Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar el concurso escolar sobre consumo responsable Consumopolis 12, INTERNET: ¿HACES UN USO RESPONSABLE? para el Curso escolar 2016-2017.

    El objeto del concurso es reflexionar, de forma consciente, crítica y solidaria, sobre distintos aspectos del Consumo Responsable mediante la realización de las actividades que se proponen en las dos partes de las que consta el concurso para poder optar a los premios o reconocimientos

    La Dirección General de Comercio y Protección del Consumidor colabora con la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, AECOSAN, en la organización del presente Concurso conjuntamente con las Comunidades Autónomas que se relacionan en la Base Primera, apdo. 1 de las Bases del Concurso Escolar 2016-2017, Consumopolis 12, INTERNET: ¿HACES UN USO RESPONSABLE?

    1.- El objeto del concurso es reflexionar, de forma consciente, crítica y solidaria, sobre distintos aspectos del Consumo Responsable mediante la realización de las actividades que se proponen en las dos partes de las que consta el concurso para poder optar a los premios o reconocimientos a los que se refieren las Bases Quinta y Sexta.

    2.- Al entrar en la Plataforma Virtual de Educación e Información Consumópolis-www.consumopolis.es-, se deberá seleccionar una de las cinco lenguas oficiales de España: castellano / catalán / gallego / euskera / valenciano, para la formulación de las pruebas pedagógicas y para recibir información e instrucciones.

    3.- Las Instrucciones generales de participación de cada una de las partes del Concurso se encuentran en la página principal del Concurso Escolar Consumópolis 12 a la que se accede desde el portal de la Plataforma Virtual de Educación e Información Consumópolis.

    4.- En la primera parte del concurso, los cinco integrantes del equipo deberán completar el recorrido por la ciudad de Consumópolis resolviendo diversas pruebas, de carácter pedagógico y lúdico, que se presentarán a los participantes a lo largo del mismo.

    5.- Los concursantes podrán completar el recorrido por la ciudad de Consumópolis desde el 10 de octubre de 2016 hasta el 7 de abril de 2017, ambos inclusive.

    6.- Se considera que un equipo ha finalizado esta primera parte y, por lo tanto, puede continuar con su participación en el Concurso y realizar las tres pruebas de Orden las Letras, las tres pruebas de 4 imágenes para 1 palabra y las cuatro pruebas de Consuquizz.

    7.- La segunda parte, con la que se pretende fomentar el trabajo en equipo, consiste en el diseño, elaboración y presentación de un trabajo conjunto sobre Consumo responsable en relación con el uso de Internet y de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación). Las características específicas de dicho trabajo se detallan en las Instrucciones generales de participación del concurso.

    El trabajo se presentará en formato electrónico y se ubicará en un espaco virtual, asignado previamente en el portal de Consumópolis, al que los concursantes podrán acceder desde el 15 de octubre de 2016 hasta el 7 de abril de 2017, ambos inclusive, y desde donde se podrá descargar la ficha virtual indispensable para identificar los trabajos.

    8.- Solo se reservará un espacio virtual por equipo.

    9.- Como ayuda para realizar las actividades objeto del Concurso, equipos y coordinadores contarán con fichas informativas y pedagógicas, en formato PDF, relacionadas con el Consumo Responsable que estarán localizadas en la página web que sustenta el juego.

    10.- Igualmente, se aconseja consultar la información contenida en las páginas web de la AECOSAN, de los organismos competentes en Consumo de las Comunidades Autónomas,de los Ayuntamientos y de las Asociaciones de Consumidores.

    REGISTRO DE PARTICIPANTES
    1.- Los equipos deberán ser inscritos por el docente coordinador directamente en el portal de Internet de Consumópolis, en la dirección www.consumopolis.es, a la que se podrá acceder también a través de la página web de la AECOSAN y de las Comunidades Autónomas organizadoras del Concurso.

    2.- En la inscripción se facilitarán los datos identificativos de concursantes, docente coordinador y centro educativo, además de los siguientes datos imprescindibles para iniciar y completar la participación en el juego:

    - Nombre del equipo.

    - Contraseña del equipo.

    - Contraseña personal del docente coordinador.

    - Un nick por cada uno de los cinco componentes del equipo.

    - Una contraseña por cada uno de los cinco componentes del equipo (creada personalmente por cada concursante la primera vez que acceda a Consumópolis).

    En los nombres de los equipos, contraseñas o nicks no podrán utilizarse palabras malsonantes, insultos, ni términos ofensivos.

    3.- Tanto el docente coordinador como cada uno de los concursantes deberán declarar expresamente que conocen y acatan estas Bases Reguladoras del Concurso.

    4.- Se creará un registro con los datos de los equipos inscritos, con identificación de todos sus integrantes (nombres, apellidos y nick) y del docente coordinador. Además se registrarán sus contraseñas.

    5.- Tras la inscripción de su equipo, el docente coordinador recibirá una comunicación por vía electrónica de la inscripción del equipo que coordine, que deberá ser ratificada por la misma vía. El equipo no podrá empezar a jugar hasta que este correo electrónico esté validado.

    6.- Cuando un concursante acceda al juego por primera vez, tendrá que introducir la contraseña de su equipo y su nick y, siguiendo las indicaciones que se le proporcionen, deberá crear su propia contraseña personal, que quedará incorporada al registro de su equipo. A partir de ese momento, deberá identificarse siempre con ella para acceder al juego.

    7.- Cada concursante deberá configurar un personaje que estará presente durante todas las partidas que juegue y en la clasificación, junto a su nick y los de los otros miembros del equipo.

    El trabajo se presentará en formato electrónico y se ubicará en un espacio virtual, asignado previamente en el portal de Consumópolis, al que los concursantes podrán acceder desde el 15 de octubre de 2016 hasta el 7 de abril de 2017, ambos inclusive, y desde donde se podrá descargar la ficha virtual indispensable para identificar los trabajos.

    8.- Solo se reservará un espacio virtual por equipo.

    9.- Como ayuda para realizar las actividades objeto del Concurso, equipos y coordinadores contarán con fichas informativas y pedagógicas, en formato PDF, relacionadas con el Consumo Responsable que estarán localizadas en la página web que sustenta el juego.

    10.- Igualmente, se aconseja consultar la información contenida en las páginas web de la AECOSAN, de los organismos competentes en Consumo de las Comunidades Autónomas,de los Ayuntamientos y de las Asociaciones de Consumidores.

    El Jurado que determinará los ganadores de los premios nacionales, estará compuesto por:

    - El titular de la Subdirección General de Coordinación, Calidad y Cooperación en Consumo de la AECOSAN, que actuará como Secretario/a.

    - El titular de la Presidencia del Grupo de Trabajo de Información, Formación y Educación, en el seno de la Comisión de Cooperación de Consumo.

    - La persona titular de la Presidencia del Consejo de Consumidores y Usuarios.

    - El titularde la Dirección del Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa (CNIIE) del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

    PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS

    1.- Los organismos competentes en Consumo de las Comunidades Autónomas organizadoras del Concurso establecerán los premios o reconocimientos que se concederán a los respectivos ganadores autonómicos.

    2.- Los premios nacionales del Concurso consistirán en un ordenador portátil o tableta para cada uno de los cinco concursantes y el profesor que haya coordinado al equipo ganador. Además, recibirán un diploma acreditativo como ganadores.

    Los colegios a los que pertenezcan los equipos ganadores, recibirán un premio en metálico de 2 000.-€ y un Diploma acreditativo para el centro.

    La cantidad máxima que la AECOSAN destinará a estos premios en 2017 será de 33.000,00 € con cargo al capítulo IV de su presupuesto.

    3.- La entrega de los premios nacionales a los ganadores del Concurso tendrá lugar en Madrid y, en ella, cada concursante ganador podrá estar acompañado de dos familiares y del docente del centro educativo que haya coordinado el trabajo. Los gastos ocasionados por los desplazamientos correrán a cargo de la AECOSAN.

    4.- Todos los alumnos que finalicen la fase on-line del concurso, completando todo el recorrido, obtendrán un diploma acreditativo de su participación en el mismo que se podrán descargar de la propia plataforma.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    1.- Podrán participar en este Concurso, en régimen de concurrencia competitiva, escolares que estén matriculados en cualquier centro público, concertado o privado del territorio nacional en alguno de los tres niveles señalados en el punto siguiente.

    2.- Niveles de participación:
    ? Nivel 1: Tercer Ciclo de Educación Primaria
    ? Nivel 2: Primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria
    ? Nivel 3: Tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria
    3.- La inscripción en el Concurso se realizará por equipos de cinco concursantes, matriculados en alguno de los cursos del correspondiente nivel de participación, con la coordinación de un docente del centro.
    4.- Los docentes podrán coordinar más de un equipo.
    5.- Los concursantes solo podrán inscribirse en un equipo.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    I.- Convocatoria autonómica

    1.- Solo podrán presentarse a la convocatoria autonómica del Concurso los equipos de los centros educativos de las Comunidades Autónomas que organizan el Concurso y que reúnan los requisitos que se detallan a continuación:

    - Estar inscrito en tiempo y forma en el registro de participantes detallado en la Base TERCERA.

    - Haber completado, todos los integrantes del equipo, el recorrido por la ciudad de Consumópolis, en la forma que se detalla en las Instrucciones generales de participación.

    - Remitir, en tiempo y forma, a los organismos competentes en Consumo de las Comunidades Autónomas, la ficha virtual tal y como se detalla en el documento de Instrucciones generales de participación.

    - Las direcciones postales y datos de contacto de los organismos competentes en Consumo de las Comunidades Autónomas que participan en la presente edición del Concurso, se encuentran en la página principal del Concurso Escolar Consumópolis.

    - Deberán presentar esta solicitud en la siguiente dirección, Ronda de Levante,11. 30071-Murcia, a través de su Registro, o bien en cualquiera de los Registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    II.- Convocatoria nacional

    - Participarán en esta convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, los equipos ganadores de la convocatoria autonómica del Concurso en las Comunidades Autónomas organizadoras del Concurso, en cada uno de los niveles de participación, junto con los equipos designados en la forma prevista en el punto 3 de este apartado, de entre los equipos solicitantes del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Ciudad de Ceuta, como territorios no organizadores del Concurso.

    - El titular de la Subdirección General de Coordinación, Calidad y Cooperación en Consumo de la AECOSAN, como Secretario del Grupo de Trabajo de Información, Formación y Educación nombrará, entre los integrantes del mismo, a la Comisión de Valoración que evaluará la participación en el Concurso de los equipos a los que se refiere el punto anterior y designará, entre estos, a los tres equipos, uno por cada nivel de participación, que optarán a los premios nacionales.

    - Los organismos competentes en Consumo de las Comunidades Autónomas que organizan el Concurso deberán informar a la AECOSAN de los equipos que han ganado en su Comunidad y que, por tanto, optarán a los premios nacionales, a cuyos efectos remitirán documento acreditativo de los ganadores autonómicos acompañado de sus correspondientes fichas virtuales.

    - Esta documentación deberá presentarse en el Registro de la AECOSAN, C/ Príncipe de Vergara, 54; 28071-Madrid, o por correo certificado a esa misma dirección, o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, antes del 30 de abril de 2017.

    - Si la documentación adoleciese de errores subsanables, se requerirá a las unidades a que se refiere el punto 4 de esta Base, de conformidad con los artículos 71.1 y 42.1 de la referida Ley 30/1992, para que los subsane en el plazo de diez días hábiles.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Facilitar el acceso a la información para la contratación con el sector público en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Murcia.

    Mediante los siguientes enlaces puede acceder a la infomación de :

    Anuncios de contratación y licitación. Perfil del contratante.

    Clasificación de Empresas

    Codificación de contratos públicos (CPA-CPV)

    Registro de Licitadores.

    Para más información puede consultar el Portal de Contratación Administrativa de la CARM

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras,que tengan plena capacidad de obrar.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Consultar todas las unidades responsables

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Dependiendo de la naturaleza jurídica del contrato de que se trate, se informará si procede de la constitución de garantía o abono de tasas.

    Con caracter general:

    No estar incursos en una prohibición de contratar.

    Acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

    Encontrase debidamente clasificadas, en los casos en que así lo exija la Ley.

    Habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato, para los empresarios.

    Requisitos posteriores

    La prevista en las bases que rijan la correspondiente licitación.

    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para Contratos con las Administraciones Públicas (*)
    • Certificado de Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consultar los datos de situación de alta laboral (*)
    • Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)
    • Servicio de Consulta de Copia Simple. Registro Electrónico Poderes Notariales. (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: De Oficio

    Autoridad que resuelve:

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Información adicional sobre recursos

    Se podrá presentar el recurso de reposición o el contencioso administrativo, sin que se puedan simultanear ambos recursos.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Seleccionar profesores especialistas para el curso 2015-2016 para impartir determinados módulos de formación profesional específica.

    1.- Listas de admitidos y excluidos.

    Las listas de admitidos y excluidos serán expuestas en el tablón de anuncios de esta Consejería de Educación y Universidades, así como en la página Web: www.carm.es/educacion.

    Las reclamaciones contra estas listas habrán de presentarse en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la exposición pública de las mismas.

    Posteriormente se aprobarán las listas de aspirantes admitidos, así como la de excluidos definitivas.

    2.- Procedimiento de selección. (Dispongo quinto de la Orden de convocatoria).

    Se tendrá en cuenta la experiencia profesional de los participantes, así como su competencia profesional.

    3.- Admisión condicional.

    En el caso de que un aspirante se presente a la prueba teórico-práctica, y no figure en las listas de admitidos provisionales, podrá seguir participando condicionalmente en el proceso, hasta que se emita la Resolución correspondiente.

    4.- Lista de seleccionados.

    La comisión elaborará una lista provisional de seleccionados, ordenadas por módulo y de mayor a menor puntuación, que será expuesta en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación y Universidades, así como en la página Web: www.carm.es/educacion.

    Las reclamaciones contra las listas provisionales habrán de presentarse en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de las mismas en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación y Universidades.

    En caso de existir ya una lista de profesores especialistas en la asignatura o módulo correspondiente, los seleccionados se incorporarán al final de las listas existentes.

    5.- Decaimiento de participación en este proceso selectivo.

    Cuando de la documentación que debe presentarse en caso de formalización del contrato del profesor especialista, se desprenda que no se posee alguno de los requisitos, el interesado decaerá en todos los derechos.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Profesionales que hayan desarrollado una actividad remunerada en el campo profesional correspondiente al módulo, fuera del ámbito de la docencia.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14028762)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1. REQUISITOS GENERALES.

    a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.

    c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

    d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar que no están sujetos a sanción disciplinaria o condena penal que les impida, en su Estado, el ejercicio de funciones públicas.

    e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera, del mismo cuerpo por el que se participa.

    f) No ser personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley 53/1984, de 26 diciembre 1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

    2. REQUISITOS ESPECÍFICOS.

    A. Requisitos de experiencia profesional.

    Los aspirantes a ser contratados como profesores especialistas deben haber desarrollado, con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, una actividad remunerada en el campo profesional correspondiente al módulo, fuera del ámbito de la docencia, durante al menos tres años, a excepción de los aspirantes de asignaturas o materias de las enseñanzas de música y artes escénicas, que será de un año:

    Esta experiencia deberá demostrarse en puestos directamente relacionados con los contenidos mínimos del módulo solicitado que se relaciona en la normativa aplicable en el curso 2015-16, por la que se establece el título y las enseñanzas mínimas así como el currículo del ciclo formativo al que pertenece el módulo. Esta referencia legislativa se detalla en el anexo V de la presente Orden.

    La experiencia profesional se demostrará únicamente mediante la presentación conjunta de los dos documentos siguientes:

    • Informe de vida laboral o certificación equivalente de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación, o en su caso el periodo de cotización en el Régimen especial de Trabajadores Autónomos o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
    • Certificación de la empresa en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad concreta desarrollada por el trabajador y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas o, en su defecto, declaración censal comunicando el inicio de la actividad (Modelos 036 o 037). En dicha certificación deberá aparecer la actividad concreta desarrollada por el trabajador.

    B. Requisitos de idioma castellano.

    Aquellos aspirantes que no tengan la nacionalidad española y que no tengan como idioma oficial el castellano, para poder figurar en las listas deberán acreditar el conocimiento adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de la lengua castellana, mediante una prueba cuyas características se establecen en el anexo II de esta Orden.

    De acuerdo con lo que establece el artículo 5, punto 2, del Decreto 3/2003, de 31 de enero por el que se regula el acceso a la función pública de la Región de Murcia de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales extracomunitarios, dicha acreditación podrá efectuarse mediante la correspondiente justificación documental, en caso de poseer alguno de los títulos o certificaciones siguientes:

    - Diploma de Español (nivel C2 o su equivalente de conformidad con el Real Decreto 264/2008 de 22 de febrero), establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los Diplomas de español como lengua extranjera, o certificación académica que acredite haber superado todas las pruebas para la obtención de éste.
    - Certificado de nivel avanzado o equivalente en Español para Extranjeros, expedido por las escuelas oficiales de idiomas.
    - Título de licenciado en Filología Hispánica o Románica o, bien, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención de alguno de dichos títulos. En la misma deberá constar que el interesado está en condiciones de que se le expida el título correspondiente.

