## Resumen Este servicio proporciona información sobre los servicios ofrecidos en la Oficina de Información y Registro de la Consejería de Educación de la Región de Murcia. Incluye la recepción de documentos, información general sobre trámites administrativos y asistencia en el uso de medios electrónicos. ### Quién puede usar este servicio Este servicio está disponible para ciudadanos, empresas, otras entidades y administraciones públicas. ### Antes de empezar Para realizar trámites electrónicos, asegúrate de tener Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos Aunque no se exigen documentos específicos para la información general, cada trámite puede requerir documentación particular. Consulta la información del procedimiento específico en el Registro y Guía de procedimientos y servicios. ### Requisitos previos No existen requisitos específicos para acceder a la información y servicios de la oficina. ### Costes y plazos Este servicio no requiere el pago de tasas. El plazo de presentación está abierto de forma continua. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Identificación electrónica:** Utiliza Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. 2. **Información del procedimiento:** Revisa la información del trámite en el Registro y Guía de procedimientos y servicios. 3. **Formulario:** Rellena el formulario correspondiente. 4. **Documentación:** Adjunta los documentos requeridos (máximo 5 MB por archivo, 10 MB en total). 5. **Firma y envío:** Firma y envía la solicitud. ### Información sobre cada etapa * Una vez registrada, recibirás un recibo en formato PDF con número de registro, fecha, hora y código de verificación. * Puedes consultar el estado de tu expediente en la Sede Electrónica. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, se tramitará según el procedimiento correspondiente. Puedes consultar el estado de tu expediente en la Sede Electrónica. ### Plazos de resolución No se especifica un plazo de resolución general, ya que depende del trámite específico. ### Siguiente pasos Estar atento a las notificaciones y comunicaciones relacionadas con tu trámite. ## Ayuda ### Contacto * Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012. * Correo electrónico: [educacion-informacion@listas.carm.es](mailto:educacion-informacion@listas.carm.es) ### Recursos adicionales * [Ayuda a la presentación electrónica](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=54780&IDTIPO=100&RASTRO=c$m) * [Comunidad Autónoma de Murcia](https://sede.carm.es) * [Administración del Estado](https://.sede.administracion.gob.es) * [Tablón de Anuncios](https://servicios.educarm.es/admin/webForm.php?aplicacion=INFORMACION_AL_CIUDADANO&mode=visualizaAplicacionWeb&web=45&ar=394&liferay=1&zona=EDUCARM) * [Tarjeta TiDcarm](http://eduwiki.murciaeduca.es/wiki/index.php/Tarjeta_TiDcarm) ### Preguntas frecuentes Ver sección de FAQ para preguntas comunes sobre el procedimiento.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Dar a conocer la relación de Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional y otras Oficinas de la CARM en Municipios, con los servicios y horarios que ofrecen a los ciudadanos.
Posibilitar la consulta de los trámites de respuesta inmediata, que se ofrecen en dichas Oficinas de Atención al Ciudadano.
Las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional (OAMR) y las Oficinas de la CARM en Municipios son unidades que asumen las funciones que atribuye la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y posibilitan a los interesados obtener información general de todos los procedimientos de la Administración Regional y recepción de solicitudes y escritos dirigidos a cualquier Administración. Con carácter general, ofrecerán un servicio de atención integrada y homogénea, llevando a cabo todas o algunas de las siguientes actuaciones:
Para consultar los trámites de respuesta inmediata, que se ofrecen en cada Oficina de Asistencia en Materia de Registros, se puede acceder a los enlaces:
Red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
Otras Oficinas de la CARM en Municipios.
Días y horarios de apertura de las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano.
Jornada de verano y fiestas locales.
Las oficinas con función de registro, durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 15 de septiembre y fiestas tradicionales, podrán modificar los horarios habituales de apertura y cierre, de acuerdo con la circular que al respecto se dicte por la Dirección General competente en materia de Atención al Ciudadano.
Estos días y horarios habrán de comunicarse con la suficiente antelación a la Consejería competente en materia de organización administrativa, con objeto de que se incorporen en la base de datos y se mantenga actualizada en todo momento en la dirección electrónica www.carm.es (Atención al Ciudadano)
Calendario de fiestas laborales para el año 2019 de la Región de Murcia
Procedimientos de trámite electrónico (trámites en línea).
Sin necesidad de desplazarse hasta las Oficinas de Atención al Ciudadano, se pueden presentar, telemáticamente, las solicitudes asociadas a determinados trámites. Puede consultarlos en la Sede Electrónica a través del siguiente enlace:
Procedimientos de trámite electrónico
Servicios de Cita Previa.
Puede hacer uso del Servicio de Cita Previa accediendo al siguiente enlace para las oficinas de Murcia (Palacio Regional.-Teniente Flomesta y Edificio Administrativo Infante.-Registro General) y de Cartagena (Edificio Administrativo Foro):
Servicios de Cita Previa (elegir opción Servicio de cita que interese).
La relación de oficinas de registro podrá consultarse:
- Presencialmente, en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional y en las Oficinas de la CARM en Municipios (denominadas antiguamente como Ventanillas Únicas).
- Telefónicamente, llamando la teléfono único de la Administración Regional 012, y si se llama desde fuera de la Región en el 968362000.
- Electrónicamente a través de Internet en la dirección Página web de la CARM (Atención a la Ciudadanía - Oficinas de Atención Presencia) y del Buscador de Red de Oficinas de Atención al Ciudadano.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
## Resumen Este trámite proporciona acceso a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) del Servicio de Atención al Ciudadano de la CARM. Estas oficinas ofrecen información general sobre los procedimientos de la Administración Regional y permiten la presentación de solicitudes y escritos dirigidos a cualquier Administración Pública. ## Lo que necesitas * Para presentar solicitudes electrónicas, necesitará un sistema de firma electrónica como Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. * Para la atención presencial, se recomienda solicitar cita previa. ## Cómo hacerlo 1. **Identificación:** Elija un método de identificación electrónica (Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico). 2. **Información:** Revise la información del procedimiento que desea realizar en el Registro y Guía de procedimientos y servicios. 3. **Formulario:** Rellene el formulario correspondiente. 4. **Documentación:** Adjunte los documentos requeridos, si es necesario. El tamaño máximo por archivo es de 5 MB y el total no debe superar los 10 MB. 5. **Firma y Envío:** Firme y envíe la solicitud. ## Después de hacerlo * Una vez registrada la solicitud, recibirá un recibo en formato PDF, firmado electrónicamente, con el número, fecha y hora de registro, y un código de verificación. * Puede consultar y obtener una copia de su solicitud presentada en la sección "Consulta de solicitudes y trámites realizados" de la Sede Electrónica. ## Ayuda * **Teléfonos de Información:** 968 362 000 y 012. * **Red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional:** Enlace * **Guía fácil para usar la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:** Guía
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Informar de la Gestión que se realiza en cada una de nuestras oficinas delegadas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, teniendo en cuenta que en cualquiera de ellas se podrá hacer la gestión de las demás Oficinas, siempre y cuando sea compatible con su convenio.
Se podrá acceder a través del siguiente enlace de la página web:
https://agenciatributaria.carm.es/web/guest/oficinas
Para información más detallada puede acceder a través del enlace de la página web:
https://agenciatributaria.carm.es/web/guest/mi-ayuntamiento
Interesados en la información relativa a la gestión que se realiza en las Oficinas delegadas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, en los distintos municipios.
Personal de las OCAG para su conocimiento, a efectos de información en la gestión que se realiza en las Oficinas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, en función del convenio de cada una de ellas.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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Cubrir las vacantes previstas en la Oferta de Empleo Público correspondientes de los cuerpos docentes de profesores de enseñanza Secundaria, de Formación Profesional, de Música y Artes Escénicas y de Artes Plásticas y Diseño, que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo, mediante el sistema de concurso-oposición, para dar cumplimiento a los principios de igualdad, capacidad, mérito y publicidad.
Posibilitar a los funcionarios docentes el acceso a los cuerpos mencionados tanto desde cuerpos del subgrupo A2 como desde cuerpos del mismo nivel y complemento de destino.
Asimismo posibilitar a los funcionarios docentes de los cuerpos convocados la adquisición de nuevas especialidades dentro del mismo cuerpo.
PROCEDIMIENTO DE INGRESO
1.- Plazas convocadas.
- 394 plazas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
- 102 del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
- 9 del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
- 1 del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
La distribución de plazas por cuerpo y especialidades aparece en el Anexo I de la Orden de convocatoria.
2.- Localidades de realización de las pruebas.
Las pruebas que se convocan se realizarán en la ciudad de Murcia y/o en las localidades que en su caso se determinen. El número de solicitudes condicionará el número y ubicación de los tribunales que hayan de designarse.
3.- Temarios.
Serán de aplicación los temarios cuya referencia normativa figura en el anexo II de la Orden de convocatoria.
Se deberá tener en cuenta lo especificado en el apartado 1.5 para aquellos contenidos de los temarios cuyo contenido pudiera haber quedado obsoleto.
4.- Listas de admitidos y excluidos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos dictará Resolución, declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, ordenados por procedimientos, cuerpos, especialidades y turnos, indicando aquellos aspirantes cuya admisión definitiva queda condicionada a la superación de la prueba de acreditación de conocimiento del castellano, exponiéndose la citada Resolución junto con las listas de admitidos y excluidos, en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, a efectos meramente informativos, en la página Web de la Consejería: www.carm.es/educacion.
En dichas listas deberán constar, al menos, los apellidos, nombre, número del documento nacional de identidad (DNI), o en su caso, del documento acreditativo de la nacionalidad si ésta no fuera la española, turno y especialidad por la que se participa, así como, en el supuesto de exclusión, la causa de la misma.
Con la publicación de la Resolución que declare aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados.
a) Plazo de reclamaciones contra las listas provisionales.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada Resolución en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, así como los errores en la consignación de sus datos personales.
Dichas peticiones de subsanación, dirigidas al Director General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, se realizarán exclusivamente de forma telemática a través del formulario electrónico alojado en:
https://apliedu.murciaeduca.es/educacionTOL/convocatorias.ctrl
b) Estimación o desestimación de las reclamaciones. Resolución definitiva de las listas de admitidos y excluidos. Distribución de aspirantes por tribunal.
Examinadas y atendidas, en su caso, las reclamaciones a que se refiere el apartado anterior, el Director General de Planificación Educativa y Recursos Humanos dictará Resolución aprobando las relaciones definitivas de admitidos y excluidos, exponiéndose éstas ordenadas por procedimientos, turnos y especialidades en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y, a efectos meramente informativos, en la página Web www.carm.es/educacion.
Los aspirantes del turno de reserva de discapacitados, los aspirantes que han solicitado adaptación, así como los de accesos y adquisición de nuevas especialidades, se asignarán al tribunal nº 1 de cada especialidad.
c) La admisión no implica reconocimiento de los requisitos exigidos.
El hecho de figurar en la relación definitiva de admitidos no presupone que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando de la documentación que debe presentarse en caso de superación de las fases de oposición y concurso, se desprenda que no se posee alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento selectivo.
5.- Devolución de tasas.
Procederá la devolución de la tasa, a petición del interesado, cuando renuncie a tomar parte en la convocatoria, expresándolo así mediante el anexo XVIII, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, podrán solicitar la devolución quienes hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas o cuando se produzca duplicidad de pago o exista un exceso en la cantidad pagada respecto de la que realmente corresponde.
6.- Acreditación de conocimiento del castellano.
Previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento de dicha lengua no se deduzca de su nacionalidad de origen, deberán acreditar el conocimiento adecuado del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará si poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.
7.- Acto de presentación.
El día, la hora y el lugar del acto de presentación y de la celebración de la Primera Prueba se publicarán con la debida antelación mediante resolución de la Dirección General de Planificación y Recursos Humanos.
El acto de presentación será simultáneo para todas las especialidades convocadas, no siendo posible la concurrencia a más de una de ellas. El aspirante deberá acudir provisto del documento que acredite su identidad.
8.- Actuaciones previas de los órganos de selección. Criterios de valoración. Publicidad.
Con al menos una semana de antelación al inicio del proceso selectivo, las comisiones de selección publicarán, en las sedes de actuación y en la página web de esta Consejería, todo aquello que estimen conveniente para asegurar el mejor desarrollo del proceso selectivo, incluyéndose necesariamente los criterios de valoración establecidos para las dos pruebas, que contemplarán, al menos, los epígrafes establecidos en el anexo XIII de la Orden de convocatoria. Así mismo publicarán las características específicas de la prueba práctica.
PROCEDIMIENTO DE ACCESO
Existe dos turnos de acceso de funcionarios docentes:
- Los funcionarios de los cuerpos docentes clasificados en el subgrupo A2 pueden optar a otros cuerpos docentes incluidos en subgrupos de clasificación superior siempre que hayan prestado un mínimo de seis años de servicios como funcionarios de carrera en el cuerpo de origen, estén en posesión de la titulación específica exigida y los requisitos generales especificados en el procedimiento de ingreso
- Los funcionarios docentes podrán optar a cuerpos del mismo subgrupo y nivel de complemento de destino del suyo de origen siempre que estén en posesión de la titulación específica exigida para el procedimiento de ingreso.
Las plazas se especifican en el anexo I de la orden de convocatoria.
En lo referente a solicitudes, tasas y plazos de presentación, se actuará igual que en el procedimiento de ingreso.
Los aspirantes que participen por este turno serán asignados al tribunal nº 1 de la correspondiente especialidad.
ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES
Los funcionarios de carrera que dependan de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia podrán adquirir una nueva especialidad de las convocadas para el procedimiento de ingreso libre en su mismo cuerpo si poseen la titulación y los requisitos exigidos para dicha especialidad.
En lo referente a solicitudes, tasas y plazos de presentación, se actuará igual que en el procedimiento de ingreso.
Los aspirantes que participen por este turno serán asignados al tribunal nº 1 de la correspondiente especialidad.
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Con fecha de 28 de mayo de 2018 se publica la relación provisional de admitidos y excluidos a los procesos selectivos y se abre un plazo para presentación de reclamaciones de 10 días hábiles a partir del día siguiente. Las reclamaciones se presentarán también de forma telemática y con los mismos sistemas de firma utilizados en la solicitud de participación.
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Con fecha de 30 de mayo de 2018 se publica una relación provisional de admitidos y excluidos complementaria a la anterior. Los aspirantes publicados en esta nueva relación tienen ampliado el plazo de presentación de alegaciones hasta el día 13 de junio de 2018.
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Con fecha de 18 de junio de 2018 se publica la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a los procedimientos selectivos convocados por Orden de 6 de abril de 2018.
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Con fecha de 18 de junio de 2018 se publica la Resolución de 18 de junio de 2018 de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, por la que se publica el día, la hora y el lugar del acto de presentación y de celebración de la primera prueba para ingreso libre y reserva de discapacitados, acto de presentación y celebración de la prueba de accesos entre funcionarios docentes y para adquisición de nuevas especialidades, convocados por orden de la consejería de educación, juventud y deportes de 6 de abril de 2018, se dictan instrucciones relativas al desarrollo de la primera prueba y se publican las sedes de actuación para los tribunales a partir del día 25 de junio de 2018
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Con fecha de 24 de julio de 2018 se publica la lista de seleccionados de los procedimientos selectivos. (Resolución enlazada en el apartado Normativa).
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Con fecha de 17 de septiembre de 2018 se publica el nombramiento de la comisión calificadora de la fase de prácticas. (Orden enlazada en el apartado Normativa).
Doctores, Licenciados, Arquitectos, Ingenieros, Graduados y aquellos que posean una titulación equivalente a efectos de docencia y que estén interesados en formar parte del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Música y Artes Escénicas o de Artes Plásticas y Diseño.
Funcionarios docentes interesados en acceder a los Cuerpos mencionados o en adquirir nuevas especialidades de estos cuerpos.
Para ser admitidos a los procedimientos selectivos, los aspirantes deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, los requisitos generales y específicos que se establezcan en la Orden de convocatoria.
P-1895 - Solicitud para el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional, de Música y Artes Escénicas y de Artes Plásticas y Diseño
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T110. Tasa por Actuaciones materia de función pública regional
000003 - Pruebas integración funcionarial, PI, personal docente no un
T110. Tasa por Actuaciones materia de función pública regional
000003 - Pruebas integración funcionarial, PI, personal docente no un
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
## Resumen Este trámite permite gestionar el censo de máquinas recreativas con premio (tipo B) y de azar (tipo C) que están inscritas en el Registro General del Juego de la Región de Murcia. Este censo es utilizado para la gestión y recaudación de la Tasa Fiscal sobre el Juego. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Ser una empresa operadora de máquinas recreativas y de azar. * Estar inscrita en el Registro General del Juego. * Disponer de un sistema de firma electrónica (Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico) para realizar los trámites online. * **Costes:** * La Tasa Fiscal sobre el Juego se calcula anualmente en función del tipo de máquina y del número de jugadores. Por ejemplo, para máquinas tipo B con premio en metálico, la cuota anual es de 3.620,00 €. * **Plazos:** * Los pagos de la tasa se realizan trimestralmente: del 1 al 20 de marzo, junio, septiembre y diciembre. ## Cómo hacerlo 1. **Consulta del padrón provisional:** Accede a la sede electrónica de la CARM para consultar el padrón provisional de máquinas recreativas y de azar. 2. **Obtención de recibos del padrón:** A través de la sede electrónica, puedes obtener los recibos para el pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego. 3. **Pago de la tasa:** Realiza el pago de la tasa en los plazos establecidos. **Dónde y cómo tramitar:** * **Solicitud electrónica:** * Consulta del padrón provisional de máquinas recreativas y de azar de tipo B y C (fuera de plazo: 07-02-2025 – 26-02-2025). * Otros trámites disponibles: * [Escrito de alegaciones](https://sede.carm.es/presentador/inicio/2262/DI153) (Abierto: Continuo) * [Obtención de recibos del padrón](https://sede.carm.es/presentador/inicio/2262/DI601) (Abierto: Continuo) * [Obtención del fichero para pago por lote](https://sede.carm.es/presentador/inicio/2262/DI602) (Abierto: Continuo) * [Escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora](https://sede.carm.es/presentador/inicio/2262/DI006) (Abierto: Continuo) * [Alegaciones anteriores al trámite de audiencia](https://sede.carm.es/presentador/inicio/2262/DI031) (Abierto: Continuo) * [Solicitud de desistimiento](https://sede.carm.es/presentador/inicio/2262/DI041) (Abierto: Continuo) * [Escrito de renuncia](https://sede.carm.es/presentador/inicio/2262/DI042) (Abierto: Continuo) * [Consulta del estado de un expediente](https://sede.carm.es/consultarexpedientes): Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado. ## Después de hacerlo * **Resolución:** El padrón de la tasa será aprobado mediante Resolución del Director de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia antes del 28 de febrero de cada ejercicio. * **Recursos:** Los interesados podrán examinar el padrón y formular reclamaciones durante el período de exposición pública. ## Ayuda * **Teléfonos de Información:** 968 362 000 y 012. Consulten con su operador telefónico el precio de las llamadas. * **Normativa:** * [Decreto Legislativo 1/2010](https://www.borm.es/services/anuncio/419375/pdf) * [Real Decreto-ley 16/1977](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1977-5883) * [LEY 58/2003](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186) * [Decreto 3059/1966](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1966-20178) * [Decreto-Ley 2/2020](https://www.borm.es/services/anuncio/784255/pdf) * **Otras disposiciones y actos administrativos:** * [Resolución de la Directora de la Agencia Tributaria](https://sede.carm.es/web/descarga?ARCHIVO=Resolucion%20aprobaci%C3%B3n%20P2262.pdf&ALIAS=ARCH&IDCONTENIDO=162807&IDTIPO=60&RASTRO=c$m40229,40267,68616,40268)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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Velar por el Patrimonio Histórico, mediante permisos preceptivos de excavación, prospección, sondeos, estudios de Arte Rupestre y otras actuaciones de carácter arqueológico y/o paleontológico, programadas, preventivas o de emergencia que se vinculen con proyectos de obra, industriales, de planeamiento, infraestructuras, restauración, etc., así como las de investigación y de emergencia. El procedimiento incluye desde la solicitud del permiso a la ejecución, en su caso, de las actuaciones, la posterior presentación de informes y memorias, evaluación de resultados y la toma de decisiones derivadas de los mismos.
- Sólo se puede solicitar permiso, no subvención económica.
- En la Carta de servicios de la Dirección General de Bienes Culturales en materia de Patrimonio Histórico- Cultural figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
"15. Protección patrimonio histórico-cultural- Permisos de actuaciones arqueológicas y paleontológicas programadas, preventivas y de emergencia en la Región de Murcia: Se proporcionará información inmediata a los interesados del estado de tramitación de cualquier expediente relacionado con este procedimiento que haya tenido entrada en el Servicio".
Licenciados en Historia Antigua y Arqueología (o equivalente).
Universidades.
Museos arqueológicos.
Instituciones científicas españolas y extranjeras.
Científicos debidamente acreditados.
Administración
Podrán solicitar y obtener autorización para realizar actuaciones arqueológicas y paleontológicas en terrenos públicos o privados de la Región de Murcia, las instituciones científicas españolas y extranjeras y los científicos debidamente acreditados.
El director de la intervención, en el caso de las excavaciones preventivas, no podrá disfrutar de más de un permiso de intervención conjuntamente, debiendo haberse entregado a la Dirección General de Bienes Culturales toda la documentación de la actuación precedente para optar por un segundo permiso de excavación. El resto de los tipos de actuación serán susceptibles de compatibilidad si así es valorada su viabilidad.
El solicitante de actuaciones de carácter preventivo, deberá ser propuesto por el promotor o adjudicatario de la actividad.
Tras la ejecución de la actuación arqueológica, deberá presentarse una memoria de los trabajos realizados para continuar con la tramitación del expediente.
Permiso de actuación arqueológica
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
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Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL BIENES CULTURALES
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Obtener acreditación de las titulaciones que posean y no dispongan de ellas por pérdida o extravío.
1- Tener en cuenta.
Antes de solicitar un certificado, el interesado debe asegurarse que recogió su título en el centro donde finalizó sus estudios.
2.- Corrección de errores personales detectados
En el caso de que hubiera algún error en los datos personales del título (fecha de nacimiento, nombre, apellidos, lugar de nacimiento) no se podrá tramitar el certificado.
Para la corrección de los errores detectados, el interesado deberá solicitar directamente al centro donde estudió un duplicado del título con los datos correctos.
3.- Tasas:
La certificación de los Títulos de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Estudios Primarios y Certificado de Escolaridad, expedidos por el Servicio de Promoción Educativa de esta Consejería, está sometida al pago de tasas en vigor.
4- En la Consejería de Educación, Formación y Empleo, puede obtener la certificación correspondiente a los estudios de:
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
Graduado Escolar
Certificado de Estudios Primarios
Certificado de Escolaridad
5.- En los Centros Docentes, para los títulos de:
Bachiller Ciclos FormativosIdiomasArtísticas
6.- Equivalencia del título.
Para equivalencias entre estudios, deben dirigirse al Servicio de Ordenación Académica.
7.- Envío de certificados.
Los certificados se envían al solicitante por correo ordinario.
Haber cursado estudios primarios.
Solicitud de certificado o titulo.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Una vez que la solicitud de duplicado tenga entrada en el registro de la Consejería Educación, Formación y Empleo, el interesado puede solicitarnos el certificado de su título con los datos modificados.
T010.. Tasa General de la Administración
H00001 - Expedición de certificados
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL CENTROS EDUCATIVOS E INFRAESTR
Plazo de resolución: 45 Día/s natural/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Conceder subvenciones económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de eventos culturales en el ámbito de las artes escénicas, la música y el folklore en la Región de Murcia.
Dpto. Promoción Cultural ICA: 968 375 163 / 968 375 164
LA RESOLUCIÓN COMPLETA SE ENCUENTRA PUBLICADA EN www.icarm.es (apartado convocatorias)
Con carácter general, serán gastos subvencionables aquéllos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza del evento subvencionado, se realicen en el plazo de ejecución establecido por esta convocatoria y se paguen con anterioridad a la finalización del plazo de justificación. Asimismo, podemos distinguir entre:
a) Gastos elegibles:
- Aquellos necesarios para la debida publicidad y difusión de las actuaciones o eventos.
- Dietas, alojamiento y desplazamiento de participantes en los eventos. En el caso de dietas y alojamiento el importe máximo será de 42 y 75 euros por día y persona, respectivamente.
- Se admitirán las siguientes dietas y días de alojamiento: días del evento y un máximo de un día para la ida y otro para la vuelta.
- En el caso de gastos de carburante la indemnización será de veintinueve céntimos de euro por Km. para coches (0,29.-/Km.) y cuarenta céntimos de euro por Km. para furgonetas o camiones (0,40.-/Km.).
- Gastos inherentes al desarrollo de la actividad subvencionada (como alquiler de equipos, contratación de personal técnico, etc).
b) Gastos excluidos:
- En caso de haberlo, caché de cualquiera de los participantes en el evento.
- Gastos de comidas e invitaciones protocolarias (para aquellos que no participen en el evento).
- Gastos de inversiones y adquisiciones de material, equipos o bienes de naturaleza inventariable (instrumentos, vehículos, equipos de audio, video, sonido, iluminación, material informático, vestuario, etc.).
- Gastos del personal integrante de la asociación.
Sólo se admitirá un proyecto por asociación y la cuantía máxima de subvención a aportar por el ICA por proyecto no podrá exceder de 6.000,00 .
Entidades culturales sin ánimo de lucro cuyas disciplinas sean teatro, circo, danza, música y folklore.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de la Región de Murcia.
b) Que desarrollen su actividad principal y tengan su domicilio social en la Región de Murcia.
SOLICITUD ASOCIARTE 2019
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL E.P.EMP.INST.INDUS.CULT Y ART.
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Contribuir a la realización de inversiones locales incluidas en los Planes Provinciales e Insulares de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal, con prioridad de aquellas necesarias para la efectiva prestación de los servicios recogidos en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Utilizando, a estos efectos, la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales como objetivo básico de análisis y valoración de la necesidad de dotaciones locales.
Ayuntamientos de municipios menores de 50.000 habitantes
Municipios menores de 50.000 habitantes.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | Ministerio de Administraciones Públicas |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |