Obtener la inscripción de una explotación en el Registro de explotaciones ganaderas, así como tramitar la modificación de los datos de la explotación obrantes en dicho registro.
1.
Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.
Memoria descriptiva de la actividad, en la que se señale:
Croquis de las instalaciones (cuadras, almacén de alimentos, estercolero, ) con la distribución y medidas aproximadas de los distintos compartimentos, plazas y pasillos, y la disposición de los comederos, bebederos y puntos de luz. En producción lechera se deberán contemplar, además, los equipos de ordeño y de almacenamiento de leche. No será necesario aportar croquis cuando se trate de una explotación apícola o de tipo pastos.
Plano SIGPAC que permita la localización geográfica de cada establo/asentamiento, con datos de municipio, zona, polígono y parcela, señalando qué edificación corresponde al establo. En caso de asentamientos apícolas, se aportará uno por cada uno de los colmenares, señalando con varias X la superficie ocupada por las colmenas, al objeto de poder valorar si cumplen las distancias mínimas que fija la normativa. En caso de explotaciones del tipo pastos plano SIGPAC de cada una de las parcelas agrícolas.
Informe/s municipal/es acreditativo/s de que la tenencia de animales de esa/s especie/s en cada establo/s - asentamiento/s que se pretenda registrar no incumple ninguna normativa de competencia municipal. Se admitirán los informes emitidos en los 6 meses anteriores al registro de entrada de la solicitud (si se tratara de una licencia municipal no se establece plazo).
Si el informe o licencia no viniera a nombre del solicitante, deberá presentarse además un justificante de cesión de las instalaciones a favor del solicitante.
NOTA.- No se requerirá informe municipal en aquellas explotaciones de tipo pastos, ni en ampliaciones de capacidad de establos/asentamientos ya registrados cuando se hubiera aportado el informe municipal para ese establo/asentamiento en el momento de su registro.
Justificante del pago de las tasas de inscripción en registros oficiales.
En solicitudes de alta se liquidará el importe previsto en la Ley de Tasas del Principado de Asturias para una 1ª inscripción cuando el solicitante no tenga una explotación ganadera registrada a su nombre, pues si ya la tiene registrada se le aplica la tasa correspondiente a modificaciones de la inscripción inicial.
Documentación específica para explotaciones de autoconsumo.
(Solo en bovino, porcino y apicultura, en el resto de especies no está contemplada la inscripción como autoconsumo):
Copia del NIF.
Documento de constitución y/o estatutos (en el caso de Sociedades Civiles, elevados a escritura pública).
Justificante del poder de representación en su representante legal.
Declaración del titular de que los asentamientos apícolas de la explotación cumplen las distancias establecidas en el Real Decreto 209/2002.
En explotaciones trashumantes, además:
Memoria específica con Indicación de la persona responsable de los animales a efectos de bienestar animal.
El programa sanitario incluido en la memoria deberá estar suscrito por un veterinario.
En el caso de salida al exterior: Plano SIGPAC de cada parcela utlizada.
Plano/s SIGPAC de cada localización en las que existan estanques.
Memoria de la actividad suscrita por un veterinario.
Concesión de aguas otorgada por la Confederación Hidrográfica para dicha finalidad y de la que el titular demuestre ser beneficiario.
Memoria específica (salvo en explotaciones de autoconsumo).
Además del plano SIGPAC de cada establo de la explotación, se aportarán planos SIGPAC correspondientes a todas las parcelas con que cuente la explotación para su uso por los animales.
En aquellas solicitudes de cambio de orientación productiva hacia autoconsumo (solo admitido en bovino, porcino y apicultura), de disminución en la capacidad de una subexplotación, de baja de alguna de las ubicaciones o de baja de alguna subexplotación=especie, será suficiente con aportar la documentación prevista para solicitudes de baja de la explotación o de modificación de datos del titular (código 201200100). Esta misma documentación será la necesaria para los cambios de clasificación del sistema productivo en explotaciones apícolas (de estante a trashumante, o viceversa), aunque si el paso es hacia trashumante debe aportarse además una declaración de situación censal emitida por la Agencia Tributaria en la que conste que el domicilio fiscal del titular radica en el Principado de Asturias.
En el caso de solicitarse el alta de explotaciones de aves de corral o conejos con la orientación zootécnica de ocio y exposición que cumplan lo indicado en la declaración indicada en el último apartado, únicamente se requerirá:
Copia del DNI en vigor del solicitante (en el caso de personas jurídicas, fotocopia del DNI en vigor del representante legal.
EXCEPCIONES
No se requerirán informe / licencia municipal ni justificante de pago de tasas en aquellas solicitudes de cambio de orientación productiva que estén referidas a la misma especie.
Si la solicitud es de cambio de orientación productiva hacia autoconsumo (solo admitido en bovino, porcino y apicultura), de disminución de la capacidad de una subexplotación, de baja de alguna de las ubicaciones o de baja de alguna subexplotación=especie será suficiente con aportar la documentación prevista en la Ficha de Servicio 201200100 para solicitudes de baja de la explotación o de modificación de datos del titular.
En solicitudes de cambio de clasificación del sistema productivo de explotaciones apícolas (de estante a trashumante, o viceversa) será suficiente con aportar la documentación prevista en la citada Ficha de Servicio 201200100 y, si el paso es a trashumante, además, un justificante de la Agencia Tributaria de que el domicilio fiscal del titular radica en Asturias.
TASAS
En el momento de presentar la solicitud, el personal auxiliar/administrativo de las Oficinas Comarcales generará una liquidación en concepto de tasa , cuyo importe variará según se trate de:
- Primera inscripción (25,45 ). Cuando el solicitante no tenga ninguna otra explotación ganadera registrada en el Principado de Asturias.
- Modificaciones en la inscripción inicial (12,73 ). Si el solicitante ya consta como titular de una explotación registrada en Asturias.
- Expedición de certificaciones (5,05 ). Cuando se solicita un certificado de los datos obrantes en el Registro de Explotaciones Ganaderas.
RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES
Esta solicitud, puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.
Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).
Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo ordinario
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201200098
Solicitar la baja de la explotación ganadera o la modificación de datos de su titular en el Registro de explotaciones ganaderas.
1.
Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.
Acreditación de la representación, salvo que se indique el Código Seguro de Verificación del poder notarial que la acredite o, en el caso de personas jurídicas, que dicha representación venga recogida en su documento de constitución o estatutos y se aporten estos.
Copia de la documentación acreditativa del tipo de relación que dichas personas tienen con el titular de la explotación: socio, cónyuge, hijo, etc.
Copia del certificado de últimas voluntades del titular de la explotación.
Copia del Testamento del titular de la explotación o, de no existir, de su Declaración de herederos. En defecto de ambos, fotocopia compulsada de todas las hojas del Libro de Familia hasta la primera página en blanco, esta incluida.
Cuando proceda, un documento firmado por todos los herederos en el que manifiesten su conformidad con que la explotación ganadera pase a nombre del nuevo titular (no será necesario si existe testamento y en él aparece como usufructuario el nuevo titular).
Copia del DNI en vigor del solicitante.
Copia del NIF del solicitante.
Original o fotocopia compulsada del poder notarial que acredite la representación.
Copia del certificado de defunción del titular de la explotación.
TASAS
Importante: estas solicitudes quedan exentas de tasa.
RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES
Esta solicitud puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.
Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, el Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).
Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo ordinario
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201200100
Solicitar la baja de la explotación ganadera o la modificación de datos de su titular en el Registro de explotaciones ganaderas.
1.
Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.
Copia del NIF.
Justificante del poder de representación en su representante legal.
Documentación acreditativa del tipo de relación que dichas personas tienen con el titular: socio, cónyuge, hijo, etc.
Certificado de defunción.
Certificado de últimas voluntades.
Testamento o, de no existir, declaración de herederos o copia compulsada de todas las hojas del Libro de Familia hasta la primera página en blanco, esta incluida.
Cuando proceda, un documento firmado por todos los herederos en el que manifiesten su conformidad con que la explotación ganadera pase a nombre del nuevo titular (no será necesario si existe testamento y en él aparece como usufructuario el nuevo titular).
Copia del DNI en vigor del solicitante (en el caso de personas jurídicas, fotocopia del DNI en vigor del representante legal).
TASAS
Importante: estas solicitudes quedan exentas de tasa.
RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES
Esta solicitud puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.
Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, el Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).
Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo ordinario
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201200100
Solicitar el cambio de titularidad de una explotación ganadera.
1.
Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.
Plano/s SIGPAC que permita la localización geográfica de cada establo/asentamiento de la explotación, con datos de municipio, zona, polígono y parcela, señalando qué edificación corresponde al establo y especie/s que alberga. En caso de asentamientos apícolas, se aportará uno por cada uno de los colmenares que consten registrados, señalando con varias X la superficie ocupada por colmenas.
Justificante del pago de la tasa correspondiente (excepto en cambios de titularidad por defunción).
La tasa será abonada indistintamente por el antiguo o por el nuevo titular.
Copia del documento de constitución y/o estatutos (en Sociedades Civiles, elevados a escritura pública).
Acreditación de la representación, salvo que se indique el Código Seguro de Verificación del poder notarial que la acredite o, en el caso de personas jurídicas, que dicha representación venga recogida en el documento de constitución o estatutos y se aporten estos.
Copia del Certificado de últimas voluntades del titular de la explotación.
Copia del Testamento del titular de la explotación o, de no existir, de su Declaración de Herederos. En defecto de ambos, fotocopia compulsada de todas las hojas del Libro de Familia hasta la primera página en blanco, esta incluida.
Cuando proceda, un documento firmado por todos los herederos del titular de la explotación en el que manifiesten su conformidad con que la explotación ganadera pase a nombre del nuevo titular (no será necesario si existe testamento y en él aparece como usufructuario el nuevo titular).
Copia del DNI en vigor del solicitante o, en su caso, del representante legal
Copia del NIF del solicitante.
Original o fotocopia compulsada del poder notarial que acredite la representación.
Copia del Certificado de defunción del titular de la explotación.
TASAS
Antes de presentar la solicitud, los interesados deberán dirigirse al personal auxiliar / administrativo de las Oficinas Comarcales para que les sea generada una liquidación en concepto de tasa, con el código 10202, correspondiente a Modificaciones en la inscripción inicial.
RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES
Esta solicitud puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.
Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).
Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo ordinario
Código: 201200099
Solicitar el cambio de titularidad de una explotación ganadera.
1.
Ser una persona física mayor de edad o una persona jurídica y aportar toda la documentación exigida para cada trámite.
Plano/s SIGPAC que permita la localización geográfica de cada establo/asentamiento de la explotación, con datos de municipio, zona, polígono y parcela, señalando qué edificación corresponde al establo y especie/s que alberga. En caso de asentamientos apícolas, se aportará uno por cada uno de los colmenares que consten registrados, señalando con varias X la superficie ocupada por colmenas.
Justificante del pago de las tasas de inscripción en registros oficiales (excepto en cambios de titularidad por defunción).
La tasa será abonada indistintamente por el antiguo o por el nuevo titular.
Copia del NIF.
Justificante del poder de representación en el representante legal.
Copia del NIF.
Justificante del poder de representación en el representante legal.
Documento de constitución y/o estatutos (en Sociedades Civiles, elevados a escritura pública).
Certificado de defunción.
Certificado de últimas voluntades.
Testamento o, de no existir, declaración de herederos o copia compulsada de todas las hojas del Libro de Familia hasta la primera página en blanco, esta incluida.
Cuando proceda, un documento firmado por todos los herederos en el que manifiesten su conformidad con que la explotación ganadera pase a nombre del nuevo titular (no será necesario si existe testamento y en él aparece como usufructuario el nuevo titular).
Copia del DNI en vigor del solicitante (en el caso de personas jurídicas, fotocopia del DNI en vigor del representante legal).
TASAS
En el momento de presentar la solicitud, el personal auxiliar/administrativo de las Oficinas Comarcales de Agroganadería generará una liquidación en concepto de tasa por Modificaciones en la inscripción inicial , cuyo importe será de 12,73 .
RELACIÓN CON OTROS TRÁMITES
Esta solicitud puede tener implicaciones en otros trámites agrarios necesarios o convenientes de realizar en tiempo y plazos determinados.
Estarían relacionados principalmente con la percepción de ayudas comunitarias como las Transferencias de derechos de pago único, Derechos de vacas nodrizas, Cuotas lácteas, Subrogaciones en ayudas anuales de la Política Agraria Común, Cese anticipado en la actividad agraria y la titularidad en registros de asociaciones profesionales (indicaciones geográficas protegidas como Ternera asturiana, Faba asturiana, etc. y con asociaciones de productores como COPAE, ASEAVA, ASEAMO, ACPRA, etc.).
Recomendamos por ello consultar dichas implicaciones y plazos al personal técnico que gestiona estas ayudas en la Oficina Comarcal correspondiente al municipio donde radica la explotación, a fin de evitar inconvenientes posteriores y eventuales pérdidas de derechos.
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo ordinario
Código: 201200099
Ser titular de explotación ganadera con ganado bovino
Para realizar el trámite vía web:
1.
TRÁMITES QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB
CONSULTAS QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB
El resto de servicios RIIA/REMO se realizarán presencialmente.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación personal: Oficina Comarcal.
Código: 2002279
Más información
Ser titular de explotación ganadera con ganado bovino
Para realizar el trámite vía web:
1.
TRÁMITES QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB
CONSULTAS QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB
El resto de servicios RIIA/REMO se realizarán presencialmente.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación personal: Oficina Comarcal.
Código: 2002279
Ser almacenamiento anejo a instalaciones de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.
Capacidad de almacenamiento superior a los 1.000 litros.
En el caso de instalaciones con capacidad entre 1.000 Y 3.000 litros (interior) o entre 1.000 Y 5.000 litros (exterior), memoria técnica suscrita por instalador autorizado de una empresa instaladora.
En el caso de instalaciones con capacidad superior a 3.000 litros (interior) o 5.000 litros (exterior), proyecto de la instalación firmado por técnico titulado competente, en el que se ponga de manifiesto el cumplimiento de las especificaciones exigidas por las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas que le correspondan, así como las prescritas por las demás disposiciones legales que le afecten.
MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS INSTALACIONES
Presentar un proyecto o documento indicando las modificaciones a realizar.
PUESTA EN SERVICIO
Certificado final de obra de almacenamiento, acompañado de otra documentación, según los casos (ver Otros Datos de Interés).
DESTINATARIOS
Titulares de instalaciones de almacenamiento de gasóleo para climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.
OBJETO
El registro está incluido en el de instalaciones de climatización, calefacción y agua caliente sanitaria (para cuya alimentación se almacena el gasóleo).
Están exentas de inscripción los almacenamientos en depósitos de capacidad igual o inferior a 1.000 litros. La inscripción en el registro se tramita conjuntamente con el registro de la instalación de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.
CERTIFICADO
El certificado exigido para la puesta en marcha será extendido por el instalador que haya realizado el montaje, por el director de la obra o por un organismo de control.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo ordinario
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20021491
Más información
Ser almacenamiento anejo a instalaciones de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.
Capacidad de almacenamiento superior a los 1.000 litros.
En el caso de instalaciones con capacidad entre 1.000 Y 3.000 litros (interior) o entre 1.000 Y 5.000 litros (exterior), memoria técnica suscrita por instalador autorizado de una empresa instaladora.
En el caso de instalaciones con capacidad superior a 3.000 litros (interior) o 5.000 litros (exterior), proyecto de la instalación firmado por técnico titulado competente, en el que se ponga de manifiesto el cumplimiento de las especificaciones exigidas por las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas que le correspondan, así como las prescritas por las demás disposiciones legales que le afecten.
MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS INSTALACIONES
Presentar un proyecto o documento indicando las modificaciones a realizar.
PUESTA EN SERVICIO
Certificado final de obra de almacenamiento, acompañado de otra documentación, según los casos (ver Otros Datos de Interés).
DESTINATARIOS
Titulares de instalaciones de almacenamiento de gasóleo para climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.
OBJETO
El registro está incluido en el de instalaciones de climatización, calefacción y agua caliente sanitaria (para cuya alimentación se almacena el gasóleo).
Están exentas de inscripción los almacenamientos en depósitos de capacidad igual o inferior a 1.000 litros. La inscripción en el registro se tramita conjuntamente con el registro de la instalación de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.
CERTIFICADO
El certificado exigido para la puesta en marcha será extendido por el instalador que haya realizado el montaje, por el director de la obra o por un organismo de control.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo ordinario
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20021491
Registrar las instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos.
1.
Titulares de instalaciones de almacenamiento de productos químicos incluidas en el ámbito de aplicación de alguno de los siguientes Reales Decretos:
Inscripción de instalaciones:
No obstante lo indicado en los párrafos anteriores, el Reglamento o las instrucciones técnicas complementarias podrán establecer la sustitución del proyecto por otro documento más sencillo, en aquellos casos en que la menor peligrosidad y condiciones de dicho almacenamiento así lo aconsejen. También se pondrá de manifiesto el cumplimiento de las especificaciones exigidas por otras disposiciones legales que les afecten.
Puesta en servicio:
Finalizadas las obras de ejecución de las instalaciones, el titular comunicará la puesta en servicio al órgano competente de la comunidad autónoma presentando además la siguiente documentación:
1.
DESTINATARIOS
Propietarios de establecimientos y almacenes, incluidos los recintos comerciales y de servicios, que precisen instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos, y sus servicios auxiliares.
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo ordinario
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20021488
Más información