## Resumen
Este trámite permite a las entidades aseguradoras y reaseguradoras locales informar a la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) sobre cualquier cambio de domicilio.
**Quién puede usar este servicio:** Aseguradoras y Reaseguradoras.
**Antes de empezar:** Es necesario tener un usuario de acceso a la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
## Lo que necesitas
**Documentos requeridos:**
* Acta de Directorio que aprueba el cambio de domicilio.
* Constancia de inscripción ante el Registro Público de Comercio con el nuevo domicilio.
**Requisitos previos:**
* Tener usuario de acceso a TAD.
**Costes y plazos:**
* El trámite es gratuito.
## Cómo hacerlo
**Paso a paso del proceso:**
1. Ingresá al TAD, a través de este enlace: [Cambio de Domicilio de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras locales](https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=4924).
2. Seleccioná la entidad que informa.
3. Completá los datos requeridos.
4. Finalizada la carga confirmá los datos ingresados
5. El sistema generará un número de expediente ante la SSN.
6. El organismo analizará la información presentada y ante una observación se comunicará sobre ello
## Ayuda
**Contacto:**
Para realizar consultas podés comunicarte al 4338-4000 int 1413 o escribir a [GAyR@ssn.gob.ar](mailto:GAyR@ssn.gob.ar).
**Recursos adicionales:**
* [Iniciar trámite](https://www.argentina.gob.ar/servicio/cambio-de-domicilio-de-entidades-aseguradoras-y-reaseguradoras-locales)
* [Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad)
## Resumen
Este trámite permite registrar una modificación en la titularidad de un derecho de propiedad industrial (marca, patente, modelo de utilidad o diseño industrial) debido a un cambio en el nombre o tipo de sociedad, o en el nombre de la persona física titular.
**Quién puede usar este servicio:**
Cualquier persona (física o jurídica) que sea titular de derechos de propiedad industrial y necesite registrar un cambio de nombre o tipo societario.
## Lo que necesitas
**Documentos requeridos:**
* Documentación que acredite el cambio de denominación societaria (con inscripción en la IGJ/PJLP).
* Si el acto se realizó en el extranjero: traducción pública y legalización del documento.
## Cómo hacerlo
**Paso a paso del proceso:**
1. Ingresá al portal de trámites con tu clave fiscal nivel 2. Mirá el paso a paso.
2. Seleccioná MARCAS, PATENTES o MODELOS (según corresponda) / TRÁMITES / TRANSFERENCIA.
3. Dentro del formulario, en TRÁMITE elegí la opción CAMBIO DE RUBRO.
4. Completá todos los campos y los desplegables.
5. Adjuntá escaneada en formato PDF la documentación que acredite el cambio de rubro.
6. Firmá electrónicamente el trámite.
7. Generá y aboná el arancel correspondiente.
**Importante:** La sola firma electrónica no acredita el trámite. Es necesario abonar el VEP y esperar la confirmación del cambio de rubro.
Si tenés alguna consulta, escribinos a [email protected]
## ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: **15 días hábiles**
## ¿Cuál es el costo?
Consultá los aranceles vigentes a partir del 1° de diciembre de 2023.
Las aseguradoras de caución disponen de espacios privados en la nube GDE CLOUD, asignados por la Superintendencia de Seguros de la Nación, para informar diariamente las pólizas emitidas en este ramo. La cancelación del riesgo solo pueden hacerla el asegurado o beneficiario de la póliza a través de este trámite.
¿A quién está dirigido?
A los asegurados o beneficiarios de pólizas de seguro de caución.
¿Qué necesito?
Tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD).
Conocer:
- Nombre de la entidad aseguradora.
- Número de la póliza.
- Ramo: Caución o Crédito
¿Cómo hago?
1
Ingresá a TAD, trámite “Seguros de Caución – Cancelación de Riesgo”, con clave fiscal.
Debés operar como apoderado de la entidad a la que representás.
El rol del apoderado no es necesariamente el de "apoderado legal", sino es quien fue designado por el administrador de relaciones de clave fiscal de la entidad como quién gestiona el trámite y la firma digital de la entidad por la que está actuando en nombre.
2
Ingresá el nombre de la aseguradora, el número de póliza y si se trata de un seguro de caución o de crédito.
3
Ingresá el nombre de la aseguradora, el número de póliza y si se trata de un seguro de caución o de crédito.
4
Una vez que se ha confirmado el trámite, TAD verifica que el usuario esté habilitado para cancelar y que la póliza se encuentre vigente. Si se cumplen estas condiciones, notifica a las partes interesadas la cancelación de la póliza (tomador y compañía aseguradora siempre que cuenten con usuario TAD) y modifica su estado a “Riesgo Cancelado”.
Para realizar consultas, podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400 o escribir a polizaonline@ssn.gob.ar .
Vigencia
El trámite tendrá vigencia permanente.
Web del Tramite
## Resumen
Este trámite te explica cómo solicitar la cancelación de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en situaciones como fallecimiento, ausencia con presunción de fallecimiento o disolución de una persona jurídica.
**¿Quién puede usar este servicio?**
* Cónyuges o herederos legítimos de contribuyentes fallecidos.
* Liquidadores de personas jurídicas disueltas.
Es importante informar a AFIP dentro de los 60 días corridos de que ocurran estos eventos.
## Lo que necesitas
**Documentación requerida:**
* **En caso de fallecimiento o ausencia con presunción de fallecimiento:**
* Formulario 981.
* Acta de defunción del causante (original y copia auténtica), o Declaración judicial de ausencia con presunción de fallecimiento (original y copia auténtica).
* **En caso de disolución de personas jurídicas:**
* Formulario 98.
* Acto de disolución de la persona jurídica (constituida o no regularmente) y, en su caso, de su pertinente inscripción registral (original y copia auténtica).
* Acto de nombramiento del liquidador y su respectiva inscripción registral (original y copia auténtica).
## Cómo hacerlo
1. **Reúne la documentación:** Asegúrate de tener todos los documentos necesarios según el caso (fallecimiento, ausencia o disolución).
2. **Presenta la documentación:** Acércate personalmente a la dependencia de AFIP que le correspondía al contribuyente y presenta el Formulario 981 junto con la documentación complementaria.
[Iniciar trámite](https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/VerGuia.aspx?tr=23)
### Accedé a TAD a través de:
[Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad)
### Descargas
* Formulario 981 (13.8 Kb) [Descargar archivo](https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/formulario_981.pdf)
## Resumen
Este trámite permite a las entidades autorizadas cargar la información trimestral de los Certificados de Origen que han emitido. El trámite es gratuito y se realiza en línea.
### Quién puede usar este servicio
Entidades autorizadas para emitir Certificados de Origen.
### Antes de empezar
Es necesario contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP, tener TAD asociado a AFIP, estar inscripto en el RUMP y figurar en la lista de entidades autorizadas.
## Lo que necesitas
### Documentos requeridos
* Documentación requerida según documentación requerida.
### Requisitos previos
* Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP.
* Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
* Estar inscripto en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP).
* Figurar en la lista de entidades autorizadas.
### Costes y plazos
* Costo: Gratuito.
* Plazos: La información debe ser cargada trimestralmente.
## Cómo hacerlo
### Paso a paso del proceso
1. **A través del TAD:**
* Ingresá al TAD. Si accedés por primera vez, entrá acá para saber cómo adherirte al servicio.
* En la sección Nuevo Trámite seleccioná el trámite Presentación Trimestral de Emisión de Certificados de Origen y completá los tres pasos del proceso:
1. Ingresá tus datos.
2. Presentar la documentación requerida.
3. Confirmá el trámite.
2. **A través del sistema SUR-AOM:**
* Ingresá en el SUR-AOM.
* Completá los pasos.
## Ayuda
### Contacto
* Mesa de Entradas: Av. Julio A. Roca Nº 651, Piso 6º, Of. 29 (C.A.B.A.).
* Teléfono: (011) 4349-3902
* Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario.
### Información complementaria
* Resolución Nº 48/2001 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E INVERSIONES
## Resumen
Este trámite te permite solicitar la certificación de servicios prestados en ex empresas del Estado Nacional. Esta certificación es necesaria para iniciar trámites previsionales o de reconocimiento de servicios ante la ANSES u otros organismos.
