## Resumen Este trámite permite a las personas físicas o morales que ya tienen una constancia de inscripción de empleador actualizarla para poder seguir ofreciendo empleos a personas extranjeras. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Formato para solicitar trámite migratorio de empresa, llenado electrónicamente y firmado. * Si hay un nuevo representante legal o apoderado: Instrumento público que acredite el poder y facultades, e identificación oficial vigente (original y copia). * Si cambió el domicilio: Comprobante de domicilio reciente (original y copia). * Para la actualización anual: Constancia de la última declaración anual de impuestos (original y copia). ### Costos * $377.00 mxn por la recepción, estudio y expedición de la constancia. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. **En línea:** Inicia tu solicitud en línea, imprime y presenta de manera presencial. 2. **Presencial:** Acude a la oficina de atención a trámites del Instituto correspondiente a tu domicilio. Si la oficina te queda lejos, contacta vía telefónica para ver si hay una oficina más cercana. 3. **Vía telefónica:** Llama al 800 00 46264 para recibir orientación. ## Ayuda * **Vía telefónica:** (orientación) 800 00 46264. * Descargar Formato
## Resumen Este trámite permite a personas extranjeras ingresar a México si necesitan asilo político o si su ingreso se debe a causas humanitarias, interés público o fuerza mayor. Deben acercarse al Instituto Nacional de Migración (INM) para solicitar la autorización. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente (original). * Forma Migratoria Múltiple (FMM) debidamente llenada (original). * Documento que acredite las causas humanitarias, de fuerza mayor o interés público (original). ### Costos * El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo ### Proceso 1. Acude a los Puntos de Internación Terrestres, Aeropuertos Internacionales y Puertos Marítimos. ## Información Adicional * Descargar Formato * Este trámite está en proceso de mejora continua para cumplir con el estándar de servicios digitales de gob.mx.
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera titular de la condición de estancia de visitante o de residente temporal, deseas residir de manera permanente en el país y tienes vínculo con mexicano o persona extranjera residente permanente? Podrás cambiar de condición de estancia a residente permanente acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte, documento de identidad y viaje, o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de la que es titular. En caso que presente FMM también se requiere original | Original y Copia |
Tarjeta de residente temporal o de visitante, o la Forma Migratoria Múltiple (FMM) válida y vigente | Original |
Comprobante del pago de derechos por la recepción y estudio de la solicitud de cambio de condición | Original |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
Identificación oficial vigente del mexicano, o tarjeta de residente vigente de la persona extranjera con la que se acredita el vínculo | Original y Copia |
Demostrar vínculo de acuerdo a lo siguiente: a) En caso de ser padre o madre de un mexicano, o de una persona extranjera con residencia permanente en territorio nacional, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del mexicano o del residente permanente; b) En caso de ser hijo de una persona extranjera residente permanente, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento. Lo anterior siempre y cuando sea menor de edad y no haya contraído matrimonio, o bien, se encuentre bajo su tutela o custodia; c) En caso de ser hijo del cónyuge o concubino de un mexicano o de un residente permanente, deberá presentar original y copia de su acta de nacimiento y del acta de matrimonio o del documento que acredite concubinato del padre o madre con el mexicano o la persona extranjera. Lo anterior siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio, o bien, se encuentre bajo tutela o custodia del cónyuge o concubino; d) En caso de ser niña, niño o adolescente, cuya patria potestad o tutela se encuentre a cargo de un mexicano, o de una persona extranjera residente permanente en territorio nacional, deberá presentar original y copia del documento emitido por autoridad competente; e) En caso de que sea hijo de un mexicano conforme al inciso d), fracción I del apartado de criterios de la presente ficha, deberá presentar original y copia de la carta de naturalización del mexicano y acta de nacimiento de la persona extranjera; f) En caso de ser hermano de un mexicano, o de una persona extranjera residente permanente en territorio nacional, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento de ambos. Lo anterior, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio, o bien, original y copia del documento que acredite que se encuentra bajo la representación legal del mexicano o residente permanente; g) En caso de que la persona extranjera haya obtenido la condición de estancia de residente temporal por matrimonio o concubinato con mexicano o persona extranjera residente permanente, deberá presentar original y copia del acta de matrimonio o del documento que acredite concubinato de acuerdo a la legislación civil o del documento que acredite figura equivalente al concubinato otorgado por autoridad competente del país de origen o de residencia de la persona extranjera, y escrito bajo protesta de decir verdad firmado por el solicitante y su cónyuge o concubina o concubinario, en el que señalen su domicilio conyugal y la subsistencia de dicho vínculo durante los dos años anteriores a la solicitud; h) En caso de tener hijos mexicanos por nacimiento, deberá presentar original y copia de las actas de nacimiento de los hijos; i) En caso de ser madre o padre de mexicano, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del hijo o hijos mexicanos por nacimiento; j) En caso de ser abuela o abuelo de mexicano por nacimiento, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del nieto mexicano por nacimiento y de los padres de éste; k) En caso de ser hija o hijo de mexicano por nacimiento, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del solicitante, y l) En caso de ser nieta o nieto de mexicano por nacimiento, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del abuelo, de los padres y del solicitante. |
Concepto | Monto |
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Recepción y estudio de la solicitud, y en su caso, la autorización del cambio de condición de estancia | $1,365.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
## Resumen Este trámite permite a los extranjeros que ya tienen una condición de estancia en México (visitante o residente temporal) cambiar a la condición de residente permanente si tienen vínculos familiares con ciudadanos mexicanos o extranjeros residentes permanentes. ### Quién puede usar este servicio Extranjeros que: * Son titulares de una condición de estancia de visitante o residente temporal. * Tienen vínculos familiares con un ciudadano mexicano o un extranjero residente permanente en México. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado electrónicamente y firmado. * Pasaporte, documento de identidad y viaje, o documento oficial utilizado para obtener la condición de estancia actual (original y copia). * Tarjeta de residente temporal o de visitante, o FMM válida y vigente (original y copia). * Comprobante de pago de derechos por el estudio del cambio de condición (original). * Identificación oficial vigente del mexicano o tarjeta de residencia permanente del extranjero con quien se acredita el vínculo (original y copia). * Documentos que demuestren el vínculo familiar, según el caso (original y copia). ### Costos * Por recepción, estudio y autorización del cambio de condición: $1,780.00 MXN. * En caso de resolución positiva, un pago adicional (monto variable). * Por la expedición del documento que acredita la residencia permanente (DRP): $6,789.00 MXN. **Nota:** Para generar la línea de captura del pago, visita la siguiente liga. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Reúne todos los documentos requeridos. 2. Llena el formato de solicitud en línea. 3. Realiza el pago de derechos. 4. Presenta tu solicitud y documentos en la oficina del INM que te corresponda. ### Opciones para realizar tu trámite * **En línea:** Comienza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial. * **Presencial:** En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda a tu domicilio. * **Vía telefónica:** (orientación) 800 00 46264. ## Ayuda * **Vía telefónica:** (orientación) 800 00 46264. * Descargar Formato
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera titular de la condición de estancia de visitante o de residente temporal estudiante, deseas residir de manera temporal en el país y tienes vínculo con mexicano o persona extranjera residente temporal o permanente? Podrás cambiar de condición de estancia a residente temporal acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documento requerido | Presentación |
Documento de identidad y viaje, o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de la que es titular | Original y Copia |
Forma Migratoria Múltiple (FMM), tarjeta de visitante o tarjeta de residente temporal estudiante | Original |
Comprobante de pago de derechos productos o aprovechamientos | Original |
Identificación oficial vigente del mexicano, o tarjeta de residente vigente de la persona extranjera con la que se acredita el vínculo | Original y Copia |
Demostrar vínculo de acuerdo a lo siguiente:
| Original y Copia |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
Concepto | Monto |
---|---|
Recepción y estudio de la solicitud, y en su caso, la autorización del cambio de condición de estancia | $1,365.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica: (orientación) 01 800 00 46264.
## Resumen Este trámite permite a personas extranjeras que ya se encuentran en México con una condición de estancia de visitante o residente temporal estudiante, cambiar su estatus migratorio a residente temporal por tener vínculos familiares con mexicanos o extranjeros residentes en el país. ### Quién puede usar este servicio Extranjeros que se encuentren en México como visitantes o residentes temporales estudiantes y tengan lazos familiares con ciudadanos mexicanos o extranjeros que ya residen legalmente en México. ### Antes de empezar Asegúrate de cumplir con todos los requisitos y tener los documentos necesarios antes de iniciar el trámite. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado electrónicamente y firmado. * Pasaporte, documento de identidad y viaje, o documento oficial con el que obtuviste tu condición de estancia actual (original y copia). * FMM, tarjeta de visitante o tarjeta de residente temporal estudiante (original). * Comprobante de pago de derechos por el estudio del cambio de condición (original). * Identificación oficial vigente del mexicano o tarjeta de residente vigente de la persona extranjera con la que acreditas el vínculo (original y copia). * Documentos que demuestren el vínculo familiar según el caso (original y copia): * Si eres padre o madre de persona extranjera con residencia temporal: Acta de nacimiento del residente temporal. * Si eres cónyuge de mexicano, de residente temporal o residente permanente: Acta de matrimonio. Descargar y requisitar. * Si eres concubinario o concubina de mexicano o persona extranjera con residencia temporal o residencia permanente: Documento que acredite concubinato de acuerdo con la legislación civil o documento que acredite figura equivalente al concubinato otorgado por autoridad competente del país de origen o residencia de la persona extranjera, en el que conste que el interesado y el mexicano o residente temporal o permanente han vivido en común de forma constante y permanente por el período que corresponda. Descargar y requisitar. * Si eres hijo de persona extranjera residente temporal: Acta de nacimiento. Siempre y cuando seas niña, niño o adolescente y no hayas contraído matrimonio, o bien, te encuentres bajo su tutela, curatela o custodia. * Si eres hijo del cónyuge o concubino de un residente temporal: Acta de nacimiento y acta de matrimonio o documento que acredite concubinato del padre o madre con la persona extranjera. Siempre y cuando seas niña, niño o adolescente y no hayas contraído matrimonio, o bien, te encuentres bajo tutela, curatela o custodia del cónyuge o concubino. * Si eres niña, niño o adolescente, cuya patria potestad o tutela o curatela se encuentre a cargo de una persona extranjera residente temporal: Documento emitido por autoridad competente. **Nota:** Los documentos públicos extranjeros deben estar apostillados o legalizados y acompañados de la traducción al español elaborados por peritos oficialmente reconocidos según corresponda. ### Costes y plazos * **Costo del trámite:** $1,780.00 mxn por recepción, estudio y autorización del cambio de condición. * **Costo de la residencia temporal:** Variable según la duración: * Un año: $5,570.00 mxn * Dos años: $8,347.00 mxn * Tres años: $10,571.00 mxn * Cuatro años: $12,529.00 mxn * **Plazo de resolución:** No especificado. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Reúne todos los documentos requeridos. 2. Llena el formato de solicitud en línea. 3. Realiza el pago de derechos. 4. Presenta tu solicitud y documentos en la oficina del INM que corresponda a tu domicilio. ### Opciones para realizar tu trámite * **En línea:** Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial. * **Presencial:** En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Oficina de Representación que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a ésta, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio. * **Vía telefónica:** (orientación) 800 00 46264. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada tu solicitud, el INM la revisará y, en caso de ser aprobada, te indicará los pasos a seguir para obtener tu tarjeta de residente temporal. ### Plazos de resolución No se especifica un plazo de resolución para este trámite. ### Siguiente pasos Una vez que obtengas tu tarjeta de residente temporal, deberás renovarla antes de su fecha de vencimiento si deseas seguir residiendo en México. ## Ayuda ### Contacto * **Vía telefónica:** (orientación) 800 00 46264. ### Recursos adicionales * Descargar Formato * Liga para generar la línea de captura del pago
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera en condición migratoria regular de visitante y fuiste ofendido, víctima o testigo de delito en territorio nacional; eres solicitante de asilo político, refugio o protección complementaria y procedimiento de apátrida; niña, niño o adolescente no acompañado o; acreditas alguna causa humanitaria? Podrás solicitar el cambio de condición a visitante por razones humanitarias acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte, documento de identidad y viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de la que es titular | Original y Copia |
Forma Migratoria Múltiple (FMM) o tarjeta de visitante válida y vigente | Original |
En caso de ser ofendido, víctima o testigo de un delito cometido en territorio nacional, deberá presentar documental pública expedida por autoridad competente de la que se derive la calidad de ofendido, víctima o testigo de un delito | Original |
En caso de ser solicitante de asilo político, deberá presentar constancia de la solicitud admitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) | Original |
En caso de ser solicitante de la condición de refugiado, deberá presentar copia de la constancia de solicitud emitida por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) | Original |
En caso de determinación de apátrida, deberá presentar constancia de inicio del procedimiento de determinación de apátrida emitida por la autoridad migratoria | Original |
En caso de ser niña, niño o adolescente no acompañado, deberá presentar oficio membretado de la representación consular de su país de origen o de residencia | Original |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
Por causa humanitaria, deberá presentar: a) Documento emitido por autoridad o institución pública o de gobierno en el cual se expongan los motivos y razones que justifiquen la permanencia de la persona extranjera porque existe riesgo a su salud, seguridad o vida b) Documento emitido por la institución pública que tiene bajo su custodia a un familiar directo de la persona extranjera, en el que se indique la necesidad de que ésta otorgue su autorización para prestar asistencia médica, sicológica, o bien su intervención para reconocimiento o recuperación de cadáver, o c) Certificado médico emitido por una institución de salud en la que conste el estado de salud grave de un familiar directo y documentos que acrediten parentesco | Original |
Concepto | Monto |
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Trámite | Gratuito |
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
## Resumen Este trámite permite a personas extranjeras que se encuentran en México como visitantes, y que enfrentan ciertas situaciones vulnerables, cambiar su condición migratoria para obtener protección y asistencia. **Quién puede usar este servicio** Personas extranjeras que se encuentren en México como visitantes y que sean: * Ofendidos, víctimas o testigos de un delito. * Solicitantes de asilo político, refugio o protección complementaria. * Niñas, niños o adolescentes no acompañados. * Personas que acrediten alguna causa humanitaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos** * [Formato para solicitar trámite migratorio de estancia](https://www.inm.gob.mx/tramites/publico/estancia.html), llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente (Original). * Pasaporte, documento de identidad y viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de la que es titular (Original y Copia). * FMM o tarjeta de visitante válida y vigente (Original). * Acreditar algún supuesto y presentar el o los documentos correspondientes: * Si es ofendido, víctima o testigo de un delito cometido en territorio nacional: Documental pública expedida por autoridad competente de la que se derive la calidad de ofendido, víctima o testigo de un delito. (Original y Copia) * Si es solicitante de asilo político: Constancia de la solicitud admitida por la SRE. (Original y Copia) * Si es solicitante de la condición de refugiado: Constancia de solicitud emitida por la COMAR. (Original y Copia) * Si es solicitante de la determinación de apátrida: Constancia del inicio del procedimiento emitida por la autoridad migratoria. (Original y Copia) * Si es niña, niño o adolescente no acompañado: Oficio membretado de la representación consular de su país de origen o de residencia. (Original y Copia) * Por causa humanitaria, deberá presentar alguno de los siguientes requisitos: * Documento emitido por autoridad, institución pública o de gobierno exponiendo los motivos que justifiquen la permanencia de la persona extranjera por riesgo a su salud, seguridad o vida; (Original y Copia) * Documento emitido por la institución pública que tiene bajo su custodia a un familiar directo de la persona extranjera, indicando la necesidad de que ésta otorgue su autorización para prestar asistencia médica, sicológica, o su intervención para reconocimiento o recuperación de cadáver; o (Original y Copia) * Certificado médico emitido por una institución de salud en la que conste el estado de salud grave de un familiar directo y documentos que acrediten parentesco. (Original y Copia) **Costes** * El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. **En línea:** Empieza tu [solicitud en línea](https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html?a=thgeGuQHx2k%3D&tr=znHPJQdUqz4%3D&h_sdp00=giUnJ9XgtISVcdYJXduIGw%3D%3D), imprime e ingresa de manera presencial. 2. **Presencial:** En la [oficina de atención a trámites del Instituto](http://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/horarios-y-oficinas/) que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Oficina de Representación que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a ésta, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio. 3. **Vía telefónica:** (orientación) 800 00 46264. ## Ayuda **Contacto** * Vía telefónica: (orientación) 800 00 46264. **Recursos adicionales** * [Descargar Formato](https://www.inm.gob.mx/tramites/publico/estancia.html)
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera titular de la condición de estancia de residente temporal que cumplió con cuatro años consecutivos de residencia, eres jubilado o pensionado que recibe sus ingresos del exterior o deseas participar en el Sistema de Puntos? Podrás cambiar de condición de estancia a residente permanente acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte, documento de identidad y viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de residente temporal | Original y Copia |
Tarjeta de residente temporal, válida y vigente | Original y Copia |
Comprobante del pago de derechos por la recepción y estudio de la solicitud de cambio de condición | Original |
En caso de sistema de puntos, deberá presentar los documentos que acrediten los indicadores y puntaje mínimo requeridos conforme al acuerdo que al efecto se publique en el Diario Oficial de la Federación | Original |
En el caso de pensionados o jubilados deberán presentar: a) Comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a veinticinco mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México durante los últimos doce meses. b) Documentos que demuestren que cuenta con ingresos o pensión mensual libre de gravámenes equivalente a quinientos días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México, durante los últimos seis meses | Original y Copia |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
En caso de que hayan transcurrido cuatro años desde que cuenta con permiso de residente temporal, deberá indicar expresamente en su solicitud de trámite que solicita el cambio por esta vía | Original |
Concepto | Monto |
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Recepción y estudio de la solicitud, y en su caso, la autorización del cambio de condición de estancia | $1,365.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
## Resumen Este trámite permite a los extranjeros que ya son residentes temporales en México solicitar el cambio a la condición de residente permanente. Esto aplica si han cumplido cuatro años consecutivos de residencia, son jubilados o pensionados que reciben ingresos del exterior, o desean participar en el Sistema de Puntos. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * [Formato para solicitar trámite migratorio de estancia](https://www.inm.gob.mx/tramites/publico/estancia.html), llenado electrónicamente y firmado. * Pasaporte, documento de identidad o documento oficial utilizado para obtener la residencia temporal (original y copia). * Tarjeta de residente temporal vigente (original). * Comprobante de pago de derechos (original). * Documentos que acrediten el supuesto por el cual se solicita el cambio: * Sistema de puntos: Documentos que acrediten los indicadores y puntaje mínimo. * Pensionados o jubilados: * Comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a 25 mil días de UMA durante los últimos 12 meses, o; * Documentos que demuestren ingresos o pensión mensual libre de gravámenes equivalente a 500 días de UMA durante los últimos 6 meses. * Haber transcurrido cuatro años como residente temporal: Indicarlo en la solicitud y presentar un [escrito bajo protesta de decir verdad](http://www.inm.gob.mx/static/vun_tramites/Escrito_cambio_de_residente_temporal_a_residente_permanente_por_tiempo.pdf). ### Costos * Por recepción, estudio y autorización del cambio de condición: $1,780.00 mxn. * En caso de resolución positiva: Monto variable. * Por expedición del documento que acredita Residencia Permanente (DRP): $6,789.00 mxn. Para generar la línea de captura del pago, ingresa a la siguiente [liga](http://www.inm.gob.mx/gobmx/derechos/). ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Reúne los documentos requeridos. 2. Llena el formato de solicitud en línea. 3. Realiza el pago de derechos. 4. Presenta tu solicitud y documentos en la oficina del Instituto Nacional de Migración (INM) correspondiente a tu domicilio o inicia el trámite en línea. ### Opciones para realizar tu trámite * **En línea:** Empieza tu [solicitud en línea](https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html?a=thgeGuQHx2k%3D&tr=aMGJUsAf0Tk%3D&h_sdp00=giUnJ9XgtISVcdYJXduIGw%3D%3D), imprime e ingresa de manera presencial. * **Presencial:** En la [oficina de atención a trámites del Instituto](http://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/horarios-y-oficinas/) que corresponda a tu domicilio. * **Vía telefónica:** (orientación) 800 00 46264. ## Ayuda * Vía telefónica: (orientación) 800 00 46264. * [Descargar Formato](https://www.inm.gob.mx/tramites/publico/estancia.html)