Subvenciones a las Organizaciones Profesionales Agrarias para el fomento de actividades de servicio al sector agrario (código 758)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias para fomentar actividades de servicio al sector agrario.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que el responsable del tratamiento de datos es el Dirección General de Innovación, Producciones y Mercados Agroalimentarios de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Asimismo, se le informa que puede ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos mediante el correo electrónico: DPDIGS@listas.carm.es.

La Dirección General de Innovación, Producciones y Mercados Agroalimentarios, tratará la información con la finalidad de gestionar el proceso de solicitud, concesión y pago de las ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias para el fomento de actividades de servicio al sector agrario. Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la realización de las actuaciones relativas a su petición, así como su archivo.

La licitud del tratamiento lo es con base en el artículo 6.1.c) y e) del Reglamento (UE) 2016/679. No facilitar todos los datos solicitados impedirá la tramitación de la solicitud.

Estos datos podrán ser cedidos a otras Administraciones Públicas, o a empresas privadas a las que se encarguen trabajos relacionados con la gestión, control, evaluación y pago de la ayuda solicitada.

Los interesados pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidad de los datos, presentando una solicitud dirigida al Responsable del tratamiento, de forma electrónica en la sede electrónica de la CARM https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=11&IDTIPO=180. Puede obtener el formulario de solicitud y más información sobre el procedimiento, accediendo a la Guía de Procedimientos y Servicios de la CARM en el procedimiento con código 2736 http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=2736&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m2469.

También tiene derecho a retirar el consentimiento prestado en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada. Así mismo, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Además de los datos aportados por el interesado, también se obtienen datos procedentes de la Plataforma de Interoperabilidad de la CARM. La categoría de datos que se tratan y que se obtienen son tributarios: Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), Agencia Tributaria de la CARM (ATRM) y de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). No se tratan categorías especiales de datos.

Puede consultar información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web: http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=62678&IDTIPO=100&RASTRO=c672$m

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

Organizaciones Profesionales Agrarias de ámbito regional y carácter general, legalmente constituidas, siempre y cuando si estuviesen integradas en otras organizaciones de ámbito superior estas últimas no lo hubieran solicitado.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

Requisitos de solicitud o iniciación

Organizaciones Profesionales Agrarias de ámbito regional y carácter general, legalmente constituidas que:

  1. Participen en el Consejo Asesor Regional de las Organizaciones Profesionales Agrarias.
  2. Si estuviesen integradas en organizaciones de ámbito superior, que no exista solicitud de estas.

Solicitud de Subvención a las Organizaciones Profesionales Agrarias para el fomento de actividades de servicio al sector agrario

  • Estatutos
    (No obligatorio / No original)
    Copia auténtica de los Estatutos debidamente legalizados.
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (No obligatorio / No original)
    Copia auténtica de la Tarjeta de identificación fiscal
  • Certificación
    (Obligatorio / No original)
    Certificado bancario con el IBAN donde recibir la subvención. ESTE DOCUMENTO ES DE OBLIGADA PRESENTACIÓN.
  • Proyecto
    (Obligatorio / No original)
    Proyecto detallado de las actividades previstas que puedan ser objeto de subvención, con definición de la fecha de inicio y finalización, junto a un presupuesto detallado en el que se desglosen los ingresos y gastos asignados a las actividades a realizar, así como aquellos datos que puedan ser de utilidad para evaluarla necesidad y alcance de la subvención. ESTE DOCUMENTO ES DE OBLIGADA PRESENTACIÓN.
  • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Delegaciones según Orden de 28 de septiembre de 2017, BORM 233 de 7-10-2017.

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Información adicional sobre recursos

Contra dicha resolución podrá interponerse potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses igualmente contados a partir del día siguiente a la notificación de la Orden, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se ejercite cualquier otro que se estime oportuno.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.