Adquisición de inmuebles de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o Derechos Reales sobre los mismos (código 623)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Adquirir a título oneroso bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos.

Destinatarios

Administración.

Administración Regional

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO (A14028317)

Requisitos de solicitud o iniciación

Adquisición mediante Concurso Público.

Contratación Directa en los supuestos siguientes:

a) Reconocida urgencia de la adquisición.

b) Peculiaridad del bien que se pretende adquirir o de la necesidad que deba ser satisfecha.

c) Limitaciones del mercado inmobiliario de la localidad donde estén situados los bienes que se pretende adquirir.

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: De Oficio

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio.

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Información adicional sobre recursos

Si el valor de los bienes o derechos excede de 360.607,26 euros (60 millones de
pesetas) es preceptiva la autorización del Consejo de Gobierno.
Cuando la adq
uisición sea para devolver los bienes al tráfico, se puede atribuir la facultad
de adquirir al Consejero correspondiente por razón de la materia.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.