Obtener ayudas económicas para fomentar el asociacionismo entre cooperativas y sociedades laborales y potenciar el conocimiento del autoempleo colectivo por parte de la sociedad.
Ser entidad asociativa de cooperativas o sociedades laborales, con ámbito territorial del Principado de Asturias, con personalidad jurídica e inscritas en el registro público correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la normativa aplicable.
Estar radicada en el Principado de Asturias.
Haberse constituido legalmente, al menos, en los 3 años anteriores a la solicitud.
Disponer de la estructura y capacidad suficientes para realizar la actividad subvencionable.
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no ser deudora del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Formulario de solicitud.
Copia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
Escritura o acta de constitución de la entidad, a la que se acompañaran los estatutos de la misma.
Escritura de poder, suficiente y subsistente, de la persona física que actúe en nombre y representación de la persona jurídica, salvo que la capacidad de representación se contemple en los estatutos.
Facturas proforma, presupuestos y memoria de la actividad objeto de la subvención.
Ficha de acreedores.
Cuando el importe de gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros, en el supuesto de ejecución de obras, o de 12.000 euros, en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría y asistencia técnica, se aportarán, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, debiendo presentarse, en este último supuesto, declaración responsable respecto a esta circunstancia. Se aportará una memoria justificativa cuando la elección entre las tres ofertas presentadas no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Ultimas cuentas anuales aporbadas así como presupuesto de ingresos y gastos
Memoria donde se recojan las actividades realizadas por la entidad solicitante en el ejercicio anterior y aquellas previstas en el ejercicio para el que solicitan subvención, con especial mención a la implantación de nuevas tecnologías (TIC), mejora de la competitividad y el fomento de la igualdad de oportunidades.
Certificado acreditativo, emitido por el representante legal de la entidad, del número de entidades asociadas, número de sedes abiertas en Asturias y número de trabajadores contratados directamente por la asociación.
Copia de los documentos Recibo de Liquidación de Cotizaciones y TC2-Relación Nominal de Trabajadores, de cotización a la Seguridad Social de la entidad solicitante de los seis meses anteriores a aquel en que se publique la convocatoria.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Los tributos se considerarán gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención sea quien soporte efectivamente la carga tributaria. En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos susceptibles de repercusión, recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.
Tampoco serán subvencionables los intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas o penales, y los gastos derivados de procedimientos judiciales.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
CUANTÍA
Desde:
20/03/2017Hasta:
10/04/2017Paso 1:
Iniciar solicitud
1. BOPA
1.Recurso contencioso-administrativo
Código: 200951172
Más información
Obtener ayudas económicas para, por una parte, fomentar un asesoramiento en las explotaciones productoras de leche con el objetivo de mejorar los resultados económicos así como el respeto para con el medio ambiente y la capacidad de adaptación de dichas explotaciones y, por otra, fomentar la participación de explotaciones productoras de leche en regímenes de certificación de explotaciones.
Ser primeros compradores.
(Definido en el artículo 2 del Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra, que recojan la leche de explotaciones ubicadas en el Principado de Asturias).
Realizar una o varias de las líneas de ayuda especificadas en la base 5ª, en explotaciones ganaderas en las que recoja la leche. Para ello, deberán estar autorizados por el titular de la explotación, conforme al modelo del anexo X. No podrán excluir de la prestación del servicio, por parte del solicitante, a ninguna explotación que demande dichas actuaciones y cumpla con lo establecido en la base 3ª.
Enviar al Servicio de Sanidad y Producción animal, en los primeros 10 días de cada mes, la relación de explotaciones en soporte informático, conforme al modelo del anexo III ?Comunicación de actuaciones mensuales? con las actuaciones llevadas a cabo hasta el final del mes anterior.
Comunicar cualquier variación que se produzca, debidamente documentada, en relación con la información declarada referida a los técnicos, entidades de certificaciones, laboratorios, etc.
Disponer de personal cualificado, con formación o experiencia en materia de asesoramiento en el ámbito de las materias relacionadas con las líneas de ayuda establecidas en la base 5ª.
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según el artículo 13 apartado 2e de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
No estar incursos en el resto de circunstancias y prohibiciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien las actividades subvencionadas, de acuerdo con el apartado d) del artículo 14 de la Ley 38/2003, así como cumplir el resto de las obligaciones contempladas en dicho artículo y demás normas de aplicación.
Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la citada Ley. Dichas medidas consistirán en que todas aquellas publicaciones tales como revistas, folletos, medios audiovisuales y cualquier otra forma de divulgación que se edite con el apoyo de estas ayudas, habrá de incluir la imagen institucional de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales del Principado de Asturias.
Cumplir con lo establecido en el apartado 6 del artículo 22 Reglamento 702/2014, respetando las obligaciones de confidencialidad recogidas en el artículo 13 apartado 2 del Reglamento (UE) nº 1306/2013.
En las explotaciones ganaderas en las que se lleva a cabo el servicio subvencionado se deberán cumplir los siguientes requisitos:
Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal de persona jurídica.
Justificante del poder de representación de la persona que formula la solicitud.
Ficha de acreedores en modelo normalizado.
Relación de explotaciones, según modelo normalizado (anexo VII).
Resumen de actuaciones y gastos solicitados, según modelo normalizado (anexo VIII).
Memoria descriptiva de cada una de las líneas a desarrollar.
Comunicación de actuaciones mensuales, según modelo normalizado (anexo III).
Deberá remitirse al Servicio de Sanidad y Producción animal en los primeros 10 días de cada mes, a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Informe de cumplimiento de parámetros de los últimos 12 meses, según modelo normalizado (anexo IX).
Autorización de los titulares de las explotaciones para la realización de una o varias líneas, según modelo normalizado (anexo X).
Declaración responsable de que ningún titular de explotación que demande los servicios subvencionados y cumpla con lo establecido en la base 3ª ha sido exlcuido de las actuaciones.
Identificación de los técnicos que ejecutan cada una de las líneas, justificante de su titulación académica, formación o experiencia y empresa para la que trabajan.
Contratos con los técnicos o, en su caso, con la empresa para la que trabajan, en los que se especifique los trabajos contratados y el coste de los mismos.
En caso de solicitar línea 3:
En caso de solicitar línea 4:
En caso de solicitar línea 5:
Certificaciones acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y con la Hacienda del Principado y frente a la Seguridad Social.
(Solo cuando en la solicitud se haya ejercido el derecho de oposición a que el Principado de Asturias realice dichas consultas o si dichas certificaciones no están vigentes a la fecha de presentación de la justificación).
Relación de explotaciones con las actuaciones realizadas, según modelo normalizado (anexo III).
Relación de explotaciones que causaron alta o baja, fecha en que se produjeron y relación de explotaciones que incumplieron haber adoptado las recomendaciones reflejadas en los informes emitidos por los técnicos el año anterior y los compromisos adquiridos con el prestador de los servicios para el desarrollo de las líneas.
Informe de cumplimiento de parámetros en los últimos 12 meses, según modelo normalizado (anexo IX).
Memoria de actuación con resultados y conclusiones de las actividades realizadas.
Relación clasificada de gastos, según modelo normalizado (anexo VI).
Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
Documentos acreditativos del pago.
No se admitirán declaraciones hechas por el perceptor acreditando el cobro (recibís, anotaciones en las facturas ), únicamente serán válidos documentos bancarios.
Cuando el gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el apartado 3 art 31de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, los 3 presupuestos solicitados a diferentes proveedores y, si no se elige la oferta más ventajosa, escrito justificándolo.
Relación de otras ayudas que hayan financiado la actividad subvencionable, importe y procedencia.
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español del representante legal.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA
CONCESIÓN DE AYUDAS
Las ayudas se concederán para:
LÍNEAS SUBVENCIONABLES
Se establecen dos tipos de ayuda:
Desde:
07/04/2017Hasta:
08/05/2017Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 2002268
Más información
Obtener subvenciones destinadas a sufragar el coste laboral de los técnicos de empleo y desarrollo local de los ayuntamientos del Principado de Asturias.
Solo se subvencionarán a aquellos ayuntamientos en los que concurran las dos siguientes circunstancias:
En el caso de agrupaciones de ayuntamientos sin personalidad jurídica debe concurrir al menos una de las 2 circunstancias señaladas y además, deben reuninir los requisitos establecidos en la base reguladora 3.2.
Los técnicos de empleo y desarrollo local cuyos costes laborales se subvencionan habrán de ser titulados universitarios, de grado medio o superior, cuya formación sea adecuada para la realización de las funciones descritas en las bases reguladoras.
No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos ayuntamientos que, siendo necesarios, no hubieran obtenido previamente los informes favorables de no duplicidad y de sostenibilidad financiera a que se refiere el artículo 7.4 de la Ley de Bases del Régimen Local.
Formulario de solicitud.
Documentos acreditativos de la personalidad y representación con la que actúa el solicitante
Informe de la intervención municipal comprensivo de los siguientes aspectos:
*En caso de agrupaciones de ayuntamientos deberán presentarse este informe respecto a la totalidad de ayuntamientos que la integran.
Declaración expresa sobre los compromisos de ejecución asumidos por cada uno de los miembros de la agrupación así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos (únicamente en el caso de agrupaciones de ayuntamientos carentes de personalidad jurídica).
Ficha de acreedores.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, los beneficiarios de las presentes ayudas por tratarse de personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos por lo que la presentación de las solicitudes se podrá realizar por los siguientes medios:
COFINANCIACIÓN
Estas subvenciones están cofinanciadas por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias y por el Servicio Público de Empleo Estatal.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se subvencionan los costes laborales que se devenguen entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017 por los técnicos de empleo y desarrollo local de las entidades beneficiarias.
CUANTÍA
La cuantía de la subvención a conceder será la resultante de aplicar los criterios de reparto establecidos en la base séptima de las reguladoras, siendo los importes de subvención mínima y media en ambos casos 22.500.
PAGO
JUSTIFICACIÓN
La documentación justificativa de la subvención, establecida en la base decimosegunda, se presentará antes del 30 de septiembre de 2017.
FUNCIONES DE LOS SERVICIOS DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL
Desde:
02/11/2016Hasta:
22/11/2016Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación telemática: En el caso de no ser posible la notificación por medios electrónicos se realizará notificación por correo certificado con acuse de recibo.
1.Recurso contencioso-administrativo
Código: 201300016
1.Abonar las tasas correspondientes.
1.
Certificado Digital oDNI electrónico
ENTIDAD BANCARIA
IMPORTE DE LA SUSCRIPCIÓN
Anual, 4 DVDs trimestrales, por año | 66,40 |
Unidad de DVD de cada trimestre | 16,66 |
ALTAS
Las altas se harán efectivas A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DEL IMPRESO 046-A1, en las Oficinas del BOPA.
MÁS INFORMACIÓN
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
Código: 20022650
Tener personalidad jurídica.
Carecer de fines lucrativos.
Disponer de los medios propios adecuados para el cumplimiento de las acciones objeto del convenio a suscribir, tanto recursos humanos como medios materiales, de acuerdo con la normativa vigente.
Tener capacidad de obrar en los términos previstos en el Código Civil.
Copia compulsada de la escritura pública de constitución y de los estatutos, donde conste que disponen de personalidad jurídica y capacidad de obrar y carecen de ánimo de lucro (se exceptúan de este requisito a las Administraciones o entidades públicas).
Compromiso del representante legal de la entidad asociada solicitante, en el que se indique que, si el coste de las acciones resulta superior a las subvenciones que se concedan, la diferencia no se repercutirá a los demandantes de empleo atendidos.
Memoria-proyecto técnico y de gestión, en el que se recojan:
PLANES DE SERVICIOS INTEGRADOS PARA EL EMPLEO
Consistirán en actuaciones de carácter personalizado y sistemático que integren el proceso completo de acompañamiento del demandante de empleo para su inserción laboral, los cuales pueden ser realizados por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, mediante la suscripción del correspondiente convenio de colaboración con la Administración.
MODIFICACIÓN
Al menos 3 meses antes de la fecha de vencimiento del Convenio inicial podrá solicitarse la modificación del mismo, para lo cual habrá de presentarse:
PRÓRROGA
Entre 4 y 3 meses antes de la finalización del Convenio inicial podrá solicitarse la prórroga del mismo, para lo cual habrá de presentarse:
En caso de ser aceptada la prórroga, se incluirá como anexo del Convenio cuya duración se ampliará e ira firmada por las partes concertantes de la misma.
VIGENCIA
La duración de los convenios será la correspondiente al ejercicio presupuestario salvo que, por mutuo acuerdo, se pacte una mayor duración, si bien en este caso, la financiación deberá vincularse a cada ejercicio presupuestario.
EXTINCIÓN
En caso de incumplimiento por la Administración de las estipulaciones contenidas en el Convenio podrá solicitarse la extinción del mismo, para lo cual habrá de presentarse:
Otras causas de extinción de los Convenios serán:
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20021568
Más información
Tener personalidad jurídica.
Carecer de fines lucrativos.
Disponer de los medios propios adecuados para el cumplimiento de las acciones objeto del convenio a suscribir, tanto recursos humanos como medios materiales, de acuerdo con la normativa vigente.
Tener capacidad de obrar en los términos previstos en el Código Civil.
Copia compulsada de la escritura pública de constitución y de los estatutos, donde conste que disponen de personalidad jurídica y capacidad de obrar y carecen de ánimo de lucro (se exceptúan de este requisito a las Administraciones o entidades públicas).
Compromiso del representante legal de la entidad asociada solicitante, en el que se indique que, si el coste de las acciones resulta superior a las subvenciones que se concedan, la diferencia no se repercutirá a los demandantes de empleo atendidos.
Memoria-proyecto técnico y de gestión, en el que se recojan:
PLANES DE SERVICIOS INTEGRADOS PARA EL EMPLEO
Consistirán en actuaciones de carácter personalizado y sistemático que integren el proceso completo de acompañamiento del demandante de empleo para su inserción laboral, los cuales pueden ser realizados por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, mediante la suscripción del correspondiente convenio de colaboración con la Administración.
MODIFICACIÓN
Al menos 3 meses antes de la fecha de vencimiento del Convenio inicial podrá solicitarse la modificación del mismo, para lo cual habrá de presentarse:
PRÓRROGA
Entre 4 y 3 meses antes de la finalización del Convenio inicial podrá solicitarse la prórroga del mismo, para lo cual habrá de presentarse:
En caso de ser aceptada la prórroga, se incluirá como anexo del Convenio cuya duración se ampliará e ira firmada por las partes concertantes de la misma.
VIGENCIA
La duración de los convenios será la correspondiente al ejercicio presupuestario salvo que, por mutuo acuerdo, se pacte una mayor duración, si bien en este caso, la financiación deberá vincularse a cada ejercicio presupuestario.
EXTINCIÓN
En caso de incumplimiento por la Administración de las estipulaciones contenidas en el Convenio podrá solicitarse la extinción del mismo, para lo cual habrá de presentarse:
Otras causas de extinción de los Convenios serán:
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20021568
DURACIÓN
La suspensión firme por sanción disciplinaria no podrá exceder de 6 años.
EFECTOS
Código: 20022652
PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LA TARJETA
Corresponde al Ayuntamiento donde resida la persona interesada la tramitación y concesión/denegación de la tarjeta de estacionamiento.
El Ayuntamiento remitirá copia de la solicitud y de la documentación que la acompaña al Centro de Valoración de Personas Con Discapacidad correspondiente de la Consejería Bienestar Social y Vivienda, para que por parte de los Equipos de Valoración y Orientación, se emita, en el plazo máximo de un mes el dictamen preceptivo y vinculante para la concesión de la tarjeta.
Si el reconocimiento de discapacidad ha sido realizado tiempo atrás y/ o la situación de movilidad se ha visto agravada, se deberá aportar con la solicitud informes médicos actualizados del estado de salud de la persona solicitante.
REQUISISTOS
CARACTERÍSTICAS DE LA TARJETA
Es personal e intransferible.
Sólo puede ser utilizada cuando el titular es transportado en el vehículo o cuando sea conducido por él.
Para más información sobre este tema
Ayuntamientos
Servicios Sociales Municipales del Principado de Asturias
Código: 20051664
Más información
PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LA TARJETA
Corresponde al Ayuntamiento donde resida la persona interesada la tramitación y concesión/denegación de la tarjeta de estacionamiento.
El Ayuntamiento remitirá copia de la solicitud y de la documentación que la acompaña al Centro de Valoración de Personas Con Discapacidad correspondiente de la Consejería Bienestar Social y Vivienda, para que por parte de los Equipos de Valoración y Orientación, se emita, en el plazo máximo de un mes el dictamen preceptivo y vinculante para la concesión de la tarjeta.
Si el reconocimiento de discapacidad ha sido realizado tiempo atrás y/ o la situación de movilidad se ha visto agravada, se deberá aportar con la solicitud informes médicos actualizados del estado de salud de la persona solicitante.
REQUISISTOS
CARACTERÍSTICAS DE LA TARJETA
Es personal e intransferible.
Sólo puede ser utilizada cuando el titular es transportado en el vehículo o cuando sea conducido por él.
Para más información sobre este tema
Ayuntamientos
Servicios Sociales Municipales del Principado de Asturias
Código: 20051664
Tramitar los expedientes sancionadores relativos a las infracciones establecidas en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden social.
1.
Plazo de resolución del expediente: 6 meses desde la fecha del acta de infracción.
Código: 2003124
Más información