Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar el inicio de actividades como empresa habilitada para realizar el montaje, reparación, mantenimiento, revisión y desmontaje de líneas eléctricas de alta tensión en el ámbito del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, aprobado por el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero y quedar inscrita en el registro correspondiente.

    Requisitos

    1. Disponer de la documentación que identifique a la empresa instaladora, que en el caso de persona jurídica deberá estar constituida legalmente.

    2. Contar con los medios técnicos y humanos mínimos necesarios para realizar sus actividades en condiciones de seguridad, que se determinan en el Anexo I de la ITC-LAT-03, para las respectivas categorías, de acuerdo con la normativa vigente y con las necesidades de las actividades a realizar.

    3. Haber suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio por una cuantía mínima de 1.000.000 euros. Estas cuantías mínimas se actualizarán por orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio.

    Necesitas

    1. Declaración de especialidades.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    3. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    4. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    5. En el caso de persona jurídica, tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.

    6. Copia simple de poderes notariales, en caso de representación por poder notarial.

    Te interesa saber

    1. OBJETO

      La declaración responsable habilita por tiempo indefinido a la empresa instaladora, desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.

    2. TASAS

      Una vez realizada la inscripción y otorgado el número de registro, se devengará la tasa correspondiente.

    3. CONTROL ADMINISTRATIVO

      La administración podrá requerir en cualquier momento la justificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la actividad.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201153769

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar el inicio de actividades como empresa habilitada para mantener o instalar instalaciones de protección contra incendios y quedar inscrita en el registro correspondiente.

    Requisitos

    1. Contar con personal contratado que realice la actividad en condiciones de seguridad, con un mínimo de un técnico titulado competente, que será el responsable técnico.

    2. Disponer de los medios técnicos necesarios para realizar su actividad en condiciones de seguridad.

    3. Cuantía mínima de la póliza de acuerdo a lo establecido en la Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y se revisa el anexo I y los apéndices del mismo, (100 millones de pesetas de abril de 1998, por siniestro, que serán actualizadas anualmente a euros, de acuerdo con el Índice de Precios de Consumo).

    4. La actividad de "Recarga de extintores" implica la inscripción del taller (maquinaria e instalaciones), en la División A del Registro Integrado Industrial

      (Ver: Registro o comunicación de actividades incluidas en la División A del Registro Integrado Industrial)

    Necesitas

    1. Declaración de especialidades.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. OBJETO

      La declaración responsable habilita por tiempo indefinido a la empresa instaladora, desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.

    2. TASAS

      Una vez prestado el servicio de la inscripción y otorgamiento del número se devengará la tasa correspondiente.

    3. CONTROL ADMINISTRATIVO

      La administración podrá requerir en cualquier momento la justificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la actividad.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021511

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar el inicio de actividades como empresa habilitada para mantener o instalar instalaciones de protección contra incendios y quedar inscrita en el registro correspondiente.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Contar con personal contratado que realice la actividad en condiciones de seguridad, con un mínimo de un técnico titulado competente, que será el responsable técnico.

    2. Disponer de los medios técnicos necesarios para realizar su actividad en condiciones de seguridad.

    3. Cuantía mínima de la póliza de acuerdo a lo establecido en la Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y se revisa el anexo I y los apéndices del mismo, (100 millones de pesetas de abril de 1998, por siniestro, que serán actualizadas anualmente a euros, de acuerdo con el Índice de Precios de Consumo).

    4. La actividad de "Recarga de extintores" implica la inscripción del taller (maquinaria e instalaciones), en la División A del Registro Integrado Industrial

      (Ver: Registro o comunicación de actividades incluidas en la División A del Registro Integrado Industrial)

    Imprimir

    Necesitas

    1. Declaración de especialidades.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. OBJETO

      La declaración responsable habilita por tiempo indefinido a la empresa instaladora, desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.

    2. TASAS

      Una vez prestado el servicio de la inscripción y otorgamiento del número se devengará la tasa correspondiente.

    3. CONTROL ADMINISTRATIVO

      La administración podrá requerir en cualquier momento la justificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la actividad.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021511

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar el inicio de actividades como empresa instaladora y reparadora habilitada para instalaciones de productos petrolíferos, en el ámbito del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, aprobado por el Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, e inscribirse en el registro integrado industrial, en la especialidad correspondiente.

    Requisitos

    1. Personal contratado que realice la actividad en condiciones de seguridad, con un mínimo de un instalador o reparador de P.P.L. de categoría igual o superior a cada una de las categorías de la empresa instaladora o reparadora de P.P.L.

    2. Disponer de los medios técnicos necesarios para realizar su actividad en condiciones de seguridad.

    3. Suscribir un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio por una cuantía mínima de 300.000 euros para la categoría I y de 600.000 euros para las categorías II y III. Estas cuantías mínimas serán actualizadas anualmente, de acuerdo con el Índice de Precios de Consumo.

    4. Las empresas Reparadoras, de Categoría III, han de presentar ante el Servicio de Industria, el procedimiento de reparación o sistemas para realizar la reparación, de acuerdo con lo establecido en las Instrucciones técnicas complementarias del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas. 1. (Capítulo IV, apdo. 5.6, de la ITC MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 706/2017, de 7 de julio).

    Necesitas

    1. Certificado Digital oDNI electrónico

    2. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    3. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    4. En el caso de persona jurídica, tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.

    5. Copia simple de poderes notariales, en caso de representación por poder notarial.

    Te interesa saber

    1. OBJETO

      La declaración responsable habilita por tiempo indefinido a la empresa instaladora, desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.

    2. TASAS

      Una vez prestado el servicio de la inscripción y otorgamiento del número se devengará la tasa correspondiente.

    3. CONTROL ADMINISTRATIVO

      La administración podrá requerir en cualquier momento la justificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la actividad.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201300028

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar el inicio de actividades como empresa instaladora y reparadora habilitada para instalaciones de productos petrolíferos, en el ámbito del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, aprobado por el Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, e inscribirse en el registro integrado industrial, en la especialidad correspondiente

    Imprimir

    Requisitos

    1. Personal contratado que realice la actividad en condiciones de seguridad, con un mínimo de un instalador o reparador de P.P.L. de categoría igual o superior a cada una de las categorías de la empresa instaladora o reparadora de P.P.L.

    2. Disponer de los medios técnicos necesarios para realizar su actividad en condiciones de seguridad.

    3. Suscribir un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio por una cuantía mínima de 300.000 euros para la categoría I y de 600.000 euros para las categorías II y III. Estas cuantías mínimas serán actualizadas anualmente, de acuerdo con el Índice de Precios de Consumo.

    4. Las empresas Reparadoras, de Categoría III, han de presentar ante el Servicio de Industria, el procedimiento de reparación o sistemas para realizar la reparación, de acuerdo con lo establecido en las Instrucciones técnicas complementarias del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas. (Capítulo XIII, de la ITC MI-IP04, RD 1523/1999, de 1 de octubre).

    Imprimir

    Necesitas

    1. Declaración de especialidades.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. OBJETO

      La declaración responsable habilita por tiempo indefinido a la empresa instaladora, desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.

    2. TASAS

      Una vez prestado el servicio de la inscripción y otorgamiento del número se devengará la tasa correspondiente.

    3. CONTROL ADMINISTRATIVO

      La administración podrá requerir en cualquier momento la justificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la actividad.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201300028

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la habilitación como instalador/a de gas, mediante examen, para poder realizar las operaciones incluidas en la instrucción ITC-ICG 09 del Reglamento de distribución y utilización de combustibles gaseosos.

    Requisitos

    1.

    Para acceder al examen de las categorías A, B y C:

    • Ninguno.

    Necesitas

    1.

    Certificado Digital oDNI electrónico

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1. PRESENTACIÓN A LOS EXÁMENES

      Las personas que figuren como admitidas en las listas definitivas deberán concurrir a las pruebas provistas de:

      • DNI, pasaporte o documento oficial que acredite su identidad.
      • Resguardo del abono de las tasas correspondientes.
      • Material de escritura.
      • Se recomienda llevar calculadora, escalímetro, compás y la documentación reglamentaria que el solicitante considere relacionada con las materias objetos de las pruebas para la realización de aquellas partes de las mismas en las que se permita la consulta de dicha documentación.
    2. EXÁMENES

      • El pago de los derechos de examen se hará una vez se publiquen las listas definitivas de admitidos y excluidos, en las fechas que se indiquen.
      • Contenido mínimo de los exámenes según las categorías:
        • CATEGORÍA A: apartado 1 del Anexo 1 de la ITC-ICG 09 del RD 919/2006, de 28 de julio (BOE de 04/09/2006). Modificado por RD 560/2010, de 7 de mayo (BOE de 22/05/2010).
        • CATEGORÍA B: apartado 2 del Anexo 1 de la ITC-ICG 09 del RD 919/2006, de 28 de julio (BOE de 04/09/2006). Modificado por RD 560/2010, de 7 de mayo (BOE de 22/05/2010).
        • CATEGORÍA C: apartado 3 del Anexo 1 de la ITC-ICG 09 del RD 919/2006, de 28 de julio (BOE de 04/09/2006). Modificado por RD 560/2010, de 7 de mayo (BOE de 22/05/2010).
      • El examen es de tipo teórico-práctico y consta de dos pruebas por fases. Primero se realizará la prueba teórica y las personas que la superen serán convocados a la prueba práctica. Será necesario superar ambas pruebas para resultar con calificación de apto en el examen.
      • Durante la realización de la prueba teórica solo se admitirá la consulta de la reglamentación y normativa técnica aplicable.
      • La superación del examen correspondiente habilita a la persona para el desarrollo de la actividad de instalador de gas en el seno de una empresa instaladora de gas habilitada. No se emite carné profesional, aunque si se facilitará un documento acreditativo de haber superado las pruebas.
    3. TASAS

      El importe a liquidar en la tasa (Modelo 046 ) se ajustará a la tarifa 3.1 - Derechos de examen para la obtención de carnés profesionales - de las Tasas de Industria (Art. 39), atendiendo a lo dispuesto en el vigente Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por le que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. (Cuantía ejercicio 2017: 28,89 ?)

    4. LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS

      • Las pruebas de tipo teórico se llevarán a cabo en las instalaciones del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" (IAAP), sito en la calle Julián Clavería n.º 11 de Oviedo.
      • Fechas de los exámenes: 15 y 23 de mayo de 2017, en horario de tarde.
    5. LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

      Se publicarán en la página web www.asturias.es y en los tablones de anuncios de:

      Consejería de Empleo, Industria y Turismo
      Dirección General de Industria y Telecomunicaciones
      Plaza de España 1, planta 3ª
      33007 ? Oviedo
      Servicio de Atención Ciudadana y Calidad
      EASMU (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples)
      C/ Trece Rosas 2, planta plaza
      33005 ? Oviedo
      Oficina de Atención Ciudadana
      C/ Cabrales 39
      33201 ? Gijón
      Oficina de Atención Ciudadana
      C/ El Muelle 8
      33402 Avilés
      En ellas se concretará lugar, fecha y hora en que se celebrará cada una de las pruebas, así como el plazo para subsanar, en su caso, las posibles deficiencias en la documentación aportada con la solicitud.

    Plazo de solicitud

    Desde:

    20/03/2017

    Hasta:

    12/04/2017 Plazo correspondiente a la primera convocatoria del año 2017

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Tablón de Anuncios: de la Dirección General de Industria en la Plaza de España 1, 3ª planta, Oviedo, del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, en C/ Coronel Aranda, nº 2 de Oviedo y en la Oficina de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, de la C/ Cabrales 39, Gijón. Se publicarán las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos a los exámenes.
    2. Internet: en www.asturias.es
    3. Notificación personal: los resultados finales de los exámenes se comunicarán individualmente por escrto a cada persona que se hay examinado.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Fluidos y Metrología

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021455

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la habilitación como instalador/a o reparador/a de productos petrolíferos líquidos mediante examen teórico-práctico.

    Requisitos

    1.

    Para acceder al examen para las categorías I, II y III:

    • Ninguno.

    Necesitas

    1.

    Certificado Digital oDNI electrónico

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1. PRESENTACIÓN A LOS EXÁMENES

      Las personas que figuren como admitidas en las listas definitivas deberán concurrir a las pruebas provistas de:

      • DNI, pasaporte o documento oficial que acredite su identidad.
      • Resguardo del abono de las tasas correspondientes.
      • Material de escritura.
      • Se recomienda llevar calculadora, escalímetro, compás y la documentación reglamentaria que el solicitante considere relacionada con las materias objetos de las pruebas para la realización de aquellas partes de las mismas en las que se permita la consulta de dicha documentación.
    2. TASAS

      El importe a liquidar en la tasa (Modelo 046 ) se ajustará a la tarifa 3.1 - Derechos de examen para la obtención de carnés profesionales - de las Tasas de Industria (Art. 39), atendiendo a lo dispuesto en el vigente Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por le que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. (Cuantía ejercicio 2017: 28,89 ?)

    3. LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

      Se publicarán en la página web www.asturias.es y en los tablones de anuncios de:

      Consejería de Empleo, Industria y Turismo
      Dirección General de Industria y Telecomunicaciones
      Plaza de España 1, planta 3ª
      33007 ? Oviedo
      Servicio de Atención Ciudadana y Calidad
      EASMU (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples)
      C/ Trece Rosas 2, planta plaza
      33005 ? Oviedo
      Oficina de Atención Ciudadana
      C/ Cabrales 39
      33201 ? Gijón
      Oficina de Atención Ciudadana
      C/ El Muelle 8
      33402 Avilés
      En ellas se concretará lugar, fecha y hora en que se celebrará cada una de las pruebas, así como el plazo para subsanar, en su caso, las posibles deficiencias en la documentación aportada con la solicitud.

    4. LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS

      • Las pruebas de tipo teórico se llevarán a cabo en las instalaciones del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" (IAAP), sito en la calle Julián Clavería n.º 11 de Oviedo.
      • Fechas de los exámenes: 15 y 23 de mayo de 2017, en horario de tarde
    5. PRUEBA PRÁCTICA

      Las personas que superen el ejercicio teórico (escrito) serán convocadas a una prueba de tipo práctico.

    6. HABILITACIÓN

      La superación del examen correspondiente habilita a la persona para el desarrollo de la actividad de instalador o reparador (según corresponda) de PPL en el seno de una empresa instaladora o reparadora habilitada, respectivamente. No se emite carné profesional, aunque si se facilitará un documento acreditativo de haber superado las pruebas.

    Plazo de solicitud

    Desde:

    20/03/2017

    Hasta:

    12/04/2017 Plazo correspondiente a la primera convocatoria del año 2017

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Tablón de Anuncios
    2. Internet: en www.asturias.es
    3. Notificación personal: los resultados finales de los exámenes se comunicarán individualmente por escrito a cada persona que haya resultado con la calificación de apto.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Fluidos y Metrología

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20061862

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar a la administración el inicio de actividades como empresa habilitada para la instalación y conservación de grúas-torre y la inscripción en el registro correspondiente.

    Requisitos

    1. EMPRESA CONSERVADORA-REPARADORA

      Contar con personal contratado que realice la actividad en condiciones de seguridad y en número suficiente para atender las instalaciones que tengan contratadas.

    2. EMPRESA INSTALADORA

      Contar con personal contratado que realice la actividad en condiciones de seguridad, con un mínimo de un técnico titulado competente que será responsable técnico.

    3. PARA AMBOS TIPOS DE HABILITACIÓN

      Disponer de los medios técnicos adecuados para realizar la actividad en condiciones de seguridad.

    4. Tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de 600.000 de euros.

    Necesitas

    1. Declaración de especialidades

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. OBJETO

      La declaración responsable habilita por tiempo indefinido a la empresa instaladora, conservadora desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.

    2. TASAS

      Una vez prestado el servicio de la inscripción y otorgamiento del número se devengará la tasa correspondiente.

    3. CONTROL ADMINISTRATIVO

      La administración podrá requerir en cualquier momento la justificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la actividad.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20022854

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Realizar la solicitud de órgano habilitado para la evaluación de proyectos.

    Esta solicitud la pueden realizar aquellas empresas y entidades interesadas en ser designadas por la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos como órgano habilitado para la evaluación de proyectos en los que se utilicen animales de experimentación, conforme a la dispuesto en el artículo 43 del Real Decreto 53/2013, por el que se establecen las normas básicas para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.

    Requisitos

    1. Poseer los conocimientos técnicos y medios necesarios para la evaluación de proyectos.

    2. Indicar la composición del comité.

    3. Disponer de personal categoría C y/o D y con experiencia previa en evaluación de proyectos.

    4. Indicar fórmula adoptada para evitar el conflicto de intereses.

    5. Comprometerse a no evaluar proyectos en los que pudiera existir conflicto de intereses.

    6. Comprometerse a guardar confidencialidad en relación a los proyectos evaluados.

    7. Especificar el marco de los proyectos a evaluar.

    Necesitas

    1. Memoria de actividades de la entidad, que incluya información detallada de los conocimientos técnicos y medios necesarios para la realización de las funciones.

      Entre los conocimientos técnicos se tendrá en cuenta:

      • La disposición de personal de Categoría C o D, o sus equivalentes.
      • La experiencia previa en evaluación de expedientes de investigación.
      • La experiencia investigadora.
      • El asesoramiento de un especialista en salud de animales de experimentación.

      Por tanto, incluirá número y titulación/formación/capacitación del personal del que dispone el órgano solicitante.

      No obstante, tanto los conocimientos técnicos como los medios necesarios se valorarán caso por caso.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DESTINATARIOS

      Esta solicitud afecta a las empresas y entidades interesadas en ser desiganadas por la autoridad competente como órganos habilitados en evaluación de proyectos de investigación que utilicen animales de experimentación.

    2. MARCO DE LOS PROYECTOS A EVALUAR - CODIFICACIÓN

      1. Investigación fundamental.
      2. Investigación traslacional o aplicada.
        • 2.1. Enfermedades humanas.
        • 2.2. Enfermedades animales.
        • 2.3. Enfermedades de plantas.
        • 2.4. Diagnostico de enfermedades.
        • 2.5. Bienestar animal.
        • 2.6. Toxicología y ecotoxicología no reglamentaria.
      3. El desarrollo y la fabricación de productos farmacéuticos, alimentos, piensos y otras sustancias o productos, así como la realización de pruebas para comprobar su calidad, eficacia y seguridad.
      4. La protección del medio natural en interés de la salud o el bienestar de los seres humanos o los animales.
      5. La investigación dirigida a la conservación de las especies.
      6. La enseñanza superior o la formación para la adquisición o mejora de las aptitudes profesionales.
      7. La medicina legal y forense.
    3. TRAMITACIÓN

      • Se acusará recibo de todas las solicitudes de habilitación.
      • En caso de una solicitud incompleta o incorrecta, se informará al solicitante de la necesidad de subsanar su solicitud y de los plazos para ello.
      • Se resolverá y notificará en el plazo establecido.

      Comunicación al Ministerio de Economía y Competitividad de la habilitación del órgano de evaluación.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado: Se acusará recibo de todas las solicitudes, en caso necesario, se pedirá documentación a subsanar y finalmente, se enviará Resolución denegando o designando la habilitación del órgano.

    En el plazo de 15 días.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201300060

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Realizar la solicitud de órgano habilitado para la evaluación de proyectos.

    Esta solicitud la pueden realizar aquellas empresas y entidades interesadas en ser designadas por la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos como órgano habilitado para la evaluación de proyectos en los que se utilicen animales de experimentación, conforme a la dispuesto en el artículo 43 del Real Decreto 53/2013, por el que se establecen las normas básicas para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Poseer los conocimientos técnicos y medios necesarios para la evaluación de proyectos.

    2. Indicar la composición del comité.

    3. Disponer de personal categoría C y/o D y con experiencia previa en evaluación de proyectos.

    4. Indicar fórmula adoptada para evitar el conflicto de intereses.

    5. Comprometerse a no evaluar proyectos en los que pudiera existir conflicto de intereses.

    6. Comprometerse a guardar confidencialidad en relación a los proyectos evaluados.

    7. Especificar el marco de los proyectos a evaluar.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Memoria de actividades de la entidad, que incluya información detallada de los conocimientos técnicos y medios necesarios para la realización de las funciones.

      Entre los conocimientos técnicos se tendrá en cuenta:

      • La disposición de personal de Categoría C o D, o sus equivalentes.
      • La experiencia previa en evaluación de expedientes de investigación.
      • La experiencia investigadora.
      • El asesoramiento de un especialista en salud de animales de experimentación.

      Por tanto, incluirá número y titulación/formación/capacitación del personal del que dispone el órgano solicitante.

      No obstante, tanto los conocimientos técnicos como los medios necesarios se valorarán caso por caso.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DESTINATARIOS

      Esta solicitud afecta a las empresas y entidades interesadas en ser desiganadas por la autoridad competente como órganos habilitados en evaluación de proyectos de investigación que utilicen animales de experimentación.

    2. MARCO DE LOS PROYECTOS A EVALUAR - CODIFICACIÓN

      1. Investigación fundamental.
      2. Investigación traslacional o aplicada.
        • 2.1. Enfermedades humanas.
        • 2.2. Enfermedades animales.
        • 2.3. Enfermedades de plantas.
        • 2.4. Diagnostico de enfermedades.
        • 2.5. Bienestar animal.
        • 2.6. Toxicología y ecotoxicología no reglamentaria.
      3. El desarrollo y la fabricación de productos farmacéuticos, alimentos, piensos y otras sustancias o productos, así como la realización de pruebas para comprobar su calidad, eficacia y seguridad.
      4. La protección del medio natural en interés de la salud o el bienestar de los seres humanos o los animales.
      5. La investigación dirigida a la conservación de las especies.
      6. La enseñanza superior o la formación para la adquisición o mejora de las aptitudes profesionales.
      7. La medicina legal y forense.
    3. TRAMITACIÓN

      • Se acusará recibo de todas las solicitudes de habilitación.
      • En caso de una solicitud incompleta o incorrecta, se informará al solicitante de la necesidad de subsanar su solicitud y de los plazos para ello.
      • Se resolverá y notificará en el plazo establecido.

      Comunicación al Ministerio de Economía y Competitividad de la habilitación del órgano de evaluación.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado: Se acusará recibo de todas las solicitudes, en caso necesario, se pedirá documentación a subsanar y finalmente, se enviará Resolución denegando o designando la habilitación del órgano.

    En el plazo de 15 días.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201300060

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