Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Propietario de vehículo o Representante legal.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)
o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta bancario - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)
o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)
Comprobante de pago de derechos de acuerdo al trámite a realizar en original y copia.
Para cambio de propietario comprobantes de pago de tenencia o refrendos del ejercicio actual y los 5 anteriores, en original y copia
Para cambio de domicilio, motor o carrocería, comprobantes de pago de tenencia o refrendos del ejercicio actual y los 4 anteriores, en original y copia.
Tarjeta de Circulación en original y copia, en caso de extravío acta circunstanciada ante Juez Cívico, en caso de robo acta de denuncia ante el Ministerio Público, ambas no mayor a un mes de expedición por la autoridad competente.
Comprobante de propiedad en Original y Copia, como pueden ser: -Factura o si está a crédito Carta Factura vigente no mayor a 30 días acompañada de la Copia sin valor de factura de origen. -En caso de no ser el único dueño deberá presentar endosos y/o refacturas. - En caso de extravío o robo de la factura deberá presentar el primer acuerdo admisorio del juicio de Jurisdicción Voluntaria para acreditar la propiedad de los vehículos a partir de modelos 2000 en adelante ó Fe testimonial ante notario público preferentemente de la Ciudad de México para modelos hasta 1999. -Factura digital. En facturas digitales
y fe testimonial no aplica el endoso, por lo tanto deberá presentar responsiva de compra-venta, acompañada de la copia de identificación del vendedor. El comprobante de propiedad no debe tener alteraciones, tachaduras y enmendaduras, y no ser de arrendamiento.
Para el caso de cambio de motor presentar factura del nuevo motor, original y copia Para el caso de cambio de carrocería presentar factura de carrocería, original y copia.
a) Los nuevos propietarios tendrán un plazo de 15 días hábiles para realizar el trámite de cambio de propietario de automóvil, motocicleta o remolque usados con la finalidad de no generar responsabilidades jurídicas y fiscales al vendedor y actualizar el Padrón Vehicular de la Secretaría de Movilidad.
b) Lea cuidadosamente los documentos emitidos por el operador para su revisión, ya que al firmar de conformidad acepta en ese momento que sus datos son correctos, después de haber concluido el trámite en caso de requerir corrección de datos, deberá notificarlo el mismo día del trámite con el fin de que se realiza la corrección sin ningún costo, si se solicita corrección de datos posterior al día en que se realice el trámite se deberá realizar un pago por corrección de datos, así como presentar nuevamente la documentación solicitada para el trámite.
c) Para realizar el cambio de propietario, domicilio, carroceria o motor de vehículos de placas de Discapacidad y Auto Antiguo "sólo" se podrá realizar en el Módulo Insurgentes (Oficina Central).
d) Para realizar el cambio de propietario, domicilio, carroceria o motor de vehículos, motocicletas o remolques de procedencia extranjera deberá acudir al módulo de Venustiano Carranza.
e) Se acepta como identificación oficial para este trámite la Licencia para Conducir siempre y cuando se expedida en la Ciudad de México.
f) El comprobante de domicilio deberá ser presentado con una vigencia no mayor de 90 días y con domicilios dentro del territorio de la Ciudad de México, y en caso de presentar el comprobante de domicilio de la boleta de impuesto predial o boleta del servicio del agua deberán ser del último bimestre.
En caso de ser persona moral el comprobante deberá estar a nombre de la razón social.
g) La Secretaría de Movilidad cuenta con Módulos Móviles para realizar trámites de vehículos automotores particulares y se encuentran distribuidos de acuerdo con las necesidades del servicio y atención en las diferentes demarcaciones.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Automóvil
Motocicleta
Remolque
Puedes pagar en:
Código Fiscal de la,Ciudad de México, Artículos 219 fracción V, 223 fracción V y 224 fracción IV
Genera su línea de captura ingresando a: http://www.finanzas.cdmx.gob.mx/ y realiza el pago correspondiente.
Se presenta en el Área de Atención Ciudadana (Módulos de Control Vehícular Autorizados) con el pago de derechos y los documentos solicitados.
Recibe, revisa, coteja e imprime hoja de datos para la revisión del ciudadano.
Recibe hoja de datos, revisa que los datos estén correctos y firma de conformidad.
Recibe hoja de datos, aplica movimiento, valida pago y entrega tarjeta de circulación.
Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Propietarios.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Certificado de Nacionalidad Mexicana - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Formato TSEDUVI-CGDAU_CUD_1 debidamente llenado.
Comprobante de pago de derechos correspondiente.
Escritura pública del inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México o Carta Notarial que indique que se encuentra en proceso de inscripción acompañada de la Constancia de ingreso correspondiente.
En caso de que la propiedad se acredite con resolución judicial, presentar copia certificada de la Sentencia Judicial ejecutoriada debidamente inscrita.
En caso de inmuebles de propiedad pública, presentar documento certificado por la autoridad emisora en el que conste la asignación, el uso o destino y/o la entrega-recepción correspondiente o, en su caso, documento oficial en el que conste la donación, expropiación o procedimiento mediante el cual el inmueble se incorporó al patrimonio de la Nación o de la Ciudad de México y/o Cédula Oficial del Gobierno Local o Federal (Cabin o Indaabin) que señale las características y especificaciones del inmueble. Copia simple y original para cotejo.
Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial vigente. Copia simple y original para cotejo.
Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo vigente. Copia simple y original para cotejo.
Reporte fotográfico que contenga, por lo menos, 10 imágenes recientes a color del predio y del área de estudio, en las que se muestren las construcciones colindantes y la acera contraria. Incluir descripción en pie de foto y anexar croquis de ubicación de cada una de las fotografías presentadas.
Memoria Descriptiva de las actividades que se pretenden realizar. Incluir la descripción del equipo, maquinaria, área de almacenamiento, manejo y descripción de materiales o sustancias a almacenar, número de trabajadores, número y tipo de vehículos de carga y descarga, afluencia de usuarios, horario de funcionamiento y en su caso, fuentes de contaminación, así como requisitos mínimos de seguridad para la prevención de accidentes y atención de emergencias.
Las actividades que se pretenden realizar deben estar consideradas en los usos de suelo señalados en la Tabla de Usos del Suelo del Programa de Desarrollo Urbano que corresponda al predio.
Anteproyecto a nivel esquemático (plantas, cortes y fachadas) a escala 1:50, 1:75, 1:100, 1:150 o 1:200, utilizando la que más se ajuste a las dimensiones del proyecto. Incluir un cuadro de áreas por nivel, en el que se indique el desplante en planta baja y la superficie de área libre; la localización de los cajones de estacionamiento. Señalar la escala, escala gráfica, ejes, cotas y niveles legiblemente e indicar el área en la que se pretende realizar el cambio de uso de suelo.
En caso de que el inmueble para el que se solicita el cambio de uso del suelo se ubique en Área de Conservación Patrimonial, se encuentre catalogado o colinde con alguno catalogado, de acuerdo con lo establecido en la Norma de Ordenación en Áreas de Actuación No. 4, relativa a las Áreas de Conservación Patrimonial, debe presentarse Opinión Técnica favorable emitida por la Dirección del Patrimonio Cultural Urbano y de Espacio Público de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
* En caso de resultar procedente el Dictamen de Cambio de Uso del Suelo, la Secretaría de desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) solicitará a la persona propietaria del inmueble el Avalúo a Valor Comercial de éste conforme al Cambio de Uso del Suelo, el cual deberá estar elaborado tal como se señala en el Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria y firmado por una persona perita valuadora inscrita en el padrón de la Tesorería de la Ciudad de México (original). Asimismo, se deberá efectuar el pago de derechos por concepto del trámite de inscripción en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de SEDUVI.
*En caso de que la solicitud sea aprobada y publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la persona propietaria y/o promovente debe presentar el Avalúo a Valor Comercial vigente del inmueble, el cual debe estar avalado por persona perita valuadora inscrita en el padrón de la Tesorería de la Ciudad de México.
Monto a pagar
Puedes pagar en:
Artículo 196, 235 fracción VI y 242 del Código Fiscal de la Ciudad de México vigente.
Presenta formato de solicitud en el Área de Atención Ciudadana de la SEDUVI, debidamente llenado con la documentación señalada como requisito.
Se recibe la solicitud y la documentación anexa, revisa, coteja y registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega volante al promovente.
Elabora el Dictamen y la Resolución definitiva y solicita la publicación en la Gaceta Oficial.
La Consejería Jurídica y Servicios Legales publica por una sola vez la Resolución Definitiva.
Se notifica al Usuario la publicación de la Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial y solicita el Avalúo a Valor Comercial del Terreno, motivo del cambio de uso de suelo.
Entrega el Avalúo a Valor Comercial del Terreno en Oficialía de Partes de la SEDUVI.
Entrega al ciudadano el Recibo de Pago de Derechos, por concepto de Inscripción en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano.
Paga derechos en la Tesorería la Ciudad de México y lo entrega en Oficialía de Partes de la SEDUVI.
Solicita la inscripción de la Resolución Definitiva en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano, se notifica a la Delegación correspondiente, se notifica al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del D.F. y notifica al usuario de la conclusión del trámite.
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Resolución
Permanente.
20 días hábiles
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 4 fracción III, 7 fracciones VII y XVIII, 42 Quinquies y 87 fracción II.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 14 y 15.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 8.
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Artículos 4, 6 fracción II, 7, 10 fracción XXII, 22 y 77 fracción II.
Constitución Política de la Ciudad de México Artículos 1 numeral 5; 3; 7 apartado A numeral 1 y 16 apartado C numeral 6.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 16 fracción VI y 31 fracción XII.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal Artículos 6, 7, 30, 32, 33, 35, 35 bis, 40, 41, 42, 43, 44, 46, 47, 53 y 55.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 153 fracciones XVII, XXI y XXII.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. El propietario del inmueble donde se ubica la toma o el usuario a través de carta poder suscrita por el propietario.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Nombre y firma autógrafa del propietario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar preferentemente número telefónico y correo electrónico.
Presentar número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
Boleta Predial del año en curso o (1 copia y original para cotejo)
Propuesta de valor catastral pagada (1 copia y original para cotejo)
O Escritura Pública. (1 copia y original para cotejo)
La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto quedará sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.
En caso de ser Usuario de la toma, deberá presentar Carta Poder suscrita por el Propietario del Inmueble.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Acude al Área de Atención Ciudadana a solicitar el trámite.
O Personal de Atención al Público, recibe y revisa la documentación y captura en el sistema el trámite a realizar.
O Personal de Atención al Público, imprime y entrega el comprobante al ciudadano.
Escribe su nombre y plasma su firma o huella digital, según sea el caso.
Ó Personal de Atención al Público, entrega el comprobante de trámite al Ciudadano.
Da clic sobre el marcador para ver información
Comprobante
15 días hábiles
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 56 inciso b), 73 fracciones VI y IX, 103 fracción II, 172, 176 fracción VII, VIII, 430 y 432
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar preferentemente un número telefónico y correo electrónico.
Denominación o razón social del promovente.
Presentar número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
Manifestación expresa bajo protesta decir verdad del número de viviendas y/o locales existentes en el predio.
En el caso de Cambio de Número de viviendas y locales en el Padrón de usuarios de agua, una vez recibida la documentación, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México podrá realizar una visita de inspección con el fin de recabar el número de viviendas y locales en el predio.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
El ciudadano acude al Área de Atención Ciudadana a solicitar el trámite.
Ó personal de Atención al Público, recibe y revisa la documentación y captura en el Sistema el trámite a realizar.
Ó Personal de Atención al Público, Imprime y entrega el comprobante de trámite al ciudadano
Da clic sobre el marcador para ver información
Comprobante
30 días hábiles
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 56 inciso b), 73 fracción VI y IX, 103 fracciones II, 176 fracción VII, VIII, 430, 432 y 464 fracción II.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar preferentemente un número telefónico y correo electrónico.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar preferentemente un número telefónico y correo electrónico.
Presentar número de cuenta relacionado con el suministro de agua
Documentos que sustenten el cambio de régimen: Boleta Predial o propuesta de valor catastral pagada o escrituras del inmueble.
En el caso de cambio de régimen, una vez recibida la documentación, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México podrá realizar una visita de inspección con el fin de recabar la información necesaria para el registro de cada una de las ramificaciones del predio.
La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto queda sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Acude al Área de Atención Ciudadana a solicitar el trámite.
Ó personal de Atención al Público, recibe y revisa la documentación y captura en el Sistema el trámite a realizar.
Ó Personal de Atención al Público, Imprime y entrega el comprobante de trámite al ciudadano.
Da clic sobre el marcador para ver información
Comprobante
30 días hábiles
Código Fiscal de la Ciudad de México Articulo 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 56 inciso b), 103 fracción II, 176 fracción VII, 430, 432 y 498 fracción II.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar preferentemente un número telefónico y correo electrónico.
Presentar núme
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar preferentemente número telefónico y correo electrónico.
Denominación o razón social del promovente.
Presentar número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
En el caso de Cambio de uso del inmueble registrado en el padrón de usuarios, una vez recibida la documentación el Sistema de Aguas de la Ciudad de México realizará una visita de inspección con el fin de recabar información para dicho cambio.
La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto queda sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminacion.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Acude al Área de Atención Ciudadana a solicitar el trámite.
Ó Personal de Atención al Público, recibe y revisa la documentación y captura en el Sistema el trámite a realizar.
Ó Personal de Atención al Público, imprime y entrega la solicitud al ciudadano.
Escribe su nombre y plasma su firma o huella digital, según sea el caso.
Ó Personal de Atención al Público, entrega el comprobante de trámite al Ciudadano.
Da clic sobre el marcador para ver información
Comprobante
30 días hábiles
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 56 inciso b), 72, 103 fracción II, 176 fracciones IV, V, VII, VIII, 430, 432 del Código Fiscal del Distrito Federal vigente.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Este servicio lo realiza:
Persona física o moral. Contribuyentes que deseen obtener un comprobante de domicilio con los datos reales de su ubicación en territorio de la Ciudad de México.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Escrito libre o modelo OTCDMX_CCU_FORMATO_SDP_SIIP_E17 dirigido al Subtesorero de Catastro y Padrón Territorial indicando: nombre completo del interesado, señalando domicilio del predio sobre el cual se realizará el trámite requerido, la cuenta predial, domicilio de notificación, número telefónico, correo electrónico, en original y dos copias
Acreditar la propiedad del inmueble de alguna de las siguientes formas:
- Original y copia simple de la Escritura de Propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, o en su caso, Carta Original vigente del Notario Público indicando que se encuentra en trámite de inscripción; o
- Original y copia simple de la Sentencia Judicial Ejecutoriada, o
- Original y copia simple del Contrato privado de compraventa, ratificado ante Juez de Paz, Notario Público o Corredor Público, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Original y copia simple de la Boleta Predial, o Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial.
Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes
Original y copia simple del Croquis de Localización con orientación al norte, anotando los nombres de las calles circundantes y marcando distancia en metros a la esquina más próxima o ubicar el predio en el Sistema Integral de Gestión y Actualización de Predial en el Área de Atención Ciudadana.
En caso de Sucesiones:
Original y copia simple del nombramiento, aceptación y discernimiento del cargo de Albacea, vía judicial o extrajudicial.
Original y copia simple de la Constancia de Alineamiento y Número Oficial, la cual deberá ser emitida por la Delegación Política correspondiente al predio, deberá estar dentro de la vigencia para su validez (dos años).
Original y copia simple de la Constancia de Nomenclatura de calle con Plano de Alineamiento y Derecho de Vía expedido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México.
Original y copia simple de la Constancia del Servicio Postal Mexicano, expedida por la Dirección Corporativa de Planeación Estratégica.
Original y copia simple de la Constancia de Aclaración de Colonia con Plano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, delimitando la colonia.
Original y copia de la Escritura de Propiedad del departamento, bodega, estacionamiento, oficina, local comercial o cualesquier otra unidad privativa.
En caso de acreditar la personalidad jurídica con Carta Poder, es necesario agregar copia simple de cada una de las identificaciones oficiales de los 2 testigos.
Cuando en un procedimiento existan varios interesados, las actuaciones se entenderán con el representante común, y en su defecto con el que figure en primer término.
Las instancias o peticiones que se formulen a las autoridades fiscales deberán ser resueltas en un plazo de hasta cuatro meses, de acuerdo con el artículo 54 del Código Fiscal de la Ciudad de México. Sin embargo, el plazo puede variar de acuerdo a la complejidad de cada caso.
En los plazos fijados en días, sólo se computarán los hábiles. En los no fijados por días sino por periodos, o bien, en aquellos en que señalen una fecha determinada para la extinción del término, se computarán también los inhábiles, pero si el último día no están abiertas al público en general las oficinas receptoras, concluirá al día siguiente hábil, de acuerdo con el artículo 433 del Código Fiscal de la Ciudad de México.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta con sus documentos al Área de Atención Ciudadana y los entrega al servidor público para que los revise.
Revisa la documentación y en caso de estar completa los pasa a Oficialía de Partes.
Espera turno para pasar a la oficialía de partes para entregar la documentación y en conjunto con el servidor público ingresan los datos en el sistema informático.
Ingresa la información en el sistema electrónico, imprime acuse, lo entrega al ciudadano y le informa de la fecha aproximada en la que será resuelto su trámite.
Recibe acuse y se retira en espera de la notificación de su respuesta
Da clic sobre el marcador para ver información
Oficio
Variable
Código Fiscal del Distrito Federal 14,15, 18, 26, 27, 28, 29, 48, 56, incisos a), b), d) e i), 71, 72, 79, 80, 100, 101, 102, 103, 107, 126, 127, 128, 129, 430, 431 y 432 del Código Fiscal de la Ciudad de México.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)
Este servicio lo realiza:
Persona física o moral. Trámite para registrar correctamente el nombre del contribuyente titular de la cuenta predial que corresponde a un inmueble, con la finalidad de cumplir con el pago del impuesto predial.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Escrito libre o modelo OTCDMX_CAM_FORMATO_SDP_SIIP_E17 dirigido al Subtesorero de Catastro y Padrón Territorial indicando: nombre completo del interesado, señalando domicilio del predio sobre el cual se realizará el trámite requerido, la cuenta predial, domicilio de notificación, número telefónico, correo electrónico, en original y dos copias
En original y copia acreditar la propiedad del inmueble de alguna de las siguientes formas:
- Escritura de Propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, o en su caso, Carta Original vigente del Notario Público indicando que se encuentra en trámite de inscripción; o
- Sentencia Judicial Ejecutoriada, o
- Contrato privado de compraventa, ratificado ante Juez de Paz, Notario Público o Corredor Público, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Original y copia de Boleta Predial, o Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial.
Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes
Original y copia de Croquis de Localización con orientación al norte, anotando los nombres de las calles circundantes y marcando distancia en metros a la esquina más próxima o ubicar el predio en el Sistema Integral de Gestión y Actualización de Predial en el Área de Atención Ciudadana.
En caso de Sucesiones:
Original y copia de nombramiento, aceptación y discernimiento del cargo de Albacea, vía judicial o extrajudicial.
En caso de acreditar la personalidad jurídica con Carta Poder, es necesario agregar copia simple de cada una de las identificaciones oficiales de los 2 testigos.
Cuando en un procedimiento existan varios interesados, las actuaciones se entenderán con el representante común, y en su defecto con el que figure en primer término.
Este trámite puede resolverse en 15 días hábiles.
En los plazos fijados en días, sólo se computarán los hábiles. En los no fijados por días sino por periodos, o bien, en aquellos en que señalen una fecha determinada para la extinción del término, se computarán también los inhábiles, pero si el último día no están abiertas al público en general las oficinas receptoras, concluirá al día siguiente hábil, de acuerdo con el artículo 433 del Código Fiscal de la Ciudad de México.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta con sus documentos al Área de Atención Ciudadana y los entrega al servidor público para que los revise.
Revisa la documentación y en caso de estar completa los pasa a Oficialía de Partes.
Espera turno para pasar a la oficialía de partes para entregar la documentación y en conjunto con el servidor público ingresan los datos en el sistema informático.
Ingresa la información en el sistema electrónico, imprime acuse, lo entrega al ciudadano y le informa de la fecha aproximada en la que será resuelto su trámite.
Recibe acuse y se retira en espera de la notificación de su respuesta
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Oficio
Variable
Código Fiscal del Distrito Federal 14, 15, 18, 26, 27, 28, 29, 48, 56, incisos a),b),d) e i), 71, 72, 79, 80, 100, 101, 102, 103, 107, 126, 127, 128, 129, 430, 431 y 432 del Código Fiscal de la Ciudad de México.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Escrito libre o modelo OTCDMX_CAM_FORMATO_SDP_SIIP_E17 dirigido al Subtesorero de Catastro y Padrón Territorial indicando: nombre completo del interesado, señalando domicilio del predio sobre el cual se realizará el trámite requerido, la cuenta predial, domicilio de notificación, número telefónico, correo electrónico, en original y dos copias
En original y copia acreditar la propiedad del inmueble de alguna de las siguientes formas:
- Escritura de Propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, o en su caso, Carta Original vigente del Notario Público indicando que se encuentra en trámite de inscripción; o
- Sentencia Judicial Ejecutoriada, o
- Contrato privado de compraventa, ratificado ante Juez de Paz, Notario Público o Corredor Público, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Original y copia de Boleta Predial, o Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial.
Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes
Original y copia de Croquis de Localización con orientación al norte, anotando los nombres de las calles circundantes y marcando distancia en metros a la esquina más próxima o ubicar el predio en el Sistema Integral de Gestión y Actualización de Predial en el Área de Atención Ciudadana.
En caso de Sucesiones:
Original y copia de nombramiento, aceptación y discernimiento del cargo de Albacea, vía judicial o extrajudicial.
En caso de acreditar la personalidad jurídica con Carta Poder, es necesario agregar copia simple de cada una de las identificaciones oficiales de los 2 testigos.
Cuando en un procedimiento existan varios interesados, las actuaciones se entenderán con el representante común, y en su defecto con el que figure en primer término.
Este trámite puede resolverse en 15 días hábiles.
En los plazos fijados en días, sólo se computarán los hábiles. En los no fijados por días sino por periodos, o bien, en aquellos en que señalen una fecha determinada para la extinción del término, se computarán también los inhábiles, pero si el último día no están abiertas al público en general las oficinas receptoras, concluirá al día siguiente hábil, de acuerdo con el artículo 433 del Código Fiscal de la Ciudad de México.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta con sus documentos al Área de Atención Ciudadana y los entrega al servidor público para que los revise.
Revisa la documentación y en caso de estar completa los pasa a Oficialía de Partes.
Espera turno para pasar a la oficialía de partes para entregar la documentación y en conjunto con el servidor público ingresan los datos en el sistema informático.
Este trámite lo realiza:
Persona física. Que haya celebrado contrato de compraventa o donación con el entonces Departamento del Distrito Federal, en el que se estipule un gravamen no cancelado o se establezca derecho de preferencia por el tanto a favor de éste.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
Formato de solicitud debidamente llenado y firmado en original y una copia simple para acuse
Documento generador de la posesión (Escritura Pública que consigne una compraventa con reconocimiento de Hipoteca en segundo lugar a favor del Gobierno de la Ciudad de México) en original y una copia simple
Finiquito o en su caso constancia de pagos exhibidos avalada por la Dirección General de Regularización Territorial; si se carece de cualquiera de estos documentos se deberá elaborar una orden de cobro por parte del Módulo Regional correspondiente con firma de la Dirección de Escrituración, pago que se efectuará en la Tesorería de la Ciudad de México, en original y una copia simple.
Antecedentes registrales o constancia de folio real del inmueble expedido por el Registro Público de la Propiedad y de Comercio (6 meses de vigencia), en original y una copia simple.
En caso de fallecimiento del titular registral, el solicitante (albacea, cónyuge supérstite, comprador) deberá presentar documento con el que se acredite su interés jurídico, en original y una copia simple.
Boleta predial o declaratoria de valor catastral correspondiente al 2019, en original para cotejo y copia simple.
Documento generador de la posesión (Escritura Pública que consigne una compraventa con reconocimiento de Hipoteca en segundo lugar a favor del Gobierno de la Ciudad de México) en original y una copia simple
Finiquito o en su caso constancia de pagos exhibidos avalada por la Dirección General de Regularización Territorial; si se carece de cualquiera de estos documentos se deberá elaborar una orden de cobro por parte del Módulo Regional correspondiente con firma de la Dirección de Escrituración, pago que se efectuará en la Tesorería de la Ciudad de México, en original y una copia simple.
Antecedentes registrales o constancia de folio real del inmueble expedido por el Registro Público de la Propiedad y de Comercio (6 meses de vigencia), en original y una copia simple.
En caso de fallecimiento del titular registral, el solicitante (albacea, cónyuge supérstite, comprador) deberá presentar documento con el que se acredite su interés jurídico, en original y una copia simple.
Boleta predial o declaratoria de valor catastral correspondiente al 2019, en original para cotejo y copia simple.
Documento generador de la posesión (Escritura Pública que consigne una compraventa con reconocimiento de Hipoteca en segundo lugar a favor del Gobierno de la Ciudad de México) en original y una copia simple
Finiquito o en su caso constancia de pagos exhibidos avalada por la Dirección General de Regularización Territorial; si se carece de cualquiera de estos documentos se deberá elaborar una orden de cobro por parte del Módulo Regional correspondiente con firma de la Dirección de Escrituración, pago que se efectuará en la Tesorería de la Ciudad de México, en original y una copia simple.
Antecedentes registrales o constancia de folio real del inmueble expedido por el Registro Público de la Propiedad y de Comercio (6 meses de vigencia), en original y una copia simple.
En caso de fallecimiento del titular registral, el solicitante (albacea, cónyuge supérstite, comprador) deberá presentar documento con el que se acredite su interés jurídico, en original y una copia simple.
Boleta predial o declaratoria de valor catastral correspondiente al 2019, en original para cotejo y copia simple.
Documento generador de la posesión (Escritura Pública que consigne una compraventa con reconocimiento de Hipoteca en segundo lugar a favor del Gobierno de la Ciudad de México) en original y una copia simple
Finiquito o en su caso constancia de pagos exhibidos avalada por la Dirección General de Regularización Territorial; si se carece de cualquiera de estos documentos se deberá elaborar una orden de cobro por parte del Módulo Regional correspondiente con firma de la Dirección de Escrituración, pago que se efectuará en la Tesorería de la Ciudad de México, en original y una copia simple.
Antecedentes registrales o constancia de folio real del inmueble expedido por el Registro Público de la Propiedad y de Comercio (6 meses de vigencia), en original y una copia simple.
En caso de fallecimiento del titular registral, el solicitante (albacea, cónyuge supérstite, comprador) deberá presentar documento con el que se acredite su interés jurídico, en original y una copia simple.
Boleta predial o declaratoria de valor catastral correspondiente al 2019, en original para cotejo y copia simple.
Documento generador de la operación (Contrato o Escritura de compraventa o donación) en original y una copia simple.
Documento con el que se acredite la liquidación del precio pactado en el documento generador. En caso de no tenerlo deberá solicitar una orden de cobro, expedida por la Dirección General de Regularización Territorial, dirigida a la Administración Tributaria que corresponda al domicilio del inmueble en original y una copia simple.
Antecedentes registrales o constancia de folio real del inmueble expedido por el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, en original y una copia simple.
En caso de fallecimiento del titular registral, el solicitante (albacea, cónyuge supérstite, comprador) deberá presentar documento con el que se acredite su interés jurídico, en original y una copia simple.
*El Área de Atención Ciudadana se encuentra la Oficinas Centrales de la Dirección General de Regularización Territorial en Azafran 18, esquina Azúcar. Colonia Granjas México, Alcaldía Iztacalco. C.P. 08400, Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas. Teléfono, 5570985088
*El propietario del bien inmueble con gravamen deberá acreditar ante la Dirección General de Regularización Territorial la liquidación del pago establecido en el documento generador; de no ser así, se tramitará orden de cobro por la cantidad establecida en el Acuerdo mediante el cual se instruye a la Dirección General de Regularización Territorial para que lleve a cabo las acciones necesarias para la titulación de los lotes de interés social y viviendas construidas por el Departamento del Distrito Federal, antes del 31 de diciembre de 1979, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de noviembre de 1993.
*El trámite correspondiente a la Renuncia de Derecho de Preferencia por el Tanto, se realiza ante la Dirección General de Regularización Territorial, no tiene costo ni se requiere presentar comprobante de domicilio (Boleta del Impuesto Predial), en caso de que la Escritura tenga anotación de gravamen (reserva de dominio, declaración de pago y liberación de obligaciones, hipoteca), deberá cancelarse ésta en forma previa a la solicitud de Renuncia al Derecho de Preferencia por el Tanto.
*El tiempo de respuesta del trámite podrá variar, atendiendo a las circunstancias de cada caso.
*Concluido el proceso de cancelación previo a la firma de la Escritura que en su caso se obtenga, el solicitante deberá verificar que el contenido de la misma se encuentre acorde a sus datos. En caso contrario, y la Escritura contenga un error y sea firmada por el solicitante, el costo de la rectificación de la misma será a su cargo.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Puedes pagar en:
Se presenta en área de atención ciudadana con solicitud debidamente llenada y acompañada de los requisitos mencionados.
Recibe, revisa, coteja y de ser procedente integra expediente.
Elabora y envía oficio correspondiente al titular del Registro Público de la Propiedad y de Comercio para solicitar la cancelación de reserva de dominio o declaración de pago o liberación de obligaciones. En caso de cancelación de hipoteca en segundo lugar, se turna instrucción notarial al Notario Público designado, para la elaboración del Testimonio de cancelación de hipoteca. El caso de renuncia al derecho de preferencia por el tanto, expide oficio.
Recibe respuesta a su solicitud.
Este trámite lo realiza:
Persona física. Persona física a quien les otorgó crédito los extintos Fideicomisos FICAPRO y FIVIDESU
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Escritura o Titulo de Propiedad del inmueble. En original y copia para cotejo.
Datos generales del Notario Público del Distrito Federal, de su elección, en su caso. En original y copia para cotejo.
Carta Finiquito. En original y copia para cotejo.
Constancia Simple de Folio Real actualizada emitida por el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (con fecha de expedición no mayor a seis meses). En original y copia para cotejo.
Estado de Cuenta en ceros actualizado, emitido por el Fideicomiso de Recuperación Crediticia FIDERE III (con fecha de expedición no mayor a seis meses). En original y copia para cotejo.
En caso de proceder en forma positiva el trámite solicitado, la Dirección Ejecutiva de Cierre de Fondos emitirá la instrucción solicitando al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal dejar sin efectos la reserva de dominio ó emitirá la instrucción notarial solicitando la Cancelación de la Reserva de Dominio al Notario Público designado por el beneficiario
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Presentarse con los documentos en original y copia en el Módulo de Atención al Público de la Dirección Ejecutiva de Cierre de Fondos.
Recibe, coteja la documentación y entrega formato de solicitud de trámite y de Autorización para recabar, proteger, incorporar y tratar datos personales.
Llena los formatos
Revisa el correcto llenado de los formatos, adjunta la documentación recibida e ingresa al Sistema del Módulo Atención al Público de la Dirección Ejecutiva de Cierre de Fondos (Sistema MAP) y entrega folio de seguimiento, indicando tiempo de respuesta.
Informa vía telefónica al Ciudadano que se presente a recoger el oficio de improcedencia o la instrucción de cancelación de reserva de dominio.
Se presenta en Módulo de Atención al Público de la Dirección Ejecutiva de Cierre de Fondos con identificación oficial y folio de seguimiento a recibir oficio de improcedencia o instrucción de cancelación de reserva de dominio.
Recibe y coteja la identificación presentada, entrega oficio de improcedencia o instrucción de cancelación de reserva de dominio.
Recibe oficio de improcedencia o instrucción de cancelación de reserva de dominio y firma de acuse de recibido.
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Oficio
3 mes(es).
60 días naturales
Ley de Vivienda del Distrito Federal ART. 50, ART. 76
Código Civil para el Distrito Federal ART. 2312, 2313, 3028 Y 3029
Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del INVI. PUNTO 5.5.4 Y 5.7.3
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Escritura o Titulo de Propiedad del inmueble. En original y copia para cotejo.
Datos generales del Notario Público del Distrito Federal, de su elección, en su caso. En original y copia para cotejo.
Carta Finiquito. En original y copia para cotejo.
Constancia Simple de Folio Real actualizada emitida por el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (con fecha de expedición no mayor a seis meses). En original y copia para cotejo.
Estado de Cuenta en ceros actualizado, emitido por el Fideicomiso de Recuperación Crediticia FIDERE III (con fecha de expedición no mayor a seis meses). En original y copia para cotejo.
En caso de proceder en forma positiva el trámite solicitado, la Dirección Ejecutiva de Cierre de Fondos emitirá la instrucción solicitando al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal dejar sin efectos la reserva de dominio ó emitirá la instrucción notarial solicitando la Cancelación de la Reserva de Dominio al Notario Público designado por el beneficiario
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Presentarse con los documentos en original y copia en el Módulo de Atención al Público de la Dirección Ejecutiva de Cierre de Fondos.
Recibe, coteja la documentación y entrega formato de solicitud de trámite y de Autorización para recabar, proteger, incorporar y tratar datos personales.
Llena los formatos
Revisa el correcto llenado de los formatos, adjunta la documentación recibida e ingresa al Sistema del Módulo Atención al Público de la Dirección Ejecutiva de Cierre de Fondos (Sistema MAP) y entrega folio de seguimiento, indicando tiempo de respuesta.