Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
Pago de derechos por la expedición de la constancia (original).
Este trámite se puede llevar a cabo a través del portal de la Secretaría de Administración y Finanzas, www.finanzas.cdmx.gob.mx, ingresando el número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
En caso de que se realice el pago en línea, se podrá obtener la constancia de manera inmediata, o bien, sí se genera la línea de captura para el pago de los derechos a través de Instituciones Bancarias y Tiendas de Autoservicio, se podrá obtener la impresión de la constancia de adeudos solicitada, en cuanto el pago haya sido validado por la Secretaría de Finanzas.
Cuando el trámite se solicite en línea se expedirá en relación al histórico de la cuenta; ahora bien, sí el trámite se realiza en las oficinas de atención al público se estará en posibilidad de solicitar la constancia por un periodo determinado.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Monto a pagar
Puedes pagar en:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 fracción VIII del Código Fiscal de la Ciudad de México vigente.
Acude al Área de Atención Ciudadana a solicitar el trámite.
Ó Personal de Atención al público, ingresa en el sistema el número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
Ó Personal de Atención al público, genera el documento para el pago de los derechos.
Realiza el pago de los derechos correspondiente.
Ó Personal de Atención al Público, expide la constancia y hace entrega de la misma al usuario.
Da clic sobre el marcador para ver información
Constancia
2 mes(es).
3 días hábiles
Código Fiscal de la Ciudad de México Articulo 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 103 fracciones II, X, 248 fracción VIII, 430 y 432.
Número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
Pago de derechos por la expedición de la constancia (original).
Este trámite se puede llevar a cabo a través del portal de la Secretaría de Administración y Finanzas, www.finanzas.cdmx.gob.mx, ingresando el número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
En caso de que se realice el pago en línea, se podrá obtener la constancia de manera inmediata, o bien, sí se genera la línea de captura para el pago de los derechos a través de Instituciones Bancarias y Tiendas de Autoservicio, se podrá obtener la impresión de la constancia de adeudos solicitada, en cuanto el pago haya sido validado por la Secretaría de Finanzas.
Cuando el trámite se solicite en línea se expedirá en relación al histórico de la cuenta; ahora bien, sí el trámite se realiza en las oficinas de atención al público se estará en posibilidad de solicitar la constancia por un periodo determinado.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Monto a pagar
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Persona física o moral. Representante Legal o Poseedor de un predio o inmueble.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Carta de Naturalización - original y 1 copia(s)
o Certificado de Nacionalidad Mexicana - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Formato TMHIDALGO_ECA_1, por duplicado debidamente requisitados, con firmas autógrafas.
Comprobante de pago de la constancia de alineamiento y/o número oficial en original y copia, el cual debe presentar posterior al ingreso de la solicitud una vez que la autoridad informe al interesado el
monto a pagar.
Para solicitar únicamente la constancia de alineamiento se requiere adicionalmente una copia del documento que acredite la propiedad o posesión del predio, en original y copia.
No se expedirá constancia de alineamiento y/o número oficial para instalación de servicios públicos en predios con frente a la vía pública de hecho o aquella que se presuma como tal. Cuando el predio
pertenezca a dos o más Delegaciones, la Constancia de Alineamiento y/o número oficial serán expedidos por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. Para el caso de aquellos predios que
tengan más de un frente a la vía pública, se podrá optar por la asignación del número oficial sobre la vialidad de su interés. El alineamiento contendrá las afectaciones y las restricciones de carácter urbano que señale la Ley y su Reglamento. La constancia de alineamiento y/o número oficial no crea ni prejuzga sobre derechos de propiedad o posesión y se expide sobre datos y declaraciones proporcionados bajo protesta de decir verdad por el solicitante.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Alineamiento por cada metro de frente del inmueble.
Número oficial.
Puedes pagar en:
Artículos 233 y 234 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Presenta el formato de solicitud por duplicado debidamente requisitado y la documentación con la que acredita los requisitos en la Unidad de Atención Ciudadana.
Recibe el formato de solicitud por duplicado y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente de conformidad con la normatividad aplicable.
Informa al ciudadano sobre el monto de pago de derechos.
Realiza pago.
Se presenta en la Unidad de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y el comprobante de pago, solicitando la respuesta a la solicitud.
Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.
Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.
Da clic sobre el marcador para ver información
Constancia
2 año(s).
6 días hábiles
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Propietarios o poseedores de predios.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula de Identidad Ciudadana - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Formato TSEDUVI-CGDAU_CNL_1 debidamente llenado.
Comprobante de pago de derechos correspondiente.
Por la búsqueda
Por la certificación
Puedes pagar en:
Artículo 248 fracción V y XII
Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma
Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y solicita la respuesta a la solicitud
Revisa y entrega la respuesta a la solicitud
Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido
Da clic sobre el marcador para ver información
Constancia
Permanente.
10 días hábiles
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 4 fracción III y 7 fracción VII.
Reglamento de la Ley Registral para la Ciudad de México Artículos 40 fracción II.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 154 fracción VI.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 8.
Constitución Política de la Ciudad de México Artículos 1 numeral 5, 3, 7 apartado A numeral 1.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 31 fracción XII.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 3 y 35 fracción III.
Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula de Identidad Ciudadana - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Formato TSEDUVI-CGDAU_CNL_1 debidamente llenado.
Comprobante de pago de derechos correspondiente.
Por la búsqueda
Por la certificación
Este trámite lo realiza:
Persona física. Que formalice en escritura pública actos jurídicos relacionados con adquisición o transmisión de propiedad de inmuebles, de uso habitacional, extinción de obligaciones o formalización de contratos privados de compraventa o de resoluciones judiciales, o herederos y legatarios, que formalicen en escritura pública actos jurídicos relacionados con la transmisión de propiedad de inmuebles por sucesión.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
Formato de solicitud debidamente llenado en original y una copia simple para acuse.
Original y copia de la boleta predial del inmueble a regularizar correspondiente al ejercicio fiscal en que se solicita, cuyo valor catastral no debe exceder el monto establecido en el artículo 275 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México
Carta dirigida a la Dirección General de Regularización Territorial, expedida por Notario Público de la Ciudad de México, ante el cual se tramitará la escrituración del inmueble respectivo, en la que manifieste que el solicitante cumple con los requisitos para formalizar en escritura pública todos los actos jurídicos relacionados con la adquisición o transmisión de propiedad de bienes inmuebles de uso habitacional, extinción de obligaciones o formalización de contratos privados de compraventa o de resoluciones judiciales, así como de que el valor del inmueble se encuentre dentro de los valores que refiere el artículo 275 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México.
Identificación oficial vigente de la persona autorizada para recibir la constancia. Original y copia.
Formato de solicitud debidamente llenado en original y una copia simple para acuse.
Copia del acta de defunción del finado.
Copia del acta de matrimonio del finado (para el caso que haya sido casado o constancia de inexistencia de matrimonio si nunca contrajo nupcias).
Copia del acta de nacimiento de las y los herederos o legatarios.
Copia de identificación oficial con fotografía de las y los herederos o legatarios. (INE/IFE, cédula profesional, pasaporte identificaciones que deberán estar vigentes)
Copia de la boleta predial del inmueble, correspondiente al ejercicio fiscal en curso.
Copia de la boleta de agua del inmueble correspondiente al ejercicio fiscal en curso.
Copia del título de propiedad y/o escritura del inmueble a heredar, (debidamente inscrito en el registro público de la propiedad y el comercio de la ciudad de México.)
Copia de la constancia de folio real del inmueble (tramitar ante el registro público de la propiedad y el comercio, ubicado en Villalongín 15, Colonia Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc.
Copia de la escritura de declaratoria de herederos y/o declaratoria de validez de testamento llevado ante notario (para el caso que se haya tramitado).
Copia de sentencia del juez familiar de declaratoria de herederos y/o sentencia de adjudicación (para el caso de que se haya tramitado).
Copias del testamento (en su caso).
Carta dirigida a la Dirección General de Regularización Territorial expedida por Notario Público de la Ciudad de México cuando se inicie con Notaría elegida por el Ciudadano.
*El Área de Atención Ciudadana se encuentra la Oficinas Centrales de la Dirección General de Regularización Territorial en Azafran 18, esquina Azúcar. Colonia Granjas México, Alcaldía Iztacalco. C.P. 08400, Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas. Teléfono, 5570985088
*En el caso de Constancia de reducción por Jornada Notarial (Artículo 275 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México) el plazo de respuesta es inmediato.
*Constancia para reducción por Sucesión (Artículo 275 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México) l plazo de respuesta es de 30 días. hábiles.
*La Dirección General de Regularización Territorial expedirá Constancia de reducción por Jornada Notarial, siempre que el valor catastral del inmueble no exceda del límite establecido en los artículos 275 Bis y 275 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México.
*La emisión de la Constancia de reducción por Jornada Notarial, no exime a los contribuyentes beneficiados de presentar las declaraciones o realizar los trámites que correspondan a la aplicación del beneficio fiscal, en los términos de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, ni nulifica el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales.
*La Dirección General de Regularización Territorial, emitirá la Constancia a que se refiere el artículo 275 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, con la que se acredite que los herederos o legatarios interesados, están inscritos en uno de los Programas de la Dirección General de Regularización Territorial, para llevar a cabo las acciones que correspondan para la transmisión de propiedad a título de herencia, para lo cual deberán informar por escrito al Notario Público de la Ciudad de México ante el cual se está llevando a cabo la formalización en escritura pública de todos los actos jurídicos relacionados con la transmisión de propiedad del bien inmueble por sucesión.
*Los contribuyentes que se acojan a la reducción prevista en el artículo 275 Bis y Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México y que proporcionen documentación o información falsa o la omitan total o parcial, con el propósito de gozar indebidamente de la reducción, perderán los beneficios que se les hubieren otorgado en relación con el adeudo o adeudos de que se trate, sin perjuicio de las sanciones administrativas a que haya lugar, así como de las demás penas contenidas en los ordenamientos legales aplicables.
*La reposición de Constancia de reducción por Jornada Notarial, sólo procederá en los siguientes casos: a) Por robo o extravío, siempre que se acompañe del acta correspondiente levantada ante la autoridad competente. b) Cuando presente errores u omisiones imputables a la Unidad Administrativa que la expide.
*Se deberán cubrir los gastos de operación que varían de acuerdo al valor catastral del inmueble a regularizar (Incorporación al Programa de Sucesiones).
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta en el Área de Atención Ciudadana presentando los requisitos señalados.
Recibe, coteja y revisa los documentos presentados e indica dependiendo del modalidad el proceso específico a seguir.
Constancia de reducción por Jornada Notarial para formalizar transmisiones de propiedad.
Cuya vigencia es:
Por el año fiscal que se otorga.
Constancia de reducción por Jornada Notarial para formalizar transmisiones de propiedad por sucesión
Cuya vigencia es:
Por el año fiscal que se otorga.
Variable
Resolución por la que se validan los lineamientos que deben cumplir los contribuyentes para hacer efectivas las reducciones de contribuciones a que se refiere el Capítulo XI del Título Tercero del Libro Primero del Código Fiscal de la Ciudad de México en las administraciones tributarias o auxiliares, en su caso, ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México y Notarios Públicos de la Ciudad de México, publicada el 9 de marzo de 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad México. Apartado A, Capítulo IV. numerales 7 y 8.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 275 Bis
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 43 fracción I, XXIX, XXXI.
Resolución por la que se validan los lineamientos que los contribuyentes deben cumplir para obtener la constancia de reducción por jornada notarial prevista en el artículo 275 bis del Código Fiscal de la Ciudad de México, publicada el 9 de marzo de 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad México. Aplica en su totalidad.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 233.
Resolución por la que se validan los lineamientos que los contribuyentes deben cumplir para obtener la constancia para reducción por sucesión, prevista en el artículo 275 ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, publicada el 6 de abril de 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad México. Aplica en su totalidad.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 43 fracción I, XXIX y XXXI.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 233, fracción I y II.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 275 Ter.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Promotores que construyan, restauren o rehabiliten y/o adapten espacios para servicios o comercio y/o vivienda de interés social o popular. Condóminos que habiten vivienda de interés social en la Ciudad de México.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original
Cartilla del Servicio Militar Nacional
o Cédula Profesional - original
o Certificado de Nacionalidad Mexicana - original
o Licencia para Conducir - original
o Pasaporte - original
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - 1 copia(s)
o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
Formato debidamente llenado
Copia de la boleta del impuesto predial
Documento que acredite la propiedad el inmueble donde se desarrollara el proyecto de construcción.
