Premios Emprendedor del Año del Instituto de Fomento de la Región de Murcia (código 1401)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

El Instituto de Fomento de la Región de Murcia, en el marco del Plan de Apoyo a los Emprendedores derivado de la Ley 5/2013, de 8 de julio, de apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Región de Murcia, convoca el Premio Emprendedor del año 2017 para dar cumplimiento a los cometidos que tiene encomendado en dicha ley y entre los que figura entre otros, la coordinación de dicho Plan, así como, la difusión de la cultura emprendedora, el fomento del espíritu emprendedor, y la promoción de la creación y consolidación de nuevas empresas.

Esta convocatoria va dirigida a las empresas que hayan obtenido durante el año 2017 alguno de los Premios Emprendedor del Mes del INFO, a los cuales se les ofrece ahora la posibilidad de optar a esta ayuda económica, con el objetivo de estimular a los emprendedores y de ayudarles a la continuidad y consolidación de sus proyectos empresariales.

En esta edición, el Premio Emprendedor del Año cuenta con la colaboración económica del Grupo CLH para desarrollar el programa Premio Emprendedor del Año Info-CLH con el objetivo de promover el emprendimiento entre la sociedad murciana, favorecer el reconocimiento social de los emprendedores, fomentar una imagen positiva del empresario como generador de riqueza y empleo, premiar a las personas con iniciativa emprendedora que hayan puesto en marcha un nuevo negocio y facilitar soporte y respaldo a los emprendedores que inician su actividad empresarial, de forma que sirva de estímulo para la creación de nuevas empresas y nuevos empleos en el ámbito de la economía de la Región de Murcia.

El premio cuenta con una dotación económica de 12.000 euros en premios, seleccionando a los tres mejores proyectos entre los 12 ganadores del premio Emprendedor del Mes del año 2015 dentro de los sectores de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, industria y emprendedor social, que recibirán un premio económico de 6.000 euros para el mejor proyecto, 4.000 euros para el segundo y 2.000 euros para el tercer clasificado.

Podrá obtener más información sobre esta convocatoria y la presentación de solicitudes en la WEB del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.

Para la concesión de los premios previstos se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:

1) Coherencia general del Plan de Empresa, análisis Canvas: 20 puntos

2) Análisis del modelo de negocio, escalabilidad del proyecto, segmentación del cliente: 10 puntos

3) Capacidad y liderazgo del equipo emprendedor (formación, experiencia, complementariedad y esfuerzo realizado): 30 puntos

4) Viabilidad técnica, económica y financiera: 30 puntos

5) Creatividad e innovación respecto a procesos y productos. Originalidad de la idea de negocio: 10 puntos

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

Empresas que hayan recibido durante el ejercicio previo a cada convocatoria el Galardón Premio Emprendedor del Mes y cumplan las distintas condiciones establecidas en el Reglamento (UE) Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativas a las ayudas de mínimis, publicado en el DOUE num 352 de 24 de diciembre de 2013.

Tramitación inmediata

No

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14005437)

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Haber recibido un Premio al Emprendedor del Mes durante el ejercicio anterior al de la convocatoria del premio.
  • Tener un establecimiento productivo o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Declarar y en su caso, acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y acreditar no encontrarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
  • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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