Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la inscripción de una explotación en el Registro de explotaciones ganaderas, así como tramitar la modificación de los datos de la explotación obrantes en dicho registro.

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    Requisitos

    1.

    Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.

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    Necesitas

    1. Memoria descriptiva de la actividad, en la que se señale:

      • especies animales albergadas
      • sistema de explotación
      • producciones previstas
      • destino de las mismas
      • programa sanitario
      • programa de gestión de purines o estiércol
      • procedimiento empleado para la gestión de cadáveres
    2. Croquis de las instalaciones (cuadras, almacén de alimentos, estercolero,…) con la distribución y medidas aproximadas de los distintos compartimentos, plazas y pasillos, y la disposición de los comederos, bebederos y puntos de luz. En producción lechera se deberán contemplar, además, los equipos de ordeño y de almacenamiento de leche. No será necesario aportar croquis cuando se trate de una explotación apícola o de tipo pastos.

    3. Plano SIGPAC que permita la localización geográfica de cada establo/asentamiento, con datos de municipio, zona, polígono y parcela, señalando qué edificación corresponde al establo. En caso de asentamientos apícolas, se aportará uno por cada uno de los colmenares, señalando con varias X la superficie ocupada por las colmenas, al objeto de poder valorar si cumplen las distancias mínimas que fija la normativa. En caso de explotaciones del tipo pastos plano SIGPAC de cada una de las parcelas agrícolas.

    4. Informe/s municipal/es acreditativo/s de que la tenencia de animales de esa/s especie/s en cada establo/s - asentamiento/s que se pretenda registrar no incumple ninguna normativa de competencia municipal. Se admitirán los informes emitidos en los 6 meses anteriores al registro de entrada de la solicitud (si se tratara de una licencia municipal no se establece plazo).

      Si el informe o licencia no viniera a nombre del solicitante, deberá presentarse además un justificante de cesión de las instalaciones a favor del solicitante.

      NOTA.- No se requerirá informe municipal en aquellas explotaciones de tipo pastos, ni en ampliaciones de capacidad de establos/asentamientos ya registrados cuando se hubiera aportado el informe municipal para ese establo/asentamiento en el momento de su registro.

    5. Justificante del pago de las tasas de inscripción en registros oficiales.

      En solicitudes de alta se liquidará el importe previsto en la Ley de Tasas del Principado de Asturias para una 1ª inscripción cuando el solicitante no tenga una explotación ganadera registrada a su nombre, pues si ya la tiene registrada se le aplica la tasa correspondiente a modificaciones de la inscripción inicial.

    6. Documentación específica para explotaciones de autoconsumo.

      (Solo en bovino, porcino y apicultura, en el resto de especies no está contemplada la inscripción como autoconsumo):

      • Declaración jurada del titular en la que se indique que las producciones tendrán como único destino el consumo familiar, que conoce la legislación sobre sanidad y bienestar animal y que el censo máximo, según especie, no será superior a 1,8 UGM de bovinos no reproductores, a 5 cerdos de cebo o a 15 colmenas.
      • Copia del NIF.

      • Documento de constitución y/o estatutos (en el caso de Sociedades Civiles, elevados a escritura pública).

      • Justificante del poder de representación en su representante legal.

      • Declaración del titular de que los asentamientos apícolas de la explotación cumplen las distancias establecidas en el Real Decreto 209/2002.

      • En explotaciones trashumantes, además:

        • Declaración de situación censal emitida por la Agencia Tributaria en la que conste que el domicilio fiscal del titular radica en el Principado de Asturias.
      • Memoria específica con Indicación de la persona responsable de los animales a efectos de bienestar animal.

      • El programa sanitario incluido en la memoria deberá estar suscrito por un veterinario.

      • En el caso de salida al exterior: Plano SIGPAC de cada parcela utlizada.

      • Plano/s SIGPAC de cada localización en las que existan estanques.

      • Memoria de la actividad suscrita por un veterinario.

      • Concesión de aguas otorgada por la Confederación Hidrográfica para dicha finalidad y de la que el titular demuestre ser beneficiario.

      • Memoria específica (salvo en explotaciones de autoconsumo).

      • Además del plano SIGPAC de cada establo de la explotación, se aportarán planos SIGPAC correspondientes a todas las parcelas con que cuente la explotación para su uso por los animales.

      • En aquellas solicitudes de cambio de orientación productiva hacia autoconsumo (solo admitido en bovino, porcino y apicultura), de disminución en la capacidad de una subexplotación, de baja de alguna de las ubicaciones o de baja de alguna subexplotación=especie, será suficiente con aportar la documentación prevista para solicitudes de baja de la explotación o de modificación de datos del titular (código 201200100). Esta misma documentación será la necesaria para los cambios de clasificación del sistema productivo en explotaciones apícolas (de estante a trashumante, o viceversa), aunque si el paso es hacia trashumante debe aportarse además una declaración de situación censal emitida por la Agencia Tributaria en la que conste que el domicilio fiscal del titular radica en el Principado de Asturias.

        En el caso de solicitarse el alta de explotaciones de aves de corral o conejos con la orientación zootécnica de ocio y exposición que cumplan lo indicado en la declaración indicada en el último apartado, únicamente se requerirá:

        • Copia del DNI en vigor del solicitante (en el caso de personas jurídicas, fotocopia del DNI en vigor del representante legal), salvo que se marque la casilla del formulario de solicitud que autoriza a la Administración del Principado de Asturias a recabar del Ministerio del Interior la información relativa a sus datos de identidad.
        • Cuando el solicitante sea una persona jurídica:
          • copia del NIF
          • documento de constitución y/o estatutos (en el caso de Sociedades Civiles, elevados a escritura pública)
          • justificante del poder de representación en su representante legal
        • Plano/s SIGPAC que permita la localización geográfica de cada establo de la explotación, con datos de municipio, zona, polígono y parcela, señalando qué edificación corresponde al establo.
        • Declaración del titular de que su explotación no tendrá una finalidad comercial, por tanto sin venta de alimentos o animales, y comprometiéndose a no sobrepasar:
          • Un censo máximo de 50 reproductoras y una producción máxima anual equivalente a 210 Kg de peso vivo en aves.
          • Un censo máximo de 5 reproductoras en conejos.
    7. Certificado Digital oDNI electrónico

    8. Si en tu solicitud NO autorizas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas necesitas además:
    9. Copia del DNI en vigor del solicitante (en el caso de personas jurídicas, fotocopia del DNI en vigor del representante legal.

    Te interesa saber

    1. EXCEPCIONES

      No se requerirán informe / licencia municipal ni justificante de pago de tasas en aquellas solicitudes de cambio de orientación productiva que estén referidas a la misma especie.

      Si la solicitud es de cambio de orientación productiva hacia autoconsumo (solo admitido en bovino, porcino y apicultura), de disminución de la capacidad de una subexplotación, de baja de alguna de las ubicaciones o de baja de alguna subexplotación=especie será suficiente con aportar la documentación prevista en la Ficha de Servicio 201200100 para solicitudes de baja de la explotación o de modificación de datos del titular.

      En solicitudes de cambio de clasificación del sistema productivo de explotaciones apícolas (de estante a trashumante, o viceversa) será suficiente con aportar la documentación prevista en la citada Ficha de Servicio 201200100 y, si el paso es a trashumante, además, un justificante de la Agencia Tributaria de que el domicilio fiscal del titular radica en Asturias.

    2. TASAS

      En el momento de presentar la solicitud, el personal auxiliar/administrativo de las Oficinas Comarcales generará una liquidación en concepto de tasa , cuyo importe variará según se trate de:

      - Primera inscripción (25,45 €). Cuando el solicitante no tenga ninguna otra explotación ganadera registrada en el Principado de Asturias.

      - Modificaciones en la inscripción inicial (12,73 €). Si el solicitante ya consta como titular de una explotación registrada en Asturias.

      - Expedición de certificaciones (5,05 €). Cuando se solicita un certificado de los datos obrantes en el Registro de Explotaciones Ganaderas.

    3. RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES

      Esta solicitud, puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.

      Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).

      Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201200098

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar la baja de la explotación ganadera o la modificación de datos de su titular en el Registro de explotaciones ganaderas.

    Requisitos

    1.

    Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.

    Necesitas

      • Acreditación de la representación, salvo que se indique el Código Seguro de Verificación del poder notarial que la acredite o, en el caso de personas jurídicas, que dicha representación venga recogida en su documento de constitución o estatutos y se aporten estos.

      • Copia de la documentación acreditativa del tipo de relación que dichas personas tienen con el titular de la explotación: socio, cónyuge, hijo, etc.

      • Copia del certificado de últimas voluntades del titular de la explotación.

      • Copia del Testamento del titular de la explotación o, de no existir, de su Declaración de herederos. En defecto de ambos, fotocopia compulsada de todas las hojas del Libro de Familia hasta la primera página en blanco, esta incluida.

      • Cuando proceda, un documento firmado por todos los herederos en el que manifiesten su conformidad con que la explotación ganadera pase a nombre del nuevo titular (no será necesario si existe testamento y en él aparece como usufructuario el nuevo titular).

    1. Certificado Digital oDNI electrónico

    2. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    3. Copia del DNI en vigor del solicitante.

    4. Copia del NIF del solicitante.

    5. Original o fotocopia compulsada del poder notarial que acredite la representación.

    6. Copia del certificado de defunción del titular de la explotación.

    Te interesa saber

    1. TASAS

      Importante: estas solicitudes quedan exentas de tasa.

    2. RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES

      Esta solicitud puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.

      Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, el Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).

      Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201200100

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar la baja de la explotación ganadera o la modificación de datos de su titular en el Registro de explotaciones ganaderas.

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    Requisitos

    1.

    Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.

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    Necesitas

      • Copia del NIF.

      • Justificante del poder de representación en su representante legal.

      • Documentación acreditativa del tipo de relación que dichas personas tienen con el titular: socio, cónyuge, hijo, etc.

      • Certificado de defunción.

      • Certificado de últimas voluntades.

      • Testamento o, de no existir, declaración de herederos o copia compulsada de todas las hojas del Libro de Familia hasta la primera página en blanco, esta incluida.

      • Cuando proceda, un documento firmado por todos los herederos en el que manifiesten su conformidad con que la explotación ganadera pase a nombre del nuevo titular (no será necesario si existe testamento y en él aparece como usufructuario el nuevo titular).

    1. Certificado Digital oDNI electrónico

    2. Si en tu solicitud NO autorizas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas necesitas además:
    3. Copia del DNI en vigor del solicitante (en el caso de personas jurídicas, fotocopia del DNI en vigor del representante legal).

    Te interesa saber

    1. TASAS

      Importante: estas solicitudes quedan exentas de tasa.

    2. RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES

      Esta solicitud puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.

      Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, el Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).

      Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201200100

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar el cambio de titularidad de una explotación ganadera.

    Requisitos

    1.

    Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.

    Necesitas

      • Plano/s SIGPAC que permita la localización geográfica de cada establo/asentamiento de la explotación, con datos de municipio, zona, polígono y parcela, señalando qué edificación corresponde al establo y especie/s que alberga. En caso de asentamientos apícolas, se aportará uno por cada uno de los colmenares que consten registrados, señalando con varias X la superficie ocupada por colmenas.

      • Justificante del pago de la tasa correspondiente (excepto en cambios de titularidad por defunción).

        La tasa será abonada indistintamente por el antiguo o por el nuevo titular.

      • Copia del documento de constitución y/o estatutos (en Sociedades Civiles, elevados a escritura pública).

      • Acreditación de la representación, salvo que se indique el Código Seguro de Verificación del poder notarial que la acredite o, en el caso de personas jurídicas, que dicha representación venga recogida en el documento de constitución o estatutos y se aporten estos.

      • Copia del Certificado de últimas voluntades del titular de la explotación.

      • Copia del Testamento del titular de la explotación o, de no existir, de su Declaración de Herederos. En defecto de ambos, fotocopia compulsada de todas las hojas del Libro de Familia hasta la primera página en blanco, esta incluida.

      • Cuando proceda, un documento firmado por todos los herederos del titular de la explotación en el que manifiesten su conformidad con que la explotación ganadera pase a nombre del nuevo titular (no será necesario si existe testamento y en él aparece como usufructuario el nuevo titular).

    1. Certificado Digital oDNI electrónico

    2. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    3. Copia del DNI en vigor del solicitante o, en su caso, del representante legal

    4. Copia del NIF del solicitante.

    5. Original o fotocopia compulsada del poder notarial que acredite la representación.

    6. Copia del Certificado de defunción del titular de la explotación.

    Te interesa saber

    1. TASAS

      Antes de presentar la solicitud, los interesados deberán dirigirse al personal auxiliar / administrativo de las Oficinas Comarcales para que les sea generada una liquidación en concepto de tasa, con el código 10202, correspondiente a Modificaciones en la inscripción inicial.

    2. RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES

      Esta solicitud puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.

      Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).

      Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201200099

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar el cambio de titularidad de una explotación ganadera.

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    Requisitos

    1.

    Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Plano/s SIGPAC que permita la localización geográfica de cada establo/asentamiento de la explotación, con datos de municipio, zona, polígono y parcela, señalando qué edificación corresponde al establo y especie/s que alberga. En caso de asentamientos apícolas, se aportará uno por cada uno de los colmenares que consten registrados, señalando con varias X la superficie ocupada por colmenas.

    2. Justificante del pago de las tasas de inscripción en registros oficiales (excepto en cambios de titularidad por defunción).

      La tasa será abonada indistintamente por el antiguo o por el nuevo titular.

      • Copia del NIF.

      • Justificante del poder de representación en el representante legal.

      • Copia del NIF.

      • Justificante del poder de representación en el representante legal.

      • Documento de constitución y/o estatutos (en Sociedades Civiles, elevados a escritura pública).

      • Certificado de defunción.

      • Certificado de últimas voluntades.

      • Testamento o, de no existir, declaración de herederos o copia compulsada de todas las hojas del Libro de Familia hasta la primera página en blanco, esta incluida.

      • Cuando proceda, un documento firmado por todos los herederos en el que manifiesten su conformidad con que la explotación ganadera pase a nombre del nuevo titular (no será necesario si existe testamento y en él aparece como usufructuario el nuevo titular).

    3. Certificado Digital oDNI electrónico

    4. Si en tu solicitud NO autorizas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas necesitas además:
    5. Copia del DNI en vigor del solicitante (en el caso de personas jurídicas, fotocopia del DNI en vigor del representante legal).

    Te interesa saber

    1. TASAS

      En el momento de presentar la solicitud, el personal auxiliar/administrativo de las Oficinas Comarcales de Agroganadería generará una liquidación en concepto de tasa por Modificaciones en la inscripción inicial , cuyo importe será de 12,73 €.

    2. RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES

      Esta solicitud puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.

      Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).

      Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201200099

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Trámites de identificación individual y movimientos de bovinos.

    Requisitos

    1. Ser titular de explotación ganadera con ganado bovino

    2. Para realizar el trámite vía web:

      • Estar dado de alta como tramitador en RIIA/REMO a través de internet

    Necesitas

    1.

    Clave SAC

    Te interesa saber

    1. TRÁMITES QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB

      • Notificación de alta por nacimiento
      • Comunicación de movimiento sin Guía de Origen y Sanidad Pecuaria
      • Solicitud de guía de Origen y Sanidad Pecuaria
      • Confirmación de Guía de Origen y Sanidad Pecuaria
    2. CONSULTAS QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB

      • Consultas por animales
      • Guías sanitarias disponibles
      • Consultas por explotación
    3. El resto de servicios RIIA/REMO se realizarán presencialmente.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación personal: Oficina Comarcal.

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 2002279

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Trámites de identificación individual y movimientos de bovinos.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Ser titular de explotación ganadera con ganado bovino

    2. Para realizar el trámite vía web:

      • Estar dado de alta como tramitador en RIIA/REMO a través de internet

    Imprimir

    Necesitas

    1.

    Clave SAC

    Te interesa saber

    1. TRÁMITES QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB

      • Notificación de alta por nacimiento
      • Comunicación de movimiento sin Guía de Origen y Sanidad Pecuaria
      • Solicitud de guía de Origen y Sanidad Pecuaria
      • Confirmación de Guía de Origen y Sanidad Pecuaria
    2. CONSULTAS QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB

      • Consultas por animales
      • Guías sanitarias disponibles
      • Consultas por explotación
    3. El resto de servicios RIIA/REMO se realizarán presencialmente.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación personal: Oficina Comarcal.

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 2002279

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Inscribirse en el registro de instalaciones petrolíferas para uso propio anejas a instalaciones de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria (Ver Otros Datos de Interés).

    Requisitos

    1. Ser almacenamiento anejo a instalaciones de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.

    2. Capacidad de almacenamiento superior a los 1.000 litros.

    Necesitas

    1. En el caso de instalaciones con capacidad entre 1.000 Y 3.000 litros (interior) o entre 1.000 Y 5.000 litros (exterior), memoria técnica suscrita por instalador autorizado de una empresa instaladora.

    2. En el caso de instalaciones con capacidad superior a 3.000 litros (interior) o 5.000 litros (exterior), proyecto de la instalación firmado por técnico titulado competente, en el que se ponga de manifiesto el cumplimiento de las especificaciones exigidas por las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas que le correspondan, así como las prescritas por las demás disposiciones legales que le afecten.

    3. MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS INSTALACIONES

      Presentar un proyecto o documento indicando las modificaciones a realizar.

    4. PUESTA EN SERVICIO

      Certificado final de obra de almacenamiento, acompañado de otra documentación, según los casos (ver Otros Datos de Interés).

    5. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DESTINATARIOS

      Titulares de instalaciones de almacenamiento de gasóleo para climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.

    2. OBJETO

      El registro está incluido en el de instalaciones de climatización, calefacción y agua caliente sanitaria (para cuya alimentación se almacena el gasóleo).

      Están exentas de inscripción los almacenamientos en depósitos de capacidad igual o inferior a 1.000 litros. La inscripción en el registro se tramita conjuntamente con el registro de la instalación de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.

    3. CERTIFICADO

      El certificado exigido para la puesta en marcha será extendido por el instalador que haya realizado el montaje, por el director de la obra o por un organismo de control.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Fluidos y Metrología

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021491

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Inscribirse en el registro de instalaciones petrolíferas para uso propio anejas a instalaciones de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria (Ver Otros Datos de Interés).

    Imprimir

    Requisitos

    1. Ser almacenamiento anejo a instalaciones de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.

    2. Capacidad de almacenamiento superior a los 1.000 litros.

    Imprimir

    Necesitas

    1. En el caso de instalaciones con capacidad entre 1.000 Y 3.000 litros (interior) o entre 1.000 Y 5.000 litros (exterior), memoria técnica suscrita por instalador autorizado de una empresa instaladora.

    2. En el caso de instalaciones con capacidad superior a 3.000 litros (interior) o 5.000 litros (exterior), proyecto de la instalación firmado por técnico titulado competente, en el que se ponga de manifiesto el cumplimiento de las especificaciones exigidas por las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas que le correspondan, así como las prescritas por las demás disposiciones legales que le afecten.

    3. MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS INSTALACIONES

      Presentar un proyecto o documento indicando las modificaciones a realizar.

    4. PUESTA EN SERVICIO

      Certificado final de obra de almacenamiento, acompañado de otra documentación, según los casos (ver Otros Datos de Interés).

    5. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DESTINATARIOS

      Titulares de instalaciones de almacenamiento de gasóleo para climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.

    2. OBJETO

      El registro está incluido en el de instalaciones de climatización, calefacción y agua caliente sanitaria (para cuya alimentación se almacena el gasóleo).

      Están exentas de inscripción los almacenamientos en depósitos de capacidad igual o inferior a 1.000 litros. La inscripción en el registro se tramita conjuntamente con el registro de la instalación de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.

    3. CERTIFICADO

      El certificado exigido para la puesta en marcha será extendido por el instalador que haya realizado el montaje, por el director de la obra o por un organismo de control.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Fluidos y Metrología

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021491

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Registrar las instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos.

    Requisitos

    1.

    Titulares de instalaciones de almacenamiento de productos químicos incluidas en el ámbito de aplicación de alguno de los siguientes Reales Decretos:

    • Real Decreto 379/2001, de 6 de abril
    • Real Decreto 2016/2004, de 11 de octubre
    • Real Decreto 888/2006, de 21 de julio.
    • Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero.

    Necesitas

    1. Inscripción de instalaciones:

      • Para la instalación, ampliación, modificación o traslado de las instalaciones referidas en el artículo 1, destinadas a contener productos químicos peligrosos, el titular presentará ante el órgano competente de la comunidad autónoma, un proyecto firmado por técnico competente. Si existe instrucción técnica complementaria (ITC), el proyecto se redactará de conformidad a lo previsto en la misma.
      • En los casos de ampliación, modificación o traslado el proyecto se referirá a lo ampliado, modificado o trasladado y a lo que, como consecuencia, resulte afectado.
      • Los documentos mínimos del proyecto podrán disminuirse y simplificarse proporcionalmente al objeto del proyecto, sin detrimento de la seguridad y sin perjuicio de que el órgano competente de la Comunidad Autónoma le requiera documentación complementaria.

      No obstante lo indicado en los párrafos anteriores, el Reglamento o las instrucciones técnicas complementarias podrán establecer la sustitución del proyecto por otro documento más sencillo, en aquellos casos en que la menor peligrosidad y condiciones de dicho almacenamiento así lo aconsejen. También se pondrá de manifiesto el cumplimiento de las especificaciones exigidas por otras disposiciones legales que les afecten.

    2. Puesta en servicio:

      Finalizadas las obras de ejecución de las instalaciones, el titular comunicará la puesta en servicio al órgano competente de la comunidad autónoma presentando además la siguiente documentación:

      • Certificación suscrita por el técnico titulado director de obra, en la que haga constar, bajo su responsabilidad, que las instalaciones se han ejecutado y probado de acuerdo con el proyecto presentado, así como que cumplen las prescripciones contenidas en este Reglamento y, en su caso, en sus instrucciones técnicas complementarias.
      • Para las instalaciones que no precisen proyecto se requerirá un certificado, suscrito por un organismo de control autorizado, en el que se acreditará el cumplimiento de las prescripciones contenidas en este reglamento y, en su caso, en sus correspondientes instrucciones técnicas complementarias.
      • Se acompañarán igualmente los documentos que pongan de manifiesto el cumplimiento de las exigencias formuladas por las demás disposiciones legales que afecten a la instalación.
      • Certificado de construcción de los recipientes extendido por el fabricante, o, si se trata de recipientes móviles, acreditación extendida por los respectivos fabricantes de que los recipientes móviles cumplen con las condiciones constructivas, pruebas y máximas capacidades unitarias establecidas en el Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR).
    3. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    DESTINATARIOS

    Propietarios de establecimientos y almacenes, incluidos los recintos comerciales y de servicios, que precisen instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos, y sus servicios auxiliares.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021488

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

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