Habilitación como empresa instaladora o mantenedora de instalaciones de protección contra incendios
Tramita por Internet
Consiste en
Comunicar el inicio de actividades como empresa habilitada para mantener o instalar instalaciones de protección contra incendios y quedar inscrita en el registro correspondiente.
Requisitos
Contar con personal contratado que realice la actividad en condiciones de seguridad, con un mínimo de un técnico titulado competente, que será el responsable técnico.
Disponer de los medios técnicos necesarios para realizar su actividad en condiciones de seguridad.
Cuantía mínima de la póliza de acuerdo a lo establecido en la Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y se revisa el anexo I y los apéndices del mismo, (100 millones de pesetas de abril de 1998, por siniestro, que serán actualizadas anualmente a euros, de acuerdo con el Índice de Precios de Consumo).
La actividad de "Recarga de extintores" implica la inscripción del taller (maquinaria e instalaciones), en la División A del Registro Integrado Industrial
(Ver: Registro o comunicación de actividades incluidas en la División A del Registro Integrado Industrial)
Necesitas
Declaración de especialidades.
Te interesa saber
OBJETO
La declaración responsable habilita por tiempo indefinido a la empresa instaladora, desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.
TASAS
Una vez prestado el servicio de la inscripción y otorgamiento del número se devengará la tasa correspondiente.
CONTROL ADMINISTRATIVO
La administración podrá requerir en cualquier momento la justificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la actividad.
Plazo de solicitud
Todo el añoCómo solicitarlo
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
Te respondemos mediante
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
Recursos
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Tu solicitud será tramitada por
Servicio de IndustriaTu solicitud será resuelta por
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMOCódigo: 20021511