CAPÍTULO IV · Régimen patrimonial

Artículo 14. Régimen patrimonial

1. El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía tendrá para el cumplimiento de sus fines un patrimonio propio distinto al del Estado, formado por todos los bienes y derechos que sean de su titularidad. 2. Asimismo, quedarán adscritos al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía para el cumplimiento de sus funciones los bienes de dominio público de titularidad estatal que así se acuerde, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. 3. Los bienes muebles e inmuebles de interés cultural que formen parte del patrimonio del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía o estén adscritos al mismo, se someterán al régimen especial de protección y tutela establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

Artículo 15. Bienes propios

1. El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía podrá adquirir toda clase de bienes y derechos por cualquiera de los modos admitidos en derecho, entendiéndose implícita la afectación a los fines del Museo al aprobarse la adquisición de los mismos. La adquisición de bienes inmuebles o de derechos sobre los mismos requerirá el previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda. 2. El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en sus relaciones patrimoniales que tengan por objeto bienes de carácter patrimonial de titularidad del organismo, quedará sujeto al derecho privado, sin perjuicio de las especialidades contenidas en esta ley y las limitaciones derivadas de la aplicación, en su caso, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Artículo 16. Bienes adscritos

1. La adscripción y desadscripción de bienes por parte de la Administración General del Estado se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, conservando aquéllos su calificación y titularidad jurídica originaria y correspondiendo al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía su utilización, conservación, administración y cuantas prerrogativas referentes al dominio público y a los bienes patrimoniales del Estado se encuentren legalmente establecidas. 2. Los bienes muebles e inmuebles del Patrimonio del Estado adscritos al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía se regirán por lo dispuesto en la ley citada en el apartado anterior, en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en las demás normas complementarias.

Artículo 17. Programa de gestión y evaluación

El Real Patronato aprobará un programa de gestión en donde se fijen los objetivos y se establezca un marco de evaluación y de control, mediante los oportunos indicadores, que serán desarrollados en el Estatuto. Uno de los objetivos a evaluar será la eficiencia en la gestión y la labor de captación de recursos propios por parte del Real Patronato y el Director del MNCARS.