Sección 3.ª Impuestos Especiales
Artículo 70. Impuesto sobre Hidrocarburos
Con efectos desde 1 de enero de 1998, se introducen las siguientes modificaciones en la tarifa 1.ª del apartado 1 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que quedará redactada como sigue:
Artículo 71. Impuesto sobre Productos Intermedios
Con efectos a partir del día 1 de enero de 1998, se da nueva redacción a los siguientes preceptos de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: