Ayudas para la comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura
Información general
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente
- Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura
- Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente
Código y denominación
1870 - Ayudas para la comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura
Objeto
Conceder ayudas para la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas.
Personas físicas o jurídicas sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.
Requisitos
Serán subvencionables las inversiones y gastos que tengan como objetivo:
a) La racionalización y mejora de los procesos de manipulación, tratamiento, transformación, envasado, conservación, y distribución de los productos de la pesca y la acuicultura.
b) El tratamiento y transformación de desechos de los productos de la pesca y la acuicultura.
c) La mejora de la calidad de los productos.
d) La aplicación de innovaciones tecnológicas y el desarrollo de nuevos productos, procesos y presentaciones.
e) La valoración de las producciones tradicionales y artesanales.
Se considerarán subvencionables la construcción y adquisición de bienes inmuebles, excepto la compra de terrenos, la adquisición de equipos y maquinaria nuevos, incluidos los informáticos.
También son subvencionables aquellos gastos que puedan contribuir a la generación de recursos y de ventajas competitivas durante más de un ejercicio, tales como redacción y elaboración del proyecto de inversión, auditorías y elaboración de manuales de calidad, gastos de formación de persona, investigación de mercado y elaboración de planes de marketing, estudios de logística en el aprovisionamiento y la distribución.
Para la construcción de bienes inmuebles hay que acreditar la titularidad de la propiedad de los terrenos.
El solicitante deberá disponer de las preceptivas concesiones o autorizaciones para llevar a cabo las obras previstas y su posterior puesta en producción.
Documentación
- Solicitud según modelo normalizado
-
Solicitud del interesado por duplicado.
Tres ejemplares del proyecto-memoria de la inversión y/o facturas proforma con relación de las mismas.
Para construcción de bienes inmuebles acreditación de la titularidad de la propiedad de los terrenos.
De ser solicitante una sociedad, deberá aportar escritura de constitución y poder notarial bastante en favor de su representante, si no se dedujese el mismo de los estatutos sociales.