Junta de Castilla y León

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la modificación de los límites de un municipio, agregando parte de su territorio a otro municipio vecino. Pueden solicitarlo los municipios interesados, los vecinos, la Diputación Provincial y la Administración del Estado. ## Lo que necesitas Para solicitar la alteración parcial del término municipal, necesitarás: * **Documentos requeridos:** * Solicitud en modelo normalizado. * Petición motivada de los vecinos o acuerdo del Ayuntamiento. * Certificación del Secretario del Ayuntamiento (si la petición es vecinal). * Informe de la Diputación Provincial. * Certificado de información pública a los vecinos (mínimo 30 días). * Acuerdos de los Ayuntamientos afectados. * Plano de los municipios con los nuevos límites. * Informe justificando la necesidad de la alteración. * Informe de los Ayuntamientos sobre la solvencia y los servicios. * Memoria justificativa de la solvencia o acta notarial de compromiso de los vecinos. * Estipulaciones jurídicas y económicas propuestas. * **Requisitos:** * La alteración debe estar justificada por confusión de núcleos urbanos, necesidad de ampliar servicios o condiciones económicas/administrativas. * No debe disminuir la calidad de los servicios para los vecinos. * No se puede segregar un núcleo urbano unido al municipio original. ## Cómo hacerlo 1. **Preparación de la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios según la lista anterior. 2. **Presentación de la solicitud:** * La presentación se realiza de forma electrónica. * Necesitas un certificado electrónico y cumplir los requisitos técnicos. * Puedes usar una aplicación, un formulario PDF o un formulario web. 3. **Tramitación electrónica:** * Comprueba la solicitud y adjunta la documentación. * Firma y registra electrónicamente. * Descarga el justificante de presentación. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 9 meses desde la presentación. * **Notificación:** Se te notificará por correo postal o electrónicamente a través del sistema NOTI. * **Silencio administrativo:** Si no recibes respuesta en 9 meses, se considera que la solicitud ha sido rechazada. ## Ayuda * **Recursos:** Puedes presentar un recurso contencioso-administrativo o un recurso de reposición. * **Legislación:** * Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local * Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León * Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril * Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio * **Contacto:** Dirección de Administración Local

  • Descripción:

    Prestación del Servicio de Comedor

    Consejería / Centro Directivo:

    Destinatarios:

    Ciudadanos

    Enlace al tramite / servicio:

    Aplicación de Comedores

  • Objeto

    Aprobación del Plan de Labores anual de las Autorizaciones de explotación, permisos de investigación y concesiones de explotación de recursos mineros de la Ley de Minas.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los titulares de Autorizaciones de explotación, permisos de investigación y concesiones de explotación.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la provincia correspondiente, acompañada de la siguiente documentación:

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    - Para las Autorizaciones de explotación, según los plazos establecidos en el artículo 31 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.
    - Para los permisos de investigación según los plazos establecidos en el artículo 75 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.
    - Para las concesiones de explotación ha de presentarse en el mes de enero de cada año.

    Plazo de resolución

    • Dos meses para las Autorizaciones de explotación y permisos de investigación.
    • Tres meses para las concesiones de explotación.

    Notificación

    • Correo postal en domicilio interesado o lugar indicado a efectos notificaciones.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Estimatorio

    Legislación aplicable

    • Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE 24-07-1973)
    • Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE 11-12-1978)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicios Territoriales de Economía

    Órgano que resuelve:

    Servicios Territoriales de Economía

    Descargar formulario

    Información de tasas

    Descargas

  • ## Aprobación del plan cinegético de un coto de caza ### Objeto: Solicitar la aprobación del Plan Cinegético de un coto de caza y de sus modificaciones,como instrumento de gestión de un determinado territorio tendente al aprovechamiento de su riqueza cinegética,en consonancia con su capacidad biológica y con la potenciación de las poblaciones de las especies existentes. ### ¿Quién lo puede solicitar? El titular del coto de caza,o cualquier persona física o jurídica que actúe en su representación. ### Lugar y Forma de presentación: **Electrónico:** * [¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración?](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/_/1284652686439/Texto) * Por **Internet** desde esta misma página. [Tramitación electrónica:ver requisitos técnicos.](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100/1284386354238/_/_/_) ### ¿Qué requisitos debo cumplir? * Todo coto de caza en Castilla y León es **obligatorio** que cuente con su **Plan cinegético** * Todos los planes cinegéticos deberán ser elaborados y suscritos por técnicos competentes ### ¿Qué documentos necesito? **1. Planes cinegéticos de caza menor,de caza mayor o de caza menor y mayor.** * Solicitud de **aprobación**,conforme al modelo normalizado,dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente. * Plan Cinegético elaborado y suscrito en todo caso por Técnico competente **2. Cotos de caza intensiva.** * Solicitud de **aprobación**,conforme al modelo normalizado,dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente. * Plan Cinegético elaborado y suscrito **en todo caso** por Técnico competente * En los cotos de caza intensiva,su plan cinegético deberá contener un Plan de Caza específico para la caza intensiva y un informe técnico que avale que su práctica resulta compatible con la conservación de las poblaciones naturales. * **ABONO DE LA TASA** **3. Modificaciones de planes cinegéticos vigentes.** * Solicitud de **aprobación**,conforme al modelo normalizado,dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente. * Documento de modificación del Plan Cinegético vigente. **4. Para todos los casos descritos con anterioridad** * En el supuesto de actuar ante la Administración mediante representación,la solicitud deberá ir acompañada de documento público o apoderamiento apud acta privado que acredite la representación o el poder del firmante de la solicitud. * En el supuesto de que el solicitante no autorice a la Administración de la Comunidad a obtener directamente y/o por medios telemáticos el DNI/NIE,será necesaria la presentación de una copia de los citados documentos. ### ¿Qué plazo tengo para solicitarlo? Abierto de forma permanente. ### Notificaciones: * **Notificación electrónica por comparecencia** ### Recursos: * Recurso de ALZADA. [Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)](https://www.jcyl.es/junta/cp/informacion-general-recursos-administrativos.pdf) ### Legislación aplicable: * **LEY 4/2021,de 1 de julio,** de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León *(BOCyL 08-07-2021)* * **Orden de 5 de mayo de 1995,** de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ### Organismo: #### Consejería / Centro Directivo: * [Consejería de Medio Ambiente,Vivienda y Ordenación del Territorio](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/PlantillaSimpleDetalle/1251181053840/Tramite/1285157212877/DirectorioPadre?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoDirectorio) * [Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/PlantillaSimpleDetalle/1251181053840/Tramite/1284182453086/DirectorioPadre?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoDirectorio) #### Órgano gestor: [Servicio Territorial de Medio Ambiente](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/PlantillaSimpleDetalle/1251181053840/Tramite/1200319234088/DirectorioPadre?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoDirectorio) #### Órgano que resuelve: [Servicio Territorial de Medio Ambiente](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/PlantillaSimpleDetalle/1251181053840/Tramite/1200319234088/DirectorioPadre?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoDirectorio) ### Información adicional: **Planes cinegéticos presentados antes de las entrada en vigor de la Ley 4/2021 y en fase de aprobación.** * De acuerdo con lo establecido en la Disposión transitoria Primera “Procedimientos en tramitación” de la Ley 4/2021 **Modificación de planes cinegéticos tras ampliación o reducción del coto de caza** * La reducción o ampliación de un coto de caza en más de 100 hectáreas,si su superficie inicial fuese inferior a 1.000 hectáreas,o en un porcentaje superior al 10 por ciento en el caso de cotos de mayor superficie,conllevará la obligación de presentar un anexo de adaptación del plan cinegético en vigor **Identificación de manchas celebración cacerías colectivas de caza mayor** * En los planes cinegéticos de los cotos de caza en los que se planifique el aprovechamiento de especies de caza mayor en las modalidades de Montería y/o gancho,deberán presentar un plano en el que se identifiquen claramente las manchas en las que se divide el acotado a efectos de la práctica de dichas modalidades. **Resumen del plan cinegético en formato digital** * A la hora de elaborar el Resumen del plan cinegético,de acuerdo con el artículo 4 de la Orden de 5 de mayo de 1995 **Presentación de la Memoria Anual de Resultados** * Los titulares o arrendatarios de los cotos de caza,una vez finalizada la temporada y en el plazo máximo de un mes desde su finalización,deben presentar la Memoria anual de las actividades cinegéticas llevadas a cabo en el Coto de Caza durante la temporada * El acceso al modelo normalizado de la Memoria anual de resultados está disponible en siguiente trámite:[Comunicación de resultados de caza ](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Tramite/1284829591318/Tramite) ### Protección de los datos de carácter personal: [Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (465 kbytes)](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/1010/252/IAPA_1883_Ficha%20informativa%20protecci%C3%B3n%20de%20datos%20personales.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobheadername1=Cache-Control&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site&blobheadervalue1=no-store%2Cno-cache%2Cmust-revalidate&blobheadervalue2=0&blobheadervalue3=Portal_Informador&blobnocache=true) ### Pasos para la tramitación electrónica (en línea): 1. Disponer de [certificado electrónico](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/es/ayuda-sobre-administracion-electronica/certificaciones-sellos.html) y comprobar [requisitos técnicos.](https://www.ae.jcyl.es/reqae2/) 2. Acceder a la tramitación 3. Comprobar la solicitud,anexar documentación,firmar y registrar electrónicamente toda la documentación. 4. Descargar justificante de presentación. #### Tramitación electrónica * [Subsanación – Incorporación de datos/documentos](https://www.ae.jcyl.es/dicitecwform/index.html?app=MAV&form=2023MedIncorporaDatos5791) * [Solicitud de aprobación](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/339/924/IAPA_1883_PlanCinegeticoCotoCaza_6538_@_v2.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobheadername1=Cache-Control&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site&blobheadername4=Content-Disposition&blobheadervalue1=no-store%2Cno-cache%2Cmust-revalidate&blobheadervalue2=0&blobheadervalue3=Portal_Informador&blobheadervalue4=inline%3B+filename%3Dtramite.pdf&blobnocache=true) #### Información de tasas * [Acceso al impreso de pago de tasas y precios públicos modelo 046](https://tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_) #### Descargas * [Ley 4/2021,de 1 de julio,de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León. ](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/208/449/Ley_4_2021_consolidado%2014_05_2024_BOE.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobnocache=true) * [Orden de 5 de mayo de 1995,de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/876/994/Orden%20de%205%20de%20Mayo%20de%201995%20de%20Requisitos%20que%20deben%20cumplir%20los%20planes%20cineg%C3%A9ticos.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobheadername1=Cache-Control&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site&blobheadervalue1=no-store%2Cno-cache%2Cmust-revalidate&blobheadervalue2=0&blobheadervalue3=Portal_Informador&blobnocache=true) * [Resumen Plan Cinegético coto de Caza ](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/89/903/EXCEL%20PLANES%20CINEG%C3%89TICOS%20COTO%20DE%20CAZA%20XX-XXXXX%20%20v8_28_12_2023,0.xlsx?blobheader=application%2Fvnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet&blobheadername1=Cache-Control&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site&blobheadervalue1=no-store%2Cno-cache%2Cmust-revalidate&blobheadervalue2=0&blobheadervalue3=Portal_Informador&blobnocache=true)

  • ## Resumen Este trámite permite a los titulares de cotos de caza en Castilla y León solicitar la aprobación de su plan cinegético. El plan cinegético es un documento esencial para la gestión sostenible de los recursos cinegéticos en un coto de caza. **Quién puede usar este servicio:** * El titular del coto de caza. * Cualquier persona física o jurídica que actúe en su representación. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de aprobación del plan cinegético. * Plan cinegético elaborado y suscrito por un técnico competente. * Para cotos de caza intensiva: * Plan de caza específico para la caza intensiva. * Informe técnico que avale la compatibilidad de la caza intensiva con la conservación de las poblaciones naturales. * Justificante del pago de la tasa correspondiente. * Documento que acredite la representación, si aplica. * Copia del DNI/NIE, si no se autoriza a la Administración a obtenerlo. **Costes y plazos:** * La tramitación de planes intensivos tiene una tasa de 222,20 euros. * El plazo para solicitarlo está abierto de forma permanente. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios, incluyendo el plan cinegético elaborado por un técnico competente. 2. **Presentar la solicitud:** Accede a la sede electrónica de la Junta de Castilla y León y presenta la solicitud de forma telemática. 3. **Realizar el pago de la tasa (si aplica):** Para cotos de caza intensiva, realiza el pago de la tasa correspondiente a través del modelo 046 y adjunta el justificante a la solicitud. 4. **Seguimiento:** Realiza el seguimiento de la solicitud a través de la sede electrónica. ## Después de hacerlo * La Administración revisará la documentación presentada. * Recibirás una notificación electrónica con la resolución. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente. **Recursos adicionales:** * Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León. * Orden de 5 de mayo de 1995, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio * Resumen Plan Cinegético coto de Caza

  • Objeto

    Aprobar el proyecto de ejecución de instalaciones eléctricas de producción, transporte O distribución.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Persona física o jurídica titular de una instalación eléctrica.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    - Disponer de la autorización administrativa de la instalación.
    - Disponer de capacidad legal, técnica y económica.

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado dirigida al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la provincia correspondiente, acompañada de la siguiente documentación:

    DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

    DOCUMENTACIÓN TÉCNICA:

    • Proyecto de ejecución redactado por técnico titulado competente,
    • Separatas para las Administraciones Públicas, Organismos y, en su caso, empresas de servicios público o de servicios de interés general con bienes o servicios afectados por la instalación.
    • Relación de municipios afectados por la instalación.
    • Relación de propietarios afectados.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    El establecido en la resolución de autorización administrativa de la instalación.

    Plazo de resolución

    • 3 meses.

    Notificación

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    • Ley 24/2013, de 26 de diciembre de 2013, del Sector Eléctrico (BOE 27-12-2013)
    • Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León (BOCyL 05-11-2003 Modificado por Decreto 13/2013, de 18 de abril - BOCyL 24-04-2013)
    • Decreto 189/1997, de 26 de septiembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica (BOCyL 30-09-1997)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicios Territoriales de Economía

    Órgano que resuelve:

    Servicios Territoriales de Economía

    Descargar formulario

    Información de tasas

    Descargas

  • Objeto

    Autorizar el aprovechamiento de piña cerrada de pino piñonero en montes no gestionados por la Junta de Castilla y León.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier persona física o jurídica que pretenda llevar a cabo dichos aprovechamientos en los montes en montes no gestionados por la Junta de Castilla y León.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Los requisitos para autorizar estos aprovechamientos son:
    a) Ser titular del aprovechamiento. Si el titular del aprovechamiento fuera distinto del propietario de los terrenos éste deberá otorgar su conformidad a la solicitud de autorización de aprovechamiento, mediante la firma del formulario de solicitud y aportar la documentación del negocio jurídico por el que se le otorga el derecho de aprovechamiento.
    b) Que la parcela o parcelas donde se va a realizar el aprovechamiento estén debidamente identificadas mediante el código SIGPAC y su superficie ocupada por pino piñonero en estado de producción.
    c) Que la parcela albergue una superficie de pinar suficiente para realizar el aprovechamiento de la cuantía consignada, cuyo valor máximo estimado, por norma general, estará en 350 kg de piña por hectárea de cabida, salvo casos excepcionales que deberán justificarse.
    d) Que el aprovechamiento sea compatible con la persistencia del medio o que no comprometa su capacidad productiva.
    e) Que el aprovechamiento sea técnicamente viable.
    f) Que el aprovechamiento se realice durante la campaña de aprovechamiento.

    ¿Qué documentos necesito?

    SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN de aprovechamiento de piña cerrada de pino piñonero en montes no gestionados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con el formulario normalizado.
    En aquellos casos en los que se pretenda el aprovechamiento de varias parcelas de un mismo término municipal se podrá presentar una única solicitud, siempre que los recintos sean de la misma propiedad y vayan a ser aprovechados por el mismo solicitante. En la solicitud se deberá consignar la cantidad total de producto resultante de ese aprovechamiento.
    Junto con la solicitud de aprovechamiento se deberá presentar la siguiente documentación:
    a) Si el solicitante del aprovechamiento es distinto del propietario de las parcelas y si se ha formalizado un negocio jurídico por el que se ha otorgado al solicitante la condición de titular del aprovechamiento, copia de dicho negocio jurídico.
    b) En el caso de no haber obtenido el derecho de aprovechamiento en virtud de un negocio jurídico firmado por ambas partes, «Certificado de conformidad con el aprovechamiento», de acuerdo con el formulario disponible al efecto.
    c) Documento justificativo de una estimación de producción superior a 350 kg de piña por hectárea de cabida, cuando proceda.
    Cuando el volumen del aprovechamiento fuera superior al que figura en la resolución de autorización se deberá presentar una SOLICITUD COMPLEMENTARIA conforme al modelo normalizado.
    Junto con la solicitud complementaria se deberá presentar la siguiente documentación:
    a) Documento justificativo de una producción superior a la autorizada.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Para cada campaña de aprovechamiento el periodo comprendido entre el 1 de agosto del año en curso y el 10 de febrero del año siguiente, ambos inclusive.

    Plazo de resolución

    • El plazo para resolver el procedimiento de autorización y el de autorización complementaria, será de dos meses desde que tiene entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

    Notificación

    • Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
    • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    • DECRETO 100/1999, de 6 de mayo, por el que se regula la apertura de la época hábil de recogida de piña cerrada de pino piñonero, Pinus pinea L (BOCyL 10-05-1999)
    • ORDEN FYM/905/2014, de 9 de octubre, por la que se regula el aprovechamiento de piña cerrada de Pinus Pinea L. (Pino Piñonero) (BOCyL 29-10-2014)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio Territorial de Medio Ambiente

    Órgano que resuelve:

    Servicio Territorial de Medio Ambiente

    Información adicional

    • CAMPAÑA DE APROVECHAMIENTO: 11 de noviembre a 10 de abril del año siguiente.
    • CONTROL E INSPECCIÓN: Será preceptivo tener disponible durante el aprovechamiento de piña, el original o copia compulsada de la licencia o la autorización de aprovechamiento, según corresponda, emitidas ambas por el Servicio Territorial con competencia en materia de montes. Deberá portarse en todo momento por el personal que lleve a cabo las labores de aprovechamiento en el monte y deberá acompañar posteriormente a la piña extraída en todo el circuito de aprovechamiento y comercialización para su comprobación por las autoridades con competencia en dichas fases.

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Descargas

  • Objeto

    Establecer los procedimientos de comunicación y autorización para la ejecución de los aprovechamientos maderables y leñosos en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León

    Establecer el régimen de épocas no hábiles para su realización

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El propietario de los terrenos, el titular del derecho de aprovechamiento o sus respectivos representantes

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    a) Las prescripciones generales de ejecución que figuran en el Anexo I.

    b) Las prescripciones particulares que figuren en la resolución de autorización que se notifique al interesado.

    ANEXO I: Prescripciones generales a cumplir para ejecutar los aprovechamientos maderables (411 kbytes)

    ¿Qué documentos necesito?

    DECLARACIÓN RESPONSABLE o SOLICITUD de autorización, según corresponda, en modelo normalizado, dirigida al Servicio Territorial con competencia en materia de montes de la provincia en que se encuentre el terreno objeto de aprovechamiento.

    En el caso de SOLICITUD, deberá ir acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

    • 1. Copia del plano de la parcela o, preferiblemente, salida gráfica del SIGPAC de los terrenos afectados, en la que se detallará la superficie de actuación.
    • 2. Copia del DNI/NIE/NIF en vigor del solicitante, así como del propietario de las parcelas, si fuera distinto, si se oponen expresamente a que la Administración de la Comunidad de Castilla y León pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad.
    • 3. Copia del NIF, en el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, si se opone expresamente a que la Administración de la Comunidad de Castilla y León pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad.
    • 4. En el caso de actuar ante la Administración mediante representación, documento público o privado que acredite la representación o el poder del firmante de la solicitud, salvo que ya obre en poder del Servicio Territorial competente en materia de montes al que se dirige, en cuyo caso deberá indicar el número del expediente administrativo en el que fue aportado.
    • 5. Documento de compromiso de seguimiento de modelo de gestión selvícola, cuando proceda.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Las comunicaciones o solicitudes de aprovechamientos se podrán presentar en cualquier momento, siempre con anterioridad a la ejecución de los trabajos a realizar.

    Plazo de resolución

    En el caso de presentación de DECLARACIÓN RESPONSABLE, el interesado podrá realizar el aprovechamiento a los quince días de su presentación (o al día siguiente, si se trata de un monte sin IOF ni PORF de turno corto y así lo declara responsablemente el interesado).

    En el procedimiento de AUTORIZACIÓN, el plazo para resolver será de 1 MES desde que la solicitud tenga entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

    Notificación

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
    • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

    Recursos

    • Alzada.

    Legislación aplicable

    • Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE 22-11-2003)
    • Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León (BOE 09-05-2009)
    • Decreto 1/2012, de 12 de enero, por el que se regulan los aprovechamientos maderables y leñosos en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Junta de Castilla y León (BOCyL 18-01-2012)
    • ORDEN FYM/985/2014, de 5 de noviembre, por la que se desarrolla el Decreto 1/2012, de 12 de enero, por el que se regulan los aprovechamientos maderables y leñosos en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Junta de Castilla y León (BOCyL 26-11-2014)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio Territorial de Medio Ambiente

    Órgano que resuelve:

    Servicio Territorial de Medio Ambiente

    Información adicional

    EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

    • Declaraciones responsables: No es de aplicación.
    • Solicitud: Desestimatorio.

    ÉPOCAS PARA REALIZAR LOS APROVECHAMIENTOS

    Con carácter general, se podrán realizar aprovechamientos durante todo el año, con las siguientes excepciones:

    • En aprovechamientos consistentes en podas o resalveos de especies frondosas de crecimiento lento. En estos casos se establece como época no hábil la comprendida entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre, ambos inclusive.
    • En las zonas en las que se haya declarado oficialmente una plaga forestal que impida la libre circulación de madera, en los términos establecidos en la correspondiente orden de declaración de la plaga.
    • En los casos en que resulte de aplicación un plan de recuperación o conservación de especies amenazadas, se respetarán las especificaciones previstas en el mismo.
    • En cualquier otro caso que se determine mediante resolución expresa del titular del Servicio Territorial con competencia en materia de montes, dictada de conformidad con las instrucciones de la Dirección General con competencias en esta materia, y que deberá ser comunicada a dicha Dirección General en el plazo máximo de 15 días.

    Tramitación electrónica

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    Descargas

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    Objeto:

    Asimilación de aquellos funcionarios destinados con carácter definitivo en la administación de Castilla y León a los solos efectos de su participación en concursos.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Funcionarios de otras Administraciones en destino definitivo en Castilla y León

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    Ser funcionario de carrera de otra Administración con destino definitivo en la Administración de Castilla y León.
    Estar en servicio activo o con reserva de puesto.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud de asimilación.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Abierto de forma permanente siempre que se preste servicios con destino definitivo en esta Administración.

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección General de la Función Pública

    Órgano que resuelve:

    Dirección General de la Función Pública

    Plazo de resolución:

    • 3 MESES.

    Recursos:

    • Reposición.

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • DECRETO 285//1994, de 15 de octubre, por el que se regula la integración de los funcionarios transferidos a la Comunidad de Castilla y León en los cuerpos y escalas de la Administración (BOCyL 20-12-1994).

  • Descripción:

    Aplicación para calcular y cumplimentar el formulario de autoliquidación de tasas en materia de Industria, Energía, Minas, Metrología y Comercio.

    Consejería / Centro Directivo:

    Destinatarios:

    Ciudadanos

    Enlace al tramite / servicio:

    Autoliquidación de las Tasas en materia de Industria, Energía, Minas, Metrología y Comercio

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