Solicitar la admisión en centros docentes públicos para cursar enseñanzas elementales de música.
Tener un mínimo de 8 años de edad cumplidos a fecha 31 de diciembre, inclusive, del año en curso.
(Para las especialidades de Fagot, Contrabajo, Trombón y Tuba, se ampliará hasta los 14 años).
Superar una prueba específica de acceso.
Solicitud en modelo normalizado.
Fotocopia compulsada del DNI o NIE en vigor.
1.
ENSEÑANZAS ELEMENTALES
FECHA | ACTUACIÓN |
14 a 17 junio (ambos incluidos) | Plazo de matriculación de alumnado del centro para 2º y 4º curso. |
20 a 23 junio (ambos incluidos) | Plazo de matriculación de alumnado del centro (3º curso) |
5 julio | Publicación de vacantes en el tablón de anuncios. |
1 septiembre | Acto público de adjudicación de plazas vacantes por especialidad. |
2 septiembre | Publicación de listado provisional de personas admitidas y no admitidas |
5 y 6 septiembre | Plazo de alegaciones |
7 septiembre | Publicación listado definitivo de personas admitidas. |
9 y 12 septiembre | Plazo de matriculación del alumando en el instrumento en que se le adjudicó la plaza, que no solicite la realización de la prueba a otro nivel diferente de primero. |
13 septiembre | Pruebas a otros niveles diferentes de 1º en el instrumento en que se adjudicó la plaza. Publicación de la lista provisional de plazas adjudicadas indicanado el instrumento y nivel. |
14 septiembre | Plazo de alegaciones |
15 septiembre | Publicación de la lista definitiva de plazas adjudicadas indicanado instrumento y nivel |
16 septiembre | Plazo de matriculación del alumnado, en el instrumento en que se adjudicó la plazo, en curso diferente de 1º. |
Paso 1:
Descarga la solicitud.
Descargar formularios de solicitud
Paso 2:
Cumpliméntala.
Paso 3:
Preséntala en el lugar indicado.
Centro docente en el que pretende ser admitido.
1. Tablón de Anuncios
1.Recurso de alzada
Código: 201300023
Más información
Acceder a viviendas de promoción pública en régimen de alquiler (VPP).
Ser mayor de edad o menor emancipado de acuerdo con lo establecido en la legislación civil y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.
No ser titular, ninguno de los miembros de la unidad de convivencia, del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de una vivienda, o en su caso, acreditar la necesidad de vivienda de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 25/2013, de 22 de mayo, por el que se regula la adjudicación de viviendas del Principado de Asturias.
Las unidades de convivencia deberán acreditar unos ingresos anuales no superiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efctos Múltiples (IPREM).
Contar los miembros de la unidad de convivencoia con permiso de residencia, cuando dicho requisito resulte exigible.
Haber residido ininterrumpidamente o haber trabajado en un centro de trabajo con, al menos, dos años de antelación a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria y estar empadronada en dicha fecha en el concejo donde estén ubicadas las viviendas.
No obstante, en el caso de concejos con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, será suficiente el periodo de residencia o de trabajo antes referido o estar empadronada en el municipio en la fecha de publicación.
En los supuestos de solicitud de vivienda por causa de emergencia social manifiesta o temporal por razones de urgencia, se estará a lo dispuesto en los artículos 19 y 20.
Podrán quedar eximidas del cumplimiento de este requisito:
No haber renunciado, sin causa justificada, ningún miembro de la unidad de convivencia a una vivienda de titularidad del Principado de Asturias en los 5 años anteriores a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria. En el caso de solicitud por causa de emergencia social manifiesta o temporal por razones de urgencia, el plazo contará desde la fecha de presentación de la solicitud.
No obstante, previa autorización de la Consejería competente en materia de vivienda se podrá considerar justificada la renuncia cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
Que a ninguno de los miembros de la unidad de convivencia se le haya denegