Complemento ligado a la antigüedad y a la formación del profesorado de la enseñanza privada concertada

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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El Acuerdo del 2016 de reprogramación del Acuerdo del 2008 y otras mejoras sociolaborales establece los criterios de elegibilidad y el procedimiento para el reconocimiento del complemento ligado a la antigüedad y a la formación del profesorado.

Personas destinatarias

Profesorado en activo, de cualquier etapa educativa, que esté en pago delegado o pago directo en cooperativas y que trabaje en un centro o, simultáneamente, en varios centros educativos privados concertados de las Islas Baleares. Este profesorado tiene que acreditar una antigüedad de seis años o más, y haber cursado, al menos, cien horas de formación reconocida, de acuerdo con los términos que establece la Resolución de convocatoria.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Observaciones

Novedad: En fecha 25 de junio se ha publicado la Resolución definitiva de las solicitudes realizadas entre el 1 y el 31 de marzo de 2018.

Normativa del procedimiento

Órgano competente para resolver

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Simplificación documental

En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Trámite de solicitud de reconocimiento del complemento de antigüedad y formación (información y modelos de solicitudes)

Requisitos

Profesorado en activo, de cualquier etapa educativa, que esté en pago delegado o pago directo en cooperativas y que trabaje en un centro o, simultáneamente, en varios centros educativos privados concertados de las Islas Baleares. Este profesorado tiene que acreditar una antigüedad de seis años o más, y haber cursado, al menos, cien horas de formación reconocida, de acuerdo con los términos que establece la Resolución de convocatoria.

Documentación a presentar

Los docentes interesados tienen que dirigir al centro escolar la solicitud del reconocimiento del complemento, adjuntando un certificado de vida laboral actualizado. La solicitud se puede presentar a partir del mes en que se cumplen los criterios. El modelo de solicitud se encuentra en este trámite (formato Word y formato PDF).

Posteriormente, los centros escolares tienen que presentar a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros las solicitudes recibidas de los docentes, adjuntándolas a la solicitud específica dirigida a la Dirección General. El reconocimiento del complemento tendrà efectos económicos a partir del mes siguiente a aquel en que se hayan presentado las solicitudes a la Dirección General.El modelo de solicitud se encuentra en este trámite (formato Word y formato PDF).

Una vez presentadas las solicitudes, la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros las revisará y comprobará el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad. Posteriormente, publicará en esta Sede Electrónica una resolución provisional de solicitudes estimadas y de solicitudes denegadas. Los interesados dispondrán de un plazo de DIEZ días hábiles para hacer alegaciones, a partir del día siguiente de la publicación.

Después de estudiar las alegaciones efectuadas y de haber realizado las comprobaciones pertinentes, el director general de Planificación, Ordenación y Centros dictará la resolución definitiva de solicitudes estimadas y de solicitudes desestimadas. Esta resolución se publicará en esta Sede Electrónica. Los interesados dispondrán de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación, para interponer recurso de alzada contra la resolución. El plazo de resolución de los recursos de alzada es de 3 meses; si al haber pasado este plazo no se ha obtenido notificación de la resolución del recurso, se tiene que entender desestimado.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo máximo, siempre que la documentación aportada por los interesados sea suficiente y conste acreditada la formación requerida, es de 6 meses.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

Observaciones

Para obtener el reconocimiento de la formación pueden ir al siguiente enlace:

https://www.caib.es/seucaib/es/200/persones/tramites/tramite/1479126

X

[15.11.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de agosto de 2019

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 18 de noviembre de 2019), hasta día 29 de noviembre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[15.11.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de julio de 2019

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 18 de noviembre de 2019), hasta día 29 de noviembre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[14.11.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de junio de 2019

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 15 de noviembre de 2019), hasta día 16 de diciembre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[24.10.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de junio de 2019

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 25 de octubre de 2019), hasta día 8 de noviembre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[23.10.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de mayo de 2019

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 24 de octubre de 2019), hasta día 25 de noviembre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[23.10.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 d'abril de 2019

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 24 de octubre de 2019), hasta día 25 de noviembre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[27.09.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de mayo de 2019

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 30 de septiembre de 2019), hasta día 11 d'octubre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[26.09.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de abril de 2019

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 27 de septiembre de 2019), hasta día 10 d'octubre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[26.09.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de marzo de 2019

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 27 de septiembre de 2019), hasta día 28 de octubre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[15.07.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de marzo de 2019

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 16 de julio de 2019), hasta día 31 de julio de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[13.06.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 28 de febrero de 2019

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 14 de junio de 2019), hasta día 15 de julio de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[13.06.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de enero de 2019

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 14 de junio de 2019), hasta día 15 de julio de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[24.05.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 28 de febrero de 2019

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 27 de mayo de 2019), hasta día 7 de junio de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[24.05.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de enero de 2019

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 27 de mayo de 2019), hasta día 7 de junio de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[13.05.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de enero de 2019

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 14 de mayo de 2019), hasta día 13 de junio de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[02.05.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de diciembre de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 3 de mayo de 2019), hasta día 3 de junio de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[02.05.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de noviembre de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 3 de mayo de 2019), hasta día 3 de junio de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[03.04.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de enero de 2019

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 4 de abril de 2019), hasta día 17 de abril de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[03.04.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de diciembre de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 4 de abril de 2019), hasta día 17 de abril de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[03.04.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de noviembre de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 4 de abril de 2019), hasta día 17 de abril de 2019.

Lugar

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[15.03.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de octubre de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 16 de marzo de 2019), hasta día 15 de abril de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[20.02.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de octubre de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelo de escrito de alegaciones / de recurso (formado Word)

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 21 de febrero de 2019), hasta día 7 de marzo de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[04.02.2019] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de septiembre de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 5 de febrero de 2019), hasta día 4 de marzo de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[09.01.2019] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de septiembre de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelo de escrito de alegaciones / de recurso (formado Word)

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 10 de enero de 2019), hasta día 23 de enero de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[09.01.2019] Llistes definitives de sol·licituds presentades de l'1 al 31 d'agost de 2018

Requisitos

Les persones interessades que apareixen a l'annex de sol·licituds desestimades d'aquesta resolució definitiva poden interposar un recurs d'alçada davant el conseller d'Educació i Universitat.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El termini per poder interposar un recurs d'alçada davant el conseller d'Educació i Universitat és d'un mes comptador des de l'endemà de la publicació (dia 10 de gener 2019), fins dia 9 de febrer de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[19.12.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 d'agost de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros

Documentación a presentar

Modelo de escrito de alegaciones / de recurso (formado Word)

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 20 de diciembre), hasta día 4 de enero de 2019

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[11.12.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de julio de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 12 de diciembre), hasta día 11 de enero de 2019

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[11.12.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de junio de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 12 de diciembre), hasta día 11 de enero de 2019

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[12.11.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de julio de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 12 de noviembre), hasta día 26 de noviembre de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[12.11.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de junio de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 12 de noviembre), hasta día 26 de noviembre de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[12.11.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de mayo de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 12 de noviembret), hasta día 12 de de diciembre de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[11.10.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de mayo de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 12 de octubre), hasta día 26 de octubre de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[24.08.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de abril de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad.

Documentación a presentar

Modelo de escrito de alegaciones / de recurso (formato Word)

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 27 d'agost), hasta día 24 de septiembre de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[23.07.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 30 de abril de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el Director General de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 24 de julio), hasta el día 6 de agosto de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[25.06.2018] Llistes definitives de sol·licituds presentades de l'1 al 31 de març de 2018

Requisitos

Les persones interessades que apareixen a l'annex de sol·licituds desestimades d'aquesta resolució definitiva poden interposar un recurs d'alçada davant el conseller d'Educació i Universitat.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El termini per poder interposar un recurs d'alçada davant el conseller d'Educació i Universitat és d'un mes comptador des de l'endemà de la publicació (dia 26 de juny), fins dia 25 de juliol de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[25.06.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 28 de febrero de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 26 de junio), hasta día 25 de julio de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[06.06.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de marzo de 2018

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles contadores desde el día siguiente de la publicación (día 7 de junio), hasta día 20 de junio de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[06.06.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 28 de febrero de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución provisional pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelo solicitud

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 7 de junio), hasta día 20 de junio de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[22.05.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de enero de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 23 de mayo), hasta día 22 de junio de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[17.05.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de diciembre de 2017

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación (día 17 de mayo), hasta día 18 de junio de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[30.04.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de enero de 2018

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución provisional pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelo solicitud

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles contadores desde el día siguiente de la publicación (día 30 de abril), hasta día 15 de mayo de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[11.04.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas del 1 al 31 de diciembre de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen en el anexo de las solicitudes desestimadas de esta resolución provisional pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación y Centros es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación (día 11 de abril), hasta día 25 de abril de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[11.04.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de noviembre de 2017

Requisitos

Las personas interesadas que aparecen al anexo de solicitudes desestimadas de esta resolución definitiva pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes contador desde el día siguiente de la publicación (día 11 de abril), hasta día 11 de mayo de 2018

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[16.03.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas del 1 al 30 de noviembre de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Estar a la lista de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder presentar alegaciones contra esta resolución es desde el día 19 de marzo de 2018 hasta el día 4 de abril de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[16.03.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 31 de octubre de 2017

Requisitos

Estar en la solicitud de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación (día 16 de marzo), hasta día 16 de abril de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

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C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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X

[21.02.2018] Listas provisionales de solicitudes presentadas del 1 al 31 de octubre de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Estar en la lista de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros. Esta Resolución ha sido publicada con fecha 11/02/2018, por lo tanto. el plazo máximo de presentación de alegaciones es hasta día 23 de febrero de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

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Servicio o Sección responsable

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C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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X

[16.01.2018]Llistes definitivas de solicitudes presentadas del 1 al 30 de septiembre de 2017

Requisitos

Estar a la lista de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder presentar recurso de alzada contra esta resolución es desde día 17 de enero hasta día 16 de febrero de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[19.12.2017]Listas provisionales de solicitudes presentadas del 1 al 30 de septiembre de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Estar a la lista de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días contadores desde el día siguiente de la publicación de la Resolución a la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros. Esta Resolución ha sido publicada en fecha 19/12/2017, por lo tanto. el plazo máximo de presentación de alegaciones es hasta día 5 de enero de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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X

[10.01.2018] Listas definitivas de solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de agosto de 2017

Requisitos

Estar a la lista de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder presentar recurso de alzada contra esta resolución es desde día 11 de enero hasta día 12 de febrero de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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X

[22.11.2017]Listas provisionales solicitudes presentadas entre el 1 y el 31 de agosto de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Estar a la lista provisional de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días, contadores desde el día siguiente de su publicación a la página web. Esta Resolución ha sido publicada en la página Web de la Dirección General el día 22 de noviembre de 2017, por lo tanto el plazo para presentar alegaciones será de 23 de noviembre al 7 de diciembre.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[13.12.2017]Listas definitivas de solicitudes presentadas del 3 al 31 de julio de 2017

Requisitos

Estar en la lista definitiva de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para poder presentar recurso de alzada contra esta resolución será desde día 13 de diciembre de 2017 hasta día 12 de enero de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[09.10.2017]Llistes provisionales de solicitudes presentadas del 3 al 31 de julio de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Estar a la lista provisional de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días, contadores desde el día siguiente de la publicación de la corrección de errores de la resolución a la web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[01.12.2017]Llistes definitivas de solicitudes prensentades del 15 al 30 de junio de 2017

Requisitos

Estar a la lista definitiva de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Recurso de alzada: 1 mes, contador desde el día siguiente de la publicación de la corrección de errores de la resolución por la cual se aprueban las listas definitivas. Esta corrección de errores se ha publicado el 1 de diciembre 2017, por lo tanto se pueden presentar hasta día 3 de enero de 2018.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[11.09.2017]Llistes provisionales solicitudes presentadas del 15 al 30 de junio de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Estar a la lista provisional de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días contadores desde el día siguiente de la publicación de la Resolución a la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, para presentar las enmiendas o alegaciones que consideren adecuadas.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

X

[24.11.2017] Listas definitivas de las solicitudes presentadas entre el 1 y el 14 de junio de 2017

Requisitos

Estar a la lista definitiva de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Recurso de alzada: 1 mes, contador desde el día siguiente de la publicación de la corrección de errores de la resolución por la cual se aprueban las listas definitivas. Esta corrección de errores se ha publicado el 24 de noviembre de 2017.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

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[25.08-2017]Llistes provisionales solicitudes presentadas entre el 1 al 14 de junio de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Estar a la lista provisional de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días, contadores desde el día siguiente de su publicación a la página web. De 28 de agosto hasta 8 de septiembre de 2017.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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[23.08.2017] Listas definitivas de solicitudes presentadas del 5 de abril al 31 de mayo de 2017

Requisitos

Estar a la lista definitiva de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

1 mes, contadores desde el día siguiente de la publicación de la resolución a la web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros de 23 de agosto de 2017 hasta el 22 de septiembre 2017

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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[22.08.2017] Listas provisionales de solicitudes presentadas del 5 de abril al 31 de mayo de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Estar a la lista provisionales de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días, contadores desde el día siguiente de la publicación de la corrección de errores de la resolución a la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

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Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

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[22.09.2017]Llistes definitivas de solicitudes presentadas del 13 de enero al 31 de marzo de 2017

Requisitos

Estar a la lista definitiva de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Recurso de alzada: 1 mes, contador desde el día siguiente de la publicación de la resolución por la cual se aprueban las listas definitivas.

Del 22 septiembre al 23 de octubre de 2017

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

(centresconcertats@dgplacen.caib.es)

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[20.08.2017] Listas provisionales de solicitudes presentadas de 13 de enero al 31 de marzo de 2017 y presentación de alegaciones

Requisitos

Estar en la lista provisional de solicitudes desestimadas

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días, a contar desde el día siguiente de su publicación en la página Web de 21 de agosto de 2017 al 1 de setiembre de 2017

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

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C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177755 - Fax: 971176906

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Publicació Resolució provisional sol·licituds presentades entre el 24/11 i 22/12/2016 i presentació d'al·legacions

Requisitos

Estar a la llista provisional de sol·licituds desestimades

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 dies, comptadors des de l'endemà de la seva publicació a la pàgina web. Aquest termini comença dia 16 de maig i finalitza el 29 de maig de 2017, ambdós inclosos

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

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Oficinas de la administración

Consorcio para el Fomento de Insfraestructuras Universitarias

Calle D'Alfons el Magnànim 29, 07004, Palma

Fundación Es Baluard Museo de Arte Moderno y Contemporáneo

Plaça Porta de Santa Catalina 10, 07012, Palma

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Calle Mestre Torrandell 59 bajos, 07300, Inca

Tel. 971504279

Consorcio de Aguas de Les Illes Balears

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Carretera De Deià a s/n, 07179, Sóller

Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.

Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma

Tel. 971175600

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Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa

Esad Escola Sup. D'Art Dramàtic Illes Balears (ESADIB)

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Tel. 971713628

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