Ministerio de Economía

  • ## Resumen Este trámite permite a las entidades inscribirse como Agente de Custodia, Registro y Pago (ACRyP) en el registro de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esto les habilita a prestar servicios de registración electrónica de valores negociables mediante anotaciones en cuenta, así como servicios de custodia, transferencia y pago de dichos valores. **Quién puede usar este servicio:** Personas jurídicas (sociedades anónimas) constituidas en la República Argentina. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Copia autenticada del estatuto social inscripto en el Registro Público de Comercio. * Copia certificada del registro de accionistas. * Formulario para Remisión de Información por AIF firmado por el representante legal. * Copia certificada del acta de asamblea de accionistas (si aplica). * Copia certificada del acta del órgano de administración. * Nómina de los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, gerentes generales o especiales, y apoderados. * Declaraciones juradas de los miembros del órgano de administración, fiscalización y gerentes. * Certificación de antecedentes penales de los miembros del órgano de administración, fiscalización y gerentes. * Declaración jurada de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. * Datos completos de la persona a cargo de la Función de Cumplimiento Regulatorio. * Datos completos de la persona a cargo de la Función Relaciones con el Público. * Estados contables anuales con una antigüedad no superior a 5 meses. * Carpetas de los sistemas informáticos con certificación técnica. * Procedimiento para el retiro de acreencias. * Procedimiento para la conectividad de la comisión a los sistemas informáticos del ACRyP. * Detalle de aranceles que cobrará por la prestación de sus servicios. * Acreditación de la clave única de identificación tributaria (CUIT). * Código de conducta. * Datos completos de los auditores externos registrados. * Acreditación del pago de la tasa de fiscalización y/o arancel de autorización. **Requisitos previos:** * Ser una persona jurídica constituida como sociedad anónima en Argentina. * Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente de la CNV. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * El trámite lleva 20 días a partir de que la CNV considere que se ha reunido toda la documentación. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Completá el formulario de registración online del Sistema de Registro de Agentes de CNV. 2. Ingresá al trámite mediante la plataforma de Trámites A Distancia. 3. Luego de la revisión e intercambio donde pueden haber observaciones, se termina el trámite cuando te inscriben y matriculan en el registro público de agentes de la CNV. **Información adicional:** * Actualmente, debido a la pandemia de COVID-19, se ha habilitado una mesa de entradas virtual para el ingreso de trámites: mesadeentradasrg@cnv.gov.ar. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** El trámite finaliza con una resolución administrativa que otorga un número de matrícula. **Plazos de resolución:** El trámite lleva 20 días a partir de que la CNV considere que se ha reunido toda la documentación. **Siguientes pasos:** La matrícula se mantiene vigente hasta que se cancele o caduque la inscripción. ## Ayuda **Contacto:** * Mesa de entradas virtual (para trámites durante la pandemia): mesadeentradasrg@cnv.gov.ar. **Recursos adicionales:** * Sistema de Registro de Agentes de CNV * Plataforma de Trámites A Distancia

  • ## Resumen Este trámite permite a las entidades financieras inscribirse como Agente de Custodia de Productos de Inversión Colectiva en el registro de la Comisión Nacional de Valores (CNV). **Quién puede usar este servicio:** * Entidades financieras autorizadas a actuar como tales según la Ley Nº 21.526. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Acta de Directorio donde conste la aprobación de la constitución del fondo, del reglamento de gestión (y del prospecto en su caso), de los topes máximos de gastos, comisiones, honorarios y todo cargo que se imputará al fondo. * Estatuto social, con la constancia de la inscripción en el REGISTRO correspondiente al de su jurisdicción. Cuando se trate de una entidad financiera, deberá presentar constancia de su habilitación como tal por el BCRA. (*) * Últimos estados contables anuales y trimestrales acompañados de la documentación requerida en el artículo 25 incisos 1) y 2) del Capítulo I del Título V de las Normas. En caso de tratarse de un Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión no registrado ante la CNV deberá presentar estados contables con una antigüedad que no exceda los CINCO (5) meses desde el inicio del trámite de inscripción en la Comisión, que se encuentren examinados por contador público independiente conforme las normas de auditoría exigidas para ejercicios anuales, con firma legalizada por el respectivo consejo profesional. Asimismo deberá acompañar copia certificada de las actas de los órganos de administración y fiscalización que los apruebe. * Organigrama y Descripción de la organización administrativa y contable, de los medios técnicos y humanos adecuados a sus actividades. En caso de tratarse de una entidad financiera, deberá presentar copia de la documentación presentada a estos efectos ante el BCRA. (*) * Documentación inherente al sistema implementado para llevar el registro de cuota partes, incluyendo: * Programas utilizados para el desarrollo del sistema. * Flujograma indicando donde se realizarán las actualizaciones de la información (altas, bajas o modificaciones). * Cuando las actualizaciones no se realicen a través de una red local, se deberá indicar el procedimiento a seguir en los casos donde se pueda establecer la comunicación entre el equipo central y algún puesto de trabajo externo. * Normas que se aplicarán para la seguridad y el resguardo de los datos, con dictamen de contador público independiente cuya firma se encuentre legalizada por el respectivo consejo profesional. * Manual de procedimientos de control interno y de acceso y salvaguardia de los sistemas informáticos así como de los procedimientos y órganos adecuados de control interno. En caso de tratarse de una entidad financiera, deberá presentar copia de la documentación presentada a estos efectos ante el BCRA. (*) * Informe especial emitido por la comisión fiscalizadora sobre la existencia de la organización administrativa propia y adecuada para prestar el servicio ofrecido. En caso de tratarse de una entidad financiera, deberá presentar copia de la documentación presentada a estos efectos ante el BCRA. (*) * Nómina de los miembros de los órganos de administración y de fiscalización, gerentes de la primera línea y apoderados. (*) * Declaración jurada de las personas mencionadas en el inciso anterior, de que no están comprendidas en las situaciones previstas en el artículo 9º de la Ley Nº 24.083. (*) * Declaración jurada individual, en caso de tratarse de una entidad financiera, de cada miembro del órgano de administración y de fiscalización, sobre la existencia de sanciones impuestas o sumarios iniciados por el BCRA. (*) * Fichas individuales de directores, síndicos y gerentes de primera línea disponibles en la AIF. (*) * Procedimiento de control interno diseñado para asegurar el cumplimiento de todas las leyes y regulaciones en contra del lavado de activos. Dicho procedimiento deberá encontrarse en todo momento actualizado y compilado en un solo documento que deberá estar a disposición de la Comisión, no siendo necesaria su efectiva remisión, salvo requerimiento expreso de la CNV. En caso de tratarse de una entidad financiera, deberá presentar copia de la documentación presentada a estos efectos ante el BCRA. (*) * Normas de procedimiento relacionadas con sus funciones en la operatoria del fondo común de inversión. (*) * Declaración jurada de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo: Deberá ser completada y firmada por cada uno de los miembros de los órganos de administración y de fiscalización, por los gerentes de primera línea, informando que no cuentan con condenas por delitos de lavado de activos y/o de financiamiento del terrorismo, ni figuran en listas de terroristas u organizaciones terroristas emitidas por el CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS (*). * Antecedentes penales: Certificación expedida por el Registro Nacional de Reincidencia vinculada con la existencia o inexistencia de antecedentes penales por parte de los miembros del órgano de administración, del órgano de fiscalización, titulares y suplentes, gerentes de primera línea (*). * Copia certificada por ante escribano público del registro de accionistas a la fecha de la presentación (*). #### Observaciones: (*) No deben presentar esta información las sociedades ya autorizadas, conforme artículo 15 del Capítulo I, salvo que el documento presentado ante la Comisión oportunamente, tenga una fecha de emisión que supere los DOCE (12) meses y/o no se encuentre actualizado, en cuyo caso deberá presentarse una nueva versión actualizada. Sin perjuicio de la documentación expuesta anteriormente, la Comisión podrá requerir toda otra información complementaria que resulte necesaria a los fines del cumplimiento de su actividad, conforme a las normas y reglamentaciones vigentes. ## Cómo hacerlo 1. **Leé atentamente la documentación**: Consultá la sección **¿Qué necesito?** para conocer los requisitos y la documentación necesaria. 2. **Presentá el formulario y la documentación completa**: Llevá la información requerida a las oficinas de la CNV y presentalo por mesa de entrada. 3. **Finalización del trámite**: Luego de la revisión, e intercambio donde pueden haber observaciones, se termina el trámite cuando te inscriben y matriculan en el registro público de agentes de la CNV. Actualmente, debido a la pandemia por Coronavirus COVID 19, se habilitó una mesa de entradas virtual para el ingreso de trámites: [mesadeentradasrg@cnv.gov.ar](mailto:mesadeentradasrg@cnv.gov.ar). ## Después de hacerlo El trámite finaliza con una resolución administrativa que otorga el número de matrícula. Esta matrícula se mantiene vigente hasta que se cancele o caduque la inscripción. **Plazos de resolución:** El trámite lleva 20 días a partir de que la CNV considere que se ha reunido toda la documentación requerida. **Importante:** No se dará curso a las solicitudes que no incluyan toda la información requerida. ## Ayuda **Costo:** Gratuito

  • ## Resumen Este trámite permite a las sociedades anónimas inscribirse como Agentes de Depósito Colectivo (ADC) en el registro de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Los ADC son entidades que reciben valores negociables en depósito, prestan servicios de custodia, registro y pago, y realizan actividades complementarias. **Quién puede usar este servicio:** Personas jurídicas (sociedades anónimas) constituidas en la República Argentina. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Copia autenticada del estatuto social inscripto en el Registro Público de Comercio. * Copia certificada del registro de accionistas. * Información sobre los domicilios (sede inscripta y administración). * Domicilio de las sucursales (si aplica). * Información de contacto (página web, correo electrónico, redes sociales). * Declaración Jurada para el ingreso en la Autopista de la Información Financiera (AIF). * Copia certificada del acta de asamblea de accionistas (si aplica). * Copia certificada del acta del órgano de administración. * Nóminas de los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, gerentes y apoderados. * Declaraciones juradas de los miembros del órgano de administración y fiscalización, y gerentes. * Certificación de antecedentes penales de los miembros del órgano de administración y fiscalización, y gerentes. * Declaración jurada de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. * Estados contables anuales. * Datos de auditores externos. * Carpetas de los sistemas informáticos y manuales. * Procedimiento para el retiro de acreencias. * Procedimiento para la conectividad de la comisión a los sistemas informáticos del ADC. * Detalle de aranceles. * Acreditación de la CUIT. * Código de conducta. * Acreditación del pago de la Tasa de fiscalización. **Requisitos previos:** * Ser una sociedad anónima constituida en Argentina. * Incluir en el objeto social la actividad de Agente de Depósito Colectivo. * Cumplir con los requisitos de patrimonio neto mínimo. * Tener un sistema informático que permita el acceso de los titulares de cuentas en tiempo real. * Cumplir con las normas sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * El trámite demora aproximadamente 20 días a partir de la presentación de la documentación completa. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Leer la documentación:** Revisar los requisitos y la documentación necesaria. 2. **Completar el formulario online:** Acceder al [formulario](https://www.cnv.gov.ar/SitioWeb/Profesionales/formJuridicas?categoria=Agente%20de%20Dep%C3%B3sito%20Colectivo&categoriaId=13), completarlo, imprimirlo y certificarlo ante escribano público. 3. **Presentar la documentación:** Llevar el formulario y la documentación a las oficinas de la CNV. 4. **Finalización del trámite:** Una vez revisada la documentación y subsanadas las observaciones, se procederá a la inscripción y matriculación en el registro público de agentes de la CNV. **Mesa de Entradas Virtual:** Debido a la pandemia de COVID-19, se habilitó una mesa de entradas virtual: [mesadeentradasrg@cnv.gov.ar](mailto:mesadeentradasrg@cnv.gov.ar). ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Se emitirá una resolución administrativa que otorga el número de matrícula. **Plazos de resolución:** El trámite finaliza con el dictado de una resolución administrativa que otorga el número de matrícula, la que se mantiene vigente hasta tanto no proceda la cancelación o caducidad de inscripción. ## Ayuda **Contacto:** [mesadeentradasrg@cnv.gov.ar](mailto:mesadeentradasrg@cnv.gov.ar) **Recursos adicionales:** * [Completar formulario](https://www.cnv.gov.ar/SitioWeb/Profesionales/formJuridicas?categoria=Agente%20de%20Custodia,%20Registro%20y%20Pago&categoriaId=30) * [Cómo acceder a TAD](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad)

  • ## Resumen Este trámite permite a los fiduciarios financieros inscribirse en el registro de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esto es necesario para aquellos que están regidos por el Código Civil y Comercial de la Nación y desean actuar según lo establecido en los artículos 1.673 y 1690 del mismo. **Quiénes pueden usar este servicio:** * Entidades financieras autorizadas. * Personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas en Argentina. ## Lo que necesitas Para realizar este trámite, necesitarás: * **Documentación:** Una serie de documentos que incluyen información sobre la empresa, sus directivos, su situación financiera y el cumplimiento de normativas. * **Requisitos:** Cumplir con ciertos requisitos legales y financieros, como tener un patrimonio neto mínimo. * **Coste:** El trámite es gratuito. * **Plazo:** El trámite tarda aproximadamente 20 días. ## Cómo hacerlo 1. **Reúne la documentación:** Asegúrate de tener todos los documentos requeridos, como se detalla en la sección "¿Qué necesito?". 2. **Presenta la solicitud:** Lleva la documentación a las oficinas de la CNV o envíala a través de la mesa de entradas virtual: [mesadeentradasrg@cnv.gov.ar](mailto:mesadeentradasrg@cnv.gov.ar). 3. **Espera la resolución:** Una vez presentada la solicitud, la CNV la revisará y, si todo está en orden, te inscribirá en el registro. ## Después de hacerlo Una vez que te inscriban, recibirás un número de matrícula que te habilitará para actuar como fiduciario financiero. La matrícula se mantendrá vigente hasta que se cancele o caduque la inscripción. ## Ayuda * **Contacto:** Para consultas, puedes dirigirte a la Comisión Nacional de Valores. * **Recursos adicionales:** Consulta la normativa vigente en la página web de la CNV: [https://www.argentina.gob.ar/cnv](https://www.argentina.gob.ar/cnv)

  • ## Resumen Este trámite permite a las personas jurídicas inscribirse en el Registro de Agentes de la Comisión Nacional de Valores (CNV) como Agente de Liquidación y Compensación Integral (ALYC I). Esta inscripción habilita a actuar como intermediario en mercados autorizados por la CNV e intervenir en la liquidación y compensación de operaciones con valores negociables. **Quién puede usar este servicio:** Entidades financieras y personas jurídicas regularmente constituidas en la República Argentina que soliciten su autorización para funcionar y su inscripción en el Registro CNV como ALyC I. ## Lo que necesitas Para realizar este trámite, se requiere: ### Documentos requeridos * Texto ordenado vigente del estatuto social o instrumento constitutivo con constancia de su inscripción en el Registro Público correspondiente. El objeto social debe prever la actuación del solicitante como ALyC. En copia certificada ante escribano público. * Registro de accionistas y/o integrantes de la persona jurídica a la fecha de la presentación. En copia certificada ante escribano público. * Sede social inscripta. En caso de contar con sucursales y/u otros domicilios operativos, se deberá indicar las direcciones y datos completos. Se deberá indicar el domicilio donde se encuentran los libros de comercio, societarios y propios de la actividad. En caso de constituir domicilio legal a los fines del trámite de inscripción, deberá indicar los datos completos del mismo. En copia certificada ante escribano público. * Sitio web de la sociedad, dirección de correo electrónico institucional, así como las cuentas de las redes sociales en caso de poseer, para el contacto con el público en general. * Declaración jurada conforme el texto del Anexo II del Título XV “AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA” firmada por el representante legal de la entidad, con firma certificada ante escribano público. * Resolución social que aprueba la solicitud de inscripción en el Registro de ALyC, indicando claramente la subcategoría de ALyC elegida para desarrollar su actividad definida conforme artículo 5° del Capítulo II, del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). En copia certificada ante escribano público. * Nóminas de los miembros del órgano de administración y de fiscalización (titulares y suplentes) y gerentes de primera línea, indicándose domicilio real, teléfonos, correos electrónicos, y antecedentes personales y profesionales. Deberá acompañarse los instrumentos que acrediten tales designaciones y la aceptación de los cargos correspondientes. En copia certificada ante escribano público. * Declaración jurada de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo: Deberá ser completada y firmada por cada uno de los miembros de los órganos de administración y de fiscalización y por los gerentes de primera línea, informando que no cuentan con condenas por delitos de lavado de activos y/o de financiamiento del terrorismo ni figuran en listas de terroristas u organizaciones terroristas emitidas por el CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS. * Estados contables anuales con una antigüedad no superior a CINCO (5) meses desde el inicio del trámite de inscripción, que acrediten el monto de Patrimonio Neto Mínimo requerido en el Capítulo I del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.), acompañados de copia certificada por ante escribano público del acta del órgano de administración que los apruebe, del informe del órgano de fiscalización y del dictamen del auditor, con la firma legalizada por el consejo profesional correspondiente. De exceder dicho lapso, deberá presentar estados contables especiales formulados con las mismas exigencias que las correspondientes a los estados contables anuales. Tanto el órgano de fiscalización en su informe como el auditor en su dictamen deberán, además, expedirse específicamente respecto de la adecuación del patrimonio neto mínimo. Al momento de la inscripción, el capital social de la entidad deberá estar totalmente integrado. * Datos completos de los auditores externos, constancia de su inscripción en el registro de auditores externos que lleva la Comisión y copia certificada por ante escribano público del acta correspondiente a la asamblea en la que fue/ron designado/s el/los auditor/es externo/s. * Constancia de número de CUIT. * Declaraciones juradas suscriptas por cada miembro del órgano de administración, miembro del órgano de fiscalización (si lo hubiere), titulares y suplentes y gerentes de primera línea, en las que conste que el firmante no se encuentra alcanzado por las incompatibilidades reglamentadas en el Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). * Certificación expedida por el Registro Nacional de Reincidencia vinculada con la existencia o inexistencia de antecedentes penales por parte de los miembros del órgano de administración y de fiscalización (titulares y suplentes) y gerentes de primera línea. * Acreditación de la designación del Responsable de Cumplimiento Regulatorio y Control Interno, conforme lo dispuesto por el artículo 16 del Capítulo VII del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.) e Informe Especial emitido por dicho sujeto, sobre el cumplimiento de los requisitos de organización interna previstos en el Capítulo referido. * Detalle de los medios o modalidades para la captación de órdenes a ser utilizados y ofrecidos a sus clientes, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 21 a 26 del Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). * Cumplir con los requisitos de idoneidad, conforme lo establecido en el artículo 2º del Capítulo VII del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). * Identificación de los Agentes con los que se prevé suscribir convenios en los términos dispuestos por las Normas. ### Requisitos generales de organización interna Conforme lo dispuesto por el artículo 15, Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.), el Agente deberá contar con la estructura organizativa, operativa y de control adecuada al tipo, complejidad y volumen de negocio que desarrolla y observar los siguientes requisitos a los efectos del cumplimiento de sus funciones: a) Implementar un adecuado sistema de control interno. Al efecto, se entenderá por sistema de control interno al conjunto de objetivos, políticas, planes, métodos, procedimientos, información, registros y otras medidas que establezca el Agente con el propósito de: a.1) Adoptar y aplicar procedimientos adecuados que permitan al Responsable de Cumplimiento Regulatorio y Control Interno designado acceder a la información necesaria para el cumplimiento cabal de las funciones establecidas en el artículo siguiente del presente Capítulo. a.2) Delimitar las diferentes funciones y responsabilidades de manera de asegurar que sólo el personal acreditado como idóneo tenga contacto con el público inversor. a.3) Contar con información financiera, económica, contable, legal y administrativa, que sea completa, correcta, precisa, íntegra, confiable y oportuna. b) Controlar que en toda la documentación y en los canales de comunicación (físicos y electrónicos) utilizados, se indique claramente la denominación completa del Agente según su categoría y el número de registro otorgado por la Comisión. c) Poseer los Libros, registros y documentos que establezcan las leyes vigentes (Código Civil y Comercial de La Nación y Ley Nº 19.550) y aquellos propios de su actividad. d) Garantizar la seguridad, resguardo, acceso, confidencialidad, integridad e inalterabilidad de los datos contando con sistemas informáticos adecuados y disponer de planes de contingencia. ##### Los manuales de procedimientos del Agente relativos al cumplimiento de los incisos anteriores deberán estar a disposición de la Comisión. ### Costes y plazos * **Costo:** Gratuito. * **Plazo:** 20 días (aproximadamente, desde que se presenta toda la documentación completa). ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Completá el formulario de registración online del Sistema de Registro de Agentes de CNV 2. Ingresá al trámite mediante la plataforma de Trámites A Distancia 3. Luego de la revisión e intercambio donde pueden haber observaciones, se termina el trámite cuando te inscriben y matriculan en el registro público de agentes de la CNV. ### Mesa de entradas virtual Actualmente y con motivo de las medidas tomadas frente a la situación de pandemia por Coronavirus COVID 19, se habilitó una mesa de entradas virtual para el ingreso de trámites: mesadeentradasrg@cnv.gov.ar. ## Después de hacerlo ### Vigencia El trámite finaliza con el dictado de una resolución administrativa que otorga el número de matrícula, la que se mantiene vigente hasta tanto no proceda la cancelación o caducidad de inscripción. ## Ayuda ### Acceso a TAD * Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

  • ## Resumen Este trámite permite a las personas jurídicas inscribirse en el Registro de Agentes de la Comisión Nacional de Valores (CNV) como Agente de Liquidación y Compensación - Participante Directo (ALyC PD). Esta categoría está destinada a quienes operan con contratos de futuros y opciones sobre futuros, negociados en mercados autorizados por la CNV, utilizando fondos propios y sin ofrecer servicios de intermediación a terceros. **Quién puede usar este servicio:** Entidades financieras y personas jurídicas constituidas en Argentina que deseen operar como ALyC PD. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Texto ordenado vigente del estatuto social o instrumento constitutivo con constancia de su inscripción en el Registro Público correspondiente. El objeto social debe prever la actuación del solicitante como ALyC. En copia certificada ante escribano público. * Registro de accionistas y/o integrantes de la persona jurídica a la fecha de la presentación. En copia certificada ante escribano público. * Sede social inscripta. En caso de contar con sucursales y/u otros domicilios operativos, se deberá indicar las direcciones y datos completos. Se deberá indicar el domicilio donde se encuentran los libros de comercio, societarios y propios de la actividad. En caso de constituir domicilio legal a los fines del trámite de inscripción, deberá indicar los datos completos del mismo. En copia certificada ante escribano público. * Sitio web de la sociedad, dirección de correo electrónico institucional, así como las cuentas de las redes sociales en caso de poseer, para el contacto con el público en general. * Declaración jurada conforme el texto del Anexo II del Título XV “AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA” firmada por el representante legal de la entidad, con firma certificada ante escribano público. * Resolución social que aprueba la solicitud de inscripción en el Registro de ALyC, indicando claramente la subcategoría de ALyC elegida para desarrollar su actividad definida conforme artículo 5° del Capítulo II, del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). En copia certificada ante escribano público. * Nóminas de los miembros del órgano de administración y de fiscalización (titulares y suplentes) y gerentes de primera línea, indicándose domicilio real, teléfonos, correos electrónicos, y antecedentes personales y profesionales. Deberá acompañarse los instrumentos que acrediten tales designaciones y la aceptación de los cargos correspondientes. En copia certificada ante escribano público. * Declaración jurada de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo: Deberá ser completada y firmada por cada uno de los miembros de los órganos de administración y de fiscalización y por los gerentes de primera línea, informando que no cuentan con condenas por delitos de lavado de activos y/o de financiamiento del terrorismo ni figuran en listas de terroristas u organizaciones terroristas emitidas por el CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS. * Estados contables anuales con una antigüedad no superior a CINCO (5) meses desde el inicio del trámite de inscripción, que acrediten el monto de Patrimonio Neto Mínimo requerido en el Capítulo I del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.), acompañados de copia certificada por ante escribano público del acta del órgano de administración que los apruebe, del informe del órgano de fiscalización y del dictamen del auditor, con la firma legalizada por el consejo profesional correspondiente. De exceder dicho lapso, deberá presentar estados contables especiales formulados con las mismas exigencias que las correspondientes a los estados contables anuales. Tanto el órgano de fiscalización en su informe como el auditor en su dictamen deberán, además, expedirse específicamente respecto de la adecuación del patrimonio neto mínimo. Al momento de la inscripción, el capital social de la entidad deberá estar totalmente integrado. * Datos completos de los auditores externos, constancia de su inscripción en el registro de auditores externos que lleva la Comisión y copia certificada por ante escribano público del acta correspondiente a la asamblea en la que fue/ron designado/s el/los auditor/es externo/s. * Constancia de número de CUIT. * Declaraciones juradas suscriptas por cada miembro del órgano de administración, miembro del órgano de fiscalización (si lo hubiere), titulares y suplentes y gerentes de primera línea, en las que conste que el firmante no se encuentra alcanzado por las incompatibilidades reglamentadas en el Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). * Certificación expedida por el Registro Nacional de Reincidencia vinculada con la existencia o inexistencia de antecedentes penales por parte de los miembros del órgano de administración y de fiscalización (titulares y suplentes) y gerentes de primera línea. * Acreditación de la designación del Responsable de Cumplimiento Regulatorio y Control Interno, conforme lo dispuesto por el artículo 16 del Capítulo VII del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.) e Informe Especial emitido por dicho sujeto, sobre el cumplimiento de los requisitos de organización interna previstos en el Capítulo referido. * Detalle de los medios o modalidades para la captación de órdenes a ser utilizados y ofrecidos a sus clientes, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 21 a 26 del Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). * Cumplir con los requisitos de idoneidad, conforme lo establecido en el artículo 2º del Capítulo VII del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). * Identificación de los Agentes con los que se prevé suscribir convenios en los términos dispuestos por las Normas. **Requisitos previos:** * Cumplir con los requisitos generales de organización interna. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Leé atentamente la documentación:** Revisá los requisitos y la documentación necesaria en la sección "¿Qué necesito?". 2. **Completa el formulario de registración online:** Accedé al [formulario](https://www.cnv.gov.ar/SitioWeb/Profesionales/formJuridicas?categoria=Agente%20de%20Liquidaci%C3%B3n%20y%20Compensaci%C3%B3n%20-%20Participante%20Directo&categoriaId=36). Imprimilo y certificalo ante un escribano público. 3. **Presentá el formulario y la documentación completa:** Llevá la información requerida a las oficinas de la CNV y presentalo por mesa de entrada. 4. **Finalización del trámite:** Después de la revisión, y el intercambio donde pueden haber observaciones, se termina el trámite cuando te inscriben y matriculan en el registro público de agentes de la CNV. **Tiempos de espera:** * El trámite lleva 20 días a partir de que la CNV considere que se ha reunido toda la documentación requerida. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Se emite una resolución administrativa que otorga el número de matrícula. **Plazos de resolución:** * La matrícula se mantiene vigente hasta que se cancele o caduque la inscripción. ## Ayuda **Contacto:** * Mesa de entradas virtual (debido a la pandemia): [mesadeentradasrg@cnv.gov.ar](mailto:mesadeentradasrg@cnv.gov.ar) **Recursos adicionales:** * [Completar formulario](https://www.cnv.gov.ar/SitioWeb/Profesionales/formJuridicas?categoria=Agente%20de%20Liquidaci%C3%B3n%20y%20Compensaci%C3%B3n%20-%20Participante%20Directo&categoriaId=36) * [Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad)

  • ## Resumen Este trámite permite a las personas jurídicas inscribirse como Agente de Liquidación y Compensación Propio (ALYC P) en el registro de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esto les permite actuar como intermediarios en mercados autorizados e intervenir en la liquidación y compensación de operaciones con valores negociables. ### ¿Quién puede usar este servicio? Entidades financieras y personas jurídicas constituidas en Argentina que deseen operar como ALYC P. ### Antes de empezar Es importante contar con toda la documentación requerida y cumplir con los requisitos de idoneidad y organización interna. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Texto ordenado vigente del estatuto social. * Registro de accionistas. * Información de la sede social. * Sitio web y correo electrónico institucional. * Declaración jurada (Anexo II del Título XV). * Resolución social que aprueba la solicitud. * Nóminas de los miembros del órgano de administración y fiscalización. * Declaración jurada de prevención de lavado de activos. * Estados contables anuales. * Datos de los auditores externos. * Constancia de CUIT. * Declaraciones juradas sobre incompatibilidades. * Certificación del Registro Nacional de Reincidencia. * Acreditación del Responsable de Cumplimiento Regulatorio. * Detalle de los medios para captar órdenes. * Identificación de los Agentes con los que se prevé suscribir convenios. ### Requisitos previos * Ser una entidad financiera o persona jurídica constituida en Argentina. * Cumplir con los requisitos de patrimonio neto mínimo. * Cumplir con los requisitos de organización interna. ### Costes y plazos * El trámite es gratuito. * El tiempo estimado es de 20 días. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Completar el formulario de registro online en el [Sistema de Registro de Agentes de CNV](https://registroagentes.cnv.gov.ar/#/). 2. Ingresar al trámite a través de la plataforma [Trámites A Distancia](https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5916). 3. Luego de la revisión e intercambio donde pueden haber observaciones, se termina el trámite cuando te inscriben y matriculan en el registro público de agentes de la CNV. ### Información sobre cada etapa * **Formulario de registro:** Deberá completar todos los campos requeridos con información precisa. * **Trámites a Distancia (TAD):** Plataforma para la gestión de trámites online. * **Revisión e inscripción:** La CNV revisará la documentación y, si es necesario, solicitará aclaraciones o correcciones. Una vez aprobada, se procederá a la inscripción en el registro. ### Tiempos de espera El trámite lleva 20 días a partir del momento en que la CNV considere que se ha reunido toda la documentación requerida. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez inscripto, podrá operar como Agente de Liquidación y Compensación Propio (ALYC P). ### Plazos de resolución El trámite finaliza con el dictado de una resolución administrativa que otorga el número de matrícula. ### Siguiente pasos Cumplir con las regulaciones y normativas de la CNV para operar como ALYC P. ## Ayuda ### Contacto Para consultas, puede contactarse a través de la mesa de entradas virtual: [mesadeentradasrg@cnv.gov.ar](mailto:mesadeentradasrg@cnv.gov.ar). ### Recursos adicionales * [Sistema de Registro de Agentes de CNV](https://registroagentes.cnv.gov.ar/#/) * [Trámites A Distancia](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad) ### Preguntas frecuentes (Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa).

  • ## Resumen Este trámite permite a las personas jurídicas inscribirse como Agente de Negociación (AN) en el registro de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Los Agentes de Negociación actúan como intermediarios en los mercados autorizados. ### ¿Quién puede usar este servicio? Personas jurídicas regularmente constituidas en Argentina que deseen ser autorizadas e inscritas en el Registro CNV como Agente de Negociación. ### Antes de empezar Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para la inscripción. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Estatuto social o instrumento constitutivo, con constancia de inscripción en el Registro Público correspondiente. El objeto social debe prever la actuación del solicitante como AN. En copia certificada ante escribano público. * Registro de accionistas y/o integrantes de la persona jurídica a la fecha de la presentación. En copia certificada ante escribano público. * Sede social inscripta. En caso de contar con sucursales y/u otros domicilios operativos, se deberá indicar las direcciones y datos completos. Se deberá indicar el domicilio donde se encuentran los libros de comercio, societarios y propios de la actividad. En caso de constituir domicilio legal a los fines del trámite de inscripción, deberá indicar los datos completos del mismo. En copia certificada ante escribano público. * Sitio web de la sociedad, dirección de correo electrónico institucional, así como las cuentas de las redes sociales en caso de poseer, para el contacto con el público en general. * Declaración jurada conforme el texto del Anexo II del Título XV “AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA” firmada por el representante legal de la entidad, con firma certificada ante escribano público. * Resolución social que conste la solicitud de inscripción en el Registro de Agentes de Negociación, indicando la subcategoría de AN definida en el artículo 5º del Capítulo I, Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.), de corresponder. En copia certificada ante escribano público. * Nóminas de los miembros del órgano de administración y de fiscalización (titulares y suplentes) y gerentes de primera línea, indicándose domicilio real, teléfonos, correos electrónicos, y antecedentes personales y profesionales. Deberá acompañarse los instrumentos que acrediten tales designaciones y la aceptación de los cargos correspondientes. En copia certificada ante escribano público. * Declaración jurada de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo: Deberá ser completada y firmada por cada uno de los miembros de los órganos de administración y de fiscalización y por los gerentes de primera línea, informando que no cuentan con condenas por delitos de lavado de activos y/o de financiamiento del terrorismo ni figuran en listas de terroristas u organizaciones terroristas emitidas por el CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS. * Estados contables anuales con una antigüedad no superior a CINCO (5) meses desde el inicio del trámite de inscripción, que acrediten el monto de Patrimonio Neto Mínimo requerido en el Capítulo I del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.), acompañados de copia certificada por ante escribano público del acta del órgano de administración que los apruebe, del informe del órgano de fiscalización y del dictamen del auditor, con la firma legalizada por el consejo profesional correspondiente. De exceder dicho lapso, deberá presentar estados contables especiales formulados con las mismas exigencias que las correspondientes a los estados contables anuales. Tanto el órgano de fiscalización en su informe como el auditor en su dictamen deberán, además, expedirse específicamente respecto de la adecuación del patrimonio neto mínimo. Al momento de la inscripción, el capital social de la entidad deberá estar totalmente integrado. * Datos completos de los auditores externos, constancia de su inscripción en el registro de auditores externos que lleva la Comisión y copia certificada por ante escribano público del acta correspondiente a la asamblea en la que fue/ron designado/s el/los auditor/es externo/s. * Constancia de número de CUIT. * Declaraciones juradas suscriptas por cada miembro del órgano de administración, miembro del órgano de fiscalización (si lo hubiere), titulares y suplentes y gerentes de primera línea, en las que conste que el firmante no se encuentra alcanzado por las incompatibilidades reglamentadas en el Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). * Certificación expedida por el Registro Nacional de Reincidencia vinculada con la existencia o inexistencia de antecedentes penales por parte de los miembros del órgano de administración y de fiscalización (titulares y suplentes) y gerentes de primera línea. * Acreditación de la designación del Responsable de Cumplimiento Regulatorio y Control Interno, conforme lo dispuesto por el artículo 16 del Capítulo VII del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.) e Informe Especial emitido por dicho sujeto, sobre el cumplimiento de los requisitos de organización interna previstos en el Capítulo referido. * Detalle de los medios o modalidades para la captación de órdenes a ser utilizados y ofrecidos a sus clientes, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 21 a 26 del Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). * Cumplir con los requisitos de idoneidad, conforme lo establecido en el artículo 2º del Capítulo VII del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.). * Identificación de los Agentes con los que se prevé suscribir convenios en los términos dispuestos por las Normas. * Sin perjuicio de la documentación expuesta anteriormente, la Comisión podrá requerir a los AN toda otra información complementaria que resulte necesaria a los fines del cumplimiento de su actividad conforme a las normas y reglamentaciones vigentes. ### Requisitos Generales de organización interna. Conforme lo normado en el artículo 15, Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del Título VII de las Normas (NT 2013 y mod.), el Agente deberá contar con la estructura organizativa, operativa y de control adecuada al tipo, complejidad y volumen de negocio que desarrolla y observar los siguientes requisitos a los efectos del cumplimiento de su funciones: 1. Implementar un adecuado sistema de control interno. Al efecto, se entenderá por sistema de control interno al conjunto de objetivos, políticas, planes, métodos, procedimientos, información, registros y otras medidas que establezca el Agente con el propósito de: 1. a- Adoptar y aplicar procedimientos adecuados que permitan al Responsable de Cumplimiento Regulatorio y Control Interno designado acceder a la información necesaria para el cumplimiento cabal de las funciones establecidas en el artículo siguiente del presente Capítulo. 2. b- Delimitar las diferentes funciones y responsabilidades de manera de asegurar que sólo el personal acreditado como idóneo tenga contacto con el público inversor. 3. c- Contar con información financiera, económica, contable, legal y administrativa, que sea completa, correcta, precisa, íntegra, confiable y oportuna. 2. Controlar que en toda la documentación y en los canales de comunicación (físicos y electrónicos) utilizados, se indique claramente la denominación completa del Agente según su categoría y el número de registro otorgado por la Comisión. 3. Poseer los Libros, registros y documentos que establezcan las leyes vigentes (Código Civil y Comercial de La Nación y Ley Nº 19.550) y aquellos propios de su actividad. 4. Garantizar la seguridad, resguardo, acceso, confidencialidad, integridad e inalterabilidad de los datos contando con sistemas informáticos adecuados y disponer de planes de contingencia. **Los manuales de procedimientos del Agente relativos al cumplimiento de los incisos anteriores deberán estar a disposición de la Comisión**. ### Costes y plazos * **Costo:** Gratuito * **Plazo:** 20 días a partir de la presentación de la documentación completa. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Leer atentamente la documentación:** Revisar los requisitos y la documentación necesaria. 2. **Completar el formulario de registración online:** Acceder al [formulario](https://www.cnv.gov.ar/SitioWeb/Profesionales/formJuridicas?categoria=Agente%20de%20Negociaci%C3%B3n&categoriaId=3). Imprimirlo y certificarlo ante escribano público. 3. **Presentar el formulario y la documentación completa:** Llevar la información requerida a las oficinas de la CNV y presentarla por mesa de entrada. 4. **Finalización del trámite:** Luego de la revisión, e intercambio donde pueden haber observaciones, se termina el trámite cuando te inscriben y matriculan en el registro público de agentes de la CNV. ### Mesa de entradas virtual Actualmente, debido a la situación de pandemia por Coronavirus COVID 19, se habilitó una mesa de entradas virtual para el ingreso de trámites: [mesadeentradasrg@cnv.gov.ar](mailto:mesadeentradasrg@cnv.gov.ar). ## Después de hacerlo ### Qué sucede después El trámite finaliza con una resolución administrativa que otorga el número de matrícula. ### Vigencia La matrícula se mantiene vigente hasta que se cancele o caduque la inscripción. ## Ayuda ### Recursos adicionales * [Completar formulario](https://www.cnv.gov.ar/SitioWeb/Profesionales/formJuridicas?categoria=Agente%20de%20Negociaci%C3%B3n&categoriaId=3) * [Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad)

  • ## Resumen Este trámite permite a las personas jurídicas inscriptas en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) registrarse como Agentes de Negociación ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esto les permite operar con futuros, opciones y otros derivados de productos agropecuarios. **Quién puede usar este servicio:** Personas jurídicas inscriptas en el RUCA y en el Registro Fiscal de Operadores de Granos y Legumbres SECA. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Estatuto social o instrumento constitutivo. * Registro de accionistas. * Información de la sede social. * Sitio web y redes sociales. * Declaración jurada (Anexo II del Título XV). * Resolución social que aprueba la inscripción. * Nómina de los miembros del órgano de administración y fiscalización. * Declaración jurada de prevención de lavado de activos. * Estados contables anuales. * Datos de los auditores externos. * Constancia de CUIT. * Declaraciones juradas de no estar alcanzado por incompatibilidades. * Certificación del Registro Nacional de Reincidencia. * Acreditación del Responsable de Cumplimiento Regulatorio. * Detalle de los medios para captar órdenes. * Cumplir con los requisitos de idoneidad. * Identificación de los Agentes con los que se prevé suscribir convenios. ### Requisitos previos * Estar inscripto en el RUCA y en el SECA. * Contar con la habilitación del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. * Cumplir con los requisitos de organización interna. ### Costes y plazos * El trámite es gratuito. * El plazo estimado es de 20 días. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Revisar la documentación:** Verificar los requisitos y la documentación necesaria. 2. **Completar el formulario online:** Acceder al formulario, completarlo, imprimirlo y certificarlo ante escribano público. 3. **Presentar la documentación:** Llevar el formulario y la documentación a la CNV. 4. **Finalización:** Una vez revisada la documentación y subsanadas las observaciones, se completa el trámite con la inscripción en el registro público de agentes. ### Mesa de entradas virtual Debido a la pandemia de COVID-19, se habilitó una mesa de entradas virtual: mesadeentradasrg@cnv.gov.ar. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Se emite una resolución administrativa que otorga el número de matrícula. ### Plazos de resolución El trámite lleva 20 días a partir de la presentación de toda la documentación requerida. ### Vigencia La matrícula se mantiene vigente hasta su cancelación o caducidad. ## Ayuda ### Recursos adicionales * Completar formulario * Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

  • ## Resumen Este trámite permite a las entidades que deseen operar como Plataforma de Financiamiento Colectivo (PFC) inscribirse en el registro correspondiente de la Comisión Nacional de Valores (CNV). ## ¿A quién está dirigido? Este trámite está dirigido a personas jurídicas regularmente constituidas en la República Argentina bajo la forma de sociedad anónima conforme Ley N° 19.550. ## ¿Qué necesito? Encuentra la documentación necesaria en la sección marco regulatorio del sitio web de la CNV. ## ¿Cómo hago? 1. **Leé atentamente la documentación:** Verificá los requisitos y la documentación necesaria a presentar en la sección **¿Qué necesito?**. 2. **Completá el formulario de registración online:** Accedé al formulario. Al finalizar, imprimilo y certificalo ante un escribano público. 3. **Presentá el formulario y la documentación completa:** Lleva la información requerida a las oficinas de la CNV y presentalo por mesa de entrada. 4. **Finalización del trámite:** Luego de la revisión e intercambio donde pueden surgir observaciones, el trámite finaliza cuando te inscriben y matriculan en el registro público de agentes de la CNV. **Importante:** Actualmente, debido a las medidas tomadas frente a la situación de pandemia por Coronavirus COVID 19, se habilitó una mesa de entradas virtual para el ingreso de trámites: mesadeentradasrg@cnv.gov.ar. ## ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite? El trámite lleva 20 días a partir del momento en que, a criterio de la CNV, se haya reunido toda la documentación requerida por la normativa aplicable. No se dará curso, a los fines de su estudio y resolución, a las solicitudes que no acompañen toda la información requerida en esta reglamentación. ## ¿Cuál es el costo? El trámite es gratuito. ## Vigencia El trámite finaliza con el dictado de una resolución administrativa que otorga el número de matrícula, la que se mantiene vigente hasta tanto no proceda la cancelación o caducidad de inscripción.


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