«CAPÍTULO IV BIS · Medidas relativas a la restitución o retorno de menores en los supuestos de sustracción internacional»

Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, de Registro Civil

Uno. Los apartados 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 12 del artículo 58 quedan redactados de la forma siguiente:

Disposición final quinta. Modificación de Ley 24/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el acuerdo de cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España

Los apartados 2 y 5 del artículo 7 quedan redactados de la forma siguiente:

Disposición final sexta. Modificación de la Ley 25/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Israelitas de España

Uno. Se modifica el Título de esta Ley que pasa a ser «Ley 25/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Judías de España». Dos. Los apartados 2 y 5 del artículo 7 quedan redactados de la forma siguiente:

Disposición final séptima. Modificación de la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España

Los apartados 2 y 3 del artículo 7 quedan redactados de la forma siguiente:

Disposición final octava. Modificación de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas

Uno. El apartado 6 del artículo 20 queda redactado de la forma siguiente:

Disposición final novena. Modificación de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro

El sexto párrafo del artículo 38 pasa a tener la siguiente redacción:

Disposición final décima. Modificación de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad

Se modifica el apartado 2 del artículo 5 que pasa a tener la siguiente redacción: