Estado de San Luis Potosí

  • Dependencia/Entidad:

    Comision Estatal del Agua

    Unidad Respon:

    Comision Estatal del Agua

    Clasificación:

    servicio

    Sector:

    AGUA

    Área que lo ofrece:

    Dirección de Operación y Servicios.

    Responsable:

    C. P. Ariel Vega Juárez

    Cargo del Res.:

    Subdirector de Operación de Ciudad Satélite

    E-Mail del Resp.:

    ariel.vega@ceaslp.gob.mx; cd.satelite@ceaslp.gob.mx

    Clave Interna:

    Descripción:

    Se brinda el servicio de recepción y tratamiento de agua residual sanitaria transportada en pipa (metro cúbico).

    Dirigido a:

    Usuarios en general

    Comprobante a recibir:

    Calidad del agua sanitaria doméstica, que cumpla con los parámetros estándar, para su tratamiento

    Tiempo de Respuesta:

    Inmediato

    Vigencia:

    No aplica

    Periodo de recepción de solicitudes:

    Permanente

    Hora de recepción:

    8:00 a 15:00 Hrs.

    Página Web:

    http://www.ceaslp.gob.mx

    Observaciones:

    Última Modificación:

    2019-07-19

    Formato:

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Pago del volumen de agua residual doméstica por tratar.

    Que el agua residual doméstica para tratar cumpla con los parámetros de la normatividad vigente.


    Costos

    Concepto

    Monto

    Recepción y tratamiento de agua residual sanitaria transportada en pipas (metros cúbicos)

    $14.00 por metro cúbico + 16 % del impuesto al valor agregado


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    Ley de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2019, anexo único numeral 10

    POE 09/01/2019

    Reglamento Interior de la Comisión Estatal del Agua artículos 48 fracciones IV, V y VI; 51 fracción I

    POE 01/08/2017


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    La Comisión Estatal del Agua es un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado, con pe

    Ing. Sergio R. Delgado Jiménez cea_sdelgado@slp.gob.mx

    Mariano Otero No. 905, Fraccionamiento Tequisquiapam C.P. 78250

    (444) 834-15-00
    (444) 834-15-01
    (444) 834-15-07
    Fax: (444) 834-15-07

  • Dependencia/Entidad:

    Secretaria de Comunicaciones y Transportes

    Unidad Respon:

    Direccion de Gestion Juridica

    Clasificación:

    trámite

    Sector:

    COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - CAMINOS

    Área que lo ofrece:

    Dirección de Gestión Jurídica

    Responsable:

    José Juan Rivera Morales

    Cargo del Res.:

    Director de Gestión Jurídica

    E-Mail del Resp.:

    sct_agomez@slp.gob.mx

    Clave Interna:

    Descripción:

    Los concesionarios pueden designar beneficiarios de su concesión en el orden de prelación hasta tres, únicamente a parientes en línea recta en primer grado, cónyuges o concubinas, para que en caso de incapacidad física o mental, ausencia declarada judicialmente o muerte, puedan substituirlo en orden de prelación.

    Dirigido a:

    Concesionarios de Servicio de Transporte Público

    Comprobante a recibir:

    Constancia de Transmisión de Derechos de Concesión

    Tiempo de Respuesta:

    Reuniendo todos los requisitos será de tres a cuatro semanas para notificar el acuse de recibo de la designación y el registro de la misma, manteniéndola en resguardo hasta en tanto se acredite el fallecimiento o incapacidad del concesionario.

    Vigencia:

    No aplica

    Periodo de recepción de solicitudes:

    Permanente

    Hora de recepción:

    Dirección de Gestión Jurídica, Av. Muñoz No. 650, primer piso de 8:00 a 14:30 horas.

    Página Web:

    http://sctslp.gob.mx

    Observaciones:

    Última Modificación:

    2019-05-16

    Formato:

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Para el inicio del trámite de designación de beneficiarios por parte del concesionario.

    1.- El designatario deberá acudir ante Notario Público de su preferencia para manifestar su voluntad, a).- Para que se levante el Acta de designación de beneficiario. b).- Hacerse acompañar de 2 testigos. 2.- Llenar el formato de designación de beneficiarios. (formato proporcionado por la Dirección Jurídica de la S.C.T.). 3.- Reunir la información que se solicita en el formato de designación de beneficiarios consistente en: a) Original del Acta levantada ante Notario Público. b).- Acta de Nacimiento de los hijos en caso de ser designados beneficiarios. c).- Acta de matrimonio del concesionario. d).- Copias de credenciales de identificación oficial del concesionario y de los beneficiarios. e).- Copia de comprobante de domicilio del concesionario y beneficiarios. f).- Copia de la CURP del concesionario y beneficiarios. g).- Copia certificada del original de concesión y 4 copias simples, en caso de no contar con el original del título de concesión deberá presentar original de la copia certificada y original del conocimiento de hechos levantada ente el Ministerio Público y 4 copias simples. 4.- Acudir a la Dirección Jurídica de la S.C.T. para revisión de toda la documentación, incluida la certificación de contenido y firma del formato de designación de beneficiario. 5.- pasar a la Oficialía de partes de la S.C.T. para recibirle la documentación, para lo cual deberá llevar copia simple del formato de designación de beneficiario a efecto de sellar de recibido.

    Para el beneficiario una vez que se actualice alguno de los supuestos señalados (muerte o incapacidad del concesionario).

    La solicitud de transmisión de derechos por alguna de las causas señaladas en este precepto, deberá presentarse dentro de los sesenta días siguientes en que se haya actualizado alguno de los supuestos y deberá presentar en la Oficialía de Partes de esta Secretaría: 1.- Eescrito donde informa del fallecimiento o incapacidad del concesionario. 2.- Copia de Identificación Oficial. 3.- Original del Acta de defunción del concesionario. 4.- Copia de Revista y Refrendo del último año. 5.- Original del Título de la Concesión y cinco copias simples. 6.-Comprobante de domicilio reciente. 7.- Carta de No Concesionario de Servicio Público 8.- Carta de No Antecedentes Penales reciente. 9.- Certificado Médico reciente. 10.- Certificado Toxicológico reciente.


    Costos

    Concepto

    Monto

    Camiones, Camionetas y Ómnibus sujetos a régimen de concesiones en las modalidades de Servicio Mixto de Carga y Pasaje, el pago de derechos por cambio de titular será:

    145.34 UMA + 25% de Asistencia Social

    En la Modalidad de Carga Especializada, el pago de derechos por cambio de titular será:

    154 UMA + 25% Asistencia Social

    En la Modalidad de Grúas y Arrastre de Vehículos, Muebles, Mudanzas, Materiales de Construcción y Carga Liviana el pago de derechos por cambio de titular será:

    146.04 UMA + 25% Asistencia Social

    En los demás municipios en las modalidades de urbano colectivo, urbano colectivo de 1a clase, colectivo masivo, interurbano, foráneo de 1ª y 2a clase Automóvil de alquiler de sitio, Ruleteo, Colectivo de Ruta y turismo

    155 UMA + 25% Asistencia Social

    En los municipios de Ciudad Valles, Matehuala y Río Verde en las modalidades de urbano colectivo, urbano colectivo de 1a clase, colectivo masivo, interurbano, foráneo de 1ª y 2a clase Automóvil de alquiler de sitio, Ruleteo, Colectivo Ruta, turismo

    170 UMA + 25% Asistencia Social


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    1.- Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, artículos 35 fracción I y III, así como el artículo 63.

    POE 21/03/2019

    2.- Reglamento de la Ley de Transporte Público del Estado, artículos 24 y 25.

    POE 12/04/2017

    3.- Reglamento Interior de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Estado de San Luis Potosí, artículo 15 fracción XVI.

    POE 01/03/2016

    4.- Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí, Artículos 70 fracciones I II así como el artículo 93.

    POE 26/07/2018


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    Dirección de Gestión Jurídica

    Juan José Rivera Morales

    Av. Muñoz No. 650 2°Piso, La Condesa, San Luis Potosí, S. L. P. C.P. 78170

    (444) 812-10-88
    (444) 814-89-08
    (444) 812-06-77
    Fax: (444) 812-10-88

  • Dependencia/Entidad:

    Instituto Registral y Catastral del Estado de San Luis Potosi

    Unidad Respon:

    Direccion de Catastro

    Clasificación:

    trámite

    Sector:

    ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

    Área que lo ofrece:

    Dirección de Catastro

    Responsable:

    Lic. José Manuel Fajardo González

    Cargo del Res.:

    Director de Catastro

    E-Mail del Resp.:

    irc.jose.fajardo@slp.gob.mx

    Clave Interna:

    No aplica

    Descripción:

    Trámite que ayuda a definir los limites de un inmueble respecto de sus colindantes, cuando exista indefinición y/o conflicto entre los mismos.

    Dirigido a:

    Ciudadania en General

    Comprobante a recibir:

    Plano de deslinde e informe

    Tiempo de Respuesta:

    18 días hábiles

    Vigencia:

    Permanente

    Periodo de recepción de solicitudes:

    Permanente

    Hora de recepción:

    08:00 a 14:00 horas de Lunes a Viernes

    Página Web:

    http://beta.slp.gob.mx/IRC/Paginas/Inicio.aspx

    Observaciones:

    Última Modificación:

    2019-03-29

    Formato:

    http://rutys.slp.gob.mx/administracion/app/formatos/Instituto Registral y Catastral del Estado de San Luis Potosi/Direccion de Catastro/111/Solicitud Única de Servicio.pdf

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Requisitos generales

    1. Solicitud única de servicio. 2. Identificación con fotografía y firma vigente. 3. Plano o croquis de ubicación. 4. Título de propiedad. 5. Pago del impuesto predial al corriente. 6. Pago de derechos.


    Costos

    Concepto

    Monto

    Asistencia social

    + 25% sobre el valor cotizado

    Deslinde en rebeldía de partes

    20 UMAS


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí. Artículos 116, 123, 124, 125, 126, 127 y 128

    POE 02-10-2018

    Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí. Artículo 121 fracción IX inciso c) y 93. Éste fundamento es supletorio

    POE 26-07-2018


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    Es la encargada de llevar el inventario de la propiedad raíz de los municipios del Estado, que ident

    Lic. José Manuel Fajardo González irc.jose.fajardo@slp.gob.mx

    Himno Nacional No. 945, Jardín C.P. 78270

    8170121
    8118285
    Fax: 8118285

  • Dependencia/Entidad:

    Secretaria de Comunicaciones y Transportes

    Unidad Respon:

    Direccion General de Transporte Colectivo Metropolitano

    Clasificación:

    trámite

    Sector:

    COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - CAMINOS

    Área que lo ofrece:

    Unidad de Trámites y Atención a Concesionarios

    Responsable:

    Juana María Rodríguez Salazar

    Cargo del Res.:

    Jefe de Departamento

    E-Mail del Resp.:

    sct_umenchaca@slp.gob.mx

    Clave Interna:

    Descripción:

    Devolución de las licencias cuando éstas sean retenidas a sus titulares debido a alguna infracción a la Ley de Transporte Público.

    Dirigido a:

    Operadores de Transporte Urbano Colectivo, Interurbano, Foráneo, Rural, Servicios Especiales (de más de cinco pasajeros) en los municipios de la Zona Metropolitana, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Mexquitic de Carmona, Villa de Zaragoza y Villa de Reyes.

    Comprobante a recibir:

    Devolución de la licencia, una vez pagada la infracción correspondiente en la Secretaría de Finanzas

    Tiempo de Respuesta:

    Un día

    Vigencia:

    No aplica

    Periodo de recepción de solicitudes:

    Todo el año, excepto días inhábiles.

    Hora de recepción:

    De 8:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes hábiles

    Página Web:

    http://sctslp.gob.mx

    Observaciones:

    El pago de la multa será de acuerdo al tabulador establecido en el artículo 129 de la Ley de Transporte Público. La aplicación de multas por incumplimiento de las obligaciones de los concesionarios, permisionarios, y operadores, se ajustará a los tabuladores siguientes: I. De las sanciones al incumplimiento de las obligaciones de los operadores: de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, En la comisión de las infracciones establecidas en la mencionada Ley, se considera solidariamente responsable al titular de la concesión, permiso o autorización de que se trate. El trámite deberá efectuarlo el titular de la licencia.

    Última Modificación:

    2019-09-19

    Formato:

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Requisitos Generales:

    1.-Pago de la multa correspondiente 2.-Identificación oficial.


    Costos

    Concepto

    Monto

    a) Por efectuar ascenso y descenso de pasaje fuera de los lugares autorizados, siempre y cuando ésto no ponga en riesgo la seguridad de usuarios y terceros, de ser así, se aplicará el inciso d)

    5 a 20 UMAS

    b) Por prestar servicio con mala presentación personal, desaseado y, en su caso, sin el uniforme requerido.

    3 a 20 UMAS

    c) Por tratar en forma irrespetuosa a usuarios y terceros durante la prestación del servicio.

    5 a 30 UMAS

    d) Por poner en riesgo la seguridad de los usuarios y terceros al operar las unidades con falta de precaución.

    21 a 100 UMAS

    e) Por no portar la licencia para conducir vehículos del servicio público, y el gafete de identificación a la vista del usuario.

    5 a 30 UMAS

    f) Por conducir un vehículo de servicio público sin contar con la licencia respectiva, o ésta sea insuficiente para la modalidad.

    20 a 50 UMAS

    g) Por no presentarse a acreditar los exámenes que para verificar su aptitud y sus capacidades psicofísicas determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

    3 a 20 UMAS

    h) Por conducir vehículos de servicio público en ostensible mal estado de salud.

    3 a 20 UMAS

    i) Por no respetar el trato preferencial en la prestación del servicio a los adultos mayores, niños, personas con discapacidad, y mujeres embarazadas.

    5 a 20 UMAS

    j) Por no cumplir y aprobar la capacitación que determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

    5 a 20 UMAS

    k) Por no acatar las indicaciones de las autoridades en materia de transporte, o bien por agredirlos física o verbalmente durante las diligencias de inspección, sin menoscabo de la responsabilidad penal que, en su caso, resulte.

    5 a 20 UMAS

    l) Por utilizar o colocar en la unidad accesorios no indispensables para la prestación del servicio, o que produzcan ruido y molesten, o pongan en riesgo la seguridad de usuarios y terceros.

    5 a 20 UMAS

    m) Por circular con la o las puertas abiertas, o con pasaje en los estribos.

    20 a 50 UMAS

    ñ) Por alterar las tarifas o sus reglas de aplicación. Cuando este hecho sea instruido o con conocimiento del titular de la concesión o permiso, será causal de revocación de los mismos.

    5 a 50 UMAS

    n) Por exceder el número de pasajeros autorizados para cada vehículo en su tarjeta de circulación y/o modalidad de servicio.

    5 a 20 UMAS

    o) Por conducir un vehículo del servicio del transporte público sin haber aprobado los exámenes previstos en la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí y su reglamento;

    5 a 50 UMAS

    p) Por la conducción de vehículos de transporte público, dentro o fuera del servicio, bajo la influencia de bebidas alcohólicas, enervantes o demás sustancias tóxicas.

    100 a 200 UMAS

    q) Por abastecer de combustible a los vehículos del servicio de transporte público con pasaje a bordo de los mismos.

    5 a 50 UMAS

    r) Por negar, sin causa justificada, el servicio público de transporte, para el caso de que se obstaculice, impida o niegue el servicio a adultos mayores, niños, personas con discapacidad y mujeres embarazadas.

    10 a 50 UMAS

    s) El conductor de los vehículos de transporte público de pasajeros que fume durante la prestación del servicio en el mismo, será sancionado en los términos que dispone la Ley de Protección a la Salud de las Personas no Fumadoras. (Art. 33 fracc. I)

    Hasta 100 UMAS

    t) Por llevar acompañantes a bordo del vehículo de servicio público cuando éste se encuentre en la prestación del mismo.

    5 a 20 UMAS

    u) Por permitir o inducir el ascenso de usuarios por la puerta trasera en el caso de vehículos del servicio de transporte público colectivo urbano.

    5 a 30 UMAS

    w) No respetar itinerarios autorizados; establecer terminal en lugar no autorizado, no resguardar vehículos en patios de pernocta o encierro, en las modalidades de transporte púb. colectivo urbano, suburbano, foráneo, mixto, y colectivo de ruta rural

    5 a 30 UMAS

    x) Por utilizar el vehículo de servicio público para otros usos diferentes a la prestación del servicio.

    5 a 30 UMAS


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    Reglamento de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí: Artículo 33, 50 y 124 fracción II

    POE 12/04/2017

    Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Artículo 11 fracción II

    POE 01/03/2016

    Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, artículos 82, 83 108 fracción I , 112 y 129 fracción I.

    POE 21/03/2019

    Ley de Protección a la Salud de las Personas No Fumadoras. artículos 10 y 33 fracción I.

    POE 30/11/2017


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    Director General de Transporte Colectivo Metropolitano

    Ing. Urbano Menchaca Velázquez sct_umenchaca@slp.gob.mx

    Av. Muñoz No. 650 2°Piso, La Condesa C.P. 78170

    (444) 812-06-77
    (444) 814-79-08
    (444) 814-98-24
    Fax: (444) 814-21-64

  • Dependencia/Entidad:

    Secretaria de Comunicaciones y Transportes

    Unidad Respon:

    Direccion General de Comunicaciones y Transportes

    Clasificación:

    trámite

    Sector:

    COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - CAMINOS

    Área que lo ofrece:

    Departamento de Atención al Usuario

    Responsable:

    Leonardo Jiménez Pérez

    Cargo del Res.:

    Jefe de Grupo

    E-Mail del Resp.:

    sct_agomez@slp.gob.mx

    Clave Interna:

    Descripción:

    Devolución de la licencia cuando ésta sea retenida a su titular debido a alguna infracción a la Ley de Transporte Público, atribuible a su persona.

    Dirigido a:

    Operadores de Servicio de Transporte Público en todas las modalidades del Estado, Excepto Transporte Urbano Colectivo, Interurbano, Foráneo, Rural, Servicios Especiales de más de cinco pasajeros en los municipios de la Zona Metropolitana, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Mexquitic, Zaragoza y Villa de Reyes.

    Comprobante a recibir:

    Notificación por escrito y/o Infracción.

    Tiempo de Respuesta:

    1 día

    Vigencia:

    No aplica

    Periodo de recepción de solicitudes:

    Todo el año, excepto días inhábiles.

    Hora de recepción:

    De 8:00 a 14:30 horas de Lunes a Viernes hábiles

    Página Web:

    http://sct.slp.gob.mx/

    Observaciones:

    El pago de la multa será de acuerdo al tabulador establecido en el artículo 129 de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, la aplicación de multas por incumplimiento de las obligaciones de los concesionarios, permisionarios y operadores se ajustará a los tabuladores siguientes: I. De las sanciones al incumplimiento de las obligaciones de los operadores: de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, en la comisión de las infracciones establecidas en la presente Ley, se considera solidariamente responsable al titular de la concesión, permiso o autorización de que se trate. El trámite deberá efectuarlo el titular de la licencia.

    Última Modificación:

    2019-05-08

    Formato:

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Devolución de Licencia de servicio público infraccionada.

    El trámite deberá realizarlo el titular de la Licencia de servicio público presentando: 1.-Recibo de pago de la multa correspondiente. 2.-Identificación oficial del Titular de la Licencia. Todos los documentos se deben presentar en original para su cotejo y copia simple.


    Costos

    Concepto

    Monto

    a) Por efectuar ascenso y descenso de pasaje fuera de los lugares autorizados

    5 a 20 UMA

    b) Por prestar servicio con mala presentación personal, desaseado y, en su caso, sin el uniforme requerido.

    3 a 20 UMA

    c) Por tratar en forma irrespetuosa a usuarios y terceros durante la prestación del servicio.

    5 a 30 UMA

    d) Por poner en riesgo la seguridad de los usuarios y terceros al operar las unidades con falta de precaución.

    21 a 100 UMA

    e) Por no portar la licencia para conducir vehículos del servicio público y/o gafete de identificación a la vista del usuario.

    5 a 30 UMA

    f) Por conducir un vehículo de servicio público sin contar con la licencia respectiva, o ésta sea insuficiente para la modalidad.

    20 a 50 UMA

    g) Por no presentarse a acreditar los exámenes para verificar su aptitud y sus capacidades psicofísicas.

    3 a 20 UMA

    h) Por conducir vehículos de servicio público en ostensible mal estado de salud.

    3 a 20 UMA

    i) Por no respetar el trato preferencial a los adultos mayores, niños, personas con discapacidad, y mujeres embarazadas.

    5 a 20 UMA

    j) Por no cumplir y aprobar la capacitación.

    5 a 20 UMA

    k) Por no acatar indicaciones de las autoridades en materia de transporte, o por agredirlos física o verbalmente durante las diligencias de inspección, sin menoscabo de la responsabilidad penal que resulte.

    5 a 20 UMA

    l) Por utilizar o colocar en la unidad accesorios no indispensables que produzcan ruido y molesten, o pongan en riesgo la seguridad de usuarios y terceros.

    5 a 20 UMA

    m) Por circular con la o las puertas abiertas, o con pasaje en los estribos.

    20 a 50 UMA

    ñ) Por alterar las tarifas o sus reglas de aplicación.

    5 a 50 UMA

    n) Por exceder el número de pasajeros autorizados para cada vehículo en su tarjeta de circulación y/o modalidad de servicio.

    5 a 20 UMA

    o) Por conducir un vehículo del servicio del transporte público sin aprobar los exámenes previstos en la presente Ley y su reglamento.

    5 a 50 UMA

    p) Por la conducción de vehículos de transporte público, dentro o fuera del servicio, bajo la influencia de bebidas alcohólicas, enervantes o demás sustancias tóxicas.

    100 a 200 UMA

    q) Por abastecer combustible a los vehículos del servicio de transporte público con pasaje a bordo de los mismos.

    5 a 50 UMA

    r) Por negar, sin causa justificada, el servicio público de transporte,; para el caso de que se obstaculice, impida o niegue el servicio a adultos mayores, niños, personas con discapacidad y mujeres embarazadas.

    10 a 50 UMA

    s) Por fumar el conductor durante la prestación del servicio en los vehículos de transporte público de pasajeros, se sanciona de acuerdo a la Ley de Protección a la Salud de las Personas no Fumadoras. (Art. 33 fracc. I)

    Hasta 100 UMA

    t) Por llevar acompañantes a bordo del vehículo de servicio público cuando éste se encuentre en la prestación del mismo.

    5 a 20 UMA

    u) Por permitir o inducir el ascenso de usuarios por la puerta trasera en el caso de vehículos del servicio de transporte público colectivo urbano.

    5 a 30 UMA

    v) Por utilizar teléfonos celulares, o exceder la velocidad permitida, o no acatar las disposiciones de tránsito y vialidad, será sancionado en los términos que establece el art. 129 fracción I inciso d) de la Ley de Transporte Público.

    21 a 100 UMA

    w) Por no respetar itinerarios autorizados; establecer terminal en lugar no autorizado, no resguardar los vehículos en patios de pernocta o encierro, para las modalidades de transporte urbano, suburbano, foráneo, mixto, y colectivo de ruta rural.

    5 a 30 UMA

    x) Por utilizar el vehículo de servicio público para otros usos diferentes a la prestación del servicio.

    5 a 30 UMA

    y) Por falta de cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en los artículos 82 y 83 de la Ley de Transporte Público y 50 del reglamento de la Ley de Transporte Público.

    5 a 30 UMA


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    Reglamento de la Ley de Transporte Público del Estado , Artículo 33, 50 y 124 fracción II

    POE 12/04/2017

    Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: Artículo 11 fracción II

    POE 01/03/2016

    Ley de Protección a la Salud de las Personas No Fumadoras. (Art. 33 fracc. I)

    POE 30/11/2017

    Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, artículos 82, 8, 108 fracción I , 112 y 129 fracción I.

    POE 21/03/2019


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    Zona Metropolitana y Zona Centro con sede en oficinas centrales

    Ricardo Guevara Briones

    Av. Muñoz No. 650 1er. Piso, La Condesa, San Luis Potosí, S. L. P. C.P. 78170

    (444) 812-06-77
    (444) 814-79-08
    (444) 814-98-24
    Fax: (444) 814-21-64

    Delegación Zona Altiplano con sede en Matehuala, S. L. P.

    José Paz Villanueva Contreras sct_delegzaltiplano@slp.gob.mx

    Insurgentes No. 212, Centro C.P. 78700

    (481) 887 7273

    Delegación Zona Huasteca Norte con sede en Cd. Valles, S. L. P.

    Jorge García Medina sct_delegzhnorte@slp.gob.mx

    Boulevard México Laredo No. 1295, Fraccionamiento Norte Residencial C.P. 79020

    (481) 381 3000

    Delegación Huasteca Sur con sede en Tamazunchale, S. L. P.

    Juan Silvestre Rivera Pérez

    Carretera México Laredo, Privada Roger No. 1, 2° Piso, Barrio San Rafael, Tamazunchale, S. L. P. C.P. 79960

    (483) 362 1880

    Delegación Zona Media con sede en Río Verde, S. L. P.

    Arnulfo Urbiola Ramón sct_delegzmedia@slp.gob.mx

    Hidalgo No. 601, Centro C.P. 79610

    (487) 872 6002

  • Dependencia/Entidad:

    Secretaria de Comunicaciones y Transportes

    Unidad Respon:

    Direccion General de Transporte Colectivo Metropolitano

    Clasificación:

    trámite

    Sector:

    COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - CAMINOS

    Área que lo ofrece:

    Unidad de trámites y Atención a concesionarios

    Responsable:

    Juana María Rodríguez Salazar

    Cargo del Res.:

    Jefe de Departamento

    E-Mail del Resp.:

    sct_umenchaca@slp.gob.mx

    Clave Interna:

    Descripción:

    Trámite que realiza el concesionario, permisionario, apoderado legal o propietario particular, cuando el vehículo de transporte público y/o vehículos particulares no autorizados para prestar servicio de transporte público ha sido detenido y remitido a la pensión por incumplimiento de las obligaciones o por incurrir en infracción a la Ley de Transporte Público, para que le sea devuelto.

    Dirigido a:

    Concesionarios de Transporte Urbano Colectivo, Interurbano, Foráneo, Rural, Servicios Especiales (de más de cinco pasajeros) en los municipios de la Zona Metropolitana, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Mexquitic de Carmona, Villa de Zaragoza y Villa de Reyes.

    Comprobante a recibir:

    Orden de salida del vehículo detenido, dirigida al encargado de la Pensión.

    Tiempo de Respuesta:

    Un día

    Vigencia:

    Permanente

    Periodo de recepción de solicitudes:

    Todo el año, excepto días inhábiles.

    Hora de recepción:

    De 8:00 a 14:00 horas de Lunes a Viernes hábiles

    Página Web:

    http://sctslp.gob.mx

    Observaciones:

    El pago de la multa será de acuerdo al tabulador que establece el artículo 129 La aplicación de multas por incumplimiento de las obligaciones de los, concesionarios, permisionarios, y operadores, se ajustará a los tabuladores siguientes: fracción II De las sanciones al incumplimiento de las obligaciones, de los titulares de concesiones, permisos o autorizaciones: de la Ley de Transporte Público. El trámite debe efectuarlo el concesionario o su apoderado legal.

    Última Modificación:

    2019-09-19

    Formato:

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Requisitos Generales:

    1.-Factura o carta factura del vehículo, 2.-Identificación oficial del concesionario o representante legal. 3-Recibo de pago de la multa correspondiente. 4.- Poder Notarial para cotejo en caso de ser apoderado. Todos los documentos se deben presentar en original para su cotejo y copia simple.


    Costos

    Concepto

    Monto

    a) Por ordenar al operador del vehículo prestar el servicio en modalidad distinta a la autorizada

    100 a 500 UMAS y se revocará la concesión, permiso o autorización.

    b) Por no contar con lugares de encierro para los vehículos del servicio de transporte público cuando así lo determine la Secretaría, y se utilice la vía pública para este fin.

    100 a 300 UMAS

    c) Por portar un vehículo afecto a una concesión, permiso o autorización para la prestación del servicio público de transporte, publicidad sin la autorización correspondiente.

    50 a 300 UMAS

    d) Por no presentarse a la revista vehicular en las fechas y lugares que señale la Secretaría mediante convocatoria respectiva.

    Por No presentarse a la revista100 a 200 UMAS; Si no aprueba y sigue prestando servicio 200 a 300 UMAS

    e) Por interrumpir la prestación del servicio en forma injustificada, o sin haber dado aviso a la Secretaría, o que ésta no lo haya autorizado

    100 a 300 UMAS y se revocará la concesión, permiso o autorización.

    f) Por negarse los titulares de las concesiones, permisos o autorizaciones a proporcionar informes, datos y documentos necesarios para conocer y evaluar la prestación del servicio concesionado o permisionario.

    Personas Físicas 50 a100 UMAS; Personas Morales 100 a 300 UMAS

    g) Alterar en cualquier forma el diseño, estructura y construcción original de los vehículos, no conservar el vehículo, equipo e instalaciones en óptimas condiciones para prestar el servicio.

    50 a 100 UMAS y el vehículo será retirado de la circulación.

    h) Por utilizar como terminal la vía pública en lugares no autorizados por la Secretaría, prohibidos, o no destinados para ello.

    50 a 100 UMAS

    i) Por modificar o alterar sin autorización de la Secretaría, los itinerarios, rutas, horarios, frecuencias de servicio, terminales, o condiciones autorizadas para la prestación del servicio público de transporte.

    50 a 100 UMAS

    j) Por permitir que personas que carezcan de la licencia o el gafete para conducir vehículos de servicio público, sean éstos insuficientes, o de modalidad distinta a la del servicio que se presta, o se encuentren vencidos.

    50 a 300 UMAS

    k) Por no portar póliza de seguro vigente a bordo de vehículo afecto a una concesión de servicio público de transporte

    50 a 300 UMAS y el vehículo será retirado de la circulación.

    l) Por ordenar aplicación de tarifas y reglas de operación no autorizadas por la Secretaría.

    50 a 300 UMAS y el vehículo será retirado de la circulación.

    m) Por falta de una o ambas placas, éstas estén vencidas, o no portar a bordo del vehículo afecto a la prestación del servicio de transporte público la tarjeta de circulación.

    50 a 300 UMAS

    n) Por no contar con número económico y demás elementos de identificación e información al usuario, o no llevar en lugar visible la tarifa autorizada.

    20 a 50 UMAS

    ñ) Por no cumplir con las disposiciones en materia de accesibilidad a personas con discapacidad.

    50 a 100 UMAS

    o) Por no dotar de por lo menos dos uniformes al año a los operadores.

    20 a 50 UMAS

    p) No cumplir las obligaciones de seguridad social y proporcionar a su costa, la capacitación continua y permanente a sus operadores y demás personas que tengan relación con el servicio público de transporte concesionado, o autorizado.

    20 a 100 UMAS

    q) Por prestar el servicio público de transporte en vehículos que excedan la antigüedad máxima permitida, o que se encuentren en malas condiciones mecánicas, físicas o de operación

    20 a 100 UMAS y el vehículo será retirado de la circulación.

    r) Por no cumplir las disposiciones jurídicas y administrativas en materia ambiental aplicables al servicio público de transporte, o que los vehículos emitan humo en exceso.

    20 a 50 UMAS

    s) Por negarse a prestar el servicio de manera gratuita cuando por causas de fuerza mayor, caso fortuito, desastres naturales, contingencias, movimientos sociales o cuestiones de seguridad pública así se requiera.

    20 a 100 UMAS

    t) Instruir o inducir a sus operadores a no cumplir disposiciones legales y administrativas en materia de tránsito, transporte y vialidad.

    20 a 100 UMAS

    u) No instalar o mantener fuera de operación dispositivos para control de velocidad

    20 a 100 UMAS

    v) Por alterar los taxímetros, sistemas de prepago y demás equipos utilizados para el cobro y aplicación de tarifas autorizadas.

    50 a 100 UMAS

    w) Por falta de cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en el artículo 81 de la presente Ley.

    5 a 50 UMAS


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    Reglamento de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, Artículo 126 y 127

    POE 12/04/2017

    Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Artículo 11 fracción II y XXXIV.

    POE 01/03/2016

    Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, artículos 81, 108 fracción III, 109 y 129 fracción II, 133 párrafo sexto.

    POE 21/03/2019


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    Director General de Transporte Colectivo Metropolitano

    Ing. Urbano Menchaca Velázquez sct_umenchaca@slp.gob.mx

    Av. Muñoz No. 650 2°Piso, La Condesa C.P. 78170

    (444) 812-06-77
    (444) 814-79-08
    (444) 814-98-24
    Fax: (444) 814-21-64

  • Dependencia/Entidad:

    Secretaria de Seguridad Publica

    Unidad Respon:

    Direccion General de Seguridad Publica del Estado

    Clasificación:

    trámite

    Sector:

    SEGURIDAD PÚBLICA

    Área que lo ofrece:

    Unidad de Policía y tránsito del Estado (Devolución de vehículos)

    Responsable:

    CP. Armando Morales Rubio.

    Cargo del Res.:

    Jefe de la Unidad de Policía y Tránsito del Estado

    E-Mail del Resp.:

    peritoguardiadgspe@hotmail.com

    Clave Interna:

    Descripción:

    Se expide oficio de devolución de vehículo dirigido al responsable de la pensión en que se encuentra resguardo para que le sea devuelto a su propietario, previo pago de los costos generados a dicha pensión.

    Dirigido a:

    Ciudadanía en general.

    Comprobante a recibir:

    Oficio de devolución de vehículo.

    Tiempo de Respuesta:

    20 a 30 minutos.

    Vigencia:

    No aplica.

    Periodo de recepción de solicitudes:

    Permanente.

    Hora de recepción:

    de 08:00 a 13:00 hrs. Días hábiles.

    Página Web:

    http://sspslp.mx/unidad-de-policia-y-transito.php

    Observaciones:

    el oficio no cuenta con vigencia, es responsabilidad del propietario sacar su vehículo de la pensión para no seguir generando costos.

    Última Modificación:

    2019-04-04

    Formato:

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Requisitos:

    1.- Oficio de liberación emitido por el C. Agente del Ministerio Público, (en su caso) 2.-Factura del vehículo/título de propiedad y pedimento de importación. 3.-Identificación oficial vigente (IFE, INE, Cartilla del Servicio Militar o Pasaporte) ampliada al 200%. 4.- Comprobante de domicilio reciente (no mayor a 3 meses) 5.- Recibo de pago de infracción (en caso de contar con esta). 6.- Tarjeta de circulación del vehículo.


    Costos

    Concepto

    Monto

    Oficio de Devolución Vehículo.

    Gratuito.


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí: Artículo 61.

    POE 22/02/2018.

    Reglamento Interior de la Dirección General de Seguridad Pública del Estado, Artículo 18 fracciones XIV y XVI

    POE 22/09/2015


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    Director General de Seguridad Publica del Estado

    Inspector General. Raul Alanis Beltran

    Eje vial esq. Insurgentes, Zona Centro C.P. 78000

    (444) 8 12-67-28
    (444) 8 12-53-24
    Fax: (444) 8 12-14-40

  • Dependencia/Entidad:

    Secretaria de Seguridad Publica

    Unidad Respon:

    Direccion General de Seguridad Publica del Estado

    Clasificación:

    trámite

    Sector:

    SEGURIDAD PÚBLICA

    Área que lo ofrece:

    Unidad de Policía y tránsito del Estado

    Responsable:

    CP. Armando Morales Rubio.

    Cargo del Res.:

    Jefe de la Unidad de Policía y Tránsito del Estado

    E-Mail del Resp.:

    peritoguardiadgspe@hotmail.com

    Clave Interna:

    Descripción:

    Después de que el ciudadano realiza el pago del importe de sus multas de tránsito estatal en la Secretaría de Finanzas del Estado, si le fue retenido algún documento como garantía, debe presentarse en las oficinas de la Unidad de Tránsito Estatal y presentar sus comprobantes de pago para que se le devuelva el documento que le fue retenido (licencia de manejo, tarjeta de circulación, placas, o documento firmado).

    Dirigido a:

    Ciudadanía en General.

    Comprobante a recibir:

    Documento que le fue retenido en garantía.

    Tiempo de Respuesta:

    30 minutos.

    Vigencia:

    No aplica

    Periodo de recepción de solicitudes:

    Permanente.

    Hora de recepción:

    De 08:00 a 13:00 horas en días hábiles.

    Página Web:

    http://sspslp.mx/unidad-de-policia-y-transito.php

    Observaciones:

    Última Modificación:

    2019-04-02

    Formato:

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Requisitos Generales:

    Original y copia de la identificación oficial vigente con fotografía (pasaporte, cartilla militar), si presenta cédula profesional, INE o IFE, la copia debe ser ampliada al 200%, recibo de pago de la infracción a la Secretaría de Finanzas del Estado.


    Costos

    Concepto

    Monto

    Trámite.

    Gratuito.


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    Reglamento interior de la Dirección General de Seguridad Pública del Estado: Articulo 18 fracción XXX

    POE 22/09/2015.

    Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí: Artículos. 43, 44, 46 fracción II, 95 y 96.

    POE 22/02/2018


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    Director General de Seguridad Publica del Estado

    Inspector General. Raul Alanis Beltran

    Eje vial esq. Insurgentes, Zona Centro C.P. 78000

    (444) 8 12-67-28
    (444) 8 12-53-24
    Fax: (444) 8 12-14-40

  • Dependencia/Entidad:

    Secretaria de Finanzas

    Unidad Respon:

    Direccion Juridica y de Capacitacion Fiscal

    Clasificación:

    trámite

    Sector:

    ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

    Área que lo ofrece:

    Dirección Jurídica y de Capacitación Fiscal.

    Responsable:

    Lic. Sara Georgina Hernández Aguilar

    Cargo del Res.:

    Director Juridico y de Capacitación Fiscal

    E-Mail del Resp.:

    sara.hernandez@slp.gob.mx

    Clave Interna:

    Descripción:

    Cuando el contribuyente hubiere efectuado un pago indebido o tenga un saldo a su favor, tendrá derecho a la devolución correspondiente, la que procederá de oficio o a petición del interesado.

    Dirigido a:

    Ciudadanía

    Comprobante a recibir:

    Solicitud con acuse de recibo

    Tiempo de Respuesta:

    30 días

    Vigencia:

    2018

    Periodo de recepción de solicitudes:

    2018

    Hora de recepción:

    8:00 a 14:00 hrs.

    Página Web:

    http://www.slpfinanzas.gob.mx

    Observaciones:

    De no proceder la petición se informarán por escrito los motivos.

    Última Modificación:

    2018-11-27

    Formato:

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Requisitos Generales:

    * Solicitud por escrito. * Original de los recibos de pago donde se demuestre el pago de lo indebido. *Identificación del contribuyente. (original y copia)


    Costos

    Concepto

    Monto

    Trámite / Servicio

    Gratuito


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí: Artículo 35

    POE 31/12/2017

    Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas artículo 21 fracción V

    POE 07/05/2005


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    Dirección Jurídica y de Capacitación Fiscal

    Lic. Sara Georgina Hernández Aguilar

    Madero No. 436, Centro C.P. 78000

    (444) 814 19 74
    (444) 812 02 03
    Fax: (444) 812 02 03

  • Dependencia/Entidad:

    Secretaria de Comunicaciones y Transportes

    Unidad Respon:

    Direccion General de Comunicaciones y Transportes

    Clasificación:

    trámite

    Sector:

    COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - CAMINOS

    Área que lo ofrece:

    Unidad de Inspección

    Responsable:

    Ricardo Guevara Briones

    Cargo del Res.:

    Director General de Comunicaciones y Transportes

    E-Mail del Resp.:

    sct_agomez@slp.gob.mx

    Clave Interna:

    Descripción:

    Trámite que realiza el concesionario, permisionario, apoderado legal o propietario particular, cuando el vehículo de transporte público y/o vehículos particulares no autorizados para prestar servicio de transporte público se detienen y remiten a la pensión por incumplimiento de las obligaciones o por incurrir en infracción a la Ley de Transporte Público, para que le sea devuelto.

    Dirigido a:

    Concesionarios, permisionarios y operadores de Servicio de Transporte Público en todas las modalidades del Estado, así como propietarios o conductores de vehículos particulares que carezcan de concesión o permiso por parte del Ejecutivo del Estado para la prestación del servicio público de transporte. Excepto Transporte Urbano Colectivo, Interurbano, Foráneo, Rural, Servicios Especiales de más de cinco pasajeros en los municipios de la Zona Metropolitana, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Mexquitic, Zaragoza y Villa de Reyes.

    Comprobante a recibir:

    Orden de salida del vehículo detenido, dirigida al encargado de la Pensión.

    Tiempo de Respuesta:

    vehículo autorizado 2 días, vehículo particular no autorizado es variable.

    Vigencia:

    Permanente

    Periodo de recepción de solicitudes:

    Todo el año, excepto días inhábiles.

    Hora de recepción:

    De 8:30 a 14:00 horas de Lunes a Viernes hábiles

    Página Web:

    http://sctslp.gob.mx

    Observaciones:

    La devolución de vehículo particular no autorizado es variable; en razón de que el propietario es quien debe iniciar dicha gestión.

    Última Modificación:

    2019-05-08

    Formato:

    Requisitos

    Concepto

    Requisito

    Devolución de Vehículo autorizado para la prestación de servicio público asegurado

    El trámite debe efectuarlo el concesionario, permisionario o su apoderado legal. 1.-Factura o carta factura del vehículo, 2.-Tarjeta de circulación, 3.- Póliza de seguro, 4,-Identificación oficial del concesionario o representante legal. 5- Poder notarial original para cotejo en caso de ser apoderado 6.-Recibo de pago de la multa correspondiente. Todos los documentos se deben presentar en original para su cotejo y copia simple.

    Devolución de Vehículo Particular NO autorizado para la prestación de servicio público asegurado

    1.- El trámite debe efectuarlo el propietario del vehículo. 2.-Factura o carta factura del vehículo, 3.-Tarjeta de circulación, 4,-Identificación oficial del propietario 5-Recibo de pago de la multa correspondiente. Todos los documentos se deben presentar en original para su cotejo y copia simple. La copia de la identificación oficial y la tarjeta de circulación se presentaran en ampliación al 200%.


    Costos

    Concepto

    Monto

    a) Por prestar el servicio en modalidad distinta a la autorizada,

    100 a 500 UMA

    b) Por no contar con lugares de encierro para los vehículos del servicio de transporte público y se utilice la vía pública para este fin.

    100 a 300 UMA

    c) Por portar publicidad sin la autorización correspondiente.

    50 a 300 UMA

    d) Por no presentarse a la revista vehicular y en el caso de que presentado el vehículo no haya aprobado la revisión siga prestando el servicio.

    Por no presentarse a la revista de 100 a 200 UMA; Si no aprueba y sigue prestando servicio de 200 a 300 UMA

    e) Por interrumpir la prestación del servicio en forma injustificada, o sin haber dado aviso a la Secretaría.

    100 a 300 UMA

    f) Por negarse a proporcionar los informes, datos y documentos necesarios para conocer y evaluar la prestación del servicio concesionado o permisionado.

    Personas físicas de 50 a 100 UMA; Personas Morales de 100 a 300 UMA

    g) Por alterar en cualquier forma el diseño, estructura y construcción original de los vehículos, equipos e instalaciones en óptimas condiciones para la prestación del servicio.

    50 a 100 UMA

    h) Por utilizar como terminal la vía pública en lugares no autorizados o prohibidos, o no destinados para ello.

    50 a 100 UMA

    i) Por modificar o alterar, los itinerarios, rutas, horarios, frecuencias de servicio, terminales, o condiciones autorizadas para la prestación del servicio público de transporte.

    50 a 100 UMA

    j) Por carecer de licencia o gafete para conducir vehículos de servicio público, o de modalidad distinta al servicio que se presta, o se encuentren vencidos.

    50 a 300 UMA

    k) Por no portar póliza de seguro vigente a bordo de vehículo.

    50 a 300 UMA

    l) Por ordenar aplicación de tarifas y reglas de operación no autorizadas por la Secretaría.

    50 a 300 UMA

    m) Por falta de una o ambas placas, éstas estén vencidas, o no portar a bordo del vehículo la tarjeta de circulación.

    50 a 300 UMA

    n) Por no contar con número económico y demás elementos de identificación e información al usuario, o no llevar en lugar visible la tarifa autorizada.

    20 a 50 UMA

    ñ) Por no cumplir con las disposiciones en materia de accesibilidad a personas con discapacidad.

    50 a 100 UMA

    o) Por no dotar de por lo menos dos uniformes al año a los operadores.

    20 a 50 UMA

    p) Por no cumplir obligaciones de seguridad social y proporcionar la capacitación continua y permanente a sus operadores y demás personas que tengan relación con el servicio público de transporte.

    20 a 100 UMA

    Por prestar el servicio de transporte público de cualquier modalidad y carezca de concesión o permiso otorgados por el Ejecutivo del Estado.

    300 a 500 UMA

    q) Por prestar el servicio público de transporte en vehículos que excedan la antigüedad máxima permitida, o que se encuentren en malas condiciones mecánicas, físicas o de operación.

    20 a 100 UMA

    r) Por no cumplir las disposiciones jurídicas y administrativas en materia ambiental o que los vehículos ostensiblemente emitan humo en exceso.

    20 a 50 UMA

    s) Por negarse a prestar el servicio de manera gratuita por causas de fuerza mayor, caso fortuito, desastres naturales, contingencias, movimientos sociales o cuestiones de seguridad pública así se requiera.

    20 a 100 UMA

    t) Por instruir o inducir a sus operadores a no cumplir las disposiciones legales y administrativas en materia de tránsito, transporte y vialidad.

    20 a 100 UMA

    u) Por no instalar o mantener fuera de operación los dispositivos para el control de velocidad a que hace referencia la fracción III del artículo 36 de la Ley de Transporte Público.

    20 a 100 UMA

    v) Por alterar los taxímetros, sistemas de prepago y demás equipos utilizados para el cobro y aplicación de tarifas autorizadas.

    50 a 100 UMA

    w) Por falta de cumplimiento de las obligaciones como concesionarios y permisionarios establecidas en el artículo 81 de la Ley de Transporte Público.

    5 a 50 UMA


    Fundamento Jurídico

    Fundamento Jurídico

    Fecha de Publicación

    Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes Artículo 12 fracciones XXXII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXIX, XL, XLII y XLIII.

    POE 01/03/2016

    Ley de Transporte Público del Estado; Artículos 17 fracción IV, 108 fracción II, 109, 110, 112, 127, 128, 129, 130 Y 132.

    POE 21/03/2019


    Ubicación

    Descripción

    Responsable

    Dirección

    Ubicación

    Teléfono/Fax

    Zona Metropolitana y Zona Centro con sede en oficinas centrales

    Ricardo Guevara Briones

    Av. Muñoz No. 650 1er. Piso, La Condesa, San Luis Potosí, S. L. P. C.P. 78170

    (444) 812-06-77
    (444) 814-79-08
    (444) 814-98-24
    Fax: (444) 814-21-64

    Delegación Zona Altiplano con sede en Matehuala, S. L. P.

    José Paz Villanueva Contreras sct_delegzaltiplano@slp.gob.mx

    Insurgentes No. 212, Centro C.P. 78700

    (481) 887 7273

    Delegación Zona Huasteca Norte con sede en Cd. Valles, S. L. P.

    Jorge García Medina sct_delegzhnorte@slp.gob.mx

    Boulevard México Laredo No. 1295, Fraccionamiento Norte Residencial C.P. 79020

    (481) 381 3000

    Delegación Huasteca Sur con sede en Tamazunchale, S. L. P.

    Juan Silvestre Rivera Pérez

    Carretera México Laredo, Privada Roger No. 1, 2° Piso, Barrio San Rafael, Tamazunchale, S. L. P. C.P. 79960

    (483) 362 1880

    Delegación Zona Media con sede en Río Verde, S. L. P.

    Arnulfo Urbiola Ramón sct_delegzmedia@slp.gob.mx

    Hidalgo No. 601, Centro C.P. 79610

    (487) 872 6002

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