CAPÍTULO II · Sector eléctrico

Artículo vigésimo. Transparencia de la información en el mercado de producción de energía eléctrica

El artículo 28 del Real Decreto Ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios, queda redactado de la siguiente forma:

Artículo vigésimo primero. Racionalización de los costes del sector eléctrico

La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, se modifica en los siguientes términos: Uno. El párrafo b) del apartado 2 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:

Artículo vigésimo segundo. Creación del Mercado Ibérico de la Electricidad

La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, se modifica en los siguientes términos: Uno. Los apartados 2, 3 y 6 del artículo 13 quedan redactados del siguiente modo, y se añade un apartado 7 con la siguiente redacción:

Artículo vigésimo tercero. Modificación de los límites máximos de participación en el accionariado de Red Eléctrica Española

El apartado 1 del artículo 34 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, se modifica en los siguientes términos:

Artículo vigésimo cuarto. Modificación del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento

Se añaden los siguientes párrafos al apartado I.9 del anexo I del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento, con la siguiente redacción:

Artículo vigésimo quinto. Fondo para la financiación de las actividades del Plan general de residuos radiactivos

La disposición adicional sexta de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, queda redactada en los siguientes términos: