Govern de les Illes Balears

  • Certificar el precio máximo al cual está sometida una vivienda de protección oficial (HPO, VPO), en caso de venta y/o alquiler.

    Personas destinatarias

    Cualquier administrado que quiera información sobre el precio máximo de viviendas protegidas para venta y/o alquiler.

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    3 meses, Art. 21.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de les Administraciones Públicas.

    Silencio administrativo

    Negativo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Observaciones

    NORMAS DE REGULACIÓN:

    El precio depende del Decreto al que está acogido cada expediente de vivienda protegida y del municipio al que pertenece.

    Las viviendas tasadas, las existentes, las usadas y las procedentes de rehabilitación interior también están sometidas a precio máximo de venta o alquiler.

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Departamento de Vivienda

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Trámites

    X

    Solicitud

    Requisitos

    Solicitud, DNI, fotocopia escritura compra-venta o nota simple del registro, número de expediente de VPO de edificio, tasa.

    Tasas

    709 . - Telemàticament

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    No hay.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Departamento de Vivienda

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Vivienda

    Passeig del Born, 17. Tel.: 971177300 - Fax: 971176962

  • Garantizar la seguridad pública,estableixen la normativa básica para delimitar el régimen de tenencia de los animales potencialmente peligrosos.

    Personas destinatarias

    Los propietarios de animales potencialmente peligrosos Habrán de esser mayores de edad.

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    3 meses

    Silencio administrativo

    Positivo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Servicio de Ganadería

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Certificat tinença d'animals potencialment perillosos

    Requisitos

    -

    Documentación a presentar

    fotocòpia DNI, passaport o NIE

    (DNI, passaport o NIE en vigor en el moment de la sol·licitud)

    Plazo máximo

    3 mesos

    Forma de presentación

    Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.

    Órgano competente para la tramitación

    Servicio de Ganadería

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Ganadería

    C/ Reina Constança, 4 . Tel.: 971176666 - Fax: 971176880

    (ramaderia@dgagric.caib.es)

    Observaciones

    Certificat de no haver estat sancionat per obtenir la llicència municipal per la tinença d'animals potencialment perillosos

  • Emitir un certificado que acredite que un determinado establecimiento comercial reune las características para ser considerado una tienda de conveniencia

    Personas destinatarias

    Establecimientos comerciales

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    3 meses para resolver i notificar

    Silencio administrativo

    Positivo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Comercio

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Trámites

    X

    Solicitud

    Requisitos

    Para solicitar la certificación de la condición de tienda de conveniencia hay que tener en cuenta los siguientes requisitos:

    - Cumplir con el número de horas de apertura exigidas en la legislación vigente (mínimo de 18 horas diarias)

    - El local debe disponer de una superficie útil de venta no superior a 500 metros cuadrados

    - Distribución de la oferta de forma similar entre los siguientes productos: libros, prensa y revistas, productos de alimentación, discos, juguetes, regalos y productos diversos.

    Documentación a presentar

    Plazo máximo

    6 mesos

    Forma de presentación

    Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Comercio

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Comercio

    Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900 - Fax: 971786826

  • Autorizar el cierre temporal de una Oficina de Farmacia. Para más información consultad aquí

    Personas destinatarias

    Titular de Oficina de Farmacia

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    El Plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa es de 6 meses.

    Silencio administrativo

    Negativo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Prestaciones y Farmacia

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Trámites

    X

    Solicitud

    Requisitos

    --

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    6 meses

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Servicio de Ordenación Farmacéutica

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Ordenación Farmacéutica

    Carrer de Jesús 38 A. Tel.: 971177383 - Fax: 971176394

  • Mediante este servicio todos los Centros de Salud de Atención Primaria de las Islas Baleares dan cita previa con su médico del Centro de Salud, su pediatra, su enfermera, el odontólogo y las citas por analíticas a través de un número único, el 902 079 079, que atiende a los ciudadanos entre las 7.00 y las 21.00 horas de lunes a sábado. Además permite que los usuarios no tengan que esperar para obtener cita y en momentos de gran demanda asistencial facilitar a los ciudadanos que obtenguin cita en el Centro de Salud con gran comodidad y desde su domicilio.

    Personas destinatarias

    Ciudadanos

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    No procede

    Silencio administrativo

    Según normativa aplicable

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut)

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Trámites

    X

    Solicitud

    Requisitos

    --

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    No procede

    Lugar

    A no ser que la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario, puede presentar documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica en cualquiera de sus oficinas de registro.

    También los puede presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio marco de oficinas integradas.

    Encontrará las direcciones de todas estas oficinas aquí:

    [http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436&lang=es]

    Además, también puede enviar la documentación por correo postal. En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro, datos que también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.

    Órgano competente para la tramitación

    Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut)

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut)

    C/ de la Reina Esclarmunda, 9. Tel.: 971175600 - Fax: 971724660

  • Los ciudadanos que sean beneficiarios de pensión no contributiva de invalidez o jubilación tienen derecho a la percepción de un complemento anual de 525 euros para el año 2013. Para más información consultad aquí.

    Personas destinatarias

    Los beneficiarios de pensión no contributiva de invalidez y jubilación.

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde la solicitud.

    Silencio administrativo

    Negativo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    Si

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Dependencia

    Resultado

    Percepción de un complemento anual de 525 euros.

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Trámites

    X

    Complemento establecido para el titulares de pensión de jubilación e invalidez de la seguridad social, en su modalidad no contributiva, que tenguin su residencia en una vivienda alquilada para el año 2014

    Requisitos

    - Tener reconocida una pensión de invalidez o jubilación en la fecha de la solicitud y la de resolución.
    - No tener vivienda en propiedad.
    - Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda en la fecha de la solicitud.
    - No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco, por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado, ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad en la conyugal.
    - Tener fijada la residencia habitual en la vivienda alquilada.
    Se considera que la vivienda es domicilio habitual cuando la vigencia del contrato de arrendamiento no es inferior a un año y el pensionista ha residido durante los 180 días inmediatamente anteriores.
    Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas con el derecho a una pensión no contributiva, tan sólo el titular del contrato de alquiler tiene derecho a este complemento, y si los titulares son más de uno, sólo tiene derecho el primero.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    Hasta el día 31 de diciembre del 2014.

    Lugar

    Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
    También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
    Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Dependencia

  • El Acuerdo del 2016 de reprogramación del Acuerdo del 2008 y otras mejoras sociolaborales establece los criterios de elegibilidad y el procedimiento para el reconocimiento del complemento ligado a la antigüedad y a la formación del profesorado.

    Personas destinatarias

    Profesorado en activo, de cualquier etapa educativa, que esté en pago delegado o pago directo en cooperativas y que trabaje en un centro o, simultáneamente, en varios centros educativos privados concertados de las Islas Baleares. Este profesorado tiene que acreditar una antigüedad de seis años o más, y haber cursado, al menos, cien horas de formación reconocida, de acuerdo con los términos que establece la Resolución de convocatoria.

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    6 meses

    Silencio administrativo

    Negativo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Observaciones

    Novedad: En fecha 25 de junio se ha publicado la Resolución definitiva de las solicitudes realizadas entre el 1 y el 31 de marzo de 2018.

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Trámite de solicitud de reconocimiento del complemento de antigüedad y formación (información y modelos de solicitudes)

    Requisitos

    Profesorado en activo, de cualquier etapa educativa, que esté en pago delegado o pago directo en cooperativas y que trabaje en un centro o, simultáneamente, en varios centros educativos privados concertados de las Islas Baleares. Este profesorado tiene que acreditar una antigüedad de seis años o más, y haber cursado, al menos, cien horas de formación reconocida, de acuerdo con los términos que establece la Resolución de convocatoria.

    Documentación a presentar

    Los docentes interesados tienen que dirigir al centro escolar la solicitud del reconocimiento del complemento, adjuntando un certificado de vida laboral actualizado. La solicitud se puede presentar a partir del mes en que se cumplen los criterios. El modelo de solicitud se encuentra en este trámite (formato Word y formato PDF).

    Posteriormente, los centros escolares tienen que presentar a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros las solicitudes recibidas de los docentes, adjuntándolas a la solicitud específica dirigida a la Dirección General. El reconocimiento del complemento tendrà efectos económicos a partir del mes siguiente a aquel en que se hayan presentado las solicitudes a la Dirección General.El modelo de solicitud se encuentra en este trámite (formato Word y formato PDF).

    Una vez presentadas las solicitudes, la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros las revisará y comprobará el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad. Posteriormente, publicará en esta Sede Electrónica una resolución provisional de solicitudes estimadas y de solicitudes denegadas. Los interesados dispondrán de un plazo de DIEZ días hábiles para hacer alegaciones, a partir del día siguiente de la publicación.

    Después de estudiar las alegaciones efectuadas y de haber realizado las comprobaciones pertinentes, el director general de Planificación, Ordenación y Centros dictará la resolución definitiva de solicitudes estimadas y de solicitudes desestimadas. Esta resolución se publicará en esta Sede Electrónica. Los interesados dispondrán de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación, para interponer recurso de alzada contra la resolución. El plazo de resolución de los recursos de alzada es de 3 meses; si al haber pasado este plazo no se ha obtenido notificación de la resolución del recurso, se tiene que entender desestimado.

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo máximo, siempre que la documentación aportada por los interesados sea suficiente y conste acreditada la formación requerida, es de 6 meses.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    Observaciones

    Para obtener el reconocimiento de la formación pueden ir al siguiente enlace:

    https://www.caib.es/seucaib/es/200/persones/tramites/tramite/1479126

    X

    [15.11.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de agosto de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 18 de noviembre de 2019), hasta día 29 de noviembre de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [15.11.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de julio de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 18 de noviembre de 2019), hasta día 29 de noviembre de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [14.11.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de junio de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 15 de noviembre de 2019), hasta día 16 de diciembre de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [24.10.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de junio de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 25 de octubre de 2019), hasta día 8 de noviembre de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [23.10.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de mayo de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 24 de octubre de 2019), hasta día 25 de noviembre de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [23.10.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 d'abril de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 24 de octubre de 2019), hasta día 25 de noviembre de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [27.09.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de mayo de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 30 de septiembre de 2019), hasta día 11 d'octubre de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [26.09.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de abril de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 27 de septiembre de 2019), hasta día 10 d'octubre de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [26.09.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de marzo de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 27 de septiembre de 2019), hasta día 28 de octubre de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [15.07.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de marzo de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 16 de julio de 2019), hasta día 31 de julio de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [13.06.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 28 de febrero de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 14 de junio de 2019), hasta día 15 de julio de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [13.06.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de enero de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 14 de junio de 2019), hasta día 15 de julio de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [24.05.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 28 de febrero de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 27 de mayo de 2019), hasta día 7 de junio de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [24.05.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de enero de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 27 de mayo de 2019), hasta día 7 de junio de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [13.05.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de enero de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 14 de mayo de 2019), hasta día 13 de junio de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [02.05.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de diciembre de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 3 de mayo de 2019), hasta día 3 de junio de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [02.05.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de noviembre de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 3 de mayo de 2019), hasta día 3 de junio de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [03.04.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de enero de 2019

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 4 de abril de 2019), hasta día 17 de abril de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [03.04.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de diciembre de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 4 de abril de 2019), hasta día 17 de abril de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [03.04.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de noviembre de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 4 de abril de 2019), hasta día 17 de abril de 2019.

    Lugar

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [15.03.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de octubre de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 16 de marzo de 2019), hasta día 15 de abril de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [20.02.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de octubre de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelo de escrito de alegaciones / de recurso (formado Word)

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 21 de febrero de 2019), hasta día 7 de marzo de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [04.02.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de septiembre de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 5 de febrero de 2019), hasta día 4 de marzo de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [09.01.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de septiembre de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelo de escrito de alegaciones / de recurso (formado Word)

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 10 de enero de 2019), hasta día 23 de enero de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [09.01.2019] Llistes definitives de sol·licituds presentades de l'1 al 31 d'agost de 2018

    Requisitos

    Les persones interessades que apareixen a l'annex de sol·licituds desestimades d'aquesta resolució definitiva poden interposar un recurs d'alçada davant el conseller d'Educació i Universitat.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El termini per poder interposar un recurs d'alçada davant el conseller d'Educació i Universitat és d'un mes comptador des de l'endemà de la publicació (dia 10 de gener 2019), fins dia 9 de febrer de 2019.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [19.12.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 d'agost de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros

    Documentación a presentar

    Modelo de escrito de alegaciones / de recurso (formado Word)

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 20 de diciembre), hasta día 4 de enero de 2019

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [11.12.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de julio de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 12 de diciembre), hasta día 11 de enero de 2019

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [11.12.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de junio de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 12 de diciembre), hasta día 11 de enero de 2019

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [12.11.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de julio de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 12 de noviembre), hasta día 26 de noviembre de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [12.11.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de junio de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 12 de noviembre), hasta día 26 de noviembre de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [12.11.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de mayo de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 12 de noviembret), hasta día 12 de de diciembre de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [11.10.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de mayo de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 12 de octubre), hasta día 26 de octubre de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [24.08.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de abril de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad.

    Documentación a presentar

    Modelo de escrito de alegaciones / de recurso (formato Word)

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 27 d'agost), hasta día 24 de septiembre de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [23.07.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de abril de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el Director General de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 24 de julio), hasta el día 6 de agosto de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [25.06.2018] Llistes definitives de sol·licituds presentades de l'1 al 31 de març de 2018

    Requisitos

    Les persones interessades que apareixen a l'annex de sol·licituds desestimades d'aquesta resolució definitiva poden interposar un recurs d'alçada davant el conseller d'Educació i Universitat.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El termini per poder interposar un recurs d'alçada davant el conseller d'Educació i Universitat és d'un mes comptador des de l'endemà de la publicació (dia 26 de juny), fins dia 25 de juliol de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [25.06.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 28 de febrero de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 26 de junio), hasta día 25 de julio de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [06.06.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de marzo de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles contadores desde el día siguiente de la publicación (día 7 de junio), hasta día 20 de junio de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [06.06.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 28 de febrero de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución provisional pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelo solicitud

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 7 de junio), hasta día 20 de junio de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [22.05.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de enero de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 23 de mayo), hasta día 22 de junio de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [17.05.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de diciembre de 2017

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 17 de mayo), hasta día 18 de junio de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [30.04.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de enero de 2018

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución provisional pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelo solicitud

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles contadores desde el día siguiente de la publicación (día 30 de abril), hasta día 15 de mayo de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [11.04.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas del 1 al 31 de diciembre de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen en el anexo de las solicitudes desestimadas de esta resolución provisional pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 11 de abril), hasta día 25 de abril de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [11.04.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de noviembre de 2017

    Requisitos

    Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad.

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 11 de abril), hasta día 11 de mayo de 2018

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [16.03.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas del 1 al 30 de noviembre de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Estar a la lista de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder presentar alegaciones contra esta resolución es desde el día 19 de marzo de 2018 hasta el día 4 de abril de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [16.03.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de octubre de 2017

    Requisitos

    Estar en la solicitud de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación (día 16 de marzo), hasta día 16 de abril de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [21.02.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas del 1 al 31 de octubre de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Estar en la lista de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    10 días a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros. Esta Resolución ha sido publicada con fecha 11/02/2018, por lo tanto. el plazo máximo de presentación de alegaciones es hasta día 23 de febrero de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [16.01.2018]Llistes definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de septiembre de 2017

    Requisitos

    Estar a la lista de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder presentar recurso de alzada contra esta resolución es desde día 17 de enero hasta día 16 de febrero de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [19.12.2017]Listas provisionales de solicitudes presentadas del 1 al 30 de septiembre de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Estar a la lista de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    10 días contadores desde el día siguiente de la publicación de la Resolución a la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros. Esta Resolución ha sido publicada en fecha 19/12/2017, por lo tanto. el plazo máximo de presentación de alegaciones es hasta día 5 de enero de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [10.01.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de agosto de 2017

    Requisitos

    Estar a la lista de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder presentar recurso de alzada contra esta resolución es desde día 11 de enero hasta día 12 de febrero de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [22.11.2017]Listas provisionales solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de agosto de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Estar a la lista provisional de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    10 días, contadores desde el día siguiente de su publicación a la página web. Esta Resolución ha sido publicada en la página Web de la Dirección General el día 22 de noviembre de 2017, por lo tanto el plazo para presentar alegaciones será de 23 de noviembre al 7 de diciembre.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [13.12.2017]Listas definitivas de solicitudes presentadas del 3 al 31 de julio de 2017

    Requisitos

    Estar en la lista definitiva de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    El plazo para poder presentar recurso de alzada contra esta resolución será desde día 13 de diciembre de 2017 hasta día 12 de enero de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [09.10.2017]Llistes provisionales de solicitudes presentadas del 3 al 31 de julio de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Estar a la lista provisional de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    10 días, contadores desde el día siguiente de la publicación de la corrección de errores de la resolución a la web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [01.12.2017]Llistes definitivas de solicitudes prensentades del 15 al 30 de junio de 2017

    Requisitos

    Estar a la lista definitiva de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    Recurso de alzada: 1 mes, contador desde el día siguiente de la publicación de la corrección de errores de la resolución por la cual se aprueban las listas definitivas. Esta corrección de errores se ha publicado el 1 de diciembre 2017, por lo tanto se pueden presentar hasta día 3 de enero de 2018.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    [11.09.2017]Llistes provisionales solicitudes presentadas del 15 al 30 de junio de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Estar a la lista provisional de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    10 días contadores desde el día siguiente de la publicación de la Resolución a la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, para presentar las enmiendas o alegaciones que consideren adecuadas.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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    X

    [24.11.2017] Listas definitivas de las solicitudes presentadas entre el 1 y el 14 de junio de 2017

    Requisitos

    Estar a la lista definitiva de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    Recurso de alzada: 1 mes, contador desde el día siguiente de la publicación de la corrección de errores de la resolución por la cual se aprueban las listas definitivas. Esta corrección de errores se ha publicado el 24 de noviembre de 2017.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

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    [25.08-2017]Llistes provisionales solicitudes presentadas entre el 1 al 14 de junio de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Estar a la lista provisional de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    10 días, contadores desde el día siguiente de su publicación a la página web. De 28 de agosto hasta 8 de septiembre de 2017.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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    X

    [23.08.2017] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 5 de abril al 31 de mayo de 2017

    Requisitos

    Estar a la lista definitiva de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    1 mes, contadores desde el día siguiente de la publicación de la resolución a la web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros de 23 de agosto de 2017 hasta el 22 de septiembre 2017

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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    X

    [22.08.2017] Listas provisionales de solicitudes presentadas del 5 de abril al 31 de mayo de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Estar a la lista provisionales de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    10 días, contadores desde el día siguiente de la publicación de la corrección de errores de la resolución a la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

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    [22.09.2017]Llistes definitivas de solicitudes presentadas del 13 de enero al 31 de marzo de 2017

    Requisitos

    Estar a la lista definitiva de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    Recurso de alzada: 1 mes, contador desde el día siguiente de la publicación de la resolución por la cual se aprueban las listas definitivas.

    Del 22 septiembre al 23 de octubre de 2017

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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    X

    [20.08.2017] Listas provisionales de solicitudes presentadas de 13 de enero al 31 de marzo de 2017 y presentación de alegaciones

    Requisitos

    Estar en la lista provisional de solicitudes desestimadas

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Documentos relacionados con el trámite:

    Plazo máximo

    10 días, a contar desde el día siguiente de su publicación en la página Web de 21 de agosto de 2017 al 1 de setiembre de 2017

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

    X

    Publicació Resolució provisional sol·licituds presentades entre el 24/11 i 22/12/2016 i presentació d'al·legacions

    Requisitos

    Estar a la llista provisional de sol·licituds desestimades

    Documentación a presentar

    Plazo máximo

    10 dies, comptadors des de l'endemà de la seva publicació a la pàgina web. Aquest termini comença dia 16 de maig i finalitza el 29 de maig de 2017, ambdós inclosos

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

    C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

    (centresconcertats@dgplacen.caib.es)

  • Comunicación previa de inicio de las actividades de distribución y venta de productos sanitarios

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    No aplica

    Silencio administrativo

    No es de aplicación

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Observaciones

    Las oficinas de farmacia quedan exeptuades de realizar esta comunicación previa de inicio de actividad -arte. 27.1d-

    Los establecimientos que realicen venta en el public de productos sanitarios que requieren una adaptación individualizada -ortopedias, ópticas y audioprótesis- tienen que obtener la autorización de funcionamiento y, por lo tanto, no les resulta de aplicación el régimen de comunicación previa -arte. 27.3 Real Decreto 1591/2009-

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Servicio de Ordenación Farmacéutica

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Trámites

    X

    Comunicación

    Requisitos

    --

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    No hay plazo máximo.

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Servicio de Ordenación Farmacéutica

    Observaciones

    Comunicació funcionament establiment de distribució i venda de productes santiaris

  • Comunicar variaciones sobre la declaración anual de personal de oficina de Farmàcia. Para más información consultad aquí.

    Personas destinatarias

    Titulares de Oficinas de Farmacia. Adjunts/es de Oficina de Farmacia

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    -

    Silencio administrativo

    Negativo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Prestaciones y Farmacia

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Trámites

    X

    Comunicación de alta de Farmacéutico Adjunto de Oficina de Farmàcia

    Requisitos

    --

    Documentación a presentar

    Plazo máximo

    No procedeix

    Forma de presentación

    Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.

    Órgano competente para la tramitación

    Servicio de Ordenación Farmacéutica

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Ordenación Farmacéutica

    Carrer de Jesús 38 A. Tel.: 971177383 - Fax: 971176394

  • Comunicación de los datos relativos a la apertura de un centro de trabajo, o de reanudación de actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.

    Personas destinatarias

    La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice.

    En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del RD1627/1997, de 24 de octubre, por el que se estyablecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se efectuará únicamente por los empresarios que tengan la condición de contratistas.

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    No hi ha resolució. Si no es comuniquen defectes, la comunicació s'ha d'entendre realitzada en el moment del seu registre

    Silencio administrativo

    Positivo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Solicitud

    Requisitos

    La comunicación de apertura o de reanudación de actividad, se cumplimentará telemáticamente por el empresario, previamente, o dentro de los treinta días siguientes al hecho que la motiva.

    En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del RD 1627/1997, la comunicación de apertura del centro de trabajo deberá ser previa al comienzo de los trabajos.

    documentación a aportar:

    En las obras de construcción, junto al modelo oficial se deberá adjuntar el Plan de seguridad y salud cuando el mismo sea exigible conforme al RD 1627/1997, de 24 de octubre, acompañado de su correspondiente aprobación, conforme al artículo 7 de dicho Real Decreto. Si no fuera exigible el plan de seguridad y salud, se acompaña de la correspondiente evaluación de riesgos (Art. 2.2 Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril).

    Si se trata de actividades con incidencia ambiental, se deberá adjuntar el Proyecto técnico y memoria descriptiva de las características de esta actividad.

    Documentación a presentar

    A les obres de construcció, s'haurà d'adjuntar al model oficial el pla de seguretat i salut quan aquest sigui exigible d'acord amb el RD 1627/1997, de 24 d'octubre, acompanyat de la seva corresponent aprovació, s'acord amb l'article 7 de l'esmentat Reial decret. Si el pla de seguretat i salut no fora exigible, s'adjuntarà la corresponent avaluació de riscs (Art. 2.2 Ordre TIN/1071/2010, de 27 d'abril).

    Si es tracta d'activitats amb incidència ambiental, s'haurà d'adjuntar el projecte tècnic i memòria descriptiva de les característiques d'aquesta activitat.

    Plazo máximo

    Esta comunicación puede hacerse telemáticamente, de acuerdo con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los sevicios públicos. Para acceder al trámite clique en "iniciar nuevo trámite".

    Forma de presentación

    Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Ordenación laboral

    Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900 - Fax: 971177229

    (ordenaciolaboral@caib.es)

    X

    Inscripció en el REA

    Documentación a presentar

    Forma de presentación

    Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Ordenación laboral

    Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900 - Fax: 971177229

    (ordenaciolaboral@caib.es)

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