Ministerio de Capital Humano

  • ## Resumen Este trámite te permite obtener el Comprobante de Empadronamiento (CODEM) de ANSES, donde figura tu obra social y la de tus familiares a cargo. Es útil para presentar en trámites donde te soliciten esta información. **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona afiliada a una obra social. **Antes de empezar:** Tené a mano tu número de DNI y CUIL. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Número de DNI * Número de CUIL * **Requisitos previos:** * Estar afiliado a una obra social. * **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Ingresá a [Consultá tu Obra Social - CODEM](blank:#https://servicioswww.anses.gob.ar/ooss2/). 2. Ingresá tu número de DNI y/o CUIL. 3. Seleccioná **Continuar**. 4. El sistema te informará cuál es tu obra social y los familiares a tu cargo (si corresponde). Podés descargar e imprimir tu comprobante. ## Ayuda * **Recursos adicionales:** * [Consultar en línea](https://www.anses.gob.ar/consultas/obra-social-codem) * **Accedé a TAD a través de:** * [Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad)

  • ## Resumen Este trámite te permite convalidar tus estudios secundarios realizados en el extranjero a través de un programa de intercambio estudiantil. **Quién puede usar este servicio:** Estudiantes que hayan cursado el anteúltimo año del secundario en Argentina y participado en un programa de intercambio en el extranjero. **Antes de empezar:** * Asegúrate de tener todos los documentos necesarios. * Tené en cuenta los requisitos de legalización y traducción (si corresponde). ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Documento de identidad (original y fotocopia). * Analítico de los años cursados en Argentina donde conste que aprobaste el anteúltimo año. * Analítico de notas o transcripto de notas de los estudios realizados en el extranjero. * Diploma de graduación o título de la institución educativa del exterior (no se aceptan diplomas honorarios ni certificados de asistencia). * Nota de la institución que otorgó el intercambio o la beca. **Requisitos previos:** * Haber aprobado el anteúltimo año del secundario en Argentina. * Haber obtenido el título de nivel medio completo en la institución extranjera. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * El tiempo de procesamiento puede variar. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reservá un turno en línea a través de este enlace: Reserva de turno. 2. Subí en un solo archivo PDF la documentación escolar, tu documento de identidad y la Declaración Jurada (Descargar Declaración Jurada aquí). 3. Confirmá la reserva a través del correo electrónico que recibirás. 4. Descargá el reconocimiento de estudios desde la página web utilizando el código personal asignado al inicio del trámite. ## Después de hacerlo Una vez convalidado, podrás continuar tus estudios superiores o reincorporarte a la secundaria, según corresponda. ## Ayuda * **Contacto:** No se proporciona información de contacto específica en el texto. * **Recursos adicionales:** * Resolución 1569/07 * Acceso a TAD * **Preguntas frecuentes:** (Ver sección FAQ)

  • ## Resumen Este trámite permite a las instituciones educativas acceder al contenido multimedia de la Biblioteca Nacional de Maestros (BNM). Se pueden solicitar copias de videos y CDs para uso educativo. **Quién puede usar este servicio:** Instituciones educativas ubicadas en un radio no mayor de 200 km de la BNM. **Importante:** Se debe proveer el material virgen (DVDs) para realizar las copias. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Carta de solicitud institucional (Descargar modelo) **Requisitos:** * Estar dentro del radio de 200km de la BNM * Proveer los DVDs vírgenes ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Completar la carta de solicitud institucional. 2. Enviar la carta completa a [email protected]. 3. Acercarse a la sala de lectura Pizzurno 953 PB, de lunes a viernes de 9 a 17 hs para retirar las copias contra entrega del material virgen. **Contacto:** Dudas o consultas: llamar de lunes a viernes de 9 a 15 hs al (011) 4129-1286 ## Costo El trámite es gratuito, pero se debe proveer el material virgen (DVDs).

  • ## Resumen Este servicio te permite denunciar de forma anónima situaciones de trabajo no registrado, trabajo infantil y/o trabajo adolescente irregular. Si sos testigo o estás padeciendo alguna de estas situaciones, podés realizar la denuncia. ### ¿Quién puede usar este servicio? Cualquier persona que esté al tanto de irregularidades laborales, ya sea como víctima o testigo. ### Antes de empezar Tené a mano los datos de la empresa donde se produce la irregularidad. ## Lo que necesitas ### Datos de la empresa Se requieren los siguientes datos de la empresa (los marcados con asterisco son obligatorios): * Fecha * Provincia (*) * Partido/Departamento (*) * Localidad (*) * Barrio (*) * Calle (*) * Numeración * Piso * Departamento * Entrecalles (*) * Razón social de la empresa * Nombre de fantasía de la empresa * CUIT de la empresa * Actividad que realizan * Cantidad de trabajadores por los que denuncia (exacto o aproximado) * Días en los que se puede encontrar a los trabajadores * Horarios en los que se puede encontrar a los trabajadores * Observaciones/Descripción (describa la o las situaciones que denuncia) ### Recordá La denuncia es anónima. ## Cómo hacerlo ### Pasos para denunciar Podés denunciar de las siguientes maneras: * Enviar un correo electrónico a [email protected] con los datos de la empresa. * Llamar al 0800-666-4100 (opción 1, luego opción 2, de lunes a viernes de 8 a 20 hs.) * Completar el trámite a distancia (TAD): * Elegí si ingresas por AFIP o MiArgentina; * completá el formulario; * hacé clic en "Guardar", y * hacé clic en "Confirmar trámite" ### Información adicional Si querés informarte sobre este tema, comunicate con el Centro de Orientación al Ciudadano a [email protected] o por teléfono al 0800-666-4100 (opción 1 y luego opción 2 de 08 a 20 hs.) ## Cuál es el costo? El trámite es **gratuito**. ## Información complementaria Podés consultar las preguntas frecuentes. También podés informarte sobre Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral. ### Acceso a TAD Si nunca te registraste en TAD, consulta ¿Cómo tengo que hacerlo?

  • ## Resumen Este trámite te permite designar a una persona (familiar, abogado, etc.) o entidad para que te represente ante ANSES y/o cobre tus haberes de jubilación o pensión. Es útil si tienes dificultades para realizar trámites personalmente o resides en el exterior. ### Quién puede usar este servicio * Titulares de jubilaciones y pensiones que no pueden realizar trámites personalmente. * Personas que residen fuera del país. * Apoderados designados. ### Antes de empezar * Asegúrate de tener la documentación necesaria según tu situación. * Ten en cuenta que el apoderado debe ser mayor de 18 años (o emancipado). ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * DNI del titular y del apoderado (original y copia). * Documentación específica según el tipo de apoderado: * **Cónyuge:** Acta/certificado de matrimonio (original y copia). * **Conviviente previsional:** Acreditación de la relación como conviviente previsional. * **Familiares:** Documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI). * **Bancos:** Formulario PS 6.4 - Carta Poder, firmado y sellado por la autoridad bancaria. * **Tutor/Medida de abrigo:** Sentencia judicial (original y copia) donde conste el nombramiento como representante legal. * **Curador/Apoyo:** Sentencia judicial (original y copia) donde conste el nombramiento como curador y la autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones. * **Abogados:** Credencial vigente. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Reúne la documentación:** Verifica la documentación necesaria según tu situación y el tipo de apoderado que deseas designar. 2. **Saca un turno:** Solicita un turno en una oficina de ANSES. 3. **Acércate a ANSES:** Presenta la documentación el día del turno. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez realizado el trámite, el apoderado estará habilitado para realizar trámites en tu nombre y/o cobrar tus haberes, según corresponda. ## Ayuda ### Contacto Para más información, puedes consultar la página de ANSES o comunicarte telefónicamente. ### Recursos adicionales * Pedir turno * Consultar en línea ### Designar apoderado para cobro Se puede designar a: * Familiares (cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados). * Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior. El banco debe contar con la opción “giro al exterior”. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Macro BMA. * Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales. * Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados para cobrar por personas internadas en la institución. * Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse. * Mutuales e instituciones de asistencia social. * Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.

  • ## Resumen Este trámite permite determinar el porcentaje de incapacidad de un trabajador que sufrió un accidente o enfermedad laboral y recibió el alta médica con secuelas. La Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o el Empleador Autoasegurado (EA) inician el trámite ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT). Quién puede usar este servicio: * Trabajadores que hayan sufrido un accidente o enfermedad laboral y tengan secuelas permanentes. Antes de empezar: * La ART/EA debe iniciar el trámite dentro de los 21 días hábiles posteriores al alta médica. * En las provincias adheridas a la ley 27.348, el trabajador debe contar con un abogado. ## Lo que necesitas * **Representación legal (en provincias adheridas a la ley 27.348):** Si no tienes un abogado, puedes solicitar patrocinio letrado gratuito. * **Seleccionar una opción de competencia:** La ART/EA te pedirá que elijas la comisión médica donde se realizará el trámite. ## Cómo hacerlo El trámite lo inicia la ART/EA a través del Sistema de Ventanilla Electrónica (VE). ## Después de hacerlo No hay información disponible sobre qué sucede después de realizar el trámite. ## Ayuda * **Ausencia a citaciones:** Si no puedes asistir a una citación de la Comisión Médica, consulta la guía sobre ausencia a citaciones. * **Audiencias de Comisión Médica:** Para entender mejor el proceso, te explicamos los pasos a seguir en las Audiencias de Comisión Médica. * **Procedimientos ante resoluciones de la SRT:** Infórmate sobre los procedimientos ante resoluciones de la SRT para saber cómo actuar frente a las decisiones de la Superintendencia.

  • ## Resumen Este trámite permite a las cooperativas y mutuales devolver al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) los fondos que recibieron como apoyo financiero y que no fueron utilizados en su totalidad. ## ¿A quién está dirigido? Este trámite está dirigido a cooperativas y mutuales que hayan recibido un apoyo financiero del INAES. ## Lo que necesitas Para iniciar el trámite, necesitarás: * Nº de expediente del apoyo o Nº de resolución del apoyo * Monto del apoyo * CUIT de la entidad * Denominación/ Nombre entidad **Importante:** Para saber cómo gestionar la devolución de fondos, debes comunicarte con el sector de Tesorería de INAES vía mail a: [tesoreria@inaes.gob.ar](mailto:tesoreria@inaes.gob.ar) con copia a [creditosycobranzas@inaes.gob.ar] ## ¿Cómo hago? 1. Envía un mail a las direcciones [tesoreria@inaes.gob.ar](mailto:tesoreria@inaes.gob.ar) y [creditosycobranzas@inaes.gob.ar](mailto:creditosycobranzas@inaes.gob.ar) con la información requerida. 2. Espera a recibir las instrucciones específicas para tu caso particular sobre cómo proseguir con la devolución de fondos.

  • ## Resumen A través de las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo, las empresas pueden formar aprendices compartiendo los costos de formación con el Ministerio de Trabajo. Si luego contratan a estos aprendices, pueden acceder a beneficios económicos por su inserción laboral. ## Requisitos * **Formular un proyecto** que incluya un período de formación teórica y otro de formación en el puesto de trabajo. * **Designar** la cantidad de tutores que corresponda, según dotación y cantidad de participantes. * **Contratar una cobertura de riesgos del trabajo** para los/as participantes y una cobertura de salud que garantice el Programa Médico Obligatorio. * **Abonar parte de la ayuda económica** que reciben los aprendices (excepto las microempresas). * **Brindar la infraestructura**, equipamiento, insumos, herramientas y ropa de trabajo necesarios para el desarrollo de las actividades. * **Informar a los/as participantes** todos los derechos, obligaciones y requisitos derivados de su participación en las acciones que componen el proyecto. * **Garantizar a los/las participantes un contexto** de aprendizaje libre de violencia de género y acoso. ## ¿Cuál es la duración del beneficio? La propuesta formativa puede durar **hasta 6 meses** (20 horas semanales, de lunes a viernes entre las 5:00 y las 22:00 hs, sólo días hábiles). ## ¿A quién está dirigido? A todas las empresas del país, no importa su tamaño. ## ¿Qué necesito? La gestión se realiza directamente en el Portal Empleo. Allí se genera toda la documentación requerida. ## ¿Cómo hago? Las empresas podrán realizar la gestión de este beneficio a través del Portal Empleo. Una vez registradas allí, deberán generar una oferta de entrenamiento y seleccionar a un/a trabajador/a que cumpla con el perfil requerido. ## ¿Cuál es el costo? **Gratuito** ## Información complementaria ### Normativas * Resolución MTEySS N°708/2010: Creación de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo * Resolución SE 905/2010: Reglamento de las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo ### Contacto **Dirección de Empleo Asalariado, Secretaría de Empleo** **Dirección:** Av. Leandro N. Alem 638, piso 10, CABA. **Código Postal:** C1001AAO **Correo electrónico:**[email protected]


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  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar una evaluación a las comisiones médicas si tu ART o Empleador Autoasegurado (EA) rechazó tu enfermedad profesional porque no está incluida en el listado oficial. La comisión médica determinará si la enfermedad es de origen laboral. **Quién puede usar este servicio:** Trabajadores o sus familiares que hayan denunciado una enfermedad que fue rechazada por la ART/EA por no estar incluida en el listado de enfermedades profesionales, pero que consideran que fue causada por sus tareas laborales. **Importante:** El plazo máximo para iniciar el trámite es de 2 años desde el rechazo de la ART/EA. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Copia del DNI. * Denuncia de siniestro ante la ART/EA. * Copia de la carta de rechazo emitida por la ART/EA. * Petición fundada (firmada por un médico legista o especialista) que incluya diagnóstico, argumentación y pruebas de la relación entre la enfermedad y la exposición a riesgos laborales. * Si optaste por el domicilio del DNI: Opción de Comisión Médica Jurisdiccional firmada. * Si optaste por el domicilio del empleador: Formulario Res. SRT 11/18 o Constancia del Empleador según Res. SRT 698/17. * En provincias adheridas a la ley 27.348: Designación de patrocinio letrado, matrícula del abogado y copia de su DNI. **Requisitos previos:** * Haber recibido un rechazo de la ART/EA por una enfermedad no listada. * Considerar que la enfermedad está relacionada con las tareas laborales. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Reúne la documentación:** Asegúrate de tener todos los documentos necesarios. 2. **Inicia tu expediente:** Preséntalo en la Comisión Médica que corresponda a tu domicilio (según tu DNI) o al domicilio de tu empleador donde prestas servicios. Puedes consultar qué Comisión Médica te corresponde según la opción que elijas en este enlace. ## Ayuda * **Ausencia a citaciones:** Si no puedes asistir a una citación, consulta qué debes hacer. * **Audiencias:** Para entender mejor cómo se desarrollan las audiencias, consulta esta información. * **Procedimientos post-resolución:** Si necesitas información sobre los procedimientos después de las resoluciones de la SRT, consulta este enlace.

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar una evaluación si tu empleador no asegurado rechazó tu denuncia de accidente laboral o enfermedad profesional. Es importante recordar que este procedimiento solo es aplicable en las jurisdicciones que se han adherido a la ley 27.348. **¿Quién puede usar este servicio?** Este servicio está dirigido a personas que han denunciado un accidente laboral o enfermedad profesional a su Empleador No Asegurado (ENA). **Importante:** El plazo máximo para iniciar este trámite ante la comisión médica es de 2 años, contados a partir de la primera manifestación invalidante (PMI). ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Copia del DNI. * Denuncia de la contingencia ante el empleador. * Certificación de haberes extendida por el empleador o recibos de sueldo correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos liquidados y DOS (2) liquidaciones correspondientes a SAC, previamente a la fecha del accidente/enfermedad profesional. * Estudios médicos efectuados relacionados con la patología diagnosticada. (En caso de querer aportar documentación para el trámite a realizar). * Carta de rechazo por parte del empleador. * Petición fundada. (En caso de presentar un Rechazo de enfermedad no listada). * [Formulario “Requisitos complementarios contingencia denunciada como enfermedad profesional” (para el caso de Rechazo de Enfermedad Profesional Listada)](https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/requisitoscompdenunciaenfprof.pdf). * [Formulario de Opción de domicilio – Resolución SRT 11/18](https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/formulario_res_srt_11_2018_.pdf) * Patrocinante letrado (obligatorio). * [Carta poder o poder firmado ante AUTORIDAD COMPETENTE (en caso de que ya cuentes con representante legal y tengas que enviar el trámite por correo postal)](https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/carta_poder_0.pdf). **Costes y plazos:** * Este trámite es **gratuito**. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Reuní la documentación.** 2. **Iniciá tu expediente** de manera presencial en la Comisión Médica que corresponda al domicilio que figura en tu DNI o la que corresponda al domicilio de tu empleador en el que se presta el servicio efectivamente. [Podés consultar que Comisión Medica te corresponde según la opción que elijas](https://www.srt.gob.ar/arg/mapa.php) **Información adicional:** * Este trámite se puede iniciar de manera presencial o por correo postal con copia de todos los requisitos mencionados, acompañado de una nota en la que detalles el trámite que querés iniciar. ## Ayuda * Conocé qué debes hacer ante una [Ausencia a citaciones de Comisiones Médicas](https://www.argentina.gob.ar/srt/comisionesmedicas/tramites/ausencia-citaciones-comision-medica). * Te explicamos cuál son los pasos a seguir en las [Audiencias de Comisión Médica](https://www.argentina.gob.ar/srt/comisionesmedicas/tramites/audiencias-comision-medica). * Estos son los [Procedimientos ante resoluciones de la SRT](https://www.argentina.gob.ar/srt/comisionesmedicas/procedimientos-comisiones-medicas).

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