"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Trámite:
Modalidad:
REALIZACIÓN DE ESTADÍA
VENTANILLA
Objetivo del Trámite:
QUE LOS ALUMNOS REALICEN SU ESTADÍA PROFESIONAL (PRACTICAS), COMO PARTE DE LAS ACTIVIDADES DEL PROGRAMA DE ESTUDIO DE LA CARRERA
Unidad Administrativa responsable del Trámite:
Mes y Año (MM y AA):
SECRETARÍA ACADÉMICA
14 - 18
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
SOLICITUD DE OFICIO DE PRESENTACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ESTADÍA
OFICIO DE ACPETACIÓN
CARTA DE EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD Y AUTORIZACIÓN DEL PADRE O TUTOR
COPIA DE CREDENCIAL DEL PADRE O TUTOR
CARNET DE SERVICIO MEDICO
RUBRICA DE EVALUACIÓN DEL ASESOR ACADÉMICO
RUBRICA DE EVALUACIÓN DEL ASESOR LABORAL
INFORME FINAL DE ESTADÍA
LIBERACIÓN DE LA ESTADÍA
Referencia electrónica que complementa los requisitos
DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN Y PRACTICAS PROFESIONALES
Domicilio:
AV. 39 ENTRE CALLE 50 Y 54 C. P. 77930, BACALAR, QUINTANA ROO
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
983 83 4 23 40
N/A
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
CUATRIMESTRAL
1 A 3 DÍAS HÁBILES
Criterios de resolución:
EL ALUMNOS QUE REALICE SU ESTADÍA DEBE MANTENER EL ESTATUS DE REGULAR Y NO ADEUDAR NINGUNA ASIGNATURA, EN CASO CONTRARIO, NO PODRÁ LLEVAR A CABO ESTE PROCESO
"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Trámite:
Modalidad:
REALIZACIÓN DE SERVICIO SOCIAL
VENTANILLA
Objetivo del Trámite:
QUE LOS ALUMNOS DE LAS LICENCIATURAS Y TERAPIA FÍSICA REALICEN SU SERVICIO SOCIAL COMO REQUISITO PARA SU TITULACIÓN
Unidad Administrativa responsable del Trámite:
Mes y Año (MM y AA):
SECRETARÍA ACADÉMICA
05 - 18
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
OFICIO DE PRESENTACIÓN EXPEDIDO POR LA ESCUELA (ORIGINAL)
Referencia electrónica que complementa los requisitos
DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN Y PRACTICAS PROFESIONALES
Domicilio:
AV. 39, ENTRE CALLES 50 Y 54, MZ 271
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
983 83 4 23 40
N/A
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
UN CUATRIMESTRE
5 A 15 DÍAS HÁBILES
Criterios de resolución:
EL ALUMNO QUE REALIZA SU SERVICIO SOCIAL DEBE HABER CONCLUIDO Y APROBADO TODAS SUS ASIGANTURAS DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS VIGENTE
Observaciones:
EL SERVICIO SOCIAL TIENE UNA DURACIÓN DE UN AÑO, SE INICIA EN EL MES DE FEBRERO Y SE CONCLUYE EN EL MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE. SE TIENE QUE PARTICIPAR EN EL SORTEO PÚBLICO PARA LA ELECCIÓN DE CAMPOS CLÍNICOS (ESPACIOS PARA REALIZAR EL SERVICIO) QUE SE REALIZA EN PRESENCIA DE TODOS LOS ALUMNOS DE LA CARRERA, DE LAS AUTORIDADES DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y DE LAS AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD
"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Servicio:
Modalidad:
RECEPCIÓN DE DENUNCIAS DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
VENTANILLA
Objetivo del Servicio:
RECEPCIONAR LAS DENUNCIAS QUE REALIZAN LOS CIUDADANOS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA QUE NO PUBLICARA LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA EN SU PORTAL DE INTERNET, CON LA FINALIDAD DE TURNARLAS AL "INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO" (ÓRGANO GARANTE) PARA SU PRONTA ATENCIÓN CONFORME LA NORMATIVIDAD DE LA MATERIA.
Unidad Administrativa responsable del Servicio:
Mes y Año (MM y AA):
DIRECCIÓN JURÍDICA
08 - 19
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
Artículo 114. La denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia deberá cumplir, al menos, los siguientes requisitos:
I. Nombre del sujeto obligado denunciado; II. Descripción clara y precisa del incumplimiento denunciado; III. El denunciante podrá adjuntar los medios de prueba que estime necesarios para respaldar el incumplimiento denunciado; IV. En caso de que la denuncia se presente por escrito, el denunciante deberá señalar el domicilio en la jurisdicción que corresponda o la dirección de correo electrónico para recibir notificaciones. En caso de que la denuncia se presente por medios electrónicos, se entenderá que se acepta que las notificaciones se efectúen por el mismo medio. En caso de que no se señale domicilio o dirección de correo electrónico o se señale un domicilio fuera de la jurisdicción respectiva, las notificaciones, aún las de carácter personal, se practicarán a través de los estrados físicos del Instituto, y V. El nombre del denunciante y, opcionalmente, su perfil, únicamente para propósitos estadísticos. Esta información será proporcionada por el denunciante de manera voluntaria.
En ningún caso el dato sobre el nombre y el perfil podrán ser un requisito para la procedencia y trámite de la denuncia.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
RECEPCIÓN DE DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
AMBAS (ventanilla, en línea)
Objetivo del Servicio:
RECEPCIONAR Y REMITIR AL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE QUINTANA ROO, LAS DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA.
Unidad Administrativa responsable del Servicio:
Mes y Año (MM y AA):
COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
07 - 19
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
I. Nombre del sujeto obligado denunciado;
II. Descripción clara y precisa del incumplimiento denunciado;
III. El denunciante podrá adjuntar los medios de prueba que estime necesarios para respaldar el incumplimiento denunciado;
IV. En caso de que la denuncia se presente por escrito, el denunciante deberá señalar el domicilio en la jurisdicción que corresponda o la dirección de correo electrónico para recibir notificaciones. En caso de que la denuncia se presente por medios electrónicos, se entenderá que se acepta que las notificaciones se efectúen por el mismo medio. En caso de que no se señale domicilio o dirección de correo electrónico o se señale un domicilio fuera de la jurisdicción respectiva, las notificaciones, aún las de carácter personal, se practicarán a través de los estrados físicos del Instituto, y
V. El nombre del denunciante y, opcionalmente, su perfil, únicamente para propósitos estadísticos. Esta información será proporcionada por el denunciante de manera voluntaria. En ningún caso el dato sobre el nombre y el perfil podrán ser un requisito para la procedencia y trámite de la denuncia.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
Costo, frecuencia y horarios
Costo:
Área de Pago:
SIN COSTO
NO APLICA
Frecuencia del Servicio:
Horario de Atención:
DE LUNES A VIERNES DÍAS HÁBILES
PRESENCIAL DE 9:00- 17:00;POR MEDIOS ELECTRÓNICOS SERA LAS 24HRS.
Lugar de atención y ubicación
Lugar de Atención:
OFICINAS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Domicilio:
AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE N° 95, ESQUINA CON AVENIDA PLUTARCO ELÍAS CALLES. COLONIA CENTRO. CHETUMAL, QUINTANA ROO. C.P. 77000
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
8350650 EXT. 34450
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
NO APLICA
VER OBSERVACIONES
Criterios de resolución:
Observaciones:
PLAZO DE RESPUESTA:
SE REMITE AL DÍA SIGUIENTE HÁBIL. TODA VEZ QUE NO SOMOS LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER.
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL URBANO SUSTENTABLE
Clasificación: Servicio
SEDETUS-UTAIPPDP-RDIOT-06
Nombre del Servicio:
Modalidad:
RECEPCIÓN DE DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA.
AMBAS (ventanilla, en línea)
Objetivo del Servicio:
RECEPCIONAR Y REMITIR AL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE QUINTANA ROO, LAS DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA.
Unidad Administrativa responsable del Servicio:
Mes y Año (MM y AA):
UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
08 - 19
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
I. Nombre del sujeto obligado denunciado; II. Descripción clara y precisa del incumplimiento denunciado; III. El denunciante podrá adjuntar los medios de prueba que estime necesarios para respaldar el incumplimiento denunciado; IV. En caso de que la denuncia se presente por escrito, el denunciante deberá señalar el domicilio en la jurisdicción que corresponda o la dirección de correo electrónico para recibir notificaciones. En caso de que la denuncia se presente por medios electrónicos, se entenderá que se acepta que las notificaciones se efectúen por el mismo medio. En caso de que no se señale domicilio o dirección de correo electrónico o se señale un domicilio fuera de la jurisdicción respectiva, las notificaciones, aún las de carácter personal, se practicarán a través de los estrados físicos del Instituto, y V. El nombre del denunciante y, opcionalmente, su perfil, únicamente para propósitos estadísticos. Esta información será proporcionada por el denunciante de manera voluntaria. En ningún caso el dato sobre el nombre y el perfil podrán ser un requisito para la procedencia y trámite de la denuncia.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
Costo, frecuencia y horarios
Costo:
Área de Pago:
SIN COSTO
NO APLICA
Frecuencia del Servicio:
Horario de Atención:
DE LUNES A VIERNES DÍAS HÁBILES
PRESENCIAL DE 9:00- 16:00;POR MEDIOS ELECTRÓNICOS SERA LAS 24HRS
Lugar de atención y ubicación
Lugar de Atención:
CHETUMAL: OFICINA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL URBANO SUSTENTABLE
Domicilio:
CHETUMAL: AV. ÁLVARO OBREGÓN NO. 474 COL. CENTRO C.P.77000
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
(983)8351700 EXT. 210
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
NO APLICA
VER OBSERVACIONES
Criterios de resolución:
Observaciones:
PLAZO DE RESPUESTA:
SE REMITE AL DÍA SIGUIENTE HÁBIL. TODA VEZ QUE NO SOMOS LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER.
"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Servicio:
Modalidad:
RECEPCIÓN DE DENUNCIAS Y/O RECURSOS DE REVISIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA.
PRESENCIAL
Objetivo del Servicio:
RECEPCIONAR Y REMITIR AL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE QUINTANA ROO, LAS DENUNCIAS Y/O RECURSOS DE REVISION POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
Unidad Administrativa responsable del Servicio:
Mes y Año (MM y AA):
DIRECCIÓN JURÍDICA
02 - 19
Resolución de respuesta:
AFIRMATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
SOLICITUD DE INFORMACIÓN NO ATENDIDA, ALGUN MEDIO DE CONTACTO DIGITAL (EMAIL) Y/O TELEFONO.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
CARRETERA BOULEVARD SOLIDARIDAD INTERNACIONAL KM. 2.5 COLONIA INDUSTRIAL
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
9838322646
137-144
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
NO APLICA
10 DIAS
Criterios de resolución:
SE REMITE AL DÍA SIGUIENTE HÁBIL, AL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE QUINTANA ROO, COMO ÓRGANO GARANTE, TODA VEZ QUE NO SOMOS LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER.
"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Trámite:
Modalidad:
RECEPCIÓN DE LA DECLARACION MENSUAL DE PAGO DEL IMPUESTO AL HOSPEDAJE
VENTANILLA
Objetivo del Trámite:
RECAUDAR EL IMPUESTO POR SERVICIOS DE HOSPEDAJE QUE OTORGUEN LAS PERSONAS FÍSICAS Y MORALES.
Unidad Administrativa responsable del Trámite:
Mes y Año (MM y AA):
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS
09 - 15
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
- ESTAR INSCRITO AL REGISTRO ESTATAL DE CONTRIBUYENTES CON LA OBLIGACIÓN ACTIVA DEL IMPUESTO AL HOSPEDAJE. - GENERAR Y PRESENTAR LA DECLARACIÓN CON NÚMERO DE REFERENCIA POR MEDIO DEL PORTAL DE INTERNET DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN O POR MEDIO DE LAS VENTANILLAS BANCARIAS AUTORIZADAS.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
3 % SOBRE EL VALOR DE FACTURACIÓN Y/O CONTRATACIÓN
PORTAL DE INTERNET DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN Y EN LOS BANCOS AUTORIZADOS
Frecuencia del Trámite:
Horario de Atención:
LOS PRIMEROS 17 DIAS DE CADA MES
VER OBSERVACIONES
Lugar de atención y ubicación
Lugar de Atención:
CAJAS DE LAS OFICINAS RECAUDADORAS DE RENTAS, PORTAL DE INTERNET Y EN LAS VENTANILLAS BANCARIAS.
Domicilio:
VER OBSERVACIONES
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
VER OBSERVACIONES
VER OBSERVACIONES
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
1 MES
1 DÍA
Criterios de resolución:
QUE EL CONTRIBUYENTE CUMPLA CON LOS REQUISITOS Y SE APEGUE A LA NORMATIVIDAD ESTABLECIDA
Observaciones:
LOS BANCOS AUTORIZADOS APARECEN EN EL FORMATO DE PAGO
DOMICILIO Y NÚMERO TELEFÓNICO: - RECAUDADORA EN OTHÓN P. BLANCO: AV. LÁZARO CÁRDENAS NO.169 ENTRE 5 DE MAYO Y 16 DE SEPTIEMBRE, COLONIA CENTRO C.P. 77000, TELÉFONOS: (983)83 23446 Y (983)83 39223. - RECAUDADORA DE RENTAS EN JOSÉ MARÍA MORELOS: CALLE CHILAM BALAM NO.57 ENTRE COBA Y CECILIO CHI, COL. CENTRO C.P. 77890, TELÉFONO: (997)97 80213. - RECAUDADORA DE RENTAS EN FELIPE CARRILLO PUERTO: CALLE 61 NO. 772 ENTRE CALLE 66 Y 68, COL. CENTRO C.P. 77200, TELÉFONO: (983)83 40154. - RECAUDADORA DE RENTAS EN TULUM: AV. TULUM LTE. 3 LOCAL 3, ESQUINA LOLTUN, COLONIA CENTRO, CP 77780, TELÉFONO: (984)87 12998. - RECAUDADORA DE RENTAS EN SOLIDARIDAD: CALLE 1RA. ESQ. 15 AV, NO. 604, COL. CENTRO C.P. 77710, TELÉFONO: (984)80 31341. - RECAUDADORA DE RENTAS EN COZUMEL: AV. RAFAEL E. MELGAR ENTRE 13 Y 15 SUR, PLANTA BAJA DEL PALACIO MUNICIPAL, COL. CENTRO C.P. 77600, TELÉFONO: (987) 87 20070. - RECAUDADORA DE RENTAS EN BENITO JUÁREZ: AV. TULUM SMZ. 2 MZA.13 LT 22 Y 23 EDIFICIO GOB. DEL EDO. COL. CENTRO C.P. 77500, TELÉFONO: (998)88 71448. - RECAUDADORA DE RENTAS EN ISLA MUJERES: AMPLIACIÓN LA GLORIA LTE. 11 MZNA 250 SMZNA 06 COL. LA GLORIA C.P.77400, TELÉFONOS: (998)87 70182 Y (998)87 71689. - RECAUDADORA DE RENTAS EN LÁZARO CÁRDENAS: AV. JAVIER ROJO GÓMEZ S/N ENTRE 5 DE FEBRERO Y LÁZARO CÁRDENAS, COL. CENTRO C.P.77300, (984)87 50062.
RECIBIR Y DAR TRÁMITE A LAS QUEJAS Y DENUNCIAS RESPECTO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS O POR ACTOS, OMISIONES O CONDUCTAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.
Unidad Administrativa responsable del Servicio:
Mes y Año (MM y AA):
COORDINACIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN
01 - 14
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
Escrito libre, el cual deberá contener las siguientes formalidades: -Datos del ciudadano Nombre completo. Domicilio. Ciudad. Municipio. -Información de la manifestación ciudadana (obligatorio) -Narración de los hechos. -Nombre del servidor público relacionado, dependencia, contratista o programa social. -Lugar, fecha y hora de los hechos. -Evidencia fotográfica, video o audio (opcional) -Medio por el cual se le dará seguimiento de la denuncia (teléfono celular, correo electrónico, fax, correo certificado, etc.) -Firma del denunciante.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
EN LÍNEA: 24 HORAS PRESENCIAL: DE 9:00 A 17:00 HORAS.
Lugar de atención y ubicación
Lugar de Atención:
COORDINACIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DE LA SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA.
Domicilio:
PRESENCIAL: ACUDIR A OFICIALÍA DE PARTES DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA, UBICADA EN AVENIDA REVOLUCIÓN NÚMERO 113, COLONIA CENTRO, MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, QUINTANA ROO, CÓDIGO POSTAL 77030, DE LUNES A VIERNES DÍAS HÁBILES
DELEGACIÓN DE BENITO JUÁREZ UBICADO EN LA CALLE ROGELIO CASTAREÑA LOTE 1 -19 MZA 1 SM 337 AV. HUAYACAN KM 8.1
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
01-8008497784
983-83-2-15-04
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
NO APLICA.
30 DÍAS NATURALES
Criterios de resolución:
Observaciones:
EL TRÁMITE SE PUEDE TRAMITAR TAMBIÉN: 1.- BUZÓN DE QUEJAS; 2.- NÚMERO DE TELÉFONO GRATUITO 01 800 849 77 87; 3.- CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL A LA DIRECCIÓN: TAKPOOL@QROO.GOB.MX; 4.- RECEPCIÓN DE ESCRITOS EN LAS DELEGACIONES DE BENITO JUÁREZ UBICADO EN CALLE ROGELIO CASTORENA LOTE 1-19 MANZANA 01, SUPER MANZANA 337 AVENIDA HUAYACAN KILÓMETRO 8.1 C.P. 77500 CANCÚN, QUINTANA ROO. 5.- APLICACIÓN MÓVIL TAK POOL.
RECEPCIÓN DE RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA DE LAS RESPUESTAS A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y/O DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN U OPOSICIÓN
AMBAS (ventanilla, en línea)
Objetivo del Servicio:
RECEPCIONAR Y REMITIR EL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE QUINTANA ROO, LOS RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA DE LAS RESPUESTAS EMITIDAS POR LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Unidad Administrativa responsable del Servicio:
Mes y Año (MM y AA):
COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
07 - 19
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
EN CASO DE INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN: El recurso de revisión deberá contener:
I. El sujeto obligado ante la cual se presentó la solicitud;
II. El nombre del solicitante que recurre o de su representante y, en su caso, del tercero interesado, así como la dirección o medio que señale para recibir notificaciones;
III. El número de folio de respuesta de la solicitud de acceso, de no existir respuesta el número de folio de la solicitud;
IV. La fecha en que fue notificada la respuesta al solicitante o tuvo conocimiento del acto reclamado, o de presentación de la solicitud, en caso de falta de respuesta;
V. El acto que se recurre;
VI. Las razones o motivos de inconformidad, y
VII. La copia de la respuesta que se impugna y, en su caso, de la notificación correspondiente, salvo en el caso de falta de respuesta de la solicitud.
Adicionalmente, se podrán anexar las pruebas y demás elementos que considere procedentes someter a juicio del Instituto. En ningún caso será necesario que el particular ratifique el recurso de revisión interpuesto.
EN CASO DE INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN A LAS SOLICITUDES DE DERECHOS ARCO (ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y/O OPOSICIÓN): Los requisitos que deberá señalar y contener el Recurso de Revisión, serán los siguientes:
I. El Responsable ante quien se presentó la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO o de portabilidad de los datos personales;
II. El nombre del titular que recurre o su representante y, en su caso, del tercero interesado, así como el domicilio o medio que señale para recibir notificaciones;
III. La fecha en que fue notificada la respuesta al titular, o bien, en caso de falta de respuesta la fecha de la presentación de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO o de portabilidad de los datos personales;
IV. El acto que se recurre y los puntos petitorios, así como las razones o motivos de inconformidad;
V. En su caso, copia de la respuesta que se impugna y de la notificación correspondiente, y
VI. Los documentos que acrediten la identidad del titular, y en su caso, la personalidad e identidad de su representante.
Al recurso de revisión se podrán acompañar las pruebas y demás elementos que considere el titular procedentes someter a juicio del Instituto. En ningún caso será necesario que el titular ratifique el recurso de revisión interpuesto.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
Costo, frecuencia y horarios
Costo:
Área de Pago:
NO APLICA
NO APLICA
Frecuencia del Servicio:
Horario de Atención:
DE LUNES A VIERNES DÍAS HÁBILES
09:00-17:00
Lugar de atención y ubicación
Lugar de Atención:
OFICINAS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Domicilio:
AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE Nº 95, ESQUINA CON AVENIDA PLUTARCO ELÍAS CALLES, COLONIA CENTRO. CHETUMAL, QUINTANA ROO. C.P. 77000.
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
8350650 EXT. 34450
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
NO APLICA
VER OBSERVACIONES
Criterios de resolución:
EL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO SERÁ LA AUTORIDAD RESPONSABLE RESOLVER EL RECURSO DE REVISIÓN, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 176 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO Y 118 DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO
Observaciones:
LOS SOLICITANTES PODRÁN INTERPONER, POR SÍ MISMO O A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE, RECURSO DE REVISIÓN ANTE EL INSTITUTO O ANTE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA QUE HAYA CONOCIDO DE LA SOLICITUD DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA DE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESPUESTA, O DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA SU NOTIFICACIÓN, EL CUAL TIENE POR OBJETO GARANTIZAR QUE EN LOS ACTOS Y RESOLUCIONES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS SE RESPETEN LOS PRINCIPIOS DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN, PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES EN SU PODER Y LAS GARANTÍAS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA.
PLAZO DE RESPUESTA: EN EL CASO DE QUE SE INTERPONGA ANTE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ÉSTA DEBERÁ REMITIR EL RECURSO DE REVISIÓN AL INSTITUTO A MÁS TARDAR AL DÍA SIGUIENTE DE HABERLO RECIBIDO.
EL RECURSO DE REVISIÓN PODRÁ PRESENTARSE A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES MEDIOS Y MODALIDADES; I. POR ESCRITO: A) LIBRE O EN EL FORMATO QUE CORRESPONDA, PRESENTADO DE MANERA DIRECTA Y PERSONAL EN LA OFICINA U OFICINAS DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DESIGNADAS PARA ELLO; B) A TRAVÉS DE CORREO POSTAL ORDINARIO O CERTIFICADO, O C) A TRAVÉS DE SERVICIO DE MENSAJERÍA
II. POR MEDIOS ELECTRÓNICOS: A) A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA NACIONAL, POR MEDIO DE SU SISTEMA DE GESTIÓN DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 50 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL, O
III. A TRAVÉS DE CUALQUIER OTRO APROBADO POR EL SISTEMA NACIONAL.
CUANDO EL RECURSO DE REVISIÓN SE PRESENTE A TRAVÉS DE CORREO POSTAL ORDINARIO O CERTIFICADO O POR MEDIO DE SERVICIO DE MENSAJERÍA, PARA EFECTO DEL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA SU INTERPOSICIÓN, SE TOMARÁ COMO FECHA VÁLIDA DE PRESENTACIÓN, LA ESTAMPADA EN DICHAS OFICINAS.
"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Servicio:
Modalidad:
RECEPCIÓN DE RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA DE LAS RESPUESTAS A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y/O DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN.
VENTANILLA
Objetivo del Servicio:
RECIBIR LOS RECURSOS DE REVISIÓN INTERPUESTOS POR LOS CIUDADANOS QUE SE INCONFORMEN DE LAS RESPUESTAS ENTREGADAS DE LAS SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE LAS SOLICITUDES DE DERECHO DE ARCO QUE INGRESAN A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, CON EL FIN DE TURNARLOS AL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO (ÓRGANO GARANTE), PARA EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE.
DIRIGIDOS A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, A FIN DE TURNARLOS AL ÓRGANO GARANTE EL "INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO" PARA EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE.
Unidad Administrativa responsable del Servicio:
Mes y Año (MM y AA):
DIRECCIÓN JURÍDICA
08 - 19
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
Artículo 170. El recurso de revisión deberá contener:
I. El sujeto obligado ante la cual se presentó la solicitud; II. El nombre del solicitante que recurre o de su representante y, en su caso, del tercero interesado, así como la dirección o medio que señale para recibir notificaciones; III. El número de folio de respuesta de la solicitud de acceso, de no existir respuesta el número de folio de la solicitud; IV. La fecha en que fue notificada la respuesta al solicitante o tuvo conocimiento del acto reclamado, o de presentación de la solicitud, en caso de falta de respuesta; V. El acto que se recurre; VI. Las razones o motivos de inconformidad, y VII. La copia de la respuesta que se impugna y, en su caso, de la notificación correspondiente, salvo en el caso de falta de respuesta de la solicitud.
Adicionalmente, se podrán anexar las pruebas y demás elementos que considere procedentes someter a juicio del Instituto.
En ningún caso será necesario que el particular ratifique el recurso de revisión interpuesto.
ARTÍCULO 117. Los requisitos que deberá señalar y contener el Recurso de Revisión, serán los siguientes:
I. El Responsable ante quien se presentó la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO o de portabilidad de los datos personales; II. El nombre del titular que recurre o su representante y, en su caso, del tercero interesado, así como el domicilio o medio que señale para recibir notificaciones; III. La fecha en que fue notificada la respuesta al titular, o bien, en caso de falta de respuesta la fecha de la presentación de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO o de portabilidad de los datos personales; IV. El acto que se recurre y los puntos petitorios, así como las razones o motivos de inconformidad; V. En su caso, copia de la respuesta que se impugna y de la notificación correspondiente, y VI. Los documentos que acrediten la identidad del titular, y en su caso, la personalidad e identidad de su representante.
Al recurso de revisión se podrán acompañar las pruebas y demás elementos que considere el titular procedentes someter a juicio del Instituto.
En ningún caso será necesario que el titular ratifique el recurso de revisión interpuesto.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Domicilio:
CARRETERA FEDERAL CHETUMAL-BACALAR KILÓMETRO 12.5, PARQUE INDUSTRIAL, EDIFICIO C-4
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
983 8350 911
NO APLICA
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
NO APLICA
1 DÍA HÁBIL
Criterios de resolución:
NO APLICA
Observaciones:
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO:
ARTÍCULO 171. EL RECURSO DE REVISIÓN PODRÁ PRESENTARSE A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES MEDIOS Y MODALIDADES;
I. POR ESCRITO: A) LIBRE O EN EL FORMATO QUE CORRESPONDA, PRESENTADO DE MANERA DIRECTA Y PERSONAL EN LA OFICINA U OFICINAS DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DESIGNADAS PARA ELLO; B) A TRAVÉS DE CORREO POSTAL ORDINARIO O CERTIFICADO, O C) A TRAVÉS DE SERVICIO DE MENSAJERÍA;
II. POR MEDIOS ELECTRÓNICOS: A) A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA NACIONAL, POR MEDIO DE SU SISTEMA DE GESTIÓN DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 50 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL, O
III. A TRAVÉS DE CUALQUIER OTRO APROBADO POR EL SISTEMA NACIONAL.
CUANDO EL RECURSO DE REVISIÓN SE PRESENTE A TRAVÉS DE CORREO POSTAL ORDINARIO O CERTIFICADO O POR MEDIO DE SERVICIO DE MENSAJERÍA, PARA EFECTO DEL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA SU INTERPOSICIÓN, SE TOMARÁ COMO FECHA VÁLIDA DE PRESENTACIÓN, LA ESTAMPADA EN DICHAS OFICINAS.
LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS SUJETOS OBLIGADOS PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO:
ARTÍCULO 116. EL RECURSO DE REVISIÓN PROCEDERÁ EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
I. SE CLASIFIQUEN COMO CONFIDENCIALES LOS DATOS PERSONALES SIN QUE SE CUMPLAN LAS CARACTERÍSTICAS SEÑALADAS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA Y DEMÁS NORMATIVIDAD QUE RESULTE APLICABLE; II. SE DECLARE LA INEXISTENCIA DE LOS DATOS PERSONALES; III. SE DECLARE LA INCOMPETENCIA POR EL RESPONSABLE; IV. SE ENTREGUEN DATOS PERSONALES INCOMPLETOS; V. SE ENTREGUEN DATOS PERSONALES QUE NO CORRESPONDAN CON LO SOLICITADO; VI. SE NIEGUE EL ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN, OPOSICIÓN O LA PORTABILIDAD DE LOS DATOS PERSONALES; VII. NO SE DÉ RESPUESTA A UNA SOLICITUD PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO O DE PORTABILIDAD DE LOS DATOS PERSONALES, DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE LEY Y DEMÁS DISPOSICIONES QUE RESULTEN APLICABLES EN LA MATERIA; VIII. SE ENTREGUE O PONGA A DISPOSICIÓN DATOS PERSONALES EN UNA MODALIDAD O FORMATO DISTINTO AL SOLICITADO, O EN UN FORMATO INCOMPRENSIBLE; IX. EL TITULAR SE INCONFORME CON LOS COSTOS DE REPRODUCCIÓN, ENVÍO O TIEMPOS DE ENTREGA DE LOS DATOS PERSONALES; X. SE OBSTACULICE EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO, A PESAR DE QUE FUE NOTIFICADA LA PROCEDENCIA DE LOS MISMOS; XI. NO SE DÉ TRÁMITE A UNA SOLICITUD PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO O DE PORTABILIDAD DE LOS DATOS PERSONALES, Y XII. EN LOS DEMÁS CASOS QUE DISPONGAN LAS LEYES EN LA MATERIA.