4349-2186 / 2940. * **Recursos adicionales:** * Solicitud de diagnóstico * ¿Cómo acceder a TAD?
## Resumen Este trámite permite a los fabricantes de bienes de capital solicitar un bono anual de crédito fiscal. El bono se calcula en base al impuesto a las ganancias, inversiones en investigación y desarrollo, reintegros de exportación y certificaciones de calidad. Las empresas pueden optar por solicitar el beneficio por todos o solo algunos de estos conceptos. ### Quién puede usar este servicio Personas jurídicas fabricantes de bienes de capital radicadas en Argentina e inscriptas en el Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital. ### Antes de empezar Es importante estar inscripto en el registro mencionado antes del 31 de diciembre del año anterior al que se solicita el bono. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Planillas con la información solicitada (disponibles para descargar en la sección correspondiente). * Documentación adicional que se requiera en el formulario de solicitud. ### Requisitos previos * Tener CUIT y clave fiscal (nivel 3 o superior). * Estar inscripto en el Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital. ### Costes y plazos * El trámite es gratuito. * La solicitud puede realizarse entre el 1° de abril y el 31 de julio de cada año. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Descargar las plantillas modelo y completar la información requerida. 2. Cargar los archivos en el validador de datos. 3. Si la información es correcta, el sistema devolverá un código validador. 4. Ingresar en TAD con CUIT y Clave fiscal. 5. Completar el formulario y adjuntar las planillas y documentación solicitada. 6. Una vez finalizada la evaluación y se firme el acto administrativo, se recibirá una notificación mediante TAD y se notificará a la AFIP para el pago del bono. ### Información sobre cada etapa * **Descarga de plantillas:** Las plantillas se encuentran disponibles en la sección de descargas de esta página. * **Validador de datos:** Permite verificar la correcta carga de la información. * **TAD:** Plataforma para realizar el trámite online. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, se evaluará la información y, si es aprobada, se emitirá el bono de crédito fiscal. ### Plazos de resolución El tiempo de resolución depende de la evaluación y firma del acto administrativo correspondiente. ### Siguiente pasos Una vez notificado, se deberá esperar el pago del bono por parte de la AFIP. ## Ayuda ### Contacto Si tenés dudas o consultas, podés completar este formulario o llamar al 0800-333-7963. ### Recursos adicionales * Decreto 379/01 * Decreto 209/22 * Resolución 26/22 * Resolución General AFIP Nº 5427/2023 * Resolución Conjunta N°5301/2022 * Resolución 2/2023 * Resolución 151/2023 * Disposición 28/2024 ### Descargas * Tutorial Bonos Bienes de Capital (8.4 Mb) Descargar archivo * Planilla de Presentación de Comprobantes (97.2 Kb) Descargar archivo * Modelo de certificación - Planilla de Comprobantes (106.4 Kb) Descargar archivo * Formulario de proyecto BK 4.0 (313.9 Kb) Descargar archivo * Planilla de inversiones BK 4.0 (116.3 Kb) Descargar archivo * Modelo certificación - planilla de inversiones (169.7 Kb) Descargar archivo * Planilla de reintegros de exportaciones (12.8 Kb) Descargar archivo * Modelo certificación - planilla de reintegros de exportaciones (158.8 Kb) Descargar archivo * Normas de calidad (39.0 Kb) Descargar archivo * Instructivo para e-recauda (2.0 Mb) Descargar archivo * Listado de Inversiones Elegibles BK4.0 (34.6 Kb) Descargar archivo
## Resumen Este trámite permite a los productores vitivinícolas obtener el derecho a utilizar una Indicación Geográfica (IG) para identificar sus vinos. Para acceder a una IG, el vino debe elaborarse con variedades de uvas selectas y cumplir con un rendimiento mínimo de uva por litro de vino. **Quién puede usar este servicio:** * El titular del establecimiento vitivinícola. * Un representante debidamente acreditado. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Copia digital de la nota de solicitud (debe incluir nombre de la IG, número de inscripción en el INV, razón social, domicilio, teléfono, correo electrónico y datos del representante legal). * Copia digital del formulario de solicitud Anexo III- Resolución Nº 32/02. * Información de al menos un viñedo del cual se obtendrá la uva. * Si el viñedo es propio: Constancia de Verificación. * Si el viñedo es de terceros: Conformidad del titular del viñedo (Anexo IV de la Resolución C.11/04) y nota de conformidad. * Comprobante del CUIT/CUIL. * Comprobante de pago del arancel. **Requisitos previos:** * El vino debe provenir de variedades de uvas selectas. * El rendimiento uva/vino mínimo debe ser de 130 kg/100 litros. **Costes:** * Abonar el arancel correspondiente (consultar la RESOL-2021-28-APN-MAGYP). ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Comunicarse con la Delegación del INV correspondiente a su domicilio. 2. Adjuntar la documentación solicitada. 3. Esperar el análisis del trámite. Si cumple con los requisitos, recibirá la autorización por correo electrónico. El INV puede solicitar documentación adicional si lo considera necesario. ## Después de hacerlo Una vez aprobada la solicitud, se notificará la Resolución de otorgamiento de la IG y podrá hacer uso de la misma. ## Ayuda * Realizar consulta **Información complementaria:** * Ley 25.163 * Decreto 57/2004. Apruébase la Reglamentación de la Ley N° 25.163 * Resolución C.32/2002 * Resolución C.11/2004 ### Descargas * Formulario de solicitud Anexo III- Resolución Nº 32/02 (59.8 Kb) Descargar archivo
## Resumen Este trámite permite a las empresas de Servicio Público Urbano e Interurbano solicitar información sobre su parque móvil. **Quién puede usar este servicio:** Empresas de Servicio Público que necesiten información de su Parque Móvil. ## Lo que necesitas * Código de empresa CNRT (número) * Tipo de empresa: * Servicio Público Urbano * Servicio Público Interurbano **Coste:** Gratuito ## Cómo hacerlo 1. Presentá la documentación a través de TAD. * **Importante:** La clave fiscal debe ser de nivel 3. 2. No requerís la asistencia de un gestor para la realización del trámite, es ágil y sencillo.
## Resumen Este trámite permite a laboratorios públicos o privados, que ya cuenten con acreditación en la Norma IRAM-ISO/IEC 17025 por el OAA, solicitar el reconocimiento para operar bajo la Ley N° 19.511. Esto es necesario si el laboratorio aún no está acreditado en los reglamentos técnicos metrológicos específicos. **Quién puede usar este servicio:** Laboratorios públicos o privados acreditados en la Norma IRAM-ISO/IEC 17025 por el OAA, pero no en los reglamentos técnicos metrológicos. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de reconocimiento. * Documentación que confirme el inicio de la ampliación de la acreditación. * Constancia de asunción de la responsabilidad civil, comercial, administrativa y penal. * Constancia de contratación de un seguro de responsabilidad civil (o declaración de cobertura estatal si es un organismo público). * Constancia de pago del arancel. **Requisitos previos:** * Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior. * Estar adherido al servicio de Trámites a Distancia (TAD) y tener condición de apoderado en el sistema. **Costes y plazos:** * El trámite es arancelado por unidad y tipo de instrumento según ANEXO III de la Resolución SIYC N° 38/2024 y sus modificatorias. Consultar el Instructivo para el listado de costos. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Presentá una solicitud de reconocimiento como laboratorio de ensayos a integrarse al Servicio Nacional de Aplicación de la Ley N° 19.511 a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), dirigida a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial. * Deberás adjuntar la siguiente documentación: * Solicitud de reconocimiento. * Documentación que confirme el inicio de la ampliación de su acreditación. * Constancia de asunción de la responsabilidad civil, comercial, administrativa y penal. * Constancia de contratación de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura por los riesgos de la actividad no menor a CIENTO CINCUENTA (150) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), ajustándose dicho monto conforme al Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al mes de diciembre de cada año. Si el Laboratorio de ensayo fuera un organismo público, se considerará a la dependencia del ESTADO NACIONAL del cual el mismo dependa como aseguradora de los riesgos de la actividad, lo cual se acreditará con la presentación de la declaración correspondiente. * Constancia de pago del arancel según lo establecido en el ANEXO III de la resolución SIYC N° 38/2024 y sus modificatorias. 2. Una vez recibida la documentación, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial emitirá el acto de reconocimiento dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la fecha de presentación de la documentación íntegra. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial podrá suspender el reconocimiento hasta que se cumpla con la acreditación. * El laboratorio tendrá un plazo de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días desde la aprobación de su reconocimiento, para obtener la ampliación del alcance de dicha acreditación a efectos de incluir el Reglamento Técnico y Metrológico cuyo reconocimiento se solicita. ## Ayuda **Información complementaria:** * Si querés conocer la normativa específica, ingresá en: * Ley de Metrología 19511 * Resolución 611/2019 ### Descargas * Anexo III de la Resolución N° 38/2024 (78.8 Kb) Descargar archivo * Instructivo de Solicitar el reconocimiento como laboratorio público o privado no acreditado en los RTM ante la OAA (345.0 Kb) Descargar archivo * Instructivo de e-Recauda (1.3 Mb) Descargar archivo