    Asimismo, estarán exentos de la realización de la prueba de castellano, los aspirantes que aporten la correspondiente justificación documental de poseer alguno de los títulos siguientes:

    - Título alegado para ingresar en el cuerpo correspondiente, emitido por el Estado español.
    - Título de Bachillerato, emitido por el Estado español.
    - Título de técnico superior, emitido por el Estado español.

    Igualmente, estarán exentos de la realización de la prueba de castellano los que obtuvieron la calificación de apto en alguno de los procesos selectivos convocados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con posterioridad al 1 de julio de 1999, fecha de asunción de las transferencias en materia educativa por esta Comunidad autónoma.

    • Certificado de Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RRHH

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición DIRECTOR/A GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RRHH
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder ayudas a la contratación de personas tituladas en FP de Grado Superior, personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, mediante un contrato en prácticas, conforme al artículo 11.1 del Estatuto de los trabajadores vigente.

    1. El importe de la ayuda asciende a 12.600 euros por año que deberá destinarse íntegramente a cubrir el salario bruto del titulado contratado.

    2. Las solicitudes deberán adjuntar una Memoria de Actividades que incluirá:

    a) Denominación de la titulación que ha de poseer la persona titulada en Formación Profesional de Grado Superior que se pretende contratar necesaria para desarrollar las actividades del proyecto.

    b) Competencia general asociada al título, según el Real Decreto por el que se establece dicho título y sus correspondientes enseñanzas mínimas.

    c) Actividades de I+D+I a desarrollar por el técnico a contratar, así como una justificación de la correspondencia de dichas funciones con la competencia general asociada a título.

    d) Programación temporal o calendario de funciones a desarrollar en caso de que varíen de forma significativa a lo largo del tiempo de duración del contrato.

    3. Plazo de presentación de solicitudes: 30 días desde la entrada en vigor de la Orden de convocatoria.

    4. Condiciones del contrato: Contrato de formación en prácticas tal y como lo establece el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores vigente, a jornada completa, de 1 o 2 años de duración según la modalidad elegida.

    5. Plazo para la firma del contrato: 30 días naturales desde la notificación de la concesión de la ayuda.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades y Administración.

    En la modalidad "A": Contrato de 1 año de duración, a tiempo completo.
    En la modalidad "B": Contrato de 2 años de duración, a tiempo completo.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN E INNOVACION CIENTÍFICA (A14028265)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Podrán ser solicitantes las universidades, entidades públicas de investigación, centros tecnológicos de la Región de Murcia, y otros centros privados de I+D, ubicados en la Región de Murcia, las pequeñas y medianas empresas que tengan actividad económica en la Región de Murcia.

    No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las mismas estén garantizadas o se hubiere acordado la suspensión del procedimiento ejecutivo.

    Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

    No estar incursos en algunas de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Requisitos posteriores

    Presentación de la documentación que justifique la realización del objeto de la ayuda.

    Ayuda a la contratacion de titulados en FP de grado superior. Convocatoria 2019

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Anexo II, memoria de actividades, firmada por la entidad contratante. Un anexo II por cada uno de las personas tituladas para las que se solicita la ayuda.
    • Declaración
      (Obligatorio / Original)
      Anexo III, firmado por el representante de la entidad beneficiaria.
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      Anexo I, firmado por el representante de la entidad beneficiaria.
    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Anexo IV, documentación adicional a presentar por las empresas solicitantes.
    • Certificado de cuenta bancaria
      (Obligatorio / Original)
      Código IBAN de cuenta, expedido por la entidad financiera en la que se vaya a ingresar la ayuda y quede acreditado la titularidad del beneficiario.
    • Código de identificación fiscal: CIF
      (Obligatorio / Original)
      De la entidad contratante.
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / No original)
      Del representante de la entidad contratante.
    • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
      (No obligatorio / No original)
      Código IBAN de cuenta, expedido por la entidad financiera en la que se vaya a ingresar la ayuda y quede acreditado la titularidad del beneficiario.
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de Inscripción como demandante de empleo a Fecha Concreta (*)
    • Consulta de Vida Laboral (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Incentivar la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad, por empresas del mercado ordinario de trabajo.

    Las empresas que contraten por tiempo indefinido y a jornada completa a trabajadores con discapacidad tendrán derecho a una subvención de 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado.

    Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención de 3.907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

    Tendrá la consideración de empresa, de acuerdo con lo previsto en el Anexo I del REGLAMENTO (UE) No 651/2014 DE LA COMISIÓN de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado: A toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Empresas del mercado ordinario de trabajo que tengan el centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    a) Solicitar trabajadores a la Oficina de Empleo mediante la correspondiente Oferta de Empleo.

    b) Que el puesto de trabajo sea adecuado a la discapacidad del trabajador y se mantenga durante al menos tres años.

    c) La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Estatal y Regional) y con la Seguridad Social.

    Requisitos posteriores

    Las Empresas beneficiarias están obligadas a mantener la estabilidad en el empleo de los trabajadores contratados por un tiempo mínimo de tres años

    Solicitud de subvencion por contratacion indefinida de personas con discapacidad

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Autorización trabajador datos personales (según Anexo)
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      Incluido en el Anexo de solicitud.
    • Contrato
      (Obligatorio / Original)
      Contrato de trabajo (o transformación de contrato temporal/formativo de discapacitados).
    • Código de identificación fiscal: CIF
      (Obligatorio / Original)
      O DNI del titular si es autónomo.
    • Documento de identidad: NIF
      (Obligatorio / Original)
      DNI/NIF trabajador.
    • Escritura de constitución
      (No obligatorio / Original)
      Obligatorio solo en caso de personas jurídicas: Escritura o Acuerdo de constitución. Escritura de apoderamiento o renovación de cargos, en su caso.
    • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
      (Obligatorio / Original)
    • Designación/autorización de representación
      (No obligatorio / No original)
      Según modelo "OTORGAMIENTO DE LA REPRESENTACIÓN FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL (CÓDIGO 9943)"
    • Descripción puesto de trabajo
      (Obligatorio / Original)
      Escrito de descripción y características técnicas del puesto de trabajo (Según Anexo).
    • Documentación justificativa
      (Obligatorio / No original)
      Oferta de Empleo (innecesario en caso de transformación).
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Consulta de las prestaciones del Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consulta de datos de Discapacidad en Intermediación (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    1º) Revisar las Comunicaciones (previas y posteriores) de las Escuelas Náuticas de Recreo, respecto a las prácticas de navegación y/o los cursos de radiocomunicaciones realizados por los alumnos, exigibles para la obtención de los títulos náuticos; y cotejarlas con los Certificados expedidos por las mismas y con los datos descargados del “equipo AIS” que deben llevar a bordo de la embarcación y que guardará un registro digital de la navegación realizada.

    2º) Visar los Certificados de prácticas y cursos emitidos por las Escuelas Náuticas, cuando deban presentarse ante otra Comunidad Autónoma (distinta de la de Murcia), por haber aprobado el examen teórico y corresponderle la expedición del título.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Escuelas Náuticas de Recreo habilitadas por la CARM para impartir prácticas de navegación y/o cursos de formación de radiocomunicaciones para obtención de títulos náuticos de recreo.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL (A14028863)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1º) “Comunicación previa”: Las Escuelas enviarán, con una antelación mínima de 48 horas a la realización de las prácticas y por medios telemáticos, comunicación de cada práctica a realizar, indicando:

    Tipo de práctica o curso a realizar, titulación correspondiente, nombre y matrícula de la embarcación de prácticas, puerto de salida o lugar en el que se llevarán a cabo y nombre y DNI/NIE/ del instructor responsable de las mismas, así como relación de los nombres, apellidos e identificación (DNI/NIE/Pasaporte) de los alumnos y las fechas y horas de realización de las mismas.

    2º) “Comunicación posterior”: Una vez realizadas las prácticas o cursos de formación, las Escuelas náuticas lo comunicarán mediante medios telemáticos, en el plazo máximo de 10 días hábiles tras la finalización de las mismas, confirmando así los datos enviados en la “ comunicación previa” y los alumnos que las hubieran “superado”.

    La superación de las prácticas y cursos de formación conllevará la expedición de los correspondientes Certificados, y su entrega a los alumnos titulares para su aportación a la Administración en la solicitud de expedición de título.

    Los certificados se expedirán conforme a los modelos publicados en los Anexos 3, 4, 5 y 6 del RD 875/2014 (los podrá descargar del apartado “Dónde y Cómo tramitar”: Cumplimentación Manual)

    Solicitud de Visado de Prácticas exigibles para obtencion de los títulos náuticos de recreo

    • Solicitud
      (No obligatorio / No original)
      según modelo normalizado

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conversión sociedades agrarias de transformación (SAT) en Cooperativa.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Titulares de explotaciones agrarias, trabajadores agrícolas y personas jurídicas con fines agrarios

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ostentar la condición de titular de una explotación agraria, trabajador agrícola o persona jurídica que persiga fines agrarios.

    Solicitud Transformación de sociedades agrarias de transformación (SAT) en cooperativa

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conversión sociedades agrarias de transformación (SAT) en Sociedades Mercantiles (S.L)

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Titulares de explotaciones agrarias, trabajadores agrícolas y personas jurídicas con fines agrarios.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ostentar la condición de titular de una explotación agraria, trabajador agrícola o persona jurídica que persiga fines agrarios

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Regular las condiciones de solicitud y realización de la convocatoria de proyectos de formación autónoma y precisar cómo se realizará la selección de los proyectos que se presenten, así como, el seguimiento y evaluación de los mismos.

    Proceso de selección.

    1. Los proyectos presentados serán informados y evaluados por un asesor de formación del CPR, siguiendo el modelo del Anexo V. Dicho modelo servirá para determinar el presupuesto asignado, los créditos de formación y la modalidad de formación autónoma a la que se adscribe el proyecto, los cuales podrán ser distintos a los solicitados si las características y condiciones del proyecto así lo aconsejan.

    2. El director/a del CPR presentará los proyectos e informes elaborados al equipo pedagógico del CPR, el cual, a la vista de los mismos y aplicando los criterios de selección que en el artículo 8 se establecen, realizará una propuesta priorizada y de asignación económica para cada uno de ellos. Asimismo, el equipo pedagógico determinará la modalidad de formación autónoma a la que se adscribe cada proyecto.

    3. El director/a del CPR presentará la relación priorizada anterior al consejo del CPR, que realizará la selección provisional por modalidad.

    4. La relación provisional de proyectos seleccionados, no seleccionados y excluidos será publicada en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Universidades y en la página web del CPR, abriéndose un plazo de alegaciones de 10 días naturales en los cuales los coordinadores de los proyectos podrán reclamar o renunciar al proyecto presentado, mediante instancia dirigida al CPR.

    5. El consejo del CPR analizará las alegaciones presentadas, resolverá sobre las mismas y realizará la propuesta de selección definitiva, que será elevada, para su aprobación, al Director General con competencias en materia de formación del profesorado.

    6. El Director General, a la vista de la propuesta del consejo del CPR, aprobará, mediante resolución, la selección definitiva de los proyectos presentados en la que se hará constar la modalidad de formación autónoma, el nombre del proyecto, el nombre del coordinador, el nombre del asesor del CPR que dirigirá la actividad, el gasto máximo y el número de horas y créditos de formación asignados.

    7. El proceso de selección finalizará antes del 20 de octubre de cada año.

    ---------------------------

    Para los proyectos de formación autónoma que conlleven gasto económico, el plazo finaliza el 30 de septiembre de 2019.

    Para los proyectos de formación autónoma que no lleven gasto económico, el plazo finaliza el 31 de marzo de 2020.

    Destinatarios

    Administración.

    - Podrá participar en las modalidades de Seminarios de equipos docentes y de Proyectos de formación en centros, el profesorado que se halle, en el momento de presentar la solicitud, en situación de servicio activo en centros docentes no universitarios de la Región de Murcia sostenidos con fondos públicos.
    - Podrá participar en la modalidad de Grupos de trabajo todo el profesorado que se halle, en el momento de presentar la solicitud, en situación de servicio activo.
    - Los destinatarios de cada modalidad de formación autónoma deberán cumplir los requisitos que se establecen en el artículo 7 de la Orden de 25 de julio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan las modalidades de formación autónoma del profesorado de la Región de Murcia.
    - Cada docente podrá participar en un máximo de dos actividades de formación autónoma durante el mismo curso escolar, independientemente de su modalidad.
    - Tendrán acceso preferente a participar en el proceso de selección los docentes de centros escolares que resulten calificados de atención educativa preferente según el artículo 13. 1. F) de la Orden de 30 de diciembre de 2015, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan los puestos y centros docentes de atención educativa preferente en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a plazos

    Plazo de Presentación

    Abierto
    • Presentación de solicitud: 17/05/2019 hasta 31/03/2020

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14028762)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los proyectos de formación autónoma deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:

    1. Proyectos de formación en centros:

    a) Los participantes serán de un mismo centro educativo.

    b) Participará, como mínimo, el 50% del profesorado del claustro del centro, en el caso de los centros de educación secundaria y enseñanzas de régimen especial, entre los participantes estará representado, al menos, el 70% de los departamentos del centro o el 30% del claustro.

    c) El consejo escolar estará informado del proyecto.

    d) El proyecto contará con la aprobación del claustro.

    e) El proyecto tendrá una duración máxima de 70 horas de formación debidamente justificadas.

    2. Seminarios de equipos docentes:

    Los participantes serán de un mismo centro educativo o, en caso de constituirse en seminario intercentros, tendrán en común alguna de las siguientes características:

    1.º Estará formado por profesorado de un departamento didáctico o departamentos afines (en el caso de institutos de educación secundaria o centros de enseñanzas de régimen especial), profesorado que imparte una misma área (en caso de colegios de educación infantil o primaria) o profesorado que imparte un mismo nivel educativo.

    2.º Otras características comunes debidamente justificadas en el proyecto que se presente.

    Estarán formados por un mínimo de 6 docentes, incluido el coordinador, y un número máximo que permita su viabilidad.

    Tendrán una duración máxima de 50 horas de formación debidamente justificadas.

    3. Grupos de trabajo:

    a) Deberán especificar claramente qué materiales curriculares se proponen elaborar o experimentar y con qué objetivos pedagógicos.

    b) Estarán integrados por un mínimo de 3 docentes, incluido el coordinador, y un número máximo que permita su viabilidad.

    c) Tendrán una duración máxima de 50 horas de formación debidamente justificadas.

    d) El coordinador estará en situación de servicio activo en un centro docente no universitario de la Región de Murcia sostenido con fondos públicos.

    Requisitos posteriores

    Con periodicidad anual se publica una resolución que concreta las temáticas de los proyectos de formación autónoma:

    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      Individual de cada uno de los integrantes del grupo. (Anexo III)
    • Proyecto Técnico
      (Obligatorio / Original)
      Proyecto de formación autónoma, que seguirá el guion del Anexo II.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Anexo IV FA. Certificación de aprobación en claustro
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud del Proyecto (Anexo I. Solicitud Formación Autónoma)
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      Solicitud del Proyecto (Anexo I. Solicitud Formación Autónoma)
    • Proyecto
      (No obligatorio / No original)
      Proyecto de formación autónoma, que seguirá el guion del Anexo II.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Anexo IV FA. Certificación de aprobación en claustro

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RRHH

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

    Otras disposiciones y actos administrativos

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder subvenciones destinadas a financiar la emisión del informe de evaluación de edificios, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, en régimen de concurrencia competitiva.

    Actuaciones subvencionables.

    La ayuda está destinada a financiar parcialmente los gastos derivados de la emisión del Informe de Evaluación de Edificios que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos.

    Cuantía de la subvención.

    1. La ayuda consiste en una subvención equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, o el 50% del coste del informe por edificio.

    2. Al objeto de calcular la cuantía de la subvención, se entenderá por viviendas y locales afectados aquellos que consten en la escritura de división horizontal, o, en su defecto, en el Registro de la Propiedad o en la Dirección General de Catastro.

    Pago de la ayuda.

    El abono de la ayuda se rea­lizará en un solo pago y se tramitará de modo conjunto con la resolución de concesión.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial, que cuenten con el informe de evaluación con fecha anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    2. No podrán obtener la condición de beneficiario en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el 13.2 Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    3. Para la obtención de la ayuda, será necesario presentar el Informe de Evaluación de Edificio, debidamente cumplimentado y suscrito por técnico competente, según el modelo previsto en el anexo II del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, en tanto no se apruebe la normativa autonómica que desarrolle un modelo propio, la correspondiente factura de honorarios, original o copia, emitidas por el profesional o profesionales que hubieren realizado el informe.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL VIVIENDA

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

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