Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar subvenciones para el año 2018, en régimen de concurrencia competitiva, a Corporaciones Locales de la Región de Murcia, destinadas a financiar la modernización de mercados municipales de abastos y la adecuación de infraestructuras comerciales municipales.

    La actuación subvencionable se estructura en las siguientes inversiones o actividades para el equipamiento comercial colectivo de titularidad municipal y entornos urbanos:

    -Rehabilitación y modernización de los edificios e instalaciones de los mercados municipales. La mejora en la dotación de las instalaciones generales de los mercados de abastos, así como las condiciones de accesibilidad a los mismos de personas con movilidad reducida.

    Destinatarios

    Administración.

    Corporaciones Locales de la Región de Murcia

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    La actuación subvencionable se estructura en las siguientes inversiones o actividades para el equipamiento comercial colectivo de titularidad municipal y entornos urbanos:

    -Rehabilitación y modernización de los edificios e instalaciones de los mercados municipales. La mejora en la dotación de las instalaciones generales de los mercados de abastos, así como las condiciones de accesibilidad a los mismos de personas con movilidad reducida.

    Requisitos posteriores

    Cuando se solicite una subvención para un proyecto o actividad y se hubiera concedido otra anterior incompatible para la misma finalidad, se hará constar esta circunstancia en la segunda solicitud, procediendo por parte del beneficiario y la Administración conforme a lo establecido en el Artículo 33 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    • Acuerdo
      (Obligatorio / Original)
      Certificación del acuerdo o resolución adoptado por el órgano competente que apruebe la realización de la actividad o inversión para la que se solicita la subvención, con indicación del presupuesto total previsto de las actuaciones a ejecutar en su caso, debidamente justificadas por la aplicación de costes o módulos desglosados, cantidad de honorarios solicitada en su caso, especificando el costede ejecución material, el de contratación en su caso, con desglose de impuestos, además del IVA aplicado. [FASE DE SOLICITUD]
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, conforme al modelo que figura en el Anexo IV de la presente Orden. [FASE DE SOLICITUD]
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      Declaración sobre otras ayudas económicas, solicitadas o recibidas para la misma finalidad, de otras Administraciones Públicas, Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, según modelo normalizado que figura en el Anexo III deesta Orden. [FASE DE SOLICITUD]
    • Factura
      (Obligatorio / Original)
      Certificación de obra, cuando proceda o documentación acreditativa del gasto realizado, mediante facturas o documentos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, así como de los pagos correspondientes a dichos gastos. Será entenderá justificado el pago, cuando, además de Certificado del Interventor Municipal u órgano competente acreditativo de la realización del mismo, se aporten los Certificados bancarios de cargo en cuenta de los gastos a subvencionar.A este efecto, sólo se considerarán válidos los extractos de cuenta donde quede acreditada la titularidad de la misma, validados por la entidad bancaria mediante firma y sello.Certificación de obra, cuando proceda o documentación acreditativa del gasto realizado mediante facturas, así como de lospagos correspondientes a dichos gastos. Se entenderá justificado el pago con Certificado del Interventor Municipal u órgano competente acreditativo de la realización del mismo o certificado bancario de cargo en cuenta de los gastos subvencionados. [FASE DE JUSTIFICACIÓN]
    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Una breve memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, firmada por técnico competente. [FASE DE JUSTIFICACIÓN]
    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Que deberá tratar, los siguientes puntos básicos:1. Descripción general de laactividad que se realiza actualmente en el mercado, aportando entre otras, planos de distribución, fotografías a color e indicación mediante resolución o certificación correspondiente que acredite la fecha de la última adjudicación de puestos.2. Análisis de lo que supondrían las inversiones en la mejora de la ofertacomercial.3. Descripción, entre otras, de las obras de rehabilitación, ampliación o acondicionamiento del edificio, enumeración de las nuevas instalaciones generales propuestas, de los nuevos equipamientos informáticos, tecnológicos o comerciales especializados propuestos, nuevos equipos comerciales de uso general ocolectivo propuestos, los tendentes al ahorro y eficiencia energética y los quecomplementen la actividad comercial y calidad de los servicios ofertados por los placeros. [FASE DE SOLICITUD]
    • Certificado de cuenta bancaria
      (Obligatorio / Original)
      expresado en documento expedido por la entidad financiera en la que se haya de ingresar la ayuda. La titularidad de la cuenta deberá corresponder al beneficiario. Sólo se considerarán válidos los certificados de cuenta donde quede acreditada la titularidad de la misma, validados por la entidad bancaria mediante firma y sello. [FASE DE SOLICITUD]
    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      A la solicitud debidamente cumplimentada se acompañará, en original o fotocopias debidamente compulsadas, la siguiente documentación:(FASE DE SOLICITUD)
    • Proyecto Técnico
      (Obligatorio / Original)
      o memoria suscrita por técnico municipal competente, según proceda, en el que se hará constar la incidencia de la actuación propuesta en la mejora de la ofertacomercial de la localidad, así como el impulso y rehabilitación del casco histórico o centro urbano. [FASE DE SOLICITUD]
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      La justificación se efectuará aportando ante la Dirección General de Comercio, Consumo y Simplificación Administrativa, Anexo VIII, la documentación siguiente:[FASE DE JUSTIFICACIÓN]
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Documentación que acredite el apoyo, en su caso, al proyecto por la asociación de placeros, asociación de comerciantes de la zona, Asociación de consumidores yusuarios, Federación de empresarios y Cámara de Comercio. [FASE DE SOLICITUD]
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificación expedida por el Interventor Municipal u órgano competente donde consten los siguientes extremos:- Haber sido registrado en contabilidad el ingreso de la subvención concedida.- Cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención.- Importe total de las inversiones o actividades subvencionadas, especificando las Entidades que han colaborado en su financiación y cuantía aportada por cada una de ellas. [FASE DE JUSTIFICACIÓN]
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificación del Interventor Municipal u órgano que corresponda acreditativa de la existencia de crédito suficiente para financiar la aportación municipal, o acuerdo municipal comprometiéndose a habilitarlo, debiéndose aportar en este último caso la citada certificación una vez habilitado el crédito de referencia, ensu caso.[FASE DE SOLICITUD]
    • Memoria descriptiva
      (No obligatorio / No original)
      Una breve memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, firmada por técnico competente. [FASE DE JUSTIFICACIÓN]
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Certificación del Interventor Municipal u órgano que corresponda acreditativa de la existencia de crédito suficiente para financiar la aportación municipal, o acuerdo municipal comprometiéndose a habilitarlo, debiéndose aportar en este último caso la citada certificación una vez habilitado el crédito de referencia, ensu caso.[FASE DE SOLICITUD]
    • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
      (No obligatorio / No original)
      expresado en documento expedido por la entidad financiera en la que se haya de ingresar la ayuda. La titularidad de la cuenta deberá corresponder al beneficiario. Sólo se considerarán válidos los certificados de cuenta donde quede acreditada la titularidad de la misma, validados por la entidad bancaria mediante firma y sello. [FASE DE SOLICITUD]
    • Memoria justificativa
      (No obligatorio / No original)
      Que deberá tratar, los siguientes puntos básicos:1. Descripción general de laactividad que se realiza actualmente en el mercado, aportando entre otras, planos de distribución, fotografías a color e indicación mediante resolución o certificación correspondiente que acredite la fecha de la última adjudicación de puestos.2. Análisis de lo que supondrían las inversiones en la mejora de la ofertacomercial.3. Descripción, entre otras, de las obras de rehabilitación, ampliación o acondicionamiento del edificio, enumeración de las nuevas instalaciones generales propuestas, de los nuevos equipamientos informáticos, tecnológicos o comerciales especializados propuestos, nuevos equipos comerciales de uso general ocolectivo propuestos, los tendentes al ahorro y eficiencia energética y los quecomplementen la actividad comercial y calidad de los servicios ofertados por los placeros. [FASE DE SOLICITUD]
    • Declaración sobre otras ayudas económicas
      (No obligatorio / No original)
      Declaración sobre otras ayudas económicas, solicitadas o recibidas para la misma finalidad, de otras Administraciones Públicas, Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, según modelo normalizado que figura en el Anexo III deesta Orden. [FASE DE SOLICITUD]
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      La justificación se efectuará aportando ante la Dirección General de Comercio, Consumo y Simplificación Administrativa, Anexo VIII, la documentación siguiente:[FASE DE JUSTIFICACIÓN]
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información general

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Teléfonos de Información

    012 desde la Región de Murcia

    968 362 000

    • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
      • Consejerí­a de Familia e Igualdad de Oportunidades
        • Instituto Murciano de Acción Social (IMAS)
          • Dirección Gerencial (A14013940)

    Órgano/s gestor/es

    La Unidad Orgánica Responsable

    Código y denominación

    1422 - Subvenciones a empresas para contratación de jóvenes en situación o riesgo de exclusión social

    Objeto

    Convocar subvenciones dirigidas a empresas, cuyo centro de trabajo, donde se realice la actividad objeto de la subvención, se encuentre ubicado en la Región de Murcia, para incentivar la contratación de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que participan en los programas de mejora de la empleabilidad financiados por el IMAS, al amparo de la Resolución de 28 de octubre de 2015 y sean propuestos por una de las entidades colaboradoras reconocidas para tal finalidad.

    Destinatarios

    Empresas.

    Empresas legalmente constituidas, cuyo centro de trabajo donde se realice la actividad objeto de la subvención se encuentre ubicado en la Región de Murcia, siempre que no puedan obtener subvenciones para la misma finalidad de la Administración Regional, excepto que se trate de actuaciones complementarias.

    Requisitos

    No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

    Tener implantación en la Región de Murcia, entendiendo que la entidad cumple este requisito cuando disponga de sede social o delegación permanente en la Región de Murcia.

    No haber sido objeto de sanción, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Cumplir los siguientes Reglamentos relativos a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis: Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 Reglamento UE 1408/2013 de la comisión de 18 de diciembre de 2013Reglamento (UE) Nº 717/2014 de la comisión de 27 de junio de 2014Reglamento UE nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.

    No serán objeto de la presente subvención los siguientes supuestos:

    Las empresas que no garanticen el mantenimiento del empleo neto, sin considerarse efecto sustitución, decisiones extintivas objetivas o declaradas procedentes que se hubiesen producido en la empresa con anterioridad a la contratación.

    Las contrataciones de participantes que hayan tenido vinculación laboral con la empresa que los vaya a contratar durante los doce meses anteriores a la fecha prevista para la contratación, o tengan vínculo familiar por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con el empresario individual o con socios que ejerzan funciones directivas de la sociedad.

    Condiciones del contrato para ser subvencionable:

    a) la duración del contrato deberá ser por un mínimo de 6 meses y un máximo de 12 meses. En todo caso, el periodo de contratación subvencionable no podrá sobrepasar el 10/12/2016.

    b) La jornada laboral pactada será a tiempo completo o parcial siempre que alcance como mínimo el 50% de la jornada.

    c) La solicitud de subvención deberá ser anterior al inicio del contrato.

    En el contrato se debe hacer constar que se encuentra financiado por un programa de mejora de la empleabilidad de jóvenes, cofinanciado por el Fondo Social Europeo y por la Comunidad Autónoma de Murcia, para que el joven tenga constancia de que los gastos de su contrato están cofinanciados por el FSE.

    Será condición que la entidad colaboradora donde se presente la solicitud no haya agotado el crédito concedido para ayudas al empleo, y que se incluye en el Anexo II.

    Los jóvenes que vayan a ser contratados a través de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

    1.- Estar inscritos en el sistema Nacional de la Garantía Juvenil y residir en la Región de Murcia.

    2.- Estar acreditados por los servicios sociales públicos como personas en situación o riesgo de exclusión social.

    3.- Estar desarrollando un itinerario de inserción sociolaboral en alguna de las entidades que desarrollen los programas de mejora de la empleablidad previstos en la citada orden de bases, que haya sido reconocida como entidad colaboradora y ser propuestos por la misma.

    Documentación

    • Solicitud según modelo normalizado
    • Código de identificación fiscal: CIF

      Copia compulsada del CIF de la entidad.

    • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria

      Certificado de la entidad bancaria donde figure el IBAN, cuyo titular sea la empresa y figure el CIF de la misma.

    • Declaración responsable

      de la empresa, en los términos expresados en el Anexo III.

    Modelos de solicitud

    Tasas a abonar

    • Consultar tasas y obtener Carta de Pago si lo desea

    Plazo de Presentación

    Presentación de solicitud

    Fecha inicio

    14/05/2016

    Fecha fin

    10/06/2016

    Dónde y Cómo tramitar

    Electrónicamente. Requiere DNI electrónico o certificado digital

    Presentación de solicitud de inicio

    - Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    - El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    - Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así­ como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    - El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    - El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    Presencialmente

    Cumplimentación manual

    - La solicitud se encuentra disponible en el apartado "Modelos de solicitud" y deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurí­dicas, entidades sin personalidad jurí­dica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artí­culo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Lugares presentación

    Resolución y Recursos

    Forma de inicio

    A solicitud del interesado

    Autoridad que resuelve

    Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social

    Plazo de resolución

    6 Meses

    Efectos del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Recursos

    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Alzada Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social

    Normativa

    Regional:

    Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, (BORM nº 278, de 02/12/2005).

    Orden de 19 de agosto de 2015, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de programas de mejora de la empleabilidad dirigidos a jóvenes en situación o riesgo de exclusión social (BORM nº 204, de 04/09/2015).

    Corrección de errores de la Orden de 19 de agosto de 2015, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de programas de mejora de la empleabilidad dirigidos a jóvenes en situación o riesgo de exclusión social (BORM nº 241, de 19/10/2015).

    Resolución de 28 de octubre de 2015 del Director Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas de mejora de la empleabilidad dirigidos a jóvenes en situación o riesgo de exclusión social para el año 2015 (BORM nº 255, de 04/11/2015).

    Extracto de la Resolución de 3 de mayo de 2016, del Director Gerente del IMAS, por la que se convocan para el año 2016 subvenciones dirigidas a empresas privadas para incentivar la contratación en la Región de Murcia de jóvenes en situación o riesgo de exclusión social que hayan participado en programas de mejora de la empleabilidad subvencionados al amparo de la Resolución de 28 de octubre de 2015 del IMAS. (BORM nº 110, de 13/05/2016).

    Nacional:

    Ley 30/1992, de 16 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/1992).

    Ley 38/2003, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18/11/2003).

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25/072006).

    Comunitaria:

    Texto Consolidado del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea (Título II, artículos 32-38 y Artículo 280). (DOCE, C325, de 24/12/2002)

    Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Argrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.(DOUE ES de 20/12/2013 L347/320.

    Reglamento Delegado (UE) nº 480/2014 de la Comisión, de 3 de marzo de 2014, que complementa el reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca. (DOUE ES de 13/05/2014 L138).

    Reglamento (UE nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo. (DOUE ES de 20/12/2013 L 347/470)

    Reglamentos relativos a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis:

    Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 (DOUE ES de 24/12/2013 L352/1)

    Reglamento UE 1408/2013 de la comisión de 18 de diciembre de 2013 (DOUE ES de 24/12/2013 L352/9

    Reglamento (UE) Nº 717/2014 de la comisión de 27 de junio de 2014 (DOUE ES de 28/06/2014 L190/45

    Reglamento UE nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (DOUE ES de 26/06/2014 L187/1

    Otros datos de interés

    La cuantía de la ayuda a las empresas para la contratación de los jóvenes que reúnan requisitos será del 50% del SMI para una jornada a tiempo completo multiplicada por el número de meses del contrato. Si la jornada es parcial se aplicará la proporcionalidad.

    Procedimiento de concesión: concurrencia no competitiva. La concesión de las subvenciones se realizará según el orden de entrada de las solicitudes y la fecha de expediente completo, según lo establecido en el artículo 20 en la Orden de Bases.

    Entidades colaboradoras:

    La entidades sin ánimo de lucro que han obtenido la condición de entidad colaboradora y han firmado un convenio de colaboración con el Instituto Murciano de Acción Social, que se relacionan en el Anexo II, serán las encargadas de la tramitación, seguimiento y pago de las ayudas al empleo a las empresas que obtengan Resolución favorable del IMAS.

    El pago a la empresa contratante, que realizará la entidad colaboradora, deberá referirse a un periodo vencido, no pudiendo efectuarse, hasta finalizar los seis primeros meses de contratación.

    Las empresas contratantes estarán obligadas a presentar ante la entidad colaboradora la documentación justificativa que acredite la realización de la actividad.

    Otros Procedimientos del Órgano Gestor

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Financiar la realización de proyectos y obras de infraestructuras y equipamientos turísticos.

    La cuantía de las subvenciones anuales podrá cubrir hasta el 90% del importe de las actuaciones propuestas. En el supuesto de convenios plurianuales, podrá alcanzar hasta el 75% del presupuesto previsto por la Entidad Local en su solicitud.

    En ningún caso la cuantía de la subvención concedida, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de cualquier Administración Pública o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, y con cualesquiera otros ingresos o recursos para la misma finalidad, podrá superar el coste de la actuación o inversión a desarrollar por el beneficiario y para la que se le concedió la subvención.

    Destinatarios

    Administración.

    Entidades Locales de la Región de Murcia

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14029657)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    La ejecución de actuaciones en todas sus fases, no sólo en la ejecución de las obras, deben realizarse dentro de los periodos subvencionables.

    No estar incursas en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, salvo que estén suspendidas o garantizadas, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de la concesión.

    Se consideran subvencionables aquellas actuaciones cuya finalidad sea el desarrollo de infraestructuras turísticas que contribuyan a mejorar los destinos turísticos de la Región de Murcia, y específicamente los siguientes:

    a) Proyectos de obras, estudios y planes de viabilidad, así como cualquier instrumento técnico necesario y complementario para definir las actuaciones subvencionables.

    b) Obras e instalaciones de infraestructuras y equipamientos de carácter turístico.

    c) Costes de adquisición de bienes inmuebles para implantación de la actuación.

    Los criterios de valoración de las solicitudes y su valoración máxima serán los siguientes:

    a) El interés turístico de la actuación, su necesidad y oportunidad. Hasta 30 puntos.

    b) Su adecuación a los distintos Planes de la Consejería de Cultura y Turismo en materia de Infraestructuras Turísticas. Hasta 40 puntos.

    c) La importancia o envergadura de la actuación propuesta, su repercusión social y económica. Hasta 20 puntos.

    d) Interés turístico de la actuación, su necesidad y oportunidad en relación con el destino o producto turístico al que va asociada. Hasta 30 puntos.

    e) El porcentaje que, sobre el presupuesto total, aporte la respectiva Entidad Local. Hasta 10 puntos.

    Para la obtención de subvención, será preciso que la solicitud alcance una puntuación mínima de 50 puntos.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Convocar subvenciones y establecer las bases por las que han de regirse las solicitudes y concesión de las mismas, para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen en la Región de Murcia programas de prevención de drogodependencias, cuyas actividades estén dirigidas preferentemente a la consecución de los siguientes fines: desarrollo de programas de prevención de drogodependencias en los ámbitos comunitario, familiar, laboral, penitenciario y escolar, recogidos en el Plan Regional sobre Drogas 2007-2010.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen en la Región de Murcia programas de prevención de drogodependencias, afines al objeto de esta subvención.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los beneficiarios deberán presentar declaración responsable. según anexo IV, acreditando:

    Justificar no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario mediante declaración responsable otorgada ante el órgano concedente.

    Que se encuentren al corriente con sus obligaciones con la Seguridad Social.

    Que se encuentren al corriente en sus obligaciones tributarias con el Estado.

    Que se encuentren al corriente con sus obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social se realizará mediante declaración responsable del beneficiario.

    Requisitos posteriores

    El plazo para la ejecución de las acciones subvencionables será durante el año 2009.

    La actividad subvencionada, deberá justificarse antes del 31 de enero de 2010. La ampliación de este plazo de presentación de la justificación, así como la modificación de alguna actuación subvencionada, solo podrá producirse por Resolución expresa del Director General de Atención al Ciudadano, Drogodependencias y Consumo, tras su solicitud motivada por la entidad subvencionada.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    La memoria de actividades realizadas según Anexo VII y las fichas que correspondan a la actividad se enviarán también al correo electronico: coordinacion.drogodependencias@carm.es

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A SALUD

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A SALUD
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias para fomentar actividades de servicio al sector agrario.

    En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que el responsable del tratamiento de datos es el Dirección General de Innovación, Producciones y Mercados Agroalimentarios de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Asimismo, se le informa que puede ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos mediante el correo electrónico: DPDIGS@listas.carm.es.

    La Dirección General de Innovación, Producciones y Mercados Agroalimentarios, tratará la información con la finalidad de gestionar el proceso de solicitud, concesión y pago de las ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias para el fomento de actividades de servicio al sector agrario. Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la realización de las actuaciones relativas a su petición, así como su archivo.

    La licitud del tratamiento lo es con base en el artículo 6.1.c) y e) del Reglamento (UE) 2016/679. No facilitar todos los datos solicitados impedirá la tramitación de la solicitud.

    Estos datos podrán ser cedidos a otras Administraciones Públicas, o a empresas privadas a las que se encarguen trabajos relacionados con la gestión, control, evaluación y pago de la ayuda solicitada.

    Los interesados pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidad de los datos, presentando una solicitud dirigida al Responsable del tratamiento, de forma electrónica en la sede electrónica de la CARM https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=11&IDTIPO=180. Puede obtener el formulario de solicitud y más información sobre el procedimiento, accediendo a la Guía de Procedimientos y Servicios de la CARM en el procedimiento con código 2736 http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=2736&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m2469.

    También tiene derecho a retirar el consentimiento prestado en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada. Así mismo, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

    Además de los datos aportados por el interesado, también se obtienen datos procedentes de la Plataforma de Interoperabilidad de la CARM. La categoría de datos que se tratan y que se obtienen son tributarios: Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), Agencia Tributaria de la CARM (ATRM) y de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). No se tratan categorías especiales de datos.

    Puede consultar información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web: http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=62678&IDTIPO=100&RASTRO=c672$m

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Organizaciones Profesionales Agrarias de ámbito regional y carácter general, legalmente constituidas, siempre y cuando si estuviesen integradas en otras organizaciones de ámbito superior estas últimas no lo hubieran solicitado.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Organizaciones Profesionales Agrarias de ámbito regional y carácter general, legalmente constituidas que:

    1. Participen en el Consejo Asesor Regional de las Organizaciones Profesionales Agrarias.
    2. Si estuviesen integradas en organizaciones de ámbito superior, que no exista solicitud de estas.

    Solicitud de Subvención a las Organizaciones Profesionales Agrarias para el fomento de actividades de servicio al sector agrario

    • Estatutos
      (No obligatorio / No original)
      Copia auténtica de los Estatutos debidamente legalizados.
    • Código de identificación fiscal: CIF
      (No obligatorio / No original)
      Copia auténtica de la Tarjeta de identificación fiscal
    • Certificación
      (Obligatorio / No original)
      Certificado bancario con el IBAN donde recibir la subvención. ESTE DOCUMENTO ES DE OBLIGADA PRESENTACIÓN.
    • Proyecto
      (Obligatorio / No original)
      Proyecto detallado de las actividades previstas que puedan ser objeto de subvención, con definición de la fecha de inicio y finalización, junto a un presupuesto detallado en el que se desglosen los ingresos y gastos asignados a las actividades a realizar, así como aquellos datos que puedan ser de utilidad para evaluarla necesidad y alcance de la subvención. ESTE DOCUMENTO ES DE OBLIGADA PRESENTACIÓN.
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Delegaciones según Orden de 28 de septiembre de 2017, BORM 233 de 7-10-2017.

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Contra dicha resolución podrá interponerse potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses igualmente contados a partir del día siguiente a la notificación de la Orden, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se ejercite cualquier otro que se estime oportuno.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Colaborar económicamente en los gastos de gestión y mantenimiento, así como para desarrollar proyectos que contribuyan al fomento del asociacionismo de los alumnos y a su participación activa en la vida de los centros, y al desarrollo de actividades formativas e informativas.

    1.- Ámbito.

    El presupuesto contendrá los gastos previstos para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2012 y el 31 de agosto de 2013, ambos inclusive.

    2.- Distribución.

    A) Gestión y mantenimiento, conferencias y publicaciones, 50 %.

    B) Desarrollo de proyectos de actividades, 50%.

    3.- Instrucción del procedimiento y resolución.

    Artículos 7 a 13 de la convocatoria.

    4.- Justificación del gasto. (Artículo 14 de la convocatoria)

    El plazo establecido para justificar será como máximo hasta el 30 de noviembre de 2013.

    5.- Reintegro.

    Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los casos y en la forma prevista en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Título II de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    El incumplimiento total o parcial de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención dará lugar a la obligación de reintegrar las cantidades percibidas en todo o en parte, más los intereses legales correspondientes, conforme a los siguientes criterios de proporcionalidad:

    a) El incumplimiento del objeto para el que se concede la subvención supondrá el reintegro total de la ayuda concedida.

    b) No presentar la documentación justificativa, supondrá el reintegro total de las cantidades percibidas.

    c) Criterios para la graduación.

    - Incumplimiento total de los fines para los que se otorgó la subvención: 100%.

    - Inclumplimiento del plazo de ejecución de la actividad sin haberse autorizado la correspondiente prórroga: 20%.

    - Demora en la presentación de la justificación: 10%.

    - Justificación insuficiente o deficiente: 100%.

    6.- Compatibilidad.

    Esta subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Federaciones de asociaciones de alumnos que desarrollan sus actuaciones en el ámbito de los centros docentes públicos y privados concertados, no universitarios y que imparten enseñanzas de régimen general y especial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS EDUCATIVOS E INFRAESTRUCTURAS (A14028757)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1) Que desarrollen sus actuaciones en el ámbito de los centros docentes públicos y privados concertados, no universitarios y que imparten enseñanzas de régimen general y especial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    2) cumplir los siguientes requisitos:

    a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria.

    b) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

    c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

    d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

    e) No estar incursas en el resto de circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    La acreditación de los requisitos establecidos en las letras a), b) c) y d) se realizará mediante los certificados expedidos por los órganos competentes, que serán recabados de oficio por el órgano instructor con anterioridad a la propuesta de resolución.

    La acreditación del requisito mencionado en la letra e) se realizará adjuntando la declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa (según modelo recogido en anexo IV) o notario público.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Plazo de resolución: 1 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder ayudas a empresas titulares de comercios minoristas de proximidad al pormenor para la realización de inversiones en nuevas tecnologías aplicables a la gestión del comercio y para la apertura de nuevos canales de venta.

    Se considerarán subvencionables, las inversiones siguientes:

    a)-Las inversiones para la adquisición de software destinado a aplicaciones de contabilidad, facturación, almacenaje y automatización de las ventas.

    b)-Inversiones destinadas a la adquisición de equipos tecnológicos, con exclusión de los equipos informáticos,

    c) Inversiones para la conexión a Internet del establecimiento comercial.

    d) Inversiones necesarias para el diseño e implantación de sistemas de portales de venta no presenciales.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas por la presente Orden, las empresas que tengan la consideración de micro empresas, en la categoría de PYME, (de conformidad con la definición establecidas en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014), con una plantilla inferior a 10 trabajadores, dedicados al comercio de proximidad al por menor, incluidos en los epígrafes del CNAE especificados en el anexo II de la presente Orden, titulares de un establecimiento comercial, cuya superficie útil de exposición y venta al público no supere los 300 m2, y que el mismo esté localizado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
    A los efectos de estas bases reguladoras se entiende por establecimientos comerciales de proximidad al por menor, los ubicados en cascos históricos, centros urbanos y ejes comerciales.
    Podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que se haga constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo legal de prescripción para la exigencia de reintegro, así como para la determinación de infracciones e imposición de sanciones.
    En ningún caso, podrán resultar beneficiarios de las subvenciones contenidas en esta Orden, las empresas en situación de crisis, según la definición establecida en las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales de Salvamento y de Reestructuración de Empresas no financieras en Crisis (2014/C 249/01) (Diario Oficial nº 244, de 31 de julio de 2014).

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1-Se considerarán subvencionables, las inversiones siguientes:

    a)-Las inversiones para la adquisición de software destinado a aplicaciones de contabilidad, facturación, almacenaje y automatización de las ventas.

    b)-Inversiones destinadas a la adquisición de equipos tecnológicos, con exclusión de los equipos informáticos,

    c) Inversiones para la conexión a Internet del establecimiento comercial.

    d) Inversiones necesarias para el diseño e implantación de sistemas de portales de venta no presenciales.

    2-Podrá solicitarse ayuda para varias de las actuaciones comprendidas en el apartado anterior, con los límites cuantitativos establecidos en la presente Orden.

    3- La actividad subvencionada podrá ser objeto de subcontratación total, debiendo notificarse a la Dirección General de Consumo, Comercio y Artesanía el nombre o razón social de la empresa subcontratada y el objeto de la subcontrata, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: De Oficio

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Plazo de resolución: 4 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Subvencionar la contratación de jóvenes investigadores beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por empresas con centro de trabajo en la Región de Murcia, para la ejecución de actividades de I+D relacionadas con las mismas, contribuyendo con ello a mejorar la competitividad del tejido empresarial.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, las empresas cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre ubicado en la Región de Murcia.
    Se entiende por empresa a toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    - El centro de trabajo para el que se realiza la actividad objeto de subvención debe encontrarse ubicada en la Región de Murcia.

    - La contratación con carácter indefinido de jóvenes titulados universitarios beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil realizadas a tiempo completo o parcial (cuando la jornada pactada sea como mínimo del 50% de la jornada laboral a tiempo completo), que formen parte integrante de un proyecto de I +D informado como "acto" por la Comisión Técnica de Evaluación establecida en el artículo 11 de la Orden de bases, y cuya alta en la Seguridad Social se corresponda con los grupos de cotización 1 y 2.

    Requisitos posteriores

    - Mantenimiento del puesto de trabajo. Las empresas beneficiarias vendrán obligadas al mantenimiento de los contratos indefinidos subvencionados durante un mínimo de dos años. El cómputo de dicho plazo se iniciará desde la fecha de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

    - Transcurrido el periodo mínimo de permanencia de dos años desde el inicio de los contratos de trabajo subvencionados, la empresa presentará en los tres meses siguientes una memoria de las actuaciones realizadas por los jóvenes contratados.

    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      De que reúne los requisitos para ser beneficiario de la subvención ya que no seencuentra en ninguno de los supuestos de exclusión; de haber obtenido, o no, otras subvenciones o ayudas, u otros ingresos o recursos para la misma finalidad oactividad subvencionada; de que la empresa no se encuentra incursa en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (según anexo III) y de las ayudas ?deminimis? recibidas en los tres años anteriores (incluido el año actual) a la fecha de solicitud, o solicitadas pendientes de resolver (según anexo IV).
    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Con el siguiente contenido: I. Resumen ejecutivo del Proyecto:? Titulo? Tipología de proyecto? Duración? Ámbito de especialización inteligente ? Nº total de jóvenes a contratar con desglose del tipode jornada y porcentaje, en su caso así como titulaciones requeridas para el desempeño de las funciones a realizar.II. Objetivos, novedad y relevancia.? Definición de objetivos del proyecto.(técnicos, comerciales, ambientales, estratégicos; etc)? Descripción de los principales avances científico-técnicos, novedad de los productos o procesos, como resultado del proyecto, justificado en base al estado actual de la técnica a nivel nacional e internacional.III. Metodología del proyecto.? Plan de trabajo: descripción de las actividades a desarrollar organizadas en fases/tareas/hitos, expresando para cada una de ellas los objetivos a alcanzar.? Detalle de las tareas y funciones a desarrollar por los jóvenes contratados y su dedicación temporal en relación con el Plan de trabajo propuesto.? Cronograma del proyecto.IV. Entidad empresarial? Breve historial de la entidad empresarial y de su capacidad (recursos materiales e instalaciones) para la realización del proyectoV. Presupuesto del proyecto.? Presupuesto estimado del proyecto con un mínimo desglose de Activos fijos? Gastos de personal ? Materiales fungibles? Colaboraciones externasVI. Explotación de resultados? Análisis de mercados objetivo; previsiones de comercialización de los resultados del proyecto a nivel nacional e internacional. ? Publicaciones, patentes y modelos de utilidad que se prevé generar con la realización del proyecto.VII. Otras fuentes de financiación del proyecto? Indicar, en su caso, si el proyecto de I+D cuenta con financiación regional, nacional o internacional (si así fuese, deberá aportarse la documentación acreditativa de su concesión)
    • Certificado de cuenta bancaria
      (Obligatorio / Original)
      Certificado expedido por la entidad bancaria o documento donde el solicitante desea domiciliar el abono de la subvención, en el que consten los 24 dígitos identificadores de su IBAN, y su CIF o DNI en caso de Autónomos contratantes
    • Código de identificación fiscal: CIF
      (Obligatorio / Original)
      Tarjeta del Código de Identificación Fiscal (CIF) de la empresa solicitante, o NIF. del Trabajador Autónomo que efectúa la contratación. Para el caso de Comunidad de Bienes o Sociedades Civiles, se presentará además del CIF correspondientea la Comunidad de Bienes, el NIF. de los comuneros, acompañado de la autorización al SEF (Anexo V) de cada uno de ellos para obtener las certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
      (No obligatorio / No original)
      Certificado expedido por la entidad bancaria o documento donde el solicitante desea domiciliar el abono de la subvención, en el que consten los 24 dígitos identificadores de su IBAN, y su CIF o DNI en caso de Autónomos contratantes

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Financiar la realización de las acciones de apoyo y acompañamiento a la formación para el empleo, de ámbito regional, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden TIN/2805/2008, de 26 de septiembre (BOE de 7 de octubre), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la realización de las acciones de apoyo y acompañamiento a la formación para el empleo, en desarrollo del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades y Administración.

    Las entidades de formación, acreditadas y/o inscritas en el registro de entidades habilitado por la Administración pública competente.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Para poder ser beneficiario de las subvenciones que se convocan, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

    a. No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas. Quedan exceptuadas de la obligación de acreditar este requisito, las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquellas.

    b. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    c. Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.

    d. Cumplir los restantes requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para poder obtener la condición de beneficiario de la subvención.

    Dichos requisitos deberán acreditarse, en todo caso, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11. b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y 14.1.e) de la Ley General de Subvenciones.

    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Subvencionar la realización de planes de formación correspondientes a la formación de oferta y dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades y Administración.

    Podrán ser beneficiarios de subvenciones para la realización de planes de formación, las entidades de formación, acreditadas y/o inscritas en el registro de entidades de formación habilitado por la Administración pública competente.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1. Podrán ser beneficiarios de subvenciones para la realización de planes de formación, las entidades de formación, acreditadas y/o inscritas en el registro de entidades de formación habilitado por la Administración pública competente.

    2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Orden de 31 de julio de 2012, cuando el beneficiario de la subvención, sea una persona jurídica, los miembros asociados de ésta que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la condición de beneficiarios, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos para ello.

    3. Para poder ser beneficiario de las subvenciones que se convocan, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

    a. No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas. Quedan exceptuadas de la obligación de acreditar este requisito, las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquellas.

    b. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    c. Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.

    d. Cumplir los restantes requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18/11/2003), para poder obtener la condición de beneficiario de la subvención.

    4. Dichos requisitos serán exigibles, en todo caso, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11. b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM n 278, de 02/12/2005) y 14,1,e) de la Ley General de Subvenciones.

    5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.6 de la Orden de bases, la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización al Servicio Regional de Empleo y Formación para la obtención de los certificados de estar al corriente de los organismos competentes. En caso de denegación expresa del consentimiento, el solicitante deberá aportar los citados certificados en la forma reglamentariamente establecida.

    Subvenciones 2019 Planes de Formación Modalidad 1.

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Para aquellas solicitudes que incluyan especialidades formativas que tengan como finalidad la obtención de carnés o licencias para el desempeño de una profesión, se presentará autorización de la Administración Pública competente que habilite a la entidad para su impartición.
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      Para el resto de especialidades formativas (las no conducentes a la obtención de un certificado de profesionalidad o que no sean especialidades del catálogo deespecialidades del SEPE), cuando no se disponga de la correspondiente inscripción de la especialidad en centro de formación, las entidades deberán presentar ladeclaración responsable del representante legal de disponer de instalaciones y recursos suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir la formación no vinculada a certificados de profesionalidad, así como la calidad de la misma. Esta declaración se presentará a través de la propia solicitud de subvención (aplicación GEFE). Así mismo se deberá solicitar dicha inscripción a través de la sede electrónica indicando el procedimiento 3192 Acreditación e inscripción de Entidades de Formación
    • Informe/ Certificación de vida laboral
      (Obligatorio / Original)
      Para la valoración del criterio 4 (Recursos humanos disponibles) a que se refiere el artículo 14.3 de esta resolución, las entidades presentarán Informe Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a los 12 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria o hasta la máxima fecha disponible por la Tesorería a lacitada fecha de publicación.La no presentación de esta documentación supondrá que las entidades obtendrán cero puntos en este criterio.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Para valorar el criterio 1 y 2 del articulo 14.3 de la presente Resolución, lasentidades deben cumplimentar y presentar por registro electrónico utilizando elFormulario para actos de trámite en un expediente ya iniciado, el Anexo IV disponible en el portal de empleo SEF www.sefcarm.es.
    • Certificación de Cumplimiento de Especificaciones Técnicas.
      (No obligatorio / No original)
      Para valorar el criterio 1 y 2 del articulo 23 de la presente Resolución, lasentidades deben cumplimentar y presentar por registro electrónico utilizando elFormulario para actos de trámite en un expediente ya iniciado, el Anexo IV disponible en el portal de empleo SEF www.sefcarm.es.
    • Declaración Responsable de representante legal
      (No obligatorio / No original)
      Para el resto de especialidades formativas (las no conducentes a la obtención de un certificado de profesionalidad o que no sean especialidades del catálogo deespecialidades del SEPE), cuando no se disponga de la correspondiente inscripción de la especialidad en centro de formación, las entidades deberán presentar ladeclaración responsable del representante legal de disponer de instalaciones y recursos suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir la formación no vinculada a certificados de profesionalidad, así como la calidad de la misma. Esta declaración se presentará a través de la propia solicitud de subvención (aplicación GEFE).
    • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

    Información adicional sobre recursos

    Contra la Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.