**Quién puede usar este servicio:**
* Ex empleados de Empresas del Estado Nacional.
* Apoderados.
* Instituciones oficiales.
* Familiares (en caso de fallecimiento del titular).
## Lo que necesitas
* **Documento requerido:**
* Completar este documento con la información requerida para iniciar el trámite.
* **Requisitos previos:**
* Indicar la empresa y el período en el que trabajaste y asegurarte de que esté incluida en la Nómina de ex empresas del Estado Nacional contempladas por este trámite.
* Además, podés complementar la solicitud con el número de legajo, último puesto desempeñado, lugar o divisional de destino y período trabajado.
* **Información importante:**
* Si prestaste servicios para las empresas **ELMA**, **CAP**, **AGUA** y **ENERGÍA** o **SIAM**, vas a tener que completar algunos datos adicionales especificados en el documento de descargas con “Datos adicionales para agentes de ex empresas estatales”.
## Cómo hacerlo
**Paso a paso del proceso:**
1. **Por internet (con Clave Fiscal nivel 1 o 2 o usuario de miArgentina)**
* Ingresá desde el Sistema de Trámites a Distancia (TAD) a la pantalla de Trámites para ex empleados de Entes Liquidados.
* Seguí los pasos allí indicados para completar tus datos y el formulario del trámite. Es importante que informes correctamente el domicilio en donde vas a recibir la devolución de la solicitud.
* Recordá llenar los campos obligatorios de “tipo de trámite”, “empresa” y “fecha de nacimiento”.
* Al final de la operación, vas a recibir el código de expediente por el que tramitaste la solicitud.
2. **Atención presencial**
* Acercate con tu DNI a Balcarce 186 (CABA), oficina de atención al público, de lunes a viernes de 10 a 16 horas con el documento de información personal y laboral requerida para iniciar el trámite.
* Si querés hacer la solicitud a través de familiares o un representante legal, la persona deberá contar con un poder (especial, general o carta poder del ANSES) o nota del titular con la firma certificada por autoridad competente (policía, escribano, juez de paz o entidad bancaria).
* En caso de fallecimiento del titular, el trámite lo podrá realizar cualquier persona que acredite por algún medio probatorio (certificado de defunción, libreta de familia, certificado de matrimonio) el vínculo filial con el titular.
3. **Desde una sucursal de Correo Argentino**
* Dirigite a una sucursal del Correo Argentino y envía un telegrama laboral que incluya la información personal y laboral requerida para iniciar la solicitud.
4. **Desde una sucursal de Correo**
* Desde cualquier correo, enviá una carta con la solicitud al organismo junto con la información personal y laboral requerida para iniciar el trámite.
* La misma deberá contar con firma certificada por una autoridad competente: policía, escribano, juez de paz o entidad bancaria.
* Debes adjuntar también una copia del DNI y de toda la documentación complementaria relacionada con el trabajo realizado en la empresa.
## Después de hacerlo
* El plazo de respuesta para la certificación de servicios es de 30 días hábiles y se efectuará a través del correo electrónico informado en la solicitud.
## Ayuda
* **Contacto**
* Si necesitas recibir asesoramiento sobre cómo hacer la solicitud, podés comunicarte con nosotros a través de estos canales:
* Presencialmente en la oficina de atención al público del Ministerio de Economía - Balcarce 186, CABA, de 10 a 16 horas.
* Por teléfono al (011) 4338-5640/5626/5609/3723 de 10 a 16 horas.
* Por mail a [email protected] (esta casilla es únicamente para consultas).
### Descargas
* Datos adicionales para agentes de ex empresas estatales (20.9 Kb) Descargar archivo
* Información requerida para iniciar el trámite (85.6 Kb) Descargar archivo
* Nómina de ex empresas del Estado Nacional (12.3 Kb) Descargar archivo
## Resumen
Este trámite te permite certificar la seguridad y calidad de las bicicletas de uso infantil que deseas vender. Se consideran bicicletas de uso infantil aquellas con una altura máxima del sillín entre 435 mm y 635 mm.
El cumplimiento se verifica según los mecanismos de vigilancia de mercado de la Resolución N° 237/2024.
## Lo que necesitas
* Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior de la AFIP.
* Estar adherido al servicio de Trámites a Distancia (TAD).
## Cómo hacerlo
1. Si tu producto es importado, iniciá el trámite para la certificación “Certificaciones (no eléctricas) - Nota de Apertura Sin Derecho a Uso” en TAD.
2. Si ya tenés el certificado, iniciá el trámite “Certificaciones de Reglamentos Técnicos” en TAD. Seleccioná "Bicicletas de uso infantil" y adjuntá:
* Formulario de Presentación de Certificado.
* Certificado original firmado.
* Nota de apertura de SDU (si corresponde).
3. Si creés que tu producto está exento, iniciá el trámite “Solicitud de Excepción de Reglamentos Técnicos” en TAD. Seleccioná "Bicicletas de uso infantil" y adjuntá:
* Declaración Jurada que justifique la Excepción.
* Factura.
* Documentación que respalde la excepción.
4. Recibirás una notificación con el resultado del trámite.
## Información complementaria
* Decreto 274/2019
* Resolución 237/2024
* Resolución 91/2004
### Descargas
* Formulario de excepción (15.5 Kb) Descargar archivo
* Organismos técnicos reconocidos (242.6 Kb) Descargar archivo
* Formulario de Presentación de Certificado (16.5 Kb) Descargar archivo
## Resumen
Este trámite te permite certificar la calidad del cemento que fabricás o importás para su comercialización en Argentina. Es obligatorio para cementos de construcción, tanto estructurales como no estructurales, según la Resolución S.C. N° 54/2018 y la Resolución S.I.C. N° 236/2024.
## Lo que necesitas
* **Requisitos:**
* Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP.
* Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
* **Coste:** Gratuito.
## Cómo hacerlo
1. **Si importás el producto:** Iniciá el trámite “Certificaciones (no eléctricas) - Nota de Apertura Sin Derecho a Uso” en TAD.
2. **Si ya tenés el certificado:** Iniciá el trámite “Certificaciones de Reglamentos Técnicos” en TAD. En “Datos del Trámite”, seleccioná “Cementos para la construcción” y adjuntá:
* Formulario de Presentación de Certificado.
* Certificado original firmado.
* Nota de apertura de SDU (si aplica).
3. **Si solicitás una excepción:** Iniciá el trámite “Solicitud de Excepción de Reglamentos Técnicos” en TAD. En “Datos del Trámite”, seleccioná “Cementos para la construcción” y adjuntá:
* Declaración Jurada que justifique la Excepción.
* Factura.
* Documentación adicional que respalde la solicitud.
4. **Resultado:** Recibirás una notificación con el resultado del trámite.
## Información complementaria
* Decreto 274/2019
* Resolución 236/2024
* Resolución 237/2024
* Resolución N°54/2018
### Descargas
* Formulario de excepción (15.4 Kb) Descargar archivo
* Formulario de Presentación de Certificado (16.5 Kb) Descargar archivo
* Organismos técnicos reconocidos (220.7 Kb) Descargar archivo
## Resumen
Este trámite es para certificar la seguridad de los elementos de protección personal (EPP) para trabajadores antes de su comercialización en Argentina.
**Quién puede usar este servicio:** Fabricantes e importadores de EPP.
## Lo que necesitas
* **Documentos requeridos:**
* Formulario de presentación de certificado.
* Certificado emitido por un Organismo de Certificación.
* Constancia de aceptación de la nota de apertura de SDU (si aplica).
* Factura de compra del bien (si aplica).
* Declaración Jurada que justifique la Excepción (si aplica).
* Factura comercial o proforma del producto declarado (si aplica).
* Documentación respaldatoria del bien declarado (si aplica).
* **Requisitos previos:**
* Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior en AFIP.
* Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
* **Costes y plazos:**
* El trámite es gratuito.
* El tiempo de resolución depende del organismo de certificación.
## Cómo hacerlo
1. **Si tu producto es importado:** Iniciá el trámite “Certificaciones (no eléctricas) - Sin Derecho a Uso” (SDU) en TAD.
2. **Una vez que cuentes con el Certificado:** Iniciá el trámite de presentación de tu certificado “Certificaciones de Reglamentos Técnicos” en TAD. Adjuntá la documentación requerida.
3. **Si tu producto está alcanzado por la resolución pero no es para uso laboral o no puede ser ensayado localmente:** Solicitá una excepción a la certificación a través del trámite “Solicitud de Excepción de Reglamentos Técnicos” en TAD. Adjuntá la documentación requerida.
## Información complementaria
* Decreto 274/2019
* Resolución 237/2024
* Resolución 896/1999
[Iniciar trámite](https://tramitesadistancia.gob.ar/)
### Descargas
* Formulario de excepción (15.2 Kb) Descargar archivo
* Formulario de Presentación de Certificado (557.8 Kb) Descargar archivo
* Organismos técnicos reconocidos (236.1 Kb) Descargar archivo
## Resumen
Este trámite permite a los responsables inscriptos en el IVA solicitar un certificado de exclusión total o parcial de los regímenes de retención, percepción y/o de pagos a cuenta del IVA.
## ¿Qué necesito?
Para solicitar el certificado, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
* Ser responsable inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
* Tener actualizada la información sobre las actividades económicas que se realizan.
* Tener actualizado el domicilio fiscal declarado.
* Haber presentado las declaraciones juradas del IVA y de los recursos de la seguridad social, correspondientes a los 12 últimos períodos fiscales, vencidas con anterioridad a la fecha de solicitud.
* Haber presentado la última declaración jurada del impuesto a las ganancias y de impuesto sobre los bienes personales, según corresponda, vencidas a la fecha de la solicitud.
* No registrar deuda líquida y exigible con la AFIP a la fecha de solicitud.
* Poseer saldo de libre disponibilidad, que surja de la última Declaración Jurada del IVA vencida a la fecha de solicitud. Dicho saldo deberá ser equivalente, como mínimo, al 20% del promedio del impuesto determinado en las últimas 12 declaraciones juradas, con excepción de aquellos contribuyentes cuyas operaciones estén gravadas con alícuota reducida.
* Poseer CAI (Código de Autorización de Impresión) vigente al momento de presentación de la solicitud.
* Haber cumplido, de corresponder, con la obligación de presentación de la declaración jurada del régimen de información establecido por la Resolución General 3293 y su complementaria, del último período fiscal vencido a la fecha de presentación de la solicitud.
**Importadores:** Si sos importador y no cumplís con el requisito del saldo de libre disponibilidad, podés solicitar un certificado válido solo para la Dirección General de Aduanas, siempre que:
* Estés inscripto y habilitado como importador/exportador en los Registros Especiales Aduaneros por al menos 1 año, sin suspensiones mayores a 31 días en los últimos 12 meses.
* Hayas oficializado al menos 12 despachos de importación con mercaderías libradas a plaza en los últimos 12 meses, por un monto FOB igual o superior a U$S 300.000.
* Estés inscripto como empleador y hayas declarado al menos 2 trabajadores en relación de dependencia.
## ¿Cómo hago?
1. Ingresá a Acceso con Clave Fiscal de AFIP con tu CUIT/CUIL, servicio "Certificados de Exclusión Ret/Percep del IVA y Certificados de Exclusión Percep del IVA - Aduana". El sistema emitirá un comprobante como acuse de recibo.
2. Dentro de los 2 días corridos siguientes a la presentación, volvé a ingresar al sistema para consultar el resultado. Si tu solicitud es observada, deberás presentarte en la dependencia en la que estás inscripto/a dentro de los 10 días corridos siguientes, con la documentación que justifique los controles efectuados. De lo contrario, la solicitud será archivada.
**Importante:** Podés desistir de la solicitud en cualquier momento a través del mismo servicio.
## Vigencia
La exclusión, de ser aprobada, tendrá una vigencia máxima de **6 meses** calendarios, contados a partir del primer día del mes inmediato siguiente a aquel en que sea resuelta favorablemente.
Podés consultar los certificados de exención vigentes en este micrositio de AFIP.
## Ayuda
* Realizar consulta
* Iniciar trámite