Gobierno del Principado de Asturias

  • Información

    Consiste en

    Acceso a viviendas promovidas por el Principado de Asturias por causa de emergencia social (VPP).

    Te interesa saber

    1. Las solicitudes se presentan en el Ayuntamiento respectivo.

    2. La adjudicación o denegación se efectuará por resolución de la Consejería competente en materia de vivienda.

    3. Las solicitudes se pueden presentar durante todo el año.

    Para más información sobre este tema

    Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda
    CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL Y VIVIENDA

    Código: 20021634

  • Información

    Consiste en

    Acceso a viviendas promovidas por el Principado de Asturias por causa de emergencia social (VPP).

    Te interesa saber

    1. Las solicitudes se presentan en el Ayuntamiento respectivo.

    2. La adjudicación o denegación se efectuará por resolución de la Consejería competente en materia de vivienda.

    3. Las solicitudes se pueden presentar durante todo el año.

    Para más información sobre este tema

    Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda
    CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL Y VIVIENDA

    Código: 20021634

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Regular el acceso a los centros de día para personas mayores dependientes

    Imprimir

    Requisitos

    1. Disponer de un apoyo social suficiente que garantice la adecuada permanencia en el entorno.
    2. No necesitar una asistencia sanitaria intensiva.
    3. No suponer un riesgo claro para la salud o integridad física de las personas usuarias.
    4. Presentar dependencia derivada de discapacidad física o psíquica.
    5. Tener una edad superior a 50 años.
    6. Tener vecindad administrativa y residir en cualesquiera de los concejos de Asturias.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Certificado de convivencia expedido por el ayuntamiento correspondiente.
    2. Acreditación legal en el caso de actuar como representación.
    3. Fotocopia de la cartilla sanitaria.
    4. Fotocopia de la declaración de la renta o certificación negativa acompañada de certificaciones de intereses bancarios que acrediten los ingresos del solicitante y su cónyuge o pareja de hecho acreditada.
    5. Fotocopia de la declaración de la renta o certificación negativa que acredite los ingresos del resto de miembros que componen la unidad de convivencia.
    6. Informe médico actualizado que indique el tipo y severidad de dependencia que presenta el solicitante así como historial médico considerado de interés.
    7. Si en tu solicitud NO autorizas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas necesitas además:
    8. Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    Te interesa saber

    1. CENTRO DE DÍA

      Todo establecimiento gerontológico, socioterapéutico y de apoyo a la familia que durante el día preste una atención individualizada a las necesidades básicas, terapéuticas y sociales de la persona mayor dependiente, promoviendo su autonomía y una permanencia adecuada en su entorno habitual.

    2. MODELOS ASISTENCIALES

      • Asistencia continua: las personas usuarias acudirán diariamente al centro durante la totalidad del horario de atención. Se reserva a los usuarios cuyo motivo de ingreso sea prioritariamente el del apoyo familiar, por haberse detectado desde la valoración social una situación de sobrecarga familiar importante.
      • Asistencia parcial: las personas usuarias acudirán al centro de día de modo flexible, tanto en la frecuencia de la asistencia, como en el horario.

    Plazo de solicitud

    En plazoTodo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:
    Realiza el trámite desde aquí.
    Iniciar Solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Atención a la Dependencia

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL Y VIVIENDA

    Código20021289

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar la admisión en las pruebas sobre conocimientos técnico-reglamentarios para la obtención de la acreditación de experto/a cualificado/a para la realización de las inspecciones periódicas de eficiencia energética de las instalaciones térmicas en los edificios.

    Requisitos

    1. Residir en esta Comunidad Autónoma.

    2. Las personas que soliciten acceder a estas pruebas deberán cumplir, previamente, la condición de disponer de alguna de las siguientes titulaciones, reconocimientos o certificaciones:

      • Para inspeccionar instalaciones de cualquier potencia térmica nominal instalada:
        • Título universitario cuyo plan de estudios cubra las materias objeto del RITE aprobado por el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio.
      • Para inspeccionar instalaciones con potencia térmica nominal instalada menor o igual que 70 kW:
        • Título universitario cuyo plan de estudios cubra las materias objeto del RITE aprobado por el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio.
        • Título de formación profesional, o certificado de profesionalidad incluido en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales cuyo ámbito competencial coincida con las materias objeto del RITE aprobado por el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio.
        • Reconocimiento de una competencia profesional adquirida por experiencia laboral, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en las materias objeto del RITE aprobado por el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio.
        • Certificación otorgada por entidad acreditada para la certificación de personas, según lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, que incluya, como mínimo, los contenidos del RITE aprobado por el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio.
        • Carné profesional de instalaciones térmicas de los edificios, regulado en el artículo 42 del RITE aprobado por el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio.

    Necesitas

    1. Justificante del abono de la tasa de derechos de examen (modelo 046)

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    3. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    4. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1. PRESENTACIÓN A LOS EXÁMENES

      Las personas que figuren como admitidas en las listas definitivas deberán concurrir a las pruebas provistas de:

      • DNI, pasaporte o documento oficial que acredite su identidad.
      • Resguardo del abono de las tasas correspondientes.
      • Material de escritura.
      • Se recomienda llevar calculadora, escalímetro, compás y la documentación reglamentaria que el solicitante considere relacionada con las materias objetos de las pruebas para la realización de aquellas partes de las mismas en las que se permita la consulta de dicha documentación.
    2. TASAS

      El importe a liquidar en la tasa (Modelo 046 ) se ajustará a la tarifa 3.1 - Derechos de examen para la obtención de carnés profesionales - de las Tasas de Industria (Art. 39), atendiendo a lo dispuesto en el vigente Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por le que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. (Cuantía ejercicio 2017: 28,89 ?)

    3. LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

      Se publicarán en la página web www.asturias.es y en los tablones de anuncios de:

      Consejería de Empleo, Industria y Turismo
      Dirección General de Industria y Telecomunicaciones
      Plaza de España 1, planta 3ª
      33007 ? Oviedo
      Servicio de Atención Ciudadana y Calidad
      EASMU (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples)
      C/ Trece Rosas 2, planta plaza
      33005 ? Oviedo
      Oficina de Atención Ciudadana
      C/ Cabrales 39
      33201 ? Gijón
      Oficina de Atención Ciudadana
      C/ El Muelle 8
      33402 Avilés
      En ellas se concretará lugar, fecha y hora en que se celebrará cada una de las pruebas, así como el plazo para subsanar, en su caso, las posibles deficiencias en la documentación aportada con la solicitud.

    4. LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS

      • Las pruebas de tipo teórico se llevarán a cabo en las instalaciones del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" (IAAP), sito en la calle Julián Clavería n.º 11 de Oviedo.
      • Fechas de los exámenes: 15 y 23 de mayo de 2017, en horario de tarde
    5. ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS

      No será necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder al examen, estos se acreditarán en el momento en que se solicite la acreditación de experto/a

    6. OBTENCIÓN DE LA ACREDITACIÓN

      Las personas que superen las pruebas sobre conocimientos técnico-reglamentarios dispondrán de un plazo máximo de 2 MESES, contados a partir de la fecha de emisión de la lista definitiva de aptos y no aptos de la convocatoria, para solicitar la acreditación de experto/a cualificado/a.

      La solicitud de la acreditación de experto/a cualificado/a podrá realizarse a través del siguiente enlace: Ver ficha de servicio.

    Plazo de solicitud

    Desde:

    20/03/2017

    Hasta:

    12/04/2017 Plazo correspondiente a la primera convocatoria del año 2017

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Tablón de Anuncios
    2. Internet: www.asturias.es

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Fluidos y Metrología

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201500050

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la acreditación del Principado de Asturias para impartir cursos de gruista (entidades acreditadas).

    Requisitos

    1. Disponer de los medios mínimos necesarios, personales y materiales (personal, locales, elementos de grúas-motores, cables, rodamientos, perfiles, manuales de instalación y mantenimiento, aparatos de medida eléctricos y mecánicos y llaves dinamométricas).

    2. Disponer de grúas tipo torre y autodesplegables, en funcionamiento y para uso exclusivo de la entidad acreditada.

    Necesitas

    1. Memoria explicativa de los medios de que dispondrá, personal que impartirá los cursos, con titulación, desarrollo del programa, etc.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1.

    TASAS

    La acreditación de la entidad exige satisfacer las tasas vigentes.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021588

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la acreditación de Comité Ético de Investigación que habilita para ponderar los aspectos metodológicos, éticos y legales del protocolo propuesto para la realización de ensayos clínicos, así como el balance de riesgos y beneficios.

    Requisitos

    1. Disponer de los medios, infraestructura y soporte administrativo necesarios para garantizar el cumplimiento de sus funciones.

    2. Estar constituidos por un mínimo de 8 miembros entre los cuales habrán de figurar:

      - Dos personas no pertenecientes a las profesiones sanitarias, una de las cuales será licenciada en Derecho.

      - Un farmacéutico de hospital.

      - Un farmacólogo clínico, si existiera.

      - Un médico con labor asistencial.

      - Un diplomado universitario de Enfermería.

      - Un miembro de la Comisión de Investigación, si existiera.

      - Un miembro del Comité de Ética Asistencial, si existiera.

    Necesitas

    1. Declaración firmada por el titular del centro hospitalario, en la que constarán especificados los recursos humanos y los medios materiales de que dispone el Comité Ético de Investigación Clínica que se pretende acreditar y el compromiso de mantenimiento de los mismos para desarrollar sus funciones.

    2. Titulación específica de los miembros del Comité Ético.

    3. Modelos correspondientes a los procedimientos normalizados de trabajo y sus correspondientes anexos.

    4. Currículum vitae de los miembros del Comité Ético de Investigación Clínica, con especial mención de los conocimientos y experiencia en investigación clínica.

    5. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. VIGENCIA

      Cuatro años.

    2. RENOVACIÓN

      Se solicitará tres meses antes de finalizar el periodo de acreditación, para lo cual se actualizará la documentación presentada inicialmente.

    3. LOCALIZACIÓN

      Podrán existir Comités Éticos de Investigación Clínica en cada una de las ocho áreas de salud del Principado de Asturias. Las áreas que tengan dificultades técnicas para constituir un Comité Ético de Investigación Clínica podrán adherirse al Comité Ético de Investigación Clínica Regional ubicado en el Hospital Central de Asturias, siendo el centro de referencia dentro del Principado de Asturias.

    4. PERSONAL

      De no existir farmacólogo clínico, o en el caso de que no se hubiera constituido la Comisión de Investigación o el Comité de Ética Asistencial, los miembros correspondientes podrán suplirse por otros facultativos con la debida cualificación.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Promoción de la Salud y Participación

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Sanidad

    Código: 2002504

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la acreditación que certifica que un centro de atención a la infancia y adolescencia reúne especiales condiciones de calidad en la prestación de los servicios ofertados.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Cumplir las condiciones y requisitos establecidos en el Título IV del Decreto 79/2002, de 13 de junio.
    2. Estar autorizado como centro de atención de servicios sociales.
    3. Que hayan transcurrido al menos 6 meses desde la puesta en funcionamiento del centro.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Memoria explicativa y detallada acerca de su adecuación a los criterios de acreditación.

    Te interesa saber

    1.

    CRITERIOS DE ACREDITACIÓN

    Atención ofrecida. Grado de calidad de los servicios prestados y derivados de una mejora manifiesta en las condiciones mínimas exigidas tanto en la dimensión física, como en la organizativo-funcional.

    Plazo de solicitud

    En plazoTodo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:
    Realiza el trámite desde aquí.
    Iniciar Solicitud

    Te respondemos mediante

    1. BOPA
    2. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familias y

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Bienestar Social y Vivienda

    Código20023430

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la acreditación a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia que habilita para la prestación de servicios a personas dependientes.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Ser un centro residencial o alojamiento tutelado de personas con discapacidades, centro ocupacional o de apoyo a la integración o una unidad de atención temprana.

    2. Tener titularidad privada, con o sin ánimo de lucro, y radicar en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

    3. Estar autorizado como centro de atención de servicios sociales.

    4. Cumplir las condiciones y requisitos establecidos en el Decreto 43/2011, de 17 de mayo y en virtud de su disposición transitoria tercera, el Decreto 79/2002, de 13 de junio.

    5. Cumplir las condiciones y requisitos establecidos en los capítulos II y IV de la Resolución de 22 de junio de 2009, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda.

    6. Excepcionalmente, cuando un centro no cumpla alguno de los requisitos de las citadas normativas por imposibilidad jurídica, física o arquitectónica del edificio, podrá ser acreditado siempre que dicha imposibilidad se justifique identificando y motivando, en la memoria del proyecto aportada para la solicitud, los requisitos que, siendo obligatorios, resulten de imposible cumplimiento.

      Cuando la imposibilidad sea física o arquitectónica, se adjuntará además documentación gráfica que fundamente los impedimentos y donde queden perfectamente localizados e identificados.

      Además, deberán proponerse soluciones alternativas que minimicen el impacto y hagan viable la prestación del servicio en un nivel de calidad similar.

      En todo caso, la imposibilidad del cumplimiento de determinados requisitos u obligaciones no eximirá del cumplimiento del resto de las prescripciones establecidas.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Memoria explicativa y detallada acerca de su adecuación a los criterios de acreditación.

    Te interesa saber

    1.

    CRITERIOS DE ACREDITACIÓN

    • Atención ofrecida.
    • Grado de calidad de los servicios prestados y derivados de una mejora manifiesta en las condiciones mínimas exigidas tanto en la dimensión física, como en la organizativa-funcional.

    Plazo de solicitud

    En plazoTodo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:
    Realiza el trámite desde aquí.
    Iniciar Solicitud

    Te respondemos mediante

    1. BOPA
    2. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Inspección y Acreditación de Centros

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

    Código20023431

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la acreditación a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia que habilita para la prestación de servicios a personas dependientes.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Ser un centro de alojamiento o un centro de día, de personas mayores.

    2. Tener titularidad privada, con o sin ánimo de lucro, y radicar en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

    3. Estar autorizado como centro de atención de servicios sociales.

    4. Que hayan transcurrido al menos 6 meses desde la puesta en funcionamiento del centro.

    5. Cumplir las condiciones y requisitos establecidos en el Decreto 79/2002, de 13 de junio.

    6. Cumplir las condiciones y requisitos establecidos en los Capítulos II y III de la Resolución de 22 de junio de 2009, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda.

    7. Excepcionalmente, cuando un centro no cumpla alguno de los requisitos de las citadas normativas por imposibilidad jurídica, física o arquitectónica del edificio, podrá ser acreditado siempre que dicha imposibilidad se justifique identificando y motivando, en la memoria del proyecto aportada para la solicitud, los requisitos que, siendo obligatorios, resulten de imposible cumplimiento.

      Cuando la imposibilidad sea física o arquitectónica, se adjuntará además documentación gráfica que fundamente los impedimentos y donde queden perfectamente localizados e identificados. Además, deberán proponerse soluciones alternativas que minimicen el impacto y hagan viable la prestación del servicio en un nivel de calidad similar.

      En todo caso, la imposibilidad del cumplimiento de determinados requisitos u obligaciones no eximirá del cumplimiento del resto de las prescripciones establecidas.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Memoria explicativa y detallada acerca de su adecuación a los criterios de acreditación.

    Te interesa saber

    1.

     CRITERIOS DE ACREDITACIÓN

    Atención ofrecida. Grado de calidad de los servicios prestados y derivados de una mejora manifiesta en las condiciones mínimas exigidas tanto en la dimensión física, como en la organizativo-funcional.

    Plazo de solicitud

    En plazoTodo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:
    Iniciar solicitud
    Iniciar Solicitud

    Te respondemos mediante

    1. BOPA
    2. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Inspección y Acreditación de Centros

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

    Código20023409

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la acreditación necesaria para que centros penitenciarios y otros no estrictamente sanitarios puedan llevar a cabo, con carácter excepcional, tratamientos con opiáceos a personas dependientes de éstos.

    Requisitos

    1. En relación a los usuarios, los centros o servicios de tratamiento deberán garantizar a las personas asistidas el reconocimiento de los derechos que legalmente les correspondan, teniendo a disposición de las mismas o de sus familiares el correspondiente Libro de Reclamaciones.

    2. Llevar un Libro de Registro de altas y bajas de personas asistidas, foliado y diligenciado por la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.

    3. Ofrecer una adecuación especial de sus instalaciones y recursos materiales al programa terapéutico que pretendan desarrollar siendo imprescindible, que el centro cuente con servicios de enfermería y servicio farmacéutico, o disponibilidad de medicación o instrumental preciso para atender las crisis de urgencia que puedan plantearse en los pacientes del centro como consecuencia del consumo de sustancias que puedan generar adicción o la adulteración de las mismas, según los casos.

    4. Compromiso de facilitar toda la información relacionada con la actividad asistencial del centro o servicio que les sea requerida por la Comisión de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con Opiáceos.

    5. Cumplir la normativa vigente en materia de salud pública, higiene y seguridad en el trabajo y mantenimiento de las instalaciones.

    6. Razones excepcionales de interés sanitario que aconsejen tal acreditación.

    7. Garantizar que las actividades son desempeñadas por profesionales con titulación adecuada, debiendo estar dotados, como mínimo, con el siguiente personal propio o de referencia: un facultativo médico, un asistente social, un ayudante técnico-sanitario o diplomado en Enfermería, un licenciado en Farmacia.

    Necesitas

    1. Descripción en los mismos términos, del equipo encargado de realizar los tratamientos, incluyendo su experiencia en estas actividades.

    2. Documentación de los medios técnicos de laboratorio, propios o de referencia, para el diagnóstico analítico, seguimiento y control terapéutico de los sujetos que vayan a ser sometidos a tratamientos.

    3. Identificación del solicitante.

    4. Dependencia patrimonial y, en su caso, funcional debidamente acreditadas.

    5. Medidas y medios para la custodia de la medicación a emplear en los tratamientos que existen en el centro y responsable jurídico o institucional de la misma en el caso de que solicite responsabilizarse de la custodia y administración.

    6. Memoria en la que se describan los programas de tratamiento que se pretenden aplicar, incluyendo los criterios sobre indicaciones de los mismos, su duración en términos generales y las actividades complementarias de los programas de tratamiento.

    7. Modalidades previstas de diagnóstico y tratamiento de la patología asociada que pueda presentar el paciente, a través del propio centro o servicio de las instituciones sanitarias con responsabilidad en la atención al paciente.

    8. Modelo, en su caso, de contrato terapéutico en el que se fijen los compromisos que adquiere el centro o servicio y el usuario que desee ser tratado.

    9. Nombre, dirección, documento nacional de identidad y titulación del responsable médico de los programas de tratamiento, acompañados del currículum correspondiente.

    10. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. VIGENCIA

      La acreditación se otorgará por un período máximo de dos años. Será renovable previa solicitud de la misma.

    2. MÁS INFORMACIÓN:

      Unidad de Coordinación del Plan sobre Drogas

      C/ Ildefonso Sánchez del Río nº 5, bajo, 33001 Oviedo

      Teléfono: 985 66 81 53

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Evaluación de la Salud y Programas

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Sanidad

    Código: 20022680

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.