Copia de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes.
Análisis de costos con lo que se acreditará la inversión.
Copia de la Constancia de Alineamiento y número oficial.
En su caso, Licencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, Visto Bueno del Instituto Nacional de Bellas Artes o Dictamen de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda.
Copia del Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo
Carta compromiso notariada, donde se contemple el precio de venta por vivienda.
Memoria Descriptiva.
Reporte fotográfico a color del exterior y el interior del estado actual del predio o inmueble.
En caso de tratarse de promotor publico, debera acreditar que forma parte de un programa de un programa de vivienda del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México.
Proyecto arquitectónico que contenga plantas, cortes y fachadas.
Copias del registro de Manifestación de Construcción o Licencia de Construcción y planos arquitectónicos registrados y sellados por la Alcaldía correspondiente y de la Autorización de Uso y Ocupación.
Reporte fotográfico a color de la obra concluida del exterior y el interior.
Copia del Régimen de propiedad en condominio notariado, inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal (únicamente para art. 292 Código Fiscal del Distrito Federal).
Una vez obtenida la Constancia Provisional y en caso de que no se hayan aplicado las reducciones contenidas en el Código Fiscal durante el ejercicio en curso, se podrá actualizar las veces que sean necesarias, siempre y cuando no se modifique el proyecto para el cual fue otorgada la Constancia Provisional inicial. En caso de modificación, deberá solicitarse nuevamente la constancia provisional para el nuevo proyecto. Cualquiera de los trámites mencionados se solicitará de manera independiente.
La actualización de Constancias de Reducción Fiscal en favor del proyectos desarrollados por el Instituto de Vivienda de la Ciudad de México se realizará con la sola solicitud del organismo, preferentemente al inicio del ejercicio fiscal.
La Constancia de Reducción Fiscal con base en el artículo 289 del Código Fiscal se otorgan por una sola vez.
La Constancia de reducción fiscal de vivienda de interés social o popular aplica exclusivamente para obra nueva. La constancia que emite la SEDUVI acredita a la persona interesada en su carácter de promotora únicamente y corresponde a las Administraciones Tributarias la aplicación de las reducciones que establece el Código Fiscal.
Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma
Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y solicita la respuesta a la solicitud
Revisa y entrega la respuesta a la solicitud
Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido
Da clic sobre el marcador para ver información
Constancia
Constancia
Cuya vigencia es:
Por el año fiscal que se otorga.
10 días hábiles
Código Fiscal de la Ciudad de México 275, 289 y 292
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 8.
Constitución Política de la Ciudad de México Artículos 1 numeral 5, 3, 7 apartado A numeral 1
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 4 fracción III y 7 fracción XIII.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 31 fracción XII.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 275, 289 y 292.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 154 fracción VII.
Resolución por la que se validan los Lineamientos publicados el 8 de mayo de 2001 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Aplica en su totalidad
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Persona física con discapacidad permanente, residente en la Ciudad de México y/o Persona Moral (Asociaciones de Asistencia Social) ubicada en la Ciudad de México.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - original y 1 copia(s)
Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)
o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)
Certificado médico de discapacidad y funcionalidad, emitido por una institución del sector salud del Gobierno del Distrito Federal, IMSS o ISSSTE que cuente con los elementos de verificación (membretado, sello de la institución, firma, nombre y cédula profesional del médico que expide). Con vigencia no mayor a un año, a partir de su expedición. Además el certificado debe contar con los datos correctos de la o el derechohabiente y especificar la discapacidad o secuelas de enfermedad crónica, en original y una copia.
En caso de personas menores de edad o que el derechohabiente no pueda realizar el trámite personalmente, el responsable del cuidado de la persona con discapacidad, deberá presentar identificación oficial (Credencial para votar, Cédula Profesional, Pasaporte, Licencia para conducir, Cartilla militar, Identificación expedida por IMSS, Identificación expedida por ISSSTE, Identificación expedida por ISSFAM o Identificación expedida por INAPAM), en original y una copia.
Clave Única de Registro de Población (CURP) en copia simple.
Acta de nacimiento, en original y copia simple.
Una fotografía tamaño infantil, reciente de frente e impresa en papel fotográfico, blanco y negro o a color, no enmicada, ni sellada.
Identificación oficial (INE, Pasaporte, Licencia de conducir, Cédula Profesional, Cartilla militar, IMSS, ISSSTE, ISSFAM o INAPAM) en original y una copia.
Comprobante de domicilio en la Ciudad de México (Recibo de agua, luz, predio, teléfono, gas natural o constancia delegacional) en original y una copia simple.
Formato debidamente requisitado.
Instrumento o documento con el que se acredita la persona moral (acta constitutiva). Original y una copia.
Identificación oficial vigente del representante de la Asociación Civil (persona moral) (INE, Pasaporte, Licencia de conducir, Cédula Profesional, Cartilla militar, IMSS, ISSSTE, ISSFAM o INAPAM) en original y una copia.
Comprobante de domicilio de la persona moral en la Ciudad de México (Recibo de agua, luz, predio, teléfono, gas natural) en original y una copia simple.
Una fotografía tamaño infantil del representante de la persona moral, de frente, papel mate, reciente, blanco y negro o a color, no enmicada, ni sellada.
Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.).
Formato debidamente requisitado.
En caso que se soliciten dos o más constancias se deberá entregar un formato de solicitud debidamente requisitado por cada una de ellas con su respectivo juego de copias.
Respecto a las constancias para la tramitación de Placas Vehiculares con el símbolo internacional de accesibilidad y para la exención del Programa Hoy No Circula se emitirá sólo una por persona, no por vehículo.
El trámite deberá ser realizado de forma personal o en su caso por la persona responsable del cuidado de la o el derechohabiente.
El comprobante de domicilio debe estar a nombre del derechohabiente solicitante (con discapacidad) cuando se solicite la constancia de reducción fiscal.
El comprobante de domicilio no debe tener mas de 3 meses de antiguedad.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Asiste al Área de Atención Ciudadana y entrega formato de solicitud debidamente requisitada anexando los requisitos solicitados.
Recibe solicitud requisitada y revisa documentación. Otorga un número de folio de ingreso e indica el tiempo de respuesta.
Regresa al Área de Atención Ciudadana, entrega número de folio e identificación en original para su cotejo.
Revisa número de folio e identificación y entrega la constancia.
Recibe constancia y firma de recibido.
Da clic sobre el marcador para ver información
Constancia
1 año(s).
15 días hábiles
Código Fiscal del Distrito Federal artículo 279, fracción I inciso b).
Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal. artículo 43, fracción I.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Propietarios o poseedores de vehículos eléctricos e híbridos matriculados en la Ciudad de México.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)
o Cédula Profesional - 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - 1 copia(s)
o Pasaporte - 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.
Tarjeta de Circulación con placas de la Ciudad de México. Copia.
Documento mediante el cual se indiquen las especificaciones técnicas de la unidad (factura, carta factura, pedimento de importación, etc). Copia.
Encontrarse dentro del listado de vehículos candidatos al holograma exento de la página de la SEDEMA www.sedema.cdmx.gob.mx
No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.
*En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana.
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse, informando el plazo de respuesta correspondiente según la norma.
Llama por teléfono para preguntar el estado de su solicitud.
Se presenta en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular, exhibe el acuse.
Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.
Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.
Da clic sobre el marcador para ver información
Holograma
Indeterminada.
Certificado
Indeterminada.
10 días hábiles
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 39 y 44.
Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal Artículo 79 fracción VI.
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria. Vigente.
Decreto por el que se expide el Programa Hoy No Circula en el Distrito Federal Numerales IV.1. y VII 1 y 2.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 183 fracciones I y XI.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 15 fracción IV y 26 fracción III.
Credencial para Votar - 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)
o Cédula Profesional - 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - 1 copia(s)
o Pasaporte - 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.
Tarjeta de Circulación con placas de la Ciudad de México. Copia.
Documento mediante el cual se indiquen las especificaciones técnicas de la unidad (factura, carta factura, pedimento de importación, etc). Copia.
Encontrarse dentro del listado de vehículos candidatos al holograma exento de la página de la SEDEMA www.sedema.cdmx.gob.mx
No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.
