Cambio de nombre y o razón social

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Cambio de nombre y o razón social

Unidad normativa: SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Este trámite se llevará a cabo cuando el propietario requiera cambiar el nombre o la razón social registrado en el padrón de usuarios, ya sea porque diversa persona adquirió el inmueble o en virtud de algún otro cambio de situación jurídica del inmueble o de la persona que deba considerarse propietaria de la toma.

Este trámite lo realiza:

Persona física o moral. El propietario del inmueble donde se ubica la toma o el usuario a través de carta poder suscrita por el propietario.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Nombre y firma autógrafa del propietario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).

04

Presentar preferentemente número telefónico y correo electrónico.

05

Presentar número de cuenta relacionado con el suministro de agua.

06

Boleta Predial del año en curso o (1 copia y original para cotejo)

Propuesta de valor catastral pagada (1 copia y original para cotejo)

O Escritura Pública. (1 copia y original para cotejo)

Antes de realizar el trámite debes considerar

La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto quedará sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.

En caso de ser Usuario de la toma, deberá presentar Carta Poder suscrita por el Propietario del Inmueble.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Acude al Área de Atención Ciudadana a solicitar el trámite.

02

Actor: Servidor público

O Personal de Atención al Público, recibe y revisa la documentación y captura en el sistema el trámite a realizar.

03

Actor: Servidor público

O Personal de Atención al Público, imprime y entrega el comprobante al ciudadano.

04

Actor: Ciudadano

Escribe su nombre y plasma su firma o huella digital, según sea el caso.

05

Actor: Servidor público

Ó Personal de Atención al Público, entrega el comprobante de trámite al Ciudadano.

De manera presencial

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Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Comprobante


Plazo máximo de respuesta:

15 días hábiles

Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 56 inciso b), 73 fracciones VI y IX, 103 fracción II, 172, 176 fracción VII, VIII, 430 y 432

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte

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