Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Establecer para el Conservatorio de Danza de Murcia los siguientes procedimientos:

    - Admisión del alumnado. Se articula en cuatro vías: ingreso, acceso, traslado y readmisión.

    - Matriculación del alumnado.

    En la actualidad el único centro público que oferta las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Danza es el Conservatorio de Danza de Murcia.

    Enlace página web.

    http://www.educarm.es

    La cumplimentación de la solicitud de admisión, su presentación y la de los documentos adjuntos en formato pdf. se efectuará a través del enlace http://apliedu.murciaeduca.es/index.htm, bajo el epígrafe Trámites On-line, seleccionando el procedimiento Admisión en el Conservatorio de Danza 2019-2020.

    I. CONSERVATORIO DE DANZA DE MURCIA

    1.- Vías de admisión.

    La admisión en el Conservatorio de Danza de Murcia se efectuará a través de las siguientes vías:

    a) Ingreso (Enseñanzas Elementales).

    b) Acceso (Enseñanzas Profesionales).

    c) Traslado (Enseñanzas Elementales y Profesionales).

    d) Readmisión (Enseñanzas Profesionales).

    2.- Participantes en el proceso de admisión. Vía ingreso.

    (Punto cuarto de la Resolución de 11 de abril de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, ppor la que se dictan instrucciones para la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios y los centros autorizados de Danza de la Región de Murcia)

    3.- Participantes en el proceso de admisión. Vía acceso.

    (Punto quinto de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    4.- Participantes en el proceso de admisión. Vía traslado.

    (Punto sexto de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    5.- Participantes en el proceso de admisión. Vía readmisión.

    (Punto séptimo de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    6.- Matrícula en el Conservatorio de Danza.

    (Punto vigésimo noveno a trigésimo segundo de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    7.- CENTROS AUTORIZADOS DE DANZA (Punto Trigésimo tercero de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    8- NORMATIVA:

    El procedimiento está establecido en la Resolución de 11 de abril de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se dictan instrucciones para la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios y los centros autorizados de Danza de la Región de Murcia. Se ha modificado su punto noveno y anexos mediante Resolución de 25 de abril de 2017, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad.

    El calendario de admisión y matriculación para el año académico 2019-2020 queda recogido en la Resolución de 11 de abril de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se establecen los calendarios de admisión y matriculación del alumnado para el año académico 2019-2020 en el Conservatorio de Danza de Murcia.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Conservatorio de Danza de Murcia.
    Centros autorizados de Enseñanzas Elementales de Danza.
    Interesados en cursar las Enseñanzas Elementales o Profesionales de Danza.
    Familias.
    Alumnos de 4º curso de Enseñanzas Elementales de Danza que deseen continuar estudios en las Enseñanzas Profesionales de Danza.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    En la actualidad el único centro público que oferta las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Danza es el Conservatorio de Danza de Murcia.

    1) La admisión en las Enseñanzas Elementales de Danza estará supeditada a la superación del procedimiento de ingreso o de la prueba de ingreso a curso distinto de primero, así como al cumplimiento de los requisitos de edad establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 5 del Decreto 57/2008, de 11 de abril, por el que se establece la ordenación y el currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza para la Región de Murcia.

    Los aspirantes a ingresar en estas enseñanzas deberán encontrarse entre las edades siguientes, cumplidas en el año natural de la convocatoria:

    Primer curso: de 8 a 11 años.

    Segundo curso: de 9 a 12 años.

    Tercer curso: de 10 a 13 años.

    Cuarto curso: de 11 a 14 años.

    Excepcionalmente, podrán ser admitidos para la realización del procedimiento de ingreso a primer curso los aspirantes de 7 años que acrediten tener concedida la flexibilización de la escolarización por su condición de sobredotación intelectual."

    2) La admisión en las Enseñanzas Profesionales de Danza estará supeditada a la superación de la prueba de acceso de la especialidad correspondiente. Especialidades: Baile Flamenco, Danza Clásica, Danza Contemporánea y Danza Española.

    866. Solicitud de admisión en los conservatorios de Danza de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

    • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
      (No obligatorio / No original)
      A aportar en caso de solicitar la vía traslado: Certificación académica de los estudios cursados expedida por el centro de origen, que podrá adjuntarse hasta los diez días hábiles siguientes al del término del plazo de presentación de solicitudes. Si tras la sesión de evaluación final hubiera asignaturas pendientes susceptibles de prueba extraordinaria, se adjuntará en la primera semana del mes de septiembre. En estos casos, el interesado adjuntará la certificación ,una vez presentada telemáticamente la solicitud en los plazos establecidos en el calendario anual de admisión, a través de la aplicación http://admisiones.carm.es/admisionesDoc
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      Acceso a las Enseñanzas Profesionales de Danza: debe aportarse justificante de haber satisfecho el precio público correspondiente a la prueba de acceso. En caso de acogerse a alguna de las exenciones establecidas para el pago, deberá adjuntarse además la documentación justificativa de la exención.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Sólo se aporta en caso de solicitud de ingreso en 1º de las Enseñanzas Elementales de Danza con una edad inferior a 8 años y que tuviera concedida la flexibilización de la escolarización por sobredotación intelectual: certificación del director del centro en el que curse la enseñanza básica donde se haga constar que tiene concedida la flexibilización de la escolarización.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Traslado: deberá aportarse documentación justificativa correspondiente en caso de alegar cambio de localidad de residencia, realización de estudios incluidos en la educación superior o actividad laboral. Readmisión: deberá aportarse documentación justificativa correspondiente en caso de alegar participación en programa educativo transnacional, enfermedad que impidiera un rendimiento adecuado en las enseñanzas o haber estado cursando la educación básica o el bachillerato en el extranjero.
    • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
      (No obligatorio / No original)
      Acceso: en caso de que pueda acogerse e la exención del pago del precio público correspondiente a la prueba de acceso a las Enseñanzas Profesionales de Danza por víctima del terrorismo .
    • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de datos de residencia con fecha de la última variación (*)
    • Consulta de nacimiento (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Quienes estén interesados en participar en el proceso de admisión en los conservatorios de Danza de la Región de Murcia cumplimentarán la solicitud de admisión y aportarán la documentación precisa en formato pdf. a través del enlace http://apliedu.murciaeduca.es/index.htm, bajo el epígrafe Trámites On-line, seleccionando Admisión en el Conservatorio de Danza 2019-2020.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Órgano que dictó el acto
    El procedimiento de admisión es resuelto en cada conservatorio por su director, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Establecer para los conservatorios de Música de la Región de Murcia los siguientes procedimientos:

    - Admisión del alumnado. Se articula en cuatro vías: ingreso, acceso, traslado y readmisión.

    - Matriculación del alumnado.

    Enlace página web.

    http://www.educarm.es

    https://www.tufuturoempiezahoy.com/

    1.- Vías de admisión.

    La admisión en los conservatorios de Música se efectuará a través de las siguientes vías:

    a) Ingreso (Enseñanzas Elementales).

    b) Acceso (Enseñanzas Profesionales).

    c) Traslado (Enseñanzas Elementales y Profesionales).

    d) Readmisión (Enseñanzas Profesionales).

    2.- Participantes en el proceso de admisión. Vía ingreso.

    (Punto cuarto de la Resolución de 11 de abril de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional y enseñanzas de Régimen Especial, por la que se dictan instrucciones para la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios y los centros autorizados de Música de la Región de Murcia).

    3.- Participantes en el proceso de admisión. Vía acceso.

    (Punto quinto de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    4.- Participantes en el proceso de admisión. Vía traslado.

    (Punto sexto de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    5.- Participantes en el proceso de admisión. Vía readmisión.

    (Punto séptimo de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    6.- Matrícula en los Conservatorios de Música.

    (Punto Trigésimo primero a trigésimo quinto de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    7.- Centros Autorizados de Música.

    (Punto Trigésimo sexto de la citada resolución de 11 de abril de 2014)

    Pago del precio público correspondiente a la prueba de acceso:

    Quien solicite la admisión, vía acceso, en un conservatorio de Música de gestión municipal ingresará la cantidad en las cuentas que se indican o deberán contactar con el centro para llevarlo a cabo según se indica a contiuación:

    Conservatorio de Música de Caravaca de la Cruz: ES24 2038 3019 0464 0000 1210

    Conservatorio de Música de Cieza: Contactar previamente con conservatorio a través de cuenta de correo electrónico: 30018187@murciaeduca.es

    Conservatorio de Música de Jumilla: Contactar previamente con conservatorio a través de la cuenta de correo electrónico cmjumilla@gmail.com

    Conservatorio de Música de Molina de Segura: Ver instrucciones específicas en http://portal.molinadesegura.es/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=65&Itemid=950

    Conservatorio de Música de San Javier: Contactar con conservatorio a través de cuenta de correo electrónico: secretario.conservatorio@sanjavier.es

    En el documento de ingreso en cuenta se consignará como concepto Acceso y a continuación se indicará la especialidad y curso. Este documento se adjuntará en formato pdf a la solicitud.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Administración.

    Conservatorios de Música.
    Centros autorizados de Enseñanzas Elementales/Profesionales de Música.
    Interesados en cursar las Enseñanzas Elementales o las Profesionales de Música.
    Alumnos que finalicen 4º curso de las Enseñanzas Elementales de Música y familias.
    Interesados en participar en el Programa "Horarios integrados".

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    A) La admisión en las Enseñanzas Elementales de Música estará supeditada a la superación del procedimiento de ingreso o de la prueba de ingreso a curso distinto de primero, así como, al cumplimiento de los requisitos de edad establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 8 del Decreto 58/2008, de 11 de abril, por el que se establece la ordenación y el currículo de las Enseñanzas Elementales de Música para la Región de Murcia:

    2. La edad mínima requerida para ingresar al primer curso de estas enseñanzas será de ocho años y la máxima de doce, que deberán cumplirse en el año natural de la convocatoria. En el ingreso a curso distinto de primero la edad mínima será correlativa con el curso, es decir, nueve años para segundo, diez para tercero y once para cuarto. Se procederá de la misma forma con la edad máxima.

    3. Excepcionalmente, podrán ser admitidos para la realización del procedimiento de ingreso al primer curso los aspirantes de 7 años que acrediten tener concedida la flexibilización de la escolarización por su condición de sobredotación intelectual."

    B) La admisión en las Enseñanzas Profesionales de Música estará supeditada a la superación de la prueba de acceso correspondiente.