*En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Este servicio lo realiza:
Persona física o moral. Contribuyente
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Número de Cuenta Predial
Correo electrónico.
Realizar el pago de los Derechos por la Expedición de Constancia de Adeudos.
El solicitante recibirá en el correo electrónico proporcionado la certificación una vez efectuado el pago e ingresada la Línea de Captura en el sistema, siempre y cuando el pago efectuado por el contribuyente sea reconocido en el sistema de pagos, lo que puede tardar de 24 a 48 horas.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Monto a pagar
Puedes pagar en:
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 248 fracción VIII.
Ingresa a la página de la Secretaría de Finanzas http://data.finanzas.cdmx.gob.mx, en el apartado “Trámites en Línea”. Elige “Solicitar Trámite” y “Constancia de Adeudos de Impuesto Predial” e ingresa los datos requeridos por el sistema y elige “Buscar”.
Si los datos son correctos, se proporcionará una Línea de Captura.
Efectúa el pago de la Línea de Captura. Ingresa a la página de la Secretaría de Finanzas http://data.finanzas.cdmx.gob.mx, en el apartado “Trámites en Línea”. Elige “Generar Documento”. Ingresa Línea de Captura y Código de Verificación de Seguridad que proporciona el sistema.
Envía al correo electrónico proporcionado la “Constancia de Adeudos”
Accede a su correo electrónico e imprime la “Constancia de Adeudos”.
El servicio se puede realizar completamente en línea a través del http://data.finanzas.cdmx.gob.mx/formato_lc/certificacion/#
Constancia
Inmediato
Código Fiscal del Distrito Federal 248, fracción VIII
Reglas de Carácter General para la Gestión de Trámites a través de Medios Electrónicos ante la Secretaría de Finanzas. Todo el documento
Número de Cuenta Predial
Correo electrónico.
Realizar el pago de los Derechos por la Expedición de Constancia de Adeudos.
El solicitante recibirá en el correo electrónico proporcionado la certificación una vez efectuado el pago e ingresada la Línea de Captura en el sistema, siempre y cuando el pago efectuado por el contribuyente sea reconocido en el sistema de pagos, lo que puede tardar de 24 a 48 horas.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
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Ingresa a la página de la Secretaría de Finanzas http://data.finanzas.cdmx.gob.mx, en el apartado “Trámites en Línea”. Elige “Solicitar Trámite” y “Constancia de Adeudos de Impuesto Predial” e ingresa los datos requeridos por el sistema y elige “Buscar”.
Si los datos son correctos, se proporcionará una Línea de Captura.
Efectúa el pago de la Línea de Captura. Ingresa a la página de la Secretaría de Finanzas http://data.finanzas.cdmx.gob.mx, en el apartado “Trámites en Línea”. Elige “Generar Documento”. Ingresa Línea de Captura y Código de Verificación de Seguridad que proporciona el sistema.
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Accede a su correo electrónico e imprime la “Constancia de Adeudos”.
El servicio se puede realizar completamente en línea en http://data.finanzas.cdmx.gob.mx/formato_lc/certificacion/#
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Inmediato
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Persona física o moral. Contribuyentes que participen en licitaciones públicas o invitaciones restringidas, así como a los que se contratará u otorgará una concesión o PATR o subsidio por parte de la Administración Pública de la Ciudad de México.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Promoción (escrito libre) o Volante de Aclaraciones (OTCDMX_CAC_1) por duplicado, señalando el nombre, la denominación o razón social del promovente, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), cuenta predial o número de placa, número telefónico, la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción, el domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Ciudad de México, el nombre de la persona autorizada para recibirlas y, en su caso, correo electrónico para los mismos efectos.
Indicar la denominación de la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad de la Administración Pública de la Ciudad de México, con la que llevará a cabo el procedimiento de licitación pública o invitación restringida en la que participe o pretenda participar o de la autoridad con la que se contratará o la que otorgará la concesión o permiso administrativo temporal revocable o subsidio.
Recibo de pago de derechos.
En caso de que el inmueble no esté a nombre del contribuyente, se deberá acreditar la propiedad del inmueble con Escritura pública pasada ante la fe de Notario Público, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio o Sentencia debidamente ejecutoriada e inscrita o no en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o Contrato Privado de Compra Venta, cuyas firmas estén ratificadas ante Notario Público o Juez competente, en original y copia simple.
Número de cuenta del Impuesto Predial o presentar última boleta de pago, en original y copia simple.
Formato de Inscripción o aviso de modificación de datos al Padrón de Contribuyentes del Impuesto sobre Nóminas de la Ciudad de México, con folio y sello de la Administración Tributaria correspondiente, en original y copia simple.
En caso de que el vehículo no esté a nombre del contribuyente, se deberá acreditar la propiedad del mismo con factura vigente, carta factura vigente o, en su caso, factura endosada, en original y copia simple.
Tarjeta de circulación o acta levantada ante el Ministerio Público, en original y copia simple.
Formato de Inscripción o aviso de modificación de datos al Padrón de Contribuyentes del Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje de la Ciudad de México, con el folio y sello de la Administración Tributaria correspondiente, en original y copia simple.
Será emitida una constancia de adeudos por cada concepto que solicite la persona física o moral.
En caso de que los requisitos estuvieran incompletos se requerirá al promovente, para que en un plazo de 10 días hábiles cumpla con el requisito omitido, en caso de no subsanar la omisión en dicho plazo, la promoción se tendrá por no presentada, excepción hecha del número telefónico o correo electrónico.
Para el caso de la constancia de adeudos sobre impuesto sobre nóminas, la impresión de la consulta, en la que conste que el contribuyente se encuentra inscrito en el Padrón del Impuesto sobre Nóminas emitida a través del Sistema del Impuesto sobre Nóminas (SIMPSON), será firmada por el titular de la Administración Tributaria y en caso de ausencia firmará el JUD de Registro y Servicios al Contribuyente, previo pago de los derechos establecidos en el artículo 248, fracción XII del Código Fiscal de la Ciudad de México.
Tratándose del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles no se emitirá constancia de adeudos, en virtud de que la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial realiza la revisión del pago de dicho impuesto, a través de los Sistemas para Notarios Públicos y Valuadores y el de Notarios Públicos y Valuadores.
Tratándose de personas físicas únicamente será necesario presentar la carta poder en el caso de que quién realice el tramite sea el representante legal, mandatario o apoderado legal.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Monto a pagar
Puedes pagar en:
Artículo 248, fracción VIII del Código Fiscal de la Ciudad de México
Acude a la Administración Tributaria y presenta los requisitos ante el Responsable del Módulo Universal.
El Responsable del Módulo Universal revisará que la documentación de los requisitos esté completa, indicándole al contribuyente que la deberá presentar en Oficialía de Partes, indicándole.
Entrega en Oficialía de Partes la documentación, le sellan de recibido y regresa a módulo universal para que le indiquen cuánto tiene que pagar por las Constancias, hace el pago y regresa con los comprobantes de pago de derechos al Módulo Universal para que le entreguen las Constancias generadas.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Persona física o moral, pública o privada, propietarios de un predio.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)
Formato de solicitud, debidamente llenado y firmado.
Comprobante de pago de derechos correspondiente.
Escritura pública del inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México o Carta Notarial que indique que se encuentra en proceso de inscripción acompañada de la Constancia de ingreso correspondiente.
En caso de que la propiedad se acredite con resolución judicial, presentar copia certificada de la Sentencia Judicial ejecutoriada debidamente inscrita.
En caso de inmuebles de propiedad pública, presentar documento certificado por la autoridad emisora en el que conste la asignación, el uso o destino y/o la entrega-recepción correspondiente o, en su caso, documento oficial en el que conste la donación, expropiación o procedimiento mediante el cual el inmueble se incorporó al patrimonio de la Nación o de la Ciudad de México y/o Cédula Oficial del Gobierno Local o Federal (Cabin o Indaabin) que señale las características y especificaciones del inmueble. Copia simple y original para cotejo.
Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial vigente del predio o predios de que se traten. (Original y copia simple para su cotejo)
Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo, que indique el uso solicitado y la superficie máxima de construcción vigente, para cada predio. (Original y copia simple para su cotejo)
Reporte fotográfico que contenga, por lo menos, 10 imágenes recientes a color del predio o predios y del área de estudio, en las que se muestre la altura de las construcciones colindantes y de la acera contraria. Incluir descripción en pie de foto y anexar croquis de ubicación de cada una de las fotografias presentadas, acompañado de un larguillo fotográfico que indique las alturas de las construcciones de la acera(s) en la que se ubica el predio, así como de la(s) acera(s) contraria(s).
Memoria Descriptiva del proyecto de Polígono de Actuación, que incluya el cuadro de áreas por nivel y se señalen los usos del suelo y la conformación del proyecto pretendido.
Anteproyecto a nivel esquemático (plantas, cortes y fachadas) a escala 1:50, 1:75, 1:100, 1:150 o 1:200, utilizando la que más se ajuste a las dimensiones del proyecto, en el que se presente el cuadro de áreas y la distribución arquitectónica del inmueble. Señalar la escala, escala gráfica, ejes, cotas y niveles legibles.
Imágenes del modelo tridimensional a nivel volumétrico del proyecto en el entorno urbano, en las que se muestren las alturas actuales en la zona. Señalar los principales elementos de la estructura urbana en un radio mínimo de 250 metros.
Estudio Técnico Urbano suscrito por Perito o Perita en Desarrollo Urbano, elaborado conforme a lo establecido en el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
Carnet del Perito o Perita en Desarrollo Urbano vigente, con el Resello del año correspondiente, cruzado con los datos del predio y con firma autógrafa. Copia simple y original para cotejo.
En su caso, oficio y plano topográfico de límite de zonas. Copia simple y original para cotejo.
En su caso, Dictamen de Aplicación de Normatividad de uso del suelo o de las Normas Generales de Ordenación. Copia simple y original para cotejo.
* En caso de resultar procedente el dictamen de Constitución de Polígono de Actuación, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) solicitará a la persona propietaria del inmueble el Avalúo a Valor Comercial de éste, correspondiente al Polígono de Actuación, el cual deberá estar elaborado tal como se señala en el Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria y firmado por persona perita valuadora inscrita en el padrón de la Tesorería de la Ciudad de México (original). Asimismo, se deberá efectuar el pago de derechos por concepto del trámite de inscripción en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de SEDUVI.
El costo es por concepto del trámite de inscripción en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de la SEDUVI; sólo se cubrirá en caso de resultar procedente el dictamen de Constitución de Polígono de Actuación.
Puedes pagar en:
Artículo 242 del Código Fiscal de la Ciudad de México vigente.
Ingresa en Área de Atención Ciudadana de la SEDUVI con el volante de Revisión Previa, donde se asignará Folio, sello de cotejo, informando del plazo de respuesta correspondiente al interesado.
Revisa y analiza la documentación, elabora el Dictamen y se notifica al usuario.
Recibe el Dictamen, muestra identificación y firma de recibido en Área de Atención Ciudadana de la SEDUVI y entrega Avalúo en Oficialía de Partes de la SEDUVI.
Elabora y entrega el Formato de Pago de Derechos en Oficialía de Partes de la SEDUVI.
Entrega el recibo de pagado de los derechos de inscripción en la Dirección del Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano en Oficialía de Partes de la SEDUVI.
Elabora el Acuerdo para firma de Secretario y elabora el oficio de inscripción en Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano, se notifica al usuario.
Recibe el Acuerdo, muestra identificación, firma de recibido y solicita el Certificado Único de Zonificación del Uso del Suelo en Área de Atención Ciudadana.
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Acuerdo
Indeterminada.
Dictamen
90 días hábiles.
90 días hábiles
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 3 fracción XXII, 76, 77, 78, 79, 80 y 81.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149 y 150.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 2 fracción V, 3 fracciones I y XI, 7, 15 fracción II, 16 fracción VI y 31 fracción
Reglamento Interno del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 2 y 153 fracciones XXII y XXIII.
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Artículos 4, 6 fracción II, 7, 10 fracción XXII, 22 y 77 fracción II.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal Artículos 1, 2 fracciones I, XII, XXIII y XXV, 30, 31, 32, 33, 39, 44, 45, 55 y 88.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 8
Constitución Política de la Ciudad de México Artículos 1 numeral 5; 3; 7 apartado A numeral 1 y 16 apartado C numeral 1.