Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la declaración de idoneidad para acogimiento familiar simple o permanente de menores residentes en el Principado de Asturias.

    Imprimir

    Requisitos

    1. No haber sido declarado no idóneo para el acogimiento en los dos años anteriores.

    2. No haber sido privado de la patria potestad respecto de ningún menor, ni encontrarse incurso en causa de privación según el Código Civil.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Certificación literal de la inscripción del nacimiento del solicitante o solicitantes en el Registro Civil.

    2. En caso de parejas solicitantes, certificación literal de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil, o acreditación de la fecha de inicio de la convivencia (Certificación del Registro de Uniones de Hecho, volante de empadronamiento en que figure la fecha del alta, o acta notarial).

    3. Copia de la tarjeta de beneficiario del Servicio Público de Salud o cualquier otro documento que acredite ser beneficiario de asistencia médica.

    4. Informes médicos relativos a su estado de salud, física y mental.

    5. Declaración del IRPF del último ejercicio. Si alguno de los solicitantes está exento de presentación de la declaración, presentará certificación de la AEAT que lo acredite, y justificante de los ingresos económicos percibidos el ejercicio anterior, en su caso.

    6. Documentación acreditativa de la situación laboral actual de los solicitantes.(Vida laboral, certificado de empresa, certificado del SEPEPA, entre otros?)

    7. Clave SAC oCertificado Digital oDNI electrónico

    8. Si en tu solicitud NO autorizas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas necesitas además:
    9. Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    10. Certificado de empadronamiento.

    Te interesa saber

    1.Silencio positivo, con las suspensiones del procedimiento que marca la Ley 30/1992.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Instituto Asturiano para la Atención Integral a la Infancia

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

    Código: 20021280

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Una declaración con la preceptiva información anual sobre residuos producidos y/o gestionados: Declaraciones Anuales de Productores de residuos (para más de 10.000 kg. al año de residuos peligrosos ó 1.000 t al año de residuos no peligrosos) y/o Declaraciones Anuales de Gestores de residuos del Principado de Asturias, al objeto de atender las obligaciones legales en materia de estadísticas oficiales e información ambiental (artículo 41 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados).

    Requisitos

    1.

    Estar inscrito en el Registro de Producción y Gestión de Residuos del Principado de Asturias.

    Necesitas

    1. Declaración anual (anexo 1).

    2. Memoria anual (anexo 2).

    3. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    MODALIDADES FORMULARIOS

    • Declaración Anual de Productores de Residuos: permite a las empresas productoras de residuos completar y enviar la Declaración anual al Principado de Asturias. Estas declaraciones deben hacerse mediante formulario de Declaración Anual de Productor, para cada una de las diferentes inscripciones de productor de residuos (peligrosos y no peligrosos separadamente) en el Registro de Producción y Gestión de Residuos del Principado de Asturias.
    • Declaración Anual de Gestores de Residuos: permite a las empresas gestoras de residuos completar y enviar la Declaración anual al Principado de Asturias. Estas declaraciones deben hacerse mediante formulario de Declaración Anual de Gestor, para cada una de las diferentes inscripciones de gestor de residuos (almacenamiento, valorización y eliminación) en el Registro de Producción y Gestión de Residuos del Principado de Asturias.
    • Importante para cumplimentar correctamente: En cuanto a las cantidades totales anuales de cada residuo se expresarán en kg sin decimales, tampoco se incluirá el punto de las unidades de millar; el código LER se expresará mediante las seis cifras sin espacios ni asteriscos; tambien el NIMA ha de ir sin espacios pero con sus diez cifras.

    Renombrar los archivos a remitir de la siguiente forma: Año_Gestor/Productor_ nº de NIMA_ nº de inscripción

    Ejemplo: Para un centro gestor cuyo NIMA sea 3300100022 y para un nº de inscripción A32542315/ANP1 el nombre del archivo ha de ser "2015_Gestor_3300100022_A32542315_ANP1.pdf".

    Plazo de solicitud

    Todo el año La cumplimentación de la declaración y el envío de la misma a través de este servicio podrá realizarse durante todo el año, no obstante se recuerda que según la legislación vigente dicha declaración anual deberá presentarse antes del día 1 de marzo.

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Control Ambiental

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 20051809

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Una declaración con la preceptiva información anual sobre residuos producidos y/o gestionados: Declaraciones Anuales de Productores de residuos (para más de 10.000 kg. al año de residuos peligrosos ó 1.000 t al año de residuos no peligrosos) y/o Declaraciones Anuales de Gestores de residuos del Principado de Asturias, al objeto de atender las obligaciones legales en materia de estadísticas oficiales e información ambiental (artículo 41 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados).

    Imprimir

    Requisitos

    1.

    Estar inscrito en el Registro de Producción y Gestión de Residuos del Principado de Asturias.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Declaración anual (anexo 1).

    2. Memoria anual (anexo 2).

    3. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    MODALIDADES FORMULARIOS

    • Declaración Anual de Productores de Residuos: permite a las empresas productoras de residuos completar y enviar la Declaración anual al Principado de Asturias. Estas declaraciones deben hacerse mediante formulario de Declaración Anual de Productor, para cada una de las diferentes inscripciones de productor de residuos (peligrosos y no peligrosos separadamente) en el Registro de Producción y Gestión de Residuos del Principado de Asturias.
    • Declaración Anual de Gestores de Residuos: permite a las empresas gestoras de residuos completar y enviar la Declaración anual al Principado de Asturias. Estas declaraciones deben hacerse mediante formulario de Declaración Anual de Gestor, para cada una de las diferentes inscripciones de gestor de residuos (almacenamiento, valorización y eliminación) en el Registro de Producción y Gestión de Residuos del Principado de Asturias.
    • Importante para cumplimentar correctamente: En cuanto a las cantidades totales anuales de cada residuo se expresarán en kg sin decimales, tampoco se incluirá el punto de las unidades de millar; el código LER se expresará mediante las seis cifras sin espacios ni asteriscos; tambien el NIMA ha de ir sin espacios pero con sus diez cifras.

    Renombrar los archivos a remitir de la siguiente forma: Año_Gestor/Productor_ nº de NIMA_ nº de inscripción

    Ejemplo: Para un centro gestor cuyo NIMA sea 3300100022 y para un nº de inscripción A32542315/ANP1 el nombre del archivo ha de ser "2015_Gestor_3300100022_A32542315_ANP1.pdf".

    Plazo de solicitud

    Todo el año La cumplimentación de la declaración y el envío de la misma a través de este servicio podrá realizarse durante todo el año, no obstante se recuerda que según la legislación vigente dicha declaración anual deberá presentarse antes del día 1 de marzo.

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Control Ambiental

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 20051809

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Hacer una declaración en formato electrónico con la información anual sobre residuos producidos o gestionados. Se recaba con el objeto de atender las obligaciones legales en materia de estadísticas oficiales e información ambiental.

    Debe aportarse, a petición de la Administración, por los productores y gestores de residuos inscritos en el Registro de Producción y Gestión de Residuos del Principado de Asturias.

    Te interesa saber

    1. GESTORIES DE RESIDUOS

      Ficheros en formato Excel a cumplimentar y remitir a la dirección de correo electrónico gestores@asturias.org:

      • Declaración residuos gestionados de entrada.
      • Declaración residuos gestionados de salida.
      • Declaración residuos producidos.
    2. PRODUCTORES DE RESIDUOS

      Fichero en formato Excel a cumplimentar y remitir a la dirección de correo electrónico productores@asturias.org:

      • Declaración residuos producidos.
    3. DECLARACIÓN DE RESIDUOS GESTIONADOS DE ENTRADA

      Se deben indicar las cantidades totales anuales de residuos por código LER que entran en la instalación con destino a una determinada operación de eliminación (D) o valorización (R), desglosando si el productor de los residuos tiene su sede social en Asturias o fuera de Asturias.

    4. DECLARACIÓN DE RESIDUOS GESTIONADOS DE SALIDA

      El formulario debe rellenarse indicando la cantidad anual gestionada para cada tipo de residuo, operación de eliminación (D) o valorización (R) y número NIMA del gestor de destino.

    5. DECLARACIÓN DE RESIDUOS PRODUCIDOS

      El formulario debe rellenarse indicando la cantidad anual producida por cada tipo de residuo y por operación de eliminación (D) o valorización (R) del gestor de destino final.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Control Ambiental

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201400011

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Información

    Consiste en

    Una declaración en formato electrónico con la información anual sobre residuos producidos y/o gestionados. Se recaba con el objeto de atender las obligaciones legales en materia de estadísticas oficiales e información ambiental.

    Debe aportarse, a petición de la Administración, por los productores y gestores de residuos inscritos en el Registro de Producción y Gestión de Residuos del Principado de Asturias.

    Te interesa saber

    1. GESTORIES DE RESIDUOS

      Ficheros en formato EXCELL a cumplimentar y remitir a la dirección de correo electrónico gestores@asturias.org:

      - Plantilla Declaración residuos gestionados de entrada.

      - Plantilla Declaración residuos gestionados de salida.

      - Plantilla Declaración residuos producidos.

    2. PRODUCTORES DE RESIDUOS

      Fichero en formato EXCELL a cumplimentar y remitir a la dirección de correo electrónico productores@asturias.org:

      - Plantilla Declaración residuos producidos.

    3. PLANTILLA DECLARACIÓN DE RESIDUOS GESTIONADOS DE ENTREDA

      Se deben indicar las cantidades totales anuales de residuos por código LER que entran en la instalación con destino a una determinada operación de eliminación (D) o valorización (R), desglosando si el productor de los residuos tiene su sede social en Asturias o fuera de Asturias.

    4. PLANTILLA DECLARACIÓN DE RESIDUOS GESTIONADOS DE SALIDA

      El formulario debe rellenarse indicando la cantidad anual gestionada para cada tipo de residuo, operación de eliminación (D) o valorización (R) y número NIMA del gestor de destino.

    5. PLANTILLA DECLARACIÓN DE RESIDUOS PRODUCIDOS

      El formulario debe rellenarse indicando la cantidad anual producida por cada tipo de residuo y por operación de eliminación (D) o valorización (R) del gestor de destino final.

    Para más información sobre este tema

    Servicio de Control Ambiental
    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201400011

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la declaración del agua como recurso de la sección B y la autorización para su posterior aprovechamiento como tal, utilizando las denominaciones de Aguas Minerales Naturales y Aguas de Manantial.

    Requisitos

    1. AGUAS MINERALES NATURALES:

      No deberán presentar ningún defecto respecto a olor, sabor, color, turbidez o sedimentos, ajenos a las características propias de cada agua. Deberán cumplir las especificaciones relativas a las sustancias tóxicas establecidas para las aguas potables de consumo público, en la Reglamentación Técnico-Sanitaria para el abastecimiento y control de calidad de las aguas potables de consumo público (Real Decreto 1138/1990, de 14 de septiembre, del BOE Nº 226, de 20 de septiembre de 1990). Deberán estar exentas de cloro residual, compuestos fenólicos, agentes tensio-activos, plaguicidas y cualesquiera otros productos en cuanto sean indicadores de posible contaminación. Deberan ser bacteriológicamente sanas y tener su origen en un estrato o yacimiento subterráneo. Brotar de un manantial en uno o varios puntos de alumbramiento, naturales o perforados. Se distinguirán de las restantes aguas potables por su pureza original y por su contenido en minerales, oligoelementos y otros componentes y, en ocasiones, por determinados efectos.

    2. Deberán cumplir las especificaciones microbiológicas y parasitológicas descritas en el artículo 1.2.2 del anexo I del Real Decreto 1164/1991, de 22 de julio, de Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas (BOE Nº 178, de 26 de julio de 1991).
    3. Su composición y restantes características esenciales deberán mantenerse constantes, dentro de los límites impuestos por las fluctuaciones naturales.
    4. AGUAS DE MANANTIAL

      Ser aguas potables de origen subterráneo. Deberán emerger espontáneamente en la superficie de la tierra o captarse mediante labores practicadas al efecto, con las carácteristicas naturales de pureza que permiten su consumo, previa aplicación de los tratamientos físicos requeridos para la separación de los elementos materiales inestables. Deberán cumplir las especificaciones establecidas para las aguas potables de consumo público en la Reglamentación Técnico-Sanitaria para el abastecimiento y control de calidad de las aguas potables de consumo público (Real Decreto 1138/1990, de 14 de septiembre, del BOE Nº 226, de 20 de septiembre de 1990).

    Necesitas

    1. Análisis clínicos y farmacológicos, sólo necesarios para la declaración de aguas minerales naturales, efectuados con métodos científicamente reconocidos y adaptados a las características propias del agua mineral y a sus efectos en el organismo humano (diuresis, funciones gastrointestinales, compensación de carencia de sustancias minerales).
    2. Análisis microbiológicos del agua en los puntos de alumbramiento (artículo 1.2.3 del anexo II del Real Decreto 1164/1991, de 22 de julio).
    3. Análisis y estudios físicos, químicos y físico-químicos (artículo 1.2.2 del anexo II del Real Decreto 1164/1991, de 22 de julio, del BOE Nº 178, de 26 de julio de 1991).
    4. Cuadro comprensivo de los datos relativos a caudal, temperatura, composición química y caracterísiticas microbiológicas del agua, referidos a cada uno de los doce meses precedentes a la presentación de la solicitud.
    5. Estudios geológicos e hidrológicos: Situación exacta de la captación y su altitud, sobre un mapa de escala no superior a 1/1.000. Informe geológico detallado sobre el origen y naturaleza del terreno. Estratigrafía del yacimiento hidrológico. Descripción de las obras e instalaciones de captación. Medidas de protección del manantial y zona circundante contra la contaminación.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:
    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. BOPA

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Promoción y Desarrollo Minero

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código 20022835

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la declaración de Montes de Utilidad Pública (MUP) para montes públicos.

    Requisitos

    1.

    Ser propietario del monte.

    Necesitas

    1. Acreditación del título que ostente.

    2. Certificación de acuerdo plenario de la entidad propietaria para la inclusión del monte en el catálogo.

    Te interesa saber

    1.

    MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA

    Los montes del dominio público forestal podrán ser declarados de utilidad pública cuando estén incluidos en alguno de los siguientes supuestos:

    • Los que sean esenciales para la protección del suelo frente a procesos de erosión.
    • Los situados en cabeceras de cuencas hidrográficas y aquellos otros que contribuyan decisivamente a la regulación del régimen hidrológico, evitando o reduciendo aludes, riadas e inundaciones y defendiendo poblaciones, cultivos e infraestructuras.
    • Los que eviten o reduzcan los desprendimientos de tierras o rocas y el aterramiento de embalses y aquellos que protejan cultivos e infraestructuras contra el viento.
    • Los que contribuyan a la conservación de la diversidad biológica a través del mantenimiento de los sistemas ecológicos, la protección de la flora y la fauna o la preservación de la diversidad genética y, en particular, los que constituyan o formen parte de espacios naturales protegidos, zonas de especial protección para las aves, zonas de especial conservación u otras figuras legales de protección, así como los que constituyan elementos relevantes del paisaje.
    • Los que sin reunir plenamente en su estado actual las características descritas en los apartados anteriores sean destinados a la repoblación o mejora forestal con los fines de protección en ellos indicados.
    • Los que reúnan las características precisas para la promoción de especies de alta calidad maderera.
    • Los que puedan desempeñar una función importante en la mejora de la calidad de vida o de las condiciones laborales o económicas de la población rural.

    (Art 8.1 de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal).

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:
    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
    2. BOPA

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Montes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código 2002304

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar una declaración de exención del canon de saneamiento en consumos agrícolas y ganaderos. Los destinatarios son consumidores que utilicen agua para regadío y para la actividad ganadera.

    Requisitos

    1. ACTIVIDAD GANADERA

      Que se disponga de instalaciones adecuadas y no genere vertidos a la red de alcantarillado.

    2. Que cuando el agua consumida proceda de redes de suministro, la toma se realice de forma independiente a la de los demás consumos sujetos, de modo que permita identificarla fehacientemente.

    3. REGADÍO

      Que la utilización del agua no produzca contaminación por abonos, pesticidas o materias orgánicas que afecten a las aguas superficiales subterráneas.

    4. Utilizar agua para regadío o para la actividad ganadera.

    Necesitas

    1. AGRICULTORES

      Declaración de la situación de los terrenos a regar, cultivos a los que habitualmente se dedican y abonos y pesticidas que, en su caso, sean utilizados.

    2. GANADEROS

      Descripción de las instalaciones de que disponga para recepción y almacenamiento de las aguas residuales que generen dichas actividades.

    3. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DESTINATARIOS

      Agricultores que utilicen agua para regadío y ganaderos que utilicen agua en la actividad ganadera.

    2. NOTIFICACIÓN

      La concesión o denegación de exención se notificará por el Servicio de Gestión Tributaria de la Dirección General de Finanzas y Hacienda, por delegación de la Junta de Saneamiento, en virtud del convenio suscrito y aprobado por la Resolución de 13 de noviembre de 2000.

    3. EFECTOS

      Los efectos de la resolución adoptada se producen a partir de la primera facturación que corresponda después de notificación.

    4. EFECTO DEL SILENCIO

      La Junta de Saneamiento resolverá en cada caso lo procedente dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que las solicitudes sean formuladas , pudiendo entenderse estimadas si dentro del expresado plazo no ha recaído resolución expresa (art. 17.2 Decreto 19/1998, de 23 de abril, de la Consejería de Fomento)

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa

    Tu solicitud será tramitada por

    Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Hacienda y Sector Público

    Código: 20022716

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar una declaración de exención del canon de saneamiento en consumos agrícolas y ganaderos. Los destinatarios son consumidores que utilicen agua para regadío y para la actividad ganadera.

    Imprimir

    Requisitos

    1. ACTIVIDAD GANADERA

      Que se disponga de instalaciones adecuadas y no genere vertidos a la red de alcantarillado.

    2. Que cuando el agua consumida proceda de redes de suministro, la toma se realice de forma independiente a la de los demás consumos sujetos, de modo que permita identificarla fehacientemente.

    3. REGADÍO

      Que la utilización del agua no produzca contaminación por abonos, pesticidas o materias orgánicas que afecten a las aguas superficiales subterráneas.

    4. Utilizar agua para regadío o para la actividad ganadera.

    Imprimir

    Necesitas

    1. AGRICULTORES

      Declaración de la situación de los terrenos a regar, cultivos a los que habitualmente se dedican y abonos y pesticidas que, en su caso, sean utilizados.

    2. GANADEROS

      Descripción de las instalaciones de que disponga para recepción y almacenamiento de las aguas residuales que generen dichas actividades.

    3. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DESTINATARIOS

      Agricultores que utilicen agua para regadío y ganaderos que utilicen agua en la actividad ganadera.

    2. NOTIFICACIÓN

      La concesión o denegación de exención se notificará por el Servicio de Gestión Tributaria de la Dirección General de Finanzas y Hacienda, por delegación de la Junta de Saneamiento, en virtud del convenio suscrito y aprobado por la Resolución de 13 de noviembre de 2000.

    3. EFECTOS

      Los efectos de la resolución adoptada se producen a partir de la primera facturación que corresponda después de notificación.

    4. EFECTO DEL SILENCIO

      La Junta de Saneamiento resolverá en cada caso lo procedente dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que las solicitudes sean formuladas , pudiendo entenderse estimadas si dentro del expresado plazo no ha recaído resolución expresa (art. 17.2 Decreto 19/1998, de 23 de abril, de la Consejería de Fomento)

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa

    Tu solicitud será tramitada por

    Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Hacienda y Sector Público

    Código: 20022716

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la declaración de fiesta o actividad de interés turístico del Principado de Asturias.

    Requisitos

    1. Originalidad de la celebración.

    2. Tradición popular.

    3. Valor sociocultural.

    4. Antigüedad mínima de 10 años con carácter general y 5 años cuando la fiesta o actividad sea de carácter gastronómico ligado a productos representativos del Principado de Asturias.

    5. Capacidad de atracción de visitantes de fuera de la región.

    6. Celebración de forma periódica y en fecha fácilmente determinable.

    Necesitas

    1. Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad que formula la solicitud.

    2. Memoria explicativa que justifique los requisitos exigidos en el artículo 3 del Decreto 33/2003, de 30 de abril, de declaraciones de interés turístico.

    3. Informe del ayuntamiento en el que radique la fiesta o actividad.

    4. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    VALORACIÓN

    Además de los requisitos obligatorios para la declaración, se valorará:

    • El adecuado cuidado de los entornos urbanos, monumentales o paisajísticos.
    • Desestacionalización.
    • Calidad de los actos.
    • Afluencia de visitantes.
    • Participación de la sociedad local.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. BOPA
    2. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión y Calidad Turística

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201300048

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

Cinco Días
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.