Devolución de vehículos autorizados y/o vehículos particulares no autorizados para prestar servicio público de transporte detenidos.

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia/Entidad:

Secretaria de Comunicaciones y Transportes

Unidad Respon:

Direccion General de Comunicaciones y Transportes

Clasificación:

trámite

Sector:

COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - CAMINOS

Área que lo ofrece:

Unidad de Inspección

Responsable:

Ricardo Guevara Briones

Cargo del Res.:

Director General de Comunicaciones y Transportes

E-Mail del Resp.:

sct_agomez@slp.gob.mx

Clave Interna:

Descripción:

Trámite que realiza el concesionario, permisionario, apoderado legal o propietario particular, cuando el vehículo de transporte público y/o vehículos particulares no autorizados para prestar servicio de transporte público se detienen y remiten a la pensión por incumplimiento de las obligaciones o por incurrir en infracción a la Ley de Transporte Público, para que le sea devuelto.

Dirigido a:

Concesionarios, permisionarios y operadores de Servicio de Transporte Público en todas las modalidades del Estado, así como propietarios o conductores de vehículos particulares que carezcan de concesión o permiso por parte del Ejecutivo del Estado para la prestación del servicio público de transporte. Excepto Transporte Urbano Colectivo, Interurbano, Foráneo, Rural, Servicios Especiales de más de cinco pasajeros en los municipios de la Zona Metropolitana, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Mexquitic, Zaragoza y Villa de Reyes.

Comprobante a recibir:

Orden de salida del vehículo detenido, dirigida al encargado de la Pensión.

Tiempo de Respuesta:

vehículo autorizado 2 días, vehículo particular no autorizado es variable.

Vigencia:

Permanente

Periodo de recepción de solicitudes:

Todo el año, excepto días inhábiles.

Hora de recepción:

De 8:30 a 14:00 horas de Lunes a Viernes hábiles

Página Web:

http://sctslp.gob.mx

Observaciones:

La devolución de vehículo particular no autorizado es variable; en razón de que el propietario es quien debe iniciar dicha gestión.

Última Modificación:

2019-05-08

Formato:

Requisitos

Concepto

Requisito

Devolución de Vehículo autorizado para la prestación de servicio público asegurado

El trámite debe efectuarlo el concesionario, permisionario o su apoderado legal. 1.-Factura o carta factura del vehículo, 2.-Tarjeta de circulación, 3.- Póliza de seguro, 4,-Identificación oficial del concesionario o representante legal. 5- Poder notarial original para cotejo en caso de ser apoderado 6.-Recibo de pago de la multa correspondiente. Todos los documentos se deben presentar en original para su cotejo y copia simple.

Devolución de Vehículo Particular NO autorizado para la prestación de servicio público asegurado

1.- El trámite debe efectuarlo el propietario del vehículo. 2.-Factura o carta factura del vehículo, 3.-Tarjeta de circulación, 4,-Identificación oficial del propietario 5-Recibo de pago de la multa correspondiente. Todos los documentos se deben presentar en original para su cotejo y copia simple. La copia de la identificación oficial y la tarjeta de circulación se presentaran en ampliación al 200%.


Costos

Concepto

Monto

a) Por prestar el servicio en modalidad distinta a la autorizada,

100 a 500 UMA

b) Por no contar con lugares de encierro para los vehículos del servicio de transporte público y se utilice la vía pública para este fin.

100 a 300 UMA

c) Por portar publicidad sin la autorización correspondiente.

50 a 300 UMA

d) Por no presentarse a la revista vehicular y en el caso de que presentado el vehículo no haya aprobado la revisión siga prestando el servicio.

Por no presentarse a la revista de 100 a 200 UMA; Si no aprueba y sigue prestando servicio de 200 a 300 UMA

e) Por interrumpir la prestación del servicio en forma injustificada, o sin haber dado aviso a la Secretaría.

100 a 300 UMA

f) Por negarse a proporcionar los informes, datos y documentos necesarios para conocer y evaluar la prestación del servicio concesionado o permisionado.

Personas físicas de 50 a 100 UMA; Personas Morales de 100 a 300 UMA

g) Por alterar en cualquier forma el diseño, estructura y construcción original de los vehículos, equipos e instalaciones en óptimas condiciones para la prestación del servicio.

50 a 100 UMA

h) Por utilizar como terminal la vía pública en lugares no autorizados o prohibidos, o no destinados para ello.

50 a 100 UMA

i) Por modificar o alterar, los itinerarios, rutas, horarios, frecuencias de servicio, terminales, o condiciones autorizadas para la prestación del servicio público de transporte.

50 a 100 UMA

j) Por carecer de licencia o gafete para conducir vehículos de servicio público, o de modalidad distinta al servicio que se presta, o se encuentren vencidos.

50 a 300 UMA

k) Por no portar póliza de seguro vigente a bordo de vehículo.

50 a 300 UMA

l) Por ordenar aplicación de tarifas y reglas de operación no autorizadas por la Secretaría.

50 a 300 UMA

m) Por falta de una o ambas placas, éstas estén vencidas, o no portar a bordo del vehículo la tarjeta de circulación.

50 a 300 UMA

n) Por no contar con número económico y demás elementos de identificación e información al usuario, o no llevar en lugar visible la tarifa autorizada.

20 a 50 UMA

ñ) Por no cumplir con las disposiciones en materia de accesibilidad a personas con discapacidad.

50 a 100 UMA

o) Por no dotar de por lo menos dos uniformes al año a los operadores.

20 a 50 UMA

p) Por no cumplir obligaciones de seguridad social y proporcionar la capacitación continua y permanente a sus operadores y demás personas que tengan relación con el servicio público de transporte.

20 a 100 UMA

Por prestar el servicio de transporte público de cualquier modalidad y carezca de concesión o permiso otorgados por el Ejecutivo del Estado.

300 a 500 UMA

q) Por prestar el servicio público de transporte en vehículos que excedan la antigüedad máxima permitida, o que se encuentren en malas condiciones mecánicas, físicas o de operación.

20 a 100 UMA

r) Por no cumplir las disposiciones jurídicas y administrativas en materia ambiental o que los vehículos ostensiblemente emitan humo en exceso.

20 a 50 UMA

s) Por negarse a prestar el servicio de manera gratuita por causas de fuerza mayor, caso fortuito, desastres naturales, contingencias, movimientos sociales o cuestiones de seguridad pública así se requiera.

20 a 100 UMA

t) Por instruir o inducir a sus operadores a no cumplir las disposiciones legales y administrativas en materia de tránsito, transporte y vialidad.

20 a 100 UMA

u) Por no instalar o mantener fuera de operación los dispositivos para el control de velocidad a que hace referencia la fracción III del artículo 36 de la Ley de Transporte Público.

20 a 100 UMA

v) Por alterar los taxímetros, sistemas de prepago y demás equipos utilizados para el cobro y aplicación de tarifas autorizadas.

50 a 100 UMA

w) Por falta de cumplimiento de las obligaciones como concesionarios y permisionarios establecidas en el artículo 81 de la Ley de Transporte Público.

5 a 50 UMA


Fundamento Jurídico

Fundamento Jurídico

Fecha de Publicación

Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes Artículo 12 fracciones XXXII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXIX, XL, XLII y XLIII.

POE 01/03/2016

Ley de Transporte Público del Estado; Artículos 17 fracción IV, 108 fracción II, 109, 110, 112, 127, 128, 129, 130 Y 132.

POE 21/03/2019


Ubicación

Descripción

Responsable

Dirección

Ubicación

Teléfono/Fax

Zona Metropolitana y Zona Centro con sede en oficinas centrales

Ricardo Guevara Briones

Av. Muñoz No. 650 1er. Piso, La Condesa, San Luis Potosí, S. L. P. C.P. 78170

(444) 812-06-77
(444) 814-79-08
(444) 814-98-24
Fax: (444) 814-21-64

Delegación Zona Altiplano con sede en Matehuala, S. L. P.

José Paz Villanueva Contreras sct_delegzaltiplano@slp.gob.mx

Insurgentes No. 212, Centro C.P. 78700

(481) 887 7273

Delegación Zona Huasteca Norte con sede en Cd. Valles, S. L. P.

Jorge García Medina sct_delegzhnorte@slp.gob.mx

Boulevard México Laredo No. 1295, Fraccionamiento Norte Residencial C.P. 79020

(481) 381 3000

Delegación Huasteca Sur con sede en Tamazunchale, S. L. P.

Juan Silvestre Rivera Pérez

Carretera México Laredo, Privada Roger No. 1, 2° Piso, Barrio San Rafael, Tamazunchale, S. L. P. C.P. 79960

(483) 362 1880

Delegación Zona Media con sede en Río Verde, S. L. P.

Arnulfo Urbiola Ramón sct_delegzmedia@slp.gob.mx

Hidalgo No. 601, Centro C.P. 79610

(487) 872 6002

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