Sección 3.ª Otras instituciones de inversión colectiva no financieras
Artículo 39. Otras IIC no financieras
Las IIC no financieras, distintas de las IIC inmobiliarias, se regirán por lo dispuesto en esta ley y, adicionalmente, por las disposiciones especiales que apruebe el Ministro de Economía o, con su habilitación expresa, la CNMV.