Aprobación del plan cinegético de un coto de caza

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar la aprobación del Plan Cinegético de un coto de caza y sus modificaciones,como herramienta para gestionar el territorio y aprovechar su riqueza cinegética de forma sostenible.

¿Quién puede solicitarlo?

El titular del coto de caza,o cualquier persona física o jurídica que actúe en su representación.

Requisitos principales

  • Es obligatorio que todo coto de caza en Castilla y León cuente con su Plan cinegético.
  • Los planes cinegéticos deben ser elaborados y suscritos por técnicos competentes.

Duración del trámite

Abierto de forma permanente.

Información adicional

Los planes cinegéticos presentados antes de la entrada en vigor de la Ley 4/2021 continuarán rigiéndose por la normativa anterior.

Aprobación del plan cinegético de un coto de caza

Objeto:

Solicitar la aprobación del Plan Cinegético de un coto de caza y de sus modificaciones,como instrumento de gestión de un determinado territorio tendente al aprovechamiento de su riqueza cinegética,en consonancia con su capacidad biológica y con la potenciación de las poblaciones de las especies existentes.

¿Quién lo puede solicitar?

El titular del coto de caza,o cualquier persona física o jurídica que actúe en su representación.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Todo coto de caza en Castilla y León es obligatorio que cuente con su Plan cinegético
  • Todos los planes cinegéticos deberán ser elaborados y suscritos por técnicos competentes

¿Qué documentos necesito?

1. Planes cinegéticos de caza menor,de caza mayor o de caza menor y mayor.

  • Solicitud de aprobación,conforme al modelo normalizado,dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.
  • Plan Cinegético elaborado y suscrito en todo caso por Técnico competente

2. Cotos de caza intensiva.

  • Solicitud de aprobación,conforme al modelo normalizado,dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.
  • Plan Cinegético elaborado y suscrito en todo caso por Técnico competente
  • En los cotos de caza intensiva,su plan cinegético deberá contener un Plan de Caza específico para la caza intensiva y un informe técnico que avale que su práctica resulta compatible con la conservación de las poblaciones naturales.
  • ABONO DE LA TASA

3. Modificaciones de planes cinegéticos vigentes.

  • Solicitud de aprobación,conforme al modelo normalizado,dirigida al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.
  • Documento de modificación del Plan Cinegético vigente.

4. Para todos los casos descritos con anterioridad

  • En el supuesto de actuar ante la Administración mediante representación,la solicitud deberá ir acompañada de documento público o apoderamiento apud acta privado que acredite la representación o el poder del firmante de la solicitud.
  • En el supuesto de que el solicitante no autorice a la Administración de la Comunidad a obtener directamente y/o por medios telemáticos el DNI/NIE,será necesaria la presentación de una copia de los citados documentos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia

Recursos:

  • Recurso de ALZADA.

Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

  • LEY 4/2021,de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León (BOCyL 08-07-2021)
  • Orden de 5 de mayo de 1995, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Órgano que resuelve:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información adicional:

Planes cinegéticos presentados antes de las entrada en vigor de la Ley 4/2021 y en fase de aprobación.

  • De acuerdo con lo establecido en la Disposión transitoria Primera “Procedimientos en tramitación” de la Ley 4/2021

Modificación de planes cinegéticos tras ampliación o reducción del coto de caza

  • La reducción o ampliación de un coto de caza en más de 100 hectáreas,si su superficie inicial fuese inferior a 1.000 hectáreas,o en un porcentaje superior al 10 por ciento en el caso de cotos de mayor superficie,conllevará la obligación de presentar un anexo de adaptación del plan cinegético en vigor

Identificación de manchas celebración cacerías colectivas de caza mayor

  • En los planes cinegéticos de los cotos de caza en los que se planifique el aprovechamiento de especies de caza mayor en las modalidades de Montería y/o gancho,deberán presentar un plano en el que se identifiquen claramente las manchas en las que se divide el acotado a efectos de la práctica de dichas modalidades.

Resumen del plan cinegético en formato digital

  • A la hora de elaborar el Resumen del plan cinegético,de acuerdo con el artículo 4 de la Orden de 5 de mayo de 1995

Presentación de la Memoria Anual de Resultados

  • Los titulares o arrendatarios de los cotos de caza,una vez finalizada la temporada y en el plazo máximo de un mes desde su finalización,deben presentar la Memoria anual de las actividades cinegéticas llevadas a cabo en el Coto de Caza durante la temporada
  • El acceso al modelo normalizado de la Memoria anual de resultados está disponible en siguiente trámite:Comunicación de resultados de caza

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (465 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación
  3. Comprobar la solicitud,anexar documentación,firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

Tramitación electrónica

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