    865. Solicitud de admisión en los conservatorios de Música de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

    • Libro de familia
      (Obligatorio / Original)
      Deberán adjuntarlo los solicitantes menores de 14 años que no posean documento acreditativo de identidad cuando no autoricen en la solicitud el acceso a los datos de identidad o de nacimiento. Aportarán copia partida de nacimiento o libro de familia.
    • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
      (No obligatorio / Original)
      Traslado: Deberá aportarse certificación académica de los estudios cursados expedida por el centro de origen, que podrá adjuntarse hasta los diez días hábiles siguientes al del término del plazo de presentación de solicitudes. Si tras la sesión de evaluación final hubiera asignaturas pendientes susceptibles de prueba extraordinaria, se adjuntará en la primera semana del mes de septiembre. En estos casos, el interesado adjuntará la certificación ,una vez presentada telemáticamente la solicitud en los plazos establecidos en el calendario anual de admisión, a través de la aplicación http://admisiones.carm.es/admisionesDoc
    • Certificado
      (No obligatorio / Original)
      Acceso: Quienes hubieran superado en otro centro de la Región de Murcia la prueba de acceso para el curso de convocatoria aportarán certificación del centro según modelo establecido en el anexo IV, salvo haberla superado en un centro adscrito al conservatorio donde presenta la solicitud. En este caso, el conservatorio verificará de oficio la información requerida.
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      Acceso a las Enseñanzas Profesionales de Música: debe aportarse justificante de haber satisfecho el precio público correspondiente a la prueba de acceso. Si se solicitara a un conservatorio municipal, no se utilizará la carta de pago generada y se efectuará según se indica en Información (Otros datos de interés). En caso de acogerse a alguna de las exenciones establecidas para el pago, deberá adjuntarse además la documentación justificativa de la exención.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Sólo se aporta en caso de solicitud de ingreso en 1º de las Enseñanzas Elementales de Música con una edad inferior a 8 años y que tuviera concedida la flexibilización de la escolarización por sobredotación intelectual: certificación del director del centro en el que curse la enseñanza básica donde se haga constar que tiene concedida la flexibilización de la escolarización.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Traslado: deberá aportarse documentación justificativa correspondiente en caso de alegar cambio de localidad de residencia, realización de estudios incluidos en la educación superior o actividad laboral. Readmisión: deberá aportarse documentación justificativa correspondiente en caso de alegar participación en programa educativo transnacional, enfermedad que impidiera un rendimiento adecuado en las enseñanzas o haber estado cursando la educación básica o el bachillerato en el extranjero.
    • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
      (No obligatorio / Original)
      Acceso: en caso de que pueda acogerse e la exención del pago del precio público correspondiente a la prueba de acceso a las Enseñanzas Profesionales de Música por víctima del terrorismo .
    • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de datos de residencia con fecha de la última variación (*)
    • Consulta de nacimiento (*)
    • Consulta del título de familia numerosa en Intermediación (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Quienes estén interesados en participar en el proceso de admisión en los conservatorios de Música de la Región de Murcia cumplimentarán la solicitud de admisión y aportarán la documentación precisa en formato pdf.- a través del enlace http://apliedu.murciaeduca.es/index.htm, bajo el epígrafe "Trámites On-line", seleccionando "Admisión en los conservatorios de Música 2019-2020".
    Al finalizar la inscripción, la aplicación informática generará un documento denominado Solicitud con un número de identificación ID- que el interesado deberá conservar como justificante de presentación de la misma.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID
    El procedimiento de admisión es resuelto en cada conservatorio por su director, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Admitir al alumnado que desee cursar la formación adicional para la obtención del Título Superior de Diseño establecido en el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores de acuerdo a la Ley Orgánica 2/2006 de Educación.

    Puede consultar el calendario de admisión del alumnado en el Anexo II.

    Las plazas vacantes disponibles están publicadas en el Anexo III. Oferta de plazas en la Escuela Superior de Diseño.

    Puede consultar la temporalización de contenidos en el Anexo IV.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Estudiantes que, habiendo obtenido el Título de Diseño, según los currículos establecidos en ordenaciones anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, modificado parcialmente por el Real Decreto 21/2015, de 23 de enero, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores de acuerdo a la Ley Orgánica Ley Orgánica 2/2006 de Educación, estuviesen interesados en obtener el Título Superior de Diseño en la misma especialidad.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Estar en posesión del Título de Diseño habiendo cursado los estudios regulados en la Orden de 25 de febrero de 2004 por la que se establece el currículo de los estudios Superiores de Diseño y se regula la Prueba de Acceso a los mismos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      académica en dónde figure la nota media de los estudios de Diseño y la calificación del Proyecto final de carrera.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      académica en dónde figure la nota media de los estudios de Diseño y la calificación del Proyecto final de carrera.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar procedimiento de la admisión y la matriculación del alumnado en la Escuela Superior de Arte Dramático para el curso 2019-2020.

    1. La admisión en la Escuela Superior de Arte Dramático se efectuará a través de las siguientes vías de acuerdo a lo establecido en el punto vigésimo cuarto de la Resolución de 25 de julio de 2013 de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se establece para la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Arte Dramático, se contemplan los planes de estudio iniciados en los años
    académicos 2010-2011 y 2011-2012, y se regula la prueba específica acceso:
    1.1. Acceso a primer curso, con las siguientes opciones:
    a) Realizando la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático en la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia.
    b) Habiendo realizado la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático en otro centro.
    1.2. Traslado de centro.
    1.3. Readmisión.
    2. El traslado y la readmisión en el centro sólo se admitirán para alumnado procedente de planes de estudios desarrollados al amparo del Real Decreto 630/2010, de 14 de mayo. En su caso, los alumnos con estudios incompletos de planes de estudios anteriores deberán haber obtenido, de la Administración educativa a la que pertenezca el centro en el que dichos estudios quedaron inconclusos, autorización para continuarlos según el citado Real Decreto.
    Una vez admitidos, se incorporarán al plan de estudios regulado por el Real Decreto 630/2010, de 14 de mayo, y establecido por la Resolución de 25 de julio de 2013 arriba mencionada.

    MATRÍCULA NUEVOS ALUMNOS

    Los aspirantes incluidos en la lista definitiva de admitidos deberán formalizar su matrícula, utilizando los formularios que proporcionarán los centros y previo abono del correspondiente precio público, en los plazos establecidos en el anexo I y conforme a la organización que publique la Secretaría del centro.

    Quienes no formalicen la matrícula en el plazo señalado decaerán de su derecho a la plaza obtenida.

    Si quedaran plazas vacantes disponibles una vez finalizados todos los plazos de matricula establecidos, el centro podrá ofertar directamente las plazas vacantes al alumnado de la lista de espera de las pruebas de acceso para su matriculación. Una vez el centro comunique a los interesados la disponibilidad de plaza vacante en el centro, el alumno dispondrá de tres días hábiles para formalizar su matrícula.

    MATRÍCULA DEL ACTUAL ALUMNADO DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ARTE DRAMÁTICO

    El centro publicará con la suficiente antelación el calendario con los plazos de matrícula para los actuales alumnos.

    Al término de los exámenes correspondientes al primer cuatrimestre se abrirá un plazo para la solicitud de ampliación de matrícula en los términos establecidos en la Resolución de 29 de enero de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se autoriza un período extraordinario para proceder a la ampliación de matrícula en las enseñanzas artísticas superiores.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Para acceso a primer curso:
    Cumplir con los requisitos académicos exigidos y superación de la prueba específica de acceso.
    Por la vía de traslado:
    Haber iniciado los estudios superiores de arte dramático en otro centro.
    Por la vía de readmisión:
    Alumnos que hayan causada baja en la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia y deseen reanudar sus estudios

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Acceso a primer curso

    a) Realizando la prueba específica de acceso a los enseñanzas de arte dramático en la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia.

    b) Habiendo realizado la prueba específica de acceso a las enseñanzas de arte dramático en otro centro.

    2. El traslado y la readmisión en el centro sólo se admitirán para alumnado procedente de planes de estudios desarrollados al amparo del

    Real Decreto 630/2010, de 14 de mayo. En su caso, los alumnos con estudios incompletos de planes de estudios anteriores deberán haber

    obtenido, de la Administración educativa a la que pertenezca el centro en el que dichos estudios quedaron inconclusos, autorización para continuarlos

    según el citado Real Decreto.

    Una vez admitidos, se incorporarán al plan de estudios regulado por el Real Decreto 630/2010, de 14 de mayo, y establecido por la Resolución de 25 de julio de 2013 arriba mencionada.

    Solicitud de admisión en la Escuela Superior de Arte Dramático

    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Documentación justificativa, en su caso, de participación en un programa educativo transnacional, enfermedad grave u otras causas de fuerza mayor que motivaronel abandono de los estudios.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificación académica del centro de origen.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificación emitida por el centro en que e solicitante hubiera realizado la prueba.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Certificación emitida por el centro en que e solicitante hubiera realizado la prueba.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Documentación justificativa, en su caso, de participación en un programa educativo transnacional, enfermedad grave u otras causas de fuerza mayor que motivaronel abandono de los estudios.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    La solicitud de admisión será presentada preferentemente en la secretaría de la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Comisiones de selección

    Plazo de resolución: 0 Año/s

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

    Información adicional sobre recursos

    Contra la relación definitiva de aspirantes se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de su publicación definitiva. La presentación del recurso de alzada no paralizará el desarrollo de los procedimientos de acceso

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar la admisión y matrícula del alumnado en el Conservatorio Superior de Música "Manuel Massotti Littel" de Murcia para el curso académico 2019-2020.

    ADMISION

    La admisión del alumnado en el Conservatorio Superior de Música “Manuel Massotti Littel” se podrá efectuar por las siguientes vías:

    Acceso a primer curso, con las siguientes opciones:

    a) Realizando la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música en el Conservatorio Superior de Música “Manuel Massotti Littel”.
    b) Habiendo realizado la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música en otro centro.

    Traslado de centro.

    Readmisión.

    El traslado y la readmisión en el centro sólo se admitirán para alumnado procedente de planes de estudios desarrollados al amparo del Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo. En su caso, los alumnos con estudios incompletos de planes de estudios anteriores deberán haber obtenido, de la Administración educativa a la que pertenezca el centro en el que dichos estudios quedaron inconclusos, autorización para continuarlos según el citado Real Decreto.
    Una vez admitidos, se incorporarán al plan de estudios regulado por el Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, y establecido por la Resolución de 25 de julio de 2013 arriba mencionada.

    MATRÍCULA

    Matrícula para el alumnado de nueva admisión

    Quienes obtengan plaza en el proceso de admisión deberán formalizar su matrícula en los plazos que se indican en el anexo I.
    La no formalización de la matrícula en las fechas previstas conllevará la pérdida de la plaza adjudicada.

    Quienes estuvieran cursando los estudios superiores de música y, tras superar la prueba específica de acceso en otra especialidad, pudieran obtener plaza en esta última se atendrán a lo recogido en el punto trigésimo sexto de la Resolución de 25 de julio de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se establece para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Música, se completan los planes de estudios iniciados en los años académicos 2010-2011 y 2011-2012 y se regula la prueba específica de acceso.

    Matrícula para el alumnado actual del Conservatorio Superior de Música “Manuel Massotti Littel”.
    El alumnado actual del Conservatorio Superior de Música “Manuel Massotti Littel” formalizará su matrícula en los plazos que se indican en el anexo II.
    Al término de los exámenes correspondientes al primer cuatrimestre se abrirá un plazo para la solicitud de ampliación de matrícula en los términos establecidos en la Resolución de 29 de enero de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se autoriza un período extraordinario para proceder a la ampliación de matrícula en las enseñanzas artísticas superiores.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Para acceder a estos estudios será preciso estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años y superar una prueba específica de acceso, (consultar procedimiento 1913 Prueba específica de acceso a los estudios superiores de Música en el Conservatorio Superior de Música Manuel Massotti Littel), regulada por las Administraciones educativas en la que el aspirante demuestre los conocimientos y habilidades profesionales necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

    Solicitud de admisión al Conservatorio Superior de Música "Manuel Massotti Littel" de Murcia

    • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
      (Obligatorio / Original)
      Certificación académica del centro de origen en la que se expresen las asignaturas cursadas así como las calificaciones obtenidas y los créditos ECTS correspondientes. La certificación deberá hacer referencia a la norma reguladora del plande estudios.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Documentación justificativa, en su caso, de participación en un programa educativo transnacional, enfermedad grave u otras causas de fuerza mayor que motivaronel abandono de los estudios.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificación emitida por el centro en que el solicitante hubiera realizado la prueba o por el órgano responsable de la convocatoria y gestión de la misma (según determine su propia normativa reguladora), en la que se haga constar:a) Enseñanza y especialidad en la que se ha realizado la prueba, así como, si procede, itinerario o modalidad.b) Calificación obtenida en la prueba específica, diferenciada de la que pudiera corresponder a la ponderación con la nota media de las enseñanzas profesionales de música.c) Que la prueba ha sido superada en la convocatoria efectuada para el año 2018-2019.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Certificación emitida por el centro en que el solicitante hubiera realizado la prueba o por el órgano responsable de la convocatoria y gestión de la misma (según determine su propia normativa reguladora), en la que se haga constar:a) Enseñanza y especialidad en la que se ha realizado la prueba, así como, si procede, itinerario o modalidad.b) Calificación obtenida en la prueba específica, diferenciada de la que pudiera corresponder a la ponderación con la nota media de las enseñanzas profesionales de música.c) Que la prueba ha sido superada en la convocatoria efectuada para el año 2018-2019.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Documentación justificativa, en su caso, de participación en un programa educativo transnacional, enfermedad grave u otras causas de fuerza mayor que motivaronel abandono de los estudios.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de datos de Discapacidad en Intermediación (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
    • Consulta del título de familia numerosa en Intermediación (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Información adicional sobre recursos

    Contra la relación definitiva de aspirantes se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de su publicación definitiva. La presentación del recurso de alzada no paralizará el desarrollo de los procedimientos de acceso.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Establecer el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado, a las 22 plazas vacantes, en el Ciclo final de grado medio de las enseñanzas de Fútbol, en el IES “Poeta Sánchez Bautista”, Llano de Brujas (Murcia).

    Enlace en la web: www.educarm.es

    1.- Criterios de admisión.

    Cuando el número de aspirantes supere las plazas ofertadas se aplicará el criterio de mayor nota media en expediente académico correspondiente al primer nivel de grado medio de estas enseñanzas.

    En caso de empate en la nota media de los solicitantes, tendrá preferencia el alumnado que haya cursado el primer nivel de grado medio en el IES “Poeta Sánchez Bautista”.

    2.- El porcentaje de plazas reservadas será el siguiente:

    a) Un 10% de las plazas ofertadas para quienes acrediten algún grado de discapacidad.
    b) Un 10% de las plazas ofertadas para los deportistas de alto rendimiento y alto nivel; dentro de este cupo, tendrán prioridad los deportistas de alto nivel.
    c) Un 10% de las plazas ofertadas para quienes accedan acreditando la prueba de acceso sustitutoria del los título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a las enseñanzas de grado medio.
    d) Un 10% de las plazas ofertadas para quienes acrediten, según el caso, la convalidación, o la correspondencia a las que se refieren la disposición adicional cuarta y la disposición transitoria primera del citado Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
    e) Un 10% de las plazas ofertadas para quienes accedan acreditando una situación de inserción social.

    Las plazas reservadas que no sean cubiertas se acumularán al resto de plazas.

    3.- Adjudicación de Plazas.

    El listado provisional de admitidos se publicará el día 12 de febrero.

    La relación definitiva de admitidos se publicará el día 18 de febrero, así como, en su caso, la lista de espera de los aspirantes no admitidos, ya que, en los casos de anulación de matrícula o no formalización de la misma, se avisará por riguroso orden de la lista publicada.

    4. Reclamaciones al proceso de Admisión.

    Contra la relación definitiva de admitidos, cabrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el tablón de anuncios del centro. La interposición del recurso de alzada, que agota la vía administrativa, no paralizará el procedimiento de matrícula.

    5.- Formalización de la matrícula.

    Para la formalización de la matrícula los admitidos deberán presentar:

    -El justificante del pago del precio público y las tasas correspondientes.
    -El certificado académico del primer nivel de grado medio donde se indique la media ponderada. Este certificado lo presentarán aquellos que no hayan cursado las enseñanzas en el IES “Poeta Sánchez Bautista”, en el presente curso académico.

    Quienes no formalicen la matrícula en el plazo señalado decaerán de su derecho a la plaza obtenida.

    6. Matriculación fuera de plazo.

    En caso de existir plazas vacantes tras el proceso de matriculación, se podrá admitir nuevos alumnos que reúnan los requisitos de acceso, durante los quince días siguientes a la fecha de inicio del período lectivo, hasta completar el grupo autorizado.

    7. Anulación de matrícula.

    Los alumnos que no se incorporen, pasados diez días desde el inicio del curso, ni hubiesen justificado su ausencia, serán requeridos mediante comunicación con acuse de recibo por la dirección del IES “Poeta Sánchez Bautista” para que justifiquen su ausencia en el plazo de tres días hábiles, desde su recepción. Finalizado dicho periodo sin haber recibido contestación, el director del centro procederá a la anulación de la matrícula del alumno.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Dirigido a los deportistas de fútbol

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    El pago del precio público y tasas se hará efectivo a partir de la fecha de publicación de la lista de admitidos definitiva, desde el 25 hasta el 28 de febrero.

    Solicitud de inscripción para la admisión al segundo nivel/ciclo final de grado medio de las enseñanzas de fútbol

    • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de Inscripción como demandante de empleo a Fecha Concreta (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Los interesados presentarán la solicitud preferentemente en la Secretaría del IES Poeta Sánchez Bautista, de Llano de Brujas.

    • PU012. Prestación de Servicios Academicos; orden 21 marzo 2012

      H00003 - Enseñanzas Deportivas, Técnico y Superior, Futbol/sala Balon

      Realizar simulación del cálculo

    • PU012. Prestación de Servicios Academicos; orden 21 marzo 2012

      H00003 - Enseñanzas Deportivas, Técnico y Superior, Futbol/sala Balon

      Realizar simulación del cálculo

    • T966. Régimen Especial de Arte Dramático, Danza, Música Deportivas

      H00001 - Régimen Especial de Arte Dramático, Danza, Música Deportivas

      Realizar simulación del cálculo

    • PU012. Prestación de Servicios Academicos; orden 21 marzo 2012

      H0003F - Enseñanzas Deportivas Grado Medio, Ciclo final.

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Órgano que dictó el acto

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Procedimiento para la recepción y tramitación de los ofrecimientos para la adopción de personas menores de edad residentes en otros países.

    PROCESO DE ADOPCION INTERNACIONAL

    Este proceso se inicia con la solicitud de una familia de información sobre la adopción internacional y acaba cuando se han realizado los informes de seguimiento postadoptivo que exige el país de origen del menor adoptado.

    SUBPROCESOS :BLOQUES DE TAREAS

    1. CHARLA INFORMATIVA.
    2. APERTURA DE EXPEDIENTE.
    3. VALORACION DE IDONEIDAD PARA LA ADOPCION INTERNACIONAL.
    4. PREPARACION DEL EXPEDIENTE Y ENVIO AL PAIS. VIA MINISTERIO / VIA ORGANISMOS ACREDITADOS PARA LA ADOPCION INTERNACIONAL.
    5. FORMACION DURANTE LA ESPERA.
    6. ASIGNACION DE UN O UNA MENOR
    7. ESTANCIA EN EL PAIS Y PROCESO JUDICIAL O ADMINISTRATIVO DE ADOPCION
    8. LLEGADA DEL MENOR A LA REGION DE MURCIA
    9. REALIZACION DE LOS SEGUIMIENTOS POSTADOPTIVOS EXIGIDOS POR EL ESTADO DE ORIGEN DEL O LA MENOR.
    10. CIERRE DE EXPEDIENTE( CADUCIDAD, DESESTIMIENTOS,, NO IDONEIDAD, FIN DEL SEGUIMIENTO)

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Cualquier tipo de familia residentes en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que reúna los requisitos necesarios para ser adoptante detallado en el apartado correspondiente más los requisitos que establezca cada país donde se decida adoptar. O aquellos organismos Acreditados para la adopción internacional con sede en cualquier territorio del Estado español, así como las Entidades publicas de otras administraciones con competencias en adopcion.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
    DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS Y PROTECCIÓN DE MENORES (A14028747)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Tener plena capacidad de obrar.
    • Residencia efectiva y habitual en el territorio de la Región de Murcia.
    • Aceptar someterse a los procesos de estudio y valoración para determinar su idoneidad para la adopción.
    • No se aceptan ofrecimientos que impliquen prejuicios o discriminación por razón de sexo, raza, características étnicas u otras circunstancias de las personas menores edas
    • Aceptar el seguimiento familiar por parte de la Entidad Pública u organismo acreditado (orientación y asesoramiento).

    Es obligatorio antes de presentar la solicitud de adopcion internacional la Asistencia a la charla informativa sobre Acogimiento familiar y adopciones.*: Para asistir es necesaria cita previa. Tlf. 968 272950 / 968 272960/ 968 272956 - Fax 968 272979 O bien en la siguiente dirección de correo electrónico: acogimientoyadopcion.murcia@carm.es En el correo deberán indicar el nombre, DNI y teléfono de contacto (si es una pareja, nombres y DNI de ambos). Lugar: Salón de Actos de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Avda. de La Fama, 3. Murcia), el primer lunes de los meses de febrero, abril, junio, octubre y diciembre de cada año de 17,00 a 19:30 horas. Si ese primer lunes de mes fuera festivo, la charla será el siguiente lunes hábil.

    -Requisitos de cada país:

    https://www.msssi.gob.es/ssi/familiasInfancia/Infancia/adopciones/adopInternacional/informPaisesOrigen/home.htm

    Requisitos posteriores

    Presentar la solicitud de Valoracion de Idoneidad para la adopcion internacional, adjuntando Cuestionario para solicitud de adopcion en el extranjero junto a la documentacion que se especifica en documentacion a adjuntar.

    Los indicadores para una valoracion positiva de idoneidad son:

    - Disponer de la suficiente capacidad física y psíquica.

    - Ofrecer un ambiente familiar adecuado para ejercer la guarda de un menor.

    - Ofrecer garantía de medios económicos para la atención del menor.

    - Disponer de vivienda adecuada.

    - Mantener una convivencia estable, en caso de solicitud formulada por matrimonio o pareja de hecho.

    Solicitud para la adopcion internacional

    • Cuestionario
      (Obligatorio / Original)
      de disponibilidad debidamente cumplimentado.
    • Declaración
      (Obligatorio / Original)
      Jurada donde conste la inexistencia de hijos propios o adoptivos.
    • Fotografía
      (Obligatorio / Original)
      (2 fotografías).
    • Libro de familia
      (Obligatorio / Original)
      (Fotocopia)
    • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
      (Obligatorio / Original)
    • Declaración jurada
      (Obligatorio / Original)
      de bienes.
    • Certificado médico
      (Obligatorio / Original)
      de estado de salud psico-físico.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      (Justificante de asistencia a la charla informativa sobre adopciones).
    • Fotografía tamaño carné
      (Obligatorio / Original)
      (2 fotografías).
    • Documentación justificativa
      (Obligatorio / Original)
      (Justificante de asistencia a la charla informativa sobre adopciones).
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Solicitud para la adopcion internacional

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL FAMILIAS Y PROTECCION MENORES

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Adquirir a título oneroso bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos.

    Destinatarios

    Administración.

    Administración Regional

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO (A14028317)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Adquisición mediante Concurso Público.

    Contratación Directa en los supuestos siguientes:

    a) Reconocida urgencia de la adquisición.

    b) Peculiaridad del bien que se pretende adquirir o de la necesidad que deba ser satisfecha.

    c) Limitaciones del mercado inmobiliario de la localidad donde estén situados los bienes que se pretende adquirir.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: De Oficio

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio.

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Si el valor de los bienes o derechos excede de 360.607,26 euros (60 millones de
    pesetas) es preceptiva la autorización del Consejo de Gobierno.
    Cuando la adq
    uisición sea para devolver los bienes al tráfico, se puede atribuir la facultad
    de adquirir al Consejero correspondiente por razón de la materia.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Solicitar la inclusión en la relación de Deportistas de Alto Rendimiento de la Región de Murcia de aquellos deportistas que, por sus resultados deportivos, son considerados de Alto Rendimiento Regional.

    - Para el procedimiento de declaración, se iniciará a instancias de los interesados, a través de las correspondientes Federaciones Deportivas Regionales o Españolas, en el caso de Delegaciones Territoriales, que aportarán y, en su caso, expedirán toda la documentación y certificaciones que se establece en el artículo 3 del Decreto 7/2007, de 2 de febrero de deportistas, por el que se establece el Régimen de los Deportistas de alto rendimiento de la Región de Murcia.

    - Los deportistas que practiquen una modalidad deportiva de la que no exista Federación de la Region de Murcia o Delegación de la Federación Española en Murcia, podrán presentar directamente la solicitud.

    - La Comisión de deportistas de alto rendimiento de la Región de Murcia elaborará la propuesta de relación, elevándola al órgano competente para su aprobación, que será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

    - En la Carta de servicios de la Dirección General de Deportes figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:

    "2. Elaborar el listado de deportistas de alto rendimiento de la Región de Murcia antes de la finalización del primer trimestre de cada año, a propuesta de la Comisión de Deportistas de Alto Rendimiento de la Región de Murcia".

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Deportistas y Federaciones Deportivas de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14028778)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Para obtener la calificación de deportista de alto rendimiento de la Región de Murcia, son necesarios los siguientes requisitos, según lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 7/2007, de 2 de febrero, por el que se establece el régimen de los deportistas de alto rendimiento de la Región de Murcia :

    • a) Tener la condición política de murciano en el sentido que regula el Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, con al menos un año de antelación a ser propuesto.
    • b) Tener licencia deportiva en vigor expedida por la correspondiente Federación Deportiva de la Región de Murcia o Federación Española correspondiente en el caso de Delegaciones Territoriales.
    • c) No encontrarse sancionado con carácter firme por dopaje o por algunas de las infracciones previstas en los artículos 91 y 92 de la Ley 2/2000, de 12 de julio, del Deporte de la Región de Murcia.
    • d) No tener la condición de deportista de Alto Nivel, otorgada por el Consejo Superior de Deportes conforme a lo establecido en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
    • e) Cumplir con alguno de los requisitos exigidos en el Anexo I para la modalidad deportiva correspondiente.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Establecer los siguientes procedimientos:

    1. Procedimiento A. Solicitud y concesión de prórroga de la condición de centro de atención educativa preferente, para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020.
    2. Procedimiento B. Convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para seleccionar un máximo de cuatro centros educativos que puedan obtener la condición de centro de atención educativa preferente, durante dos cursos escolares consecutivos.

    Para la prórroga de los centros de atención educativa preferente se constituirá la comisión de selección prevista en el artículo 11 de la Orden de 30 de diciembre de 2015, que tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración:

    a) Cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado quinto de la presente resolución.
    b) Valoración del plan de actuación (Hasta un máximo de 10 puntos).

    Para la selección de los centros de atención educativa preferente se constituirá una Comisión de selección, cuya composición y funciones se establecen en el artículo 11 de la Orden de 30 de diciembre de 2015.

    El proceso de selección consistirá en la valoración de las necesidades de atención educativa, y tendrá en cuenta conjuntamente los siguientes criterios:

    a) Grado de cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado sexto de la presente resolución (Hasta un máximo de 15 puntos).
    b) Valoración del plan de actuación (Hasta un máximo de 10 puntos, debiendo obtener una calificación mínima de 5 puntos para poder continuar en el proceso).

    Los centros educativos que prorroguen o adquieran la condición de centro de atención educativa preferente podrán contar con las medidas de apoyo previstas en el artículo 13 de la Orden de 30 de diciembre de 2015.

    La dotación económica asignada al centro estará función de lo presupuestado en su plan de actuación, el número de alumnos matriculados en educación infantil y en las enseñas obligatorias, y de la puntuación obtenida en el plan de actuación, hasta un máximo de 10.000 euros.

    Destinatarios

    Administración.

    Son destinatarios del presente procedimiento de prórroga (procedimiento A), los quince centros de atención educativa preferente seleccionados al amparo de la Resolución de 25 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad, por la que se resuelve la convocatoria para la adquisición de la condición de centro de atención educativa preferente.
    Son destinatarios de la presente convocatoria (procedimiento B), todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que impartan las enseñanzas de educación primaria o educación secundaria obligatoria.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Requisitos para la prórroga de la condición de centro de atención educativa preferente (procedimiento A):

    a) Contar con el acuerdo favorable del Claustro de Profesores y del Consejo Escolar para participar en el presente procedimiento de prórroga de la condición de centro de atención educativa preferente.
    b) Valoración positiva del plan de actuación presentado para los cursos 2018-2019 y 2019-2020, obteniendo una calificación mínima de 5 puntos sobre 10.
    c) Constatación, por parte de la Comisión de Selección prevista en el punto 1 del apartado séptimo de la presente resolución, de la situación de desventaja socioeducativa respecto a los requisitos contemplados en el artículo 9 de la Orden de 30 de diciembre de 2015.
    d) Mejora en, al menos, la mitad de los siguientes indicadores de evaluación, respecto a los datos del curso 2015-2016:

    • Centros de Educación Infantil y Primaria (CEIP) y Centros de Educación Infantil y Básica (CEIBas):
      • Puntuación global del centro (puntuación bruta, sin descontar el Índice Socioeconómico y Cultural –ISEC-), en la prueba de competencia en comunicación lingüística (lengua castellana) de tercer curso de educación primaria.
      • Puntuación global del centro (puntuación bruta, sin descontar el Índice Socioeconómico y Cultural –ISEC-), en la prueba de competencia matemática de tercer curso de educación primaria.
      • Puntuación global del centro (puntuación bruta, sin descontar el Índice Socioeconómico y Cultural –ISEC-), en la prueba de competencia en comunicación lingüística (lengua castellana) de sexto curso de educación primaria.
      • Puntuación global del centro (puntuación bruta, sin descontar el Índice Socioeconómico y Cultural –ISEC-), en la prueba de competencia matemática de sexto curso de educación primaria.
      • Porcentaje de alumnado repetidor, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Porcentaje de alumnado con evaluación positiva en Lengua Castellana y Literatura, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Porcentaje de alumnado con evaluación positiva en Matemáticas, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Porcentaje de alumnado que promociona de curso con evaluación positiva en todas las asignaturas, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Porcentaje de alumnado que finaliza el curso con evaluación negativa en dos o más asignaturas, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Tasa de absentismo anual, obtenida empleando la fórmula utilizada por el programa Plumier XXI para la obtención de este dato en el listado del DOC.
    • Instituto de Educación Secundaria (IES):
      • Porcentaje de alumnado repetidor, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Porcentaje de alumnado con evaluación positiva en Lengua Castellana y Literatura, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Porcentaje de alumnado con evaluación positiva en Matemáticas, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Porcentaje de alumnado que promociona de curso con evaluación positiva en todas las asignaturas, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Porcentaje de alumnado que finaliza el curso con evaluación negativa en dos o más asignaturas, calculado sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
      • Tasa de absentismo anual, obtenida empleando la fórmula utilizada por el programa Plumier XXI para la obtención de este dato en el listado del DOC.
      • Porcentaje de alumnado absentista (acumulación, a lo largo del curso, de faltas de asistencia injustificadas superiores al 20%).
      • Porcentaje de alumnado que obtiene el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

    Requisitos para participar en la convocatoria para la adquisición de la condición de centro de atención educativa preferente (procedimiento B).

    Podrán concurrir a la convocatoria prevista en la presente resolución todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que quieran ser calificados centros de atención educativa preferente, que impartan las enseñanzas de la educación primaria y que cumplan, al menos, cuatro de los siguientes requisitos:

    a) Tener al menos un 10% de alumnado con necesidades de compensación educativa (integración tardía, desconocimiento del castellano y desfase curricular de dos o más cursos). Este porcentaje se calculará sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.
    b) Tener al menos un 20% de alumnado con ayudas de comedor. Este porcentaje se calculará sobre el total de alumnos de 2.º ciclo de educación infantil y educación primaria del centro, a partir de los datos de la última resolución publicada de esta ayuda.
    c) Tener al menos un 20% de alumnado con ayudas para libros. Este porcentaje se calculará sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro, a partir de los datos de la última resolución publicada de esta ayuda.
    d) Tener al menos un 40% de profesorado sin destino definitivo en centros públicos, o con contrato temporal en centros privados concertados.
    e) Tener al menos un 8% de tasa de absentismo anual. Este porcentaje se calculará tomando como referencia los datos referidos al curso 2017/2018, empleando la fórmula utilizada por el programa Plumier XXI para la obtención de este dato en el listado del DOC: Número total de faltas x100 / (n.º días lectivos) x (n.º promedio de periodos lectivos/día) x (n.º total alumnos).
    f) Tener al menos un 15% de alumnado que se encuentre repitiendo curso en la actualidad. Este porcentaje se calculará sobre el total de alumnos que cursan las enseñanzas obligatorias en el centro.

    Requisitos posteriores

    Los centros de atención educativa preferente estarán obligados a:

    a) Desarrollar el plan de actuación presentado, no pudiendo modificar su contenido sin la previa comunicación a la Dirección General competente en Atención a la Diversidad.
    b) Elaborar una memoria anual con arreglo a lo establecido en el punto 2 del apartado undécimo de la presente resolución.
    c) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación por parte de la administración educativa.
    d) Realizar las actividades formativas y de difusión de buenas prácticas que pudiera organizar la Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Procedimiento A: Memoria en la que se describan las actuaciones desarrolladas conforme al plan de actuación del centro en los cursos 2016-2017 y 2017-2018, el grado de cumplimiento de los objetivos y los gastos realizados, según el modelo contenido en el Anexo VI.
    • Plan
      (Obligatorio / Original)
      Procedimiento A: Plan de actuación previsto en el apartado noveno de la presente resolución, para los dos próximos cursos escolares.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Procedimiento A: Certificación del secretario del centro, con el visto bueno del director, en la que conste el acuerdo favorable del Claustro de profesores y del Consejo Escolar, para concurrir a este procedimiento de prórroga.Procedimiento B: Certificación del secretario del centro, con el visto bueno del director,en la que conste el acuerdo favorable del Claustro de profesores y del Consejo Escolar.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Procedimiento A: Certificación del secretario del centro, con el visto bueno del director, en la que conste el acuerdo favorable del Claustro de profesores y del Consejo Escolar, para concurrir a este procedimiento de prórroga.Procedimiento B: Certificación del secretario del centro, con el visto bueno del director,en la que conste el acuerdo favorable del Claustro de profesores y del Consejo Escolar.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.