Región de Murcia

  • Convocatoria cerrada temporalmente.

    Convocatoria de subvenciones financiada con fondos estatales a través de programas de cooperación territorial que han dejado de convocarse temporalmente por motivos presupuestarios.

    Información general

    Unidad orgánica responsable

    Teléfonos de Información

    012 desde la Región de Murcia

    968 362 000

    • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
      • Consejería de Educación y Universidades
        • Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad

    Código y denominación

    0225 - Planes para la mejora del éxito escolar y la participación educativa en los centros docentes públicos de la Región de Murcia

    Objeto

    Desarrollar planes para la mejora del éxito escolar y la participación educativa en los centros docentes públicos de la Región de Murcia.

    Destinatarios

    Administraciones.

    Documentación

    Solicitud según modelo normalizado


    a) Plan para la mejora del éxito escolar y la participación educativa conforme al modelo que figura como Anexo II.

    b) Relación de profesores participantes según el Anexo III.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Establecer, en régimen de concurrencia competitiva, las bases reguladoras y convocatoria de los Premios “Antonio Ruiz Giménez”, a las buenas prácticas en prevención de riesgos laborales e innovación y fomento de la cultura preventiva, destinados a reconocer públicamente a aquellas personas físicas y jurídicas, que hayan destacado por la eficacia y operatividad de sus actuaciones en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, y que hayan contribuido de manera adecuada a la implantación de sistemas preventivos eficaces y a la promoción y consolidación de la cultura preventiva, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, durante el año 2017.

    Categorías y modalidades de los Premios

    Los premios “Antonio Ruiz Giménez”, a las buenas prácticas en prevención de riesgos laborales e innovación y fomento de la cultura preventiva, organizados por el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia (en adelante ISSL), se convocan en dos categorías:

    BP: Premio a las buenas prácticas en prevención de riesgos laborales.

    IF: Premio a la innovación y fomento de la cultura preventiva.

    Se establecen las siguientes modalidades en cada categoría:

    - BP: En la categoría de los “Premios a las buenas prácticas en prevención de riesgos laborales”, se establecen las siguientes modalidades:

    • BP1.- Empresas.

    • BP2.- Trabajadores y trabajadoras.

    - IF: En la categoría de los “Premios a la innovación y fomento de la cultura preventiva”, se establecen las siguientes modalidades:

    • IF1.- Investigadores o equipos de investigación, y profesionales de la prevención de riesgos laborales.

    • IF2.- Entidades públicas o privadas, sin ánimo de lucro, y medios de comunicación.

    Se concederá un único premio por cada una de las modalidades.

    Podrán realizarse menciones especiales a otras candidaturas si así lo acuerda el Jurado y se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 13.5 de la presente orden.

    Premio

    Los premios se otorgarán con carácter exclusivamente honorífico, no generarán derecho a ningún devengo ni efecto económico y consistirán en la entrega de una figura representativa de estos premios, a través de un acto público, organizado por el ISSL.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    1. Podrán optar al premio en la categoría y modalidad BP1 aquellas empresas privadas que hayan desarrollado actividades o proyectos que contribuyan, de forma significativa, a la mejora de sus condiciones de seguridad y salud en el ambiente de trabajo. Estas empresas deberán tener en la Región de Murcia su establecimiento o explotación principal o una sucursal.
    2. Podrán optar al premio en la categoría y modalidad BP2, los trabajadores y trabajadoras de empresas privadas, que se distingan por sus buenas prácticas en prevención de riesgos laborales, cualquiera que sea su nivel de responsabilidad, en los centros de trabajo donde prestan su labor, que deberán estar ubicados en la Región de Murcia.
    3. Podrán optar al premio en la categoría y modalidad IF1 los investigadores/as o equipos de investigación, así como los profesionales de la prevención de riesgos laborales, que realicen sus actividades en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y que hayan realizado trabajos o estudios innovadores y relevantes, por su contribución a la divulgación y promoción de la cultura de la prevención de riesgos laborales.
    4. Podrán optar al premio en la categoría y modalidad IF2, las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, así como las personas, físicas o jurídicas, del sector de la comunicación, cuya labor haya contribuido de forma especial a la información, divulgación y promoción de la cultura de la prevención de riesgos laborales, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL (A14028266)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Haber desarrollado actividades, realizado estudios o trabajos de especial significación, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, durante el año 2017.

    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Cada solicitud se acompañará de una memoria descriptiva de los méritos que se aleguen de quien se crea merecedor de estos premios. El solicitante podrá presentar cualquier otra documentación que considere oportuna para reforzar los méritosdescritos en la memoria, así como acreditar los méritos alegados.
    • Memoria descriptiva
      (No obligatorio / No original)
      Cada solicitud se acompañará de una memoria descriptiva de los méritos que se aleguen de quien se crea merecedor de estos premios. El solicitante podrá presentar cualquier otra documentación que considere oportuna para reforzar los méritosdescritos en la memoria, así como acreditar los méritos alegados.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    El Instituto de Fomento de la Región de Murcia, en el marco del Plan de Apoyo a los Emprendedores derivado de la Ley 5/2013, de 8 de julio, de apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Región de Murcia, convoca el Premio Emprendedor del año 2017 para dar cumplimiento a los cometidos que tiene encomendado en dicha ley y entre los que figura entre otros, la coordinación de dicho Plan, así como, la difusión de la cultura emprendedora, el fomento del espíritu emprendedor, y la promoción de la creación y consolidación de nuevas empresas.

    Esta convocatoria va dirigida a las empresas que hayan obtenido durante el año 2017 alguno de los Premios Emprendedor del Mes del INFO, a los cuales se les ofrece ahora la posibilidad de optar a esta ayuda económica, con el objetivo de estimular a los emprendedores y de ayudarles a la continuidad y consolidación de sus proyectos empresariales.

    En esta edición, el Premio Emprendedor del Año cuenta con la colaboración económica del Grupo CLH para desarrollar el programa Premio Emprendedor del Año Info-CLH con el objetivo de promover el emprendimiento entre la sociedad murciana, favorecer el reconocimiento social de los emprendedores, fomentar una imagen positiva del empresario como generador de riqueza y empleo, premiar a las personas con iniciativa emprendedora que hayan puesto en marcha un nuevo negocio y facilitar soporte y respaldo a los emprendedores que inician su actividad empresarial, de forma que sirva de estímulo para la creación de nuevas empresas y nuevos empleos en el ámbito de la economía de la Región de Murcia.

    El premio cuenta con una dotación económica de 12.000 euros en premios, seleccionando a los tres mejores proyectos entre los 12 ganadores del premio Emprendedor del Mes del año 2015 dentro de los sectores de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, industria y emprendedor social, que recibirán un premio económico de 6.000 euros para el mejor proyecto, 4.000 euros para el segundo y 2.000 euros para el tercer clasificado.

    Podrá obtener más información sobre esta convocatoria y la presentación de solicitudes en la WEB del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.

    Para la concesión de los premios previstos se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:

    1) Coherencia general del Plan de Empresa, análisis Canvas: 20 puntos

    2) Análisis del modelo de negocio, escalabilidad del proyecto, segmentación del cliente: 10 puntos

    3) Capacidad y liderazgo del equipo emprendedor (formación, experiencia, complementariedad y esfuerzo realizado): 30 puntos

    4) Viabilidad técnica, económica y financiera: 30 puntos

    5) Creatividad e innovación respecto a procesos y productos. Originalidad de la idea de negocio: 10 puntos

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Empresas que hayan recibido durante el ejercicio previo a cada convocatoria el Galardón Premio Emprendedor del Mes y cumplan las distintas condiciones establecidas en el Reglamento (UE) Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativas a las ayudas de mínimis, publicado en el DOUE num 352 de 24 de diciembre de 2013.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14005437)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Haber recibido un Premio al Emprendedor del Mes durante el ejercicio anterior al de la convocatoria del premio.
    • Tener un establecimiento productivo o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
    • Declarar y en su caso, acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y acreditar no encontrarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder los Premios Extraordinarios de Bachillerato, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, correspondientes al curso 2018-2019.

    1.- Número de premios:

    Se podrán conceder, como máximo, 13 Premios Extraordinarios a razón de un premio por cada 1.000 alumnos o fracción superior a 500.

    La dotación económica de cada Premio Extraordinario será de setecientos euros (700 euros).

    2.- Lista de admitidos:

    A. Provisional y alegaciones:

    La Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa hará pública en el Tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, (Avda. de La Fama, 15 Murcia) y en la página web: www.carm.es/educacion > Área Temática “Ordenación Académica”> Premios > Premios Bachillerato > Premios Extraordinarios de Bachillerato, la relación provisional de alumnado admitido y excluido, la causa de exclusión, así como el plazo y modo para subsanar los posibles errores u omisiones.

    B. Definitiva:

    La relación definitiva de alumnado admitido se publicará por los mismos medios que la relación provisional.

    3.- Realización de las pruebas:

    La realización de la prueba tendrá lugar el día 4 de julio de 2019 en el lugar a determinar, en horario de 8:45 a 14:30 horas.

    4.- Contenido y calificación de las pruebas:

    La estructura, calificación y desarrollo de la prueba para la concesión de los Premios Extraordinarios de Bachillerato se ajustará a lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de Bases.

    5.- Publicación de las calificaciones y propuestas de adjudicación:

    El Órgano Instructor, a la vista del Informe emitido por el Tribunal Evaluador, formulará la propuesta de Resolución provisional que, debidamente motivada, se notificará a los interesados mediante la publicación en el Tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Avda. de La Fama, 15 Murcia) y en la Web: www.carm.es/educacion > Área Temática “Ordenación Académica”> Premios > Premios Bachillerato > Premios Extraordinarios de Bachillerato, concediéndose un plazo de dos días hábiles, para presentar alegaciones.

    La propuesta de Resolución definitiva se publicará por los mismos medios.

    6.- Resolución de la convocatoria:

    De acuerdo con la propuesta de resolución formulada por el Órgano Instructor, la Consejera de Educación, Juventud y Deportes adjudicará los Premios mediante la correspondiente orden motivada.

    7.- Derechos que otorga la obtención de los Premios Extraordinarios:

    La obtención del Premio Extraordinario será anotada, en el expediente y en el historial académico de cada uno de los alumnos premiados.

    El alumnado que obtenga Premio Extraordinario podrá optar, previa inscripción, a los Premios Nacionales que convoque el Ministerio con competencia en materia de Educación.

    El alumnado premiado recibirá un Diploma acreditativo de tal distinción y un talón nominativo por importe de setecientos euros (700 euros).

    La obtención de Premio Extraordinario de Bachillerato por parte de un alumno podrá suponer la exención del pago de precios públicos por servicios académicos en la primera matriculación en estudios superiores en centros públicos. Dicha exención afectará únicamente a asignaturas en las que el alumno se matricule y curse por primera vez.

    En el supuesto de que el alumno, además de resultar adjudicatario del Premio, haya obtenido la “Matrícula de Honor” en Bachillerato y cumpla los requisitos que se determinan en la Orden por la que se fijan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso correspondiente, le será de aplicación la exención del pago de los mismos, en el siguiente e inmediato curso académico, en las Universidades Públicas de la Región de Murcia.

    Los premios son compatibles con cualquier otro premio concedido para el mismo objeto, o con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, ya sean estos nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Alumnos.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1. Haber cursado y superado en centros docentes españoles los dos cursos de cualquier modalidad de Bachillerato y además haber finalizado dichos estudios en un centro docente, público o privado, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en régimen presencial o a distancia.

    2. Haber obtenido el Título de Bachiller, con todas las materias de la etapa superadas en la evaluación final,en el curso en el que se realice la convocatoria.

    3. Haber obtenido en las calificaciones del conjunto de los dos cursos de Bachillerato, una nota media igual o superior a 8,75 puntos.

    4. Los beneficiarios estarán exentos de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y de las obligaciones establecidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Solicitud de Inscripción para los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (curso 2018-2019)

    • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
      (Obligatorio / No original)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

    Otras disposiciones y actos administrativos

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia correspondientes al curso 2018/19

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Alumnado que, habiendo cursado y finalizado la etapa de ESO satisfactoriamente en la convocatoria ordinaria del curso 2018-2019 y cumplan los requisitos establecidos, obtengan la mejor puntuación en el procedimiento de selección regulado en dicha convocatoria.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Podrán optar a la convocatoria de los Premios Extraordinarios de ESO los alumnos que hayan finalizado 4º curso ESO-LOMCE y reúnan los requisitos establecidos en el art. 2 de la Orden de 21 de septiembre de 2017 (BORM de 23 de septiembre):

    - Haber cursado toda la etapa de ESO en centros docentes españoles en cualquiera de las opciones establecidas en el marco de la LOMCE.

    - Haber cursado y finalizado 4º curso de ESO en un centro docente sostenido con fondos públicos o privado de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    - Haber obtenido el Título de Graduado en ESO con todas las materias de la etapa superadas en la evaluación final ordinaria,en el curso 2018-19.

    - Haber obtenido, en el conjunto de la etapa, una nota media ? 8,75 puntos.

    - Haber obtenido, en 4º curso de ESO, una calificación final de “sobresaliente”.

    Solicitud participacion Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2018/19

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Artículo 4 de la Orden de 21 de septiembre de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de ESO.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    CONSEJERA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocatoria de Premios Extraordinarios de Formación Profesional del curso 2018/2019, para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de Grado Medio y Superior.

    Enlace:

    http://www.carm.es

    1.- Premios convocados:

    Se convoca un Premio Extraordinario para cada una de las Familias Profesionales de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior.

    2.- Cuantía de los premios:

    La dotación económica de cada premio de grado superior será de 600 euros.

    La dotación económica de cada premio de grado medio será de 200 euros.

    3.- Resolución:

    La propuesta de resolución estará disponible en las dependencias del órgano instructor, (Gran Vía, 32 - 2ª escalera, 4ª planta. 30005, Murcia) y se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Avda. de La Fama, 15, 30006 Murcia).

    4.- Compatibilidad con otros premios:

    Los premios previstos en la presente Orden son compatibles con otros premios, ayudas o recursos para la misma finalidad procedente de cualesquiera administraciones, entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea, o de Organismos Internacionales.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Alumnado de centros docentes públicos o concertados de la Región de Murcia que hayan finalizado un ciclo formativo de grado medio o superior de Formación Profesional, en el curso escolar 2018/2019, con una calificación final igual o superior a 8,5 puntos.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    a) Haber cursado en un centro educativo, sostenido con fondos públicos, de la Región de Murcia, durante el curso 2018/2019, un ciclo formtivo de Formación Profesional de Grado Medio o Superior.

    b) Haber obtenido una calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50 puntos.

    Requisitos posteriores

    Presentar, en el centro donde realizó el ciclo formativo, la siguiente documentación:

    a) Instancia y declaración responsable.

    b) Certificación académica de los correspondientes estudios, emitida por el centro.

    c) Breve currículum, acompañado de otros méritos.

    d) En el caso del Grado Superior, el Proyecto del respectivo módulo.

    Solicitud participación en la convocatoria de premios extraordinarios de Formación Profesional

    • Currículo (currículum)
      (Obligatorio / Original)
      Breve currículum vítae con indicación, en su caso, de los premios o becas que hubieran obtenido y otros méritos académicos o profesionales cualesquiera que se desee alegar, acompañados de la fotocopia compulsada de la documentación justificativa correspondiente.
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      Declaración responsable del solicitante de no estar incurso en alguna de las causas determinadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con la salvedad indicada en el artículo 3.2 de la presente orden, conforme al modelo que se incluye en el Anexo II.
    • Proyecto Técnico
      (Obligatorio / Original)
      Proyecto del ciclo formativo (Solamente para ciclos formativos de grado superior. Puede ser el presentado como módulo profesional del Proyecto)
    • Proyecto
      (No obligatorio / No original)
      Proyecto del ciclo formativo (Solamente para ciclos formativos de grado superior. Puede ser el presentado como módulo profesional del Proyecto)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Comisiones de selección

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio.

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición Comisiones de selección
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

    Otras disposiciones y actos administrativos

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Reconocer públicamente el mérito de aquellas empresas que contribuyen a estimular la Excelencia en la Región de Murcia y que hayan realizado un importante esfuerzo para mejorar la competitividad a través de algunos de los de los factores que actualmente la definen.

    Como término general, se considerará como empresa perteneciente al sector industrial toda entidad, independientemente de su forma jurídica, incluida en el ámbito de aplicación del artículo 3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.

    A juicio del jurado, podrán considerarse como empresas pertenecientes al sector industrial aquellas que, aún no estando incluidas en el apartado 3 del artículo 3º, justifiquen documentalmente mediante anexo a la memoria la condición del solicitante de pertenencia a dicho sector, o que realicen actividades relacionadas patentemente con el mismo.

    Se considerará como pequeña y mediana empresa (PYME), toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, que ocupe a menos de 250 personas, cuyo volumen de negocios no exceda de 50 millones de euros y cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros, conforme a la definición establecida en el Anexo I del Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), publicado en el DOUE de 9 de agosto de 2008. Las entidades que no cumplan este extremo serán encuadradas en la categoría de grandes empresas.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    a) Las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otros tipos de unidades económicas o de patrimonio separado sin personalidad jurídica, pertenecientes al sector industrial o afines, que no estén incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    b) Las instituciones sin fines de lucro, pertenecientes al sector industrial o afines, que no estén incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    - Las empresas que presenten candidatura deberán estar inscritas en el Registro de Establecimientos Industriales de la Región de Murcia, en caso de que así proceda reglamentariamente. En tal caso, y al efecto, se considerará como requisito para adquirir la condición de candidato la disposición de número de Registro Industrial actualizado, según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 47/2003, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Establecimientos Industriales de la Región de Murcia, y el Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial, o bien la existencia de expediente de inscripción y/o actualización en trámite a la fecha de la solicitud correspondiente.

    - Cuando se trate de agrupaciones de empresas, públicas o privadas sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente en la solicitud. Cada una de ellas tendrá igualmente la consideración de candidatos. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como candidato, corresponden a la agrupación.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Reconocer oficialmente el esfuerzo, trabajo y dedicación de los alumnos que finalizan sus estudios de Formación Profesional con excelente trayectoria académica.

    Enlace:

    https://sede.educacion.gob.es/tramite/login/inicio.jjsp?iA=no&convocatoriaForm.idTema=59

    1.-. Ayudas convocadas

    Se convocan los Premios Nacionales de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2012/20132.

    Se podrán conceder hasta 26 premios nacionales.

    Se concederá premio al alumno con mejores méritos de cada una de las familias profesionales.

    La dotación de cada Premio Nacional de Formación Profesional de Grado Superior ascenderá a 1.200 euros.

    2.- Candidatos a los premios

    Por cada administración educativa y familia profesional de grado superior podrá concurrir un alumno que haya obtenido previamente Premio Extraordinario de Formación Profesional de grado superior convocado por su Comunidad Autónoma.

    3.- Criterios.

    Los expedientes recibidos serán valorados, de acuerdo con los siguientes criterios, hasta un máximo de 11,50 puntos:

    a) Nota media del expediente académico. Hasta un máximo de 10 puntos.

    b) Valoración de otros méritos académicos y profesionales, acreditados documentalmente hasta un máximo de 1,50 puntos.

    4.- Notificaciones e información sobre el proceso.

    Las notificaciones resultantes del proceso administrativo se realizarán mediante la práctica de notificación por comparecencia electrónica

    Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán consultar su solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es sección «Trámites y servicios». Igualmente, podrán dirigirse a la Subdirección General de Orientación y Formación Profesional, calle Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid. El expediente se identificará por el nombre del candidato a premio nacional.

    5.- Resolución.

    Los premios serán adjudicados en un plazo, como máximo de seis meses a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.

    Los alumnos premiados recibirán un diploma acreditativo de esta distinción, que se anotará, por el Secretario del Instituto de Educación Secundaria mediante diligencia, en su expediente académico y se hará constar en las certificaciones académicas que se emitan.

    6.- Recursos

    La mencionada Resolución de adjudicación pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

    7.- Prohibiciones

    A los beneficiarios de estos premios, no les serán de aplicación las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

    8.- Justificación de los premios concedidos

    Tan solo el que en el solicitante concurren los requisitos exigidos.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Alumnos que hayan obtenido Premio Extraordinario de Formación Profesional, correspondiente al curso 2012-2013 en algunas de las administraciones educativas españolas.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Por cada administración educativa y familia profesional de grado superior podrá concurrir un alumno que haya obtenido previamente Premio Extraordinario de Formación Profesional de grado superior convocado por su Comunidad Autónoma o por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en sus respectivos ámbitos de competencia y que cumpla los siguientes requisitos.

    – Haber cursado y superado en centros docentes españoles los estudios de Formación Profesional de grado superior, bien en régimen presencial o en régimen a distancia.

    – Haber finalizado estos estudios en el año natural al que se refiera la correspondiente convocatoria.

    – Haber obtenido calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50, en los términos establecidos en el artículo 15.5 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

    A estos efectos, no se tendrán en cuenta, en el cálculo de la calificación final del ciclo, las calificaciones de «apto», «exento» o «convalidado».

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocatoria de los premios al voluntariado sanitario Salutis Gratia y a la empresa responsable Sanitati Libenter de la Región de Murcia.

    Los méritos de los candidatos a los premios al voluntariado y a la empresa responsable de la Región de Murcia vendrán referidos al año anterior al de su concesión.

    Los méritos de los candidatos a los Premios al voluntariado y a la empresa responsable de la Región de Murcia se otorgarán con carácter exclusivamente honorífico y no generarán derecho económico alguno.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Premio al voluntariado sanitario Salutis Gratía: por las actividades realizadas por una persona física o jurídica en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o fuera del mismo, en programas de cooperación sanitaria internacional que supongan una intervención destacada en materia sanitaria a favor del derecho de protección de la salud, calidad de vida y la atención a las personas.
    Premio a la empresa responsable Sanitati Libenter: Para aquella persona física o jurídica con actividad empresarial que desarrolle o participe en la realización de actividades que supongan una colaboración con la Consejería de Sanidad a favor del derecho a la protección de la salud, la calidad de vida y la atención a las personas, en el ámbito de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los candidatos a obtener los Premios, que se especifican en la base primera, serán propuestos, por cualquier miembro del Jurado, que deberá contar con la conformidad y la aceptación de las bases por la persona física o el representante legal de la persona jurídica de que se trate.

    Las propuestas deberán ser comprensivas de los valores y méritos de cada uno de los candidatos, de forma que permitan su adecuada valoración por el Jurado, no pudiendo exceder de tres para cada uno de los premios convocados.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: De Oficio

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A SALUD

    Plazo de resolución:

    Efectos del silencio.

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A SALUD

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Reconocer y distinguir a las personas y entidades que hayan destacado por su promoción y fomento del deporte en la Región de Murcia.

    - Modalidades de los premios:

    a) Premio al mejor deportista.

    b) Premio a la mejor deportista.

    c) Premio al mejor entrenador.

    d) Premio a la mejor labor de gestión deportiva.

    e) Premio al mejor equipo.

    f) Premio al mejor patrocinador.

    g) Premio al mejor deportista hasta 18 años.

    h) Premio "Deporte en Edad Escolar".

    i) Premio a la trayectoria de toda una vida dedicada al deporte.

    j) Premio al evento deportivo más destacado.

    k) Premio a la mejor gesta deportiva.

    l) Premio I+D+i en el deporte.

    m) Premio especial.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Personas o entidades que tengan una relación directa o indirecta con la actividad física y el deporte.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14028778)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Para la concesión de los premios en sus correspondientes modalidades, el jurado tendrá en cuenta los méritos alcanzados por los candidatos durante el año 2019 o la temporada 2018/19.

    Premios al Mérito Deportivo de la Región de Murcia

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE DEPORTES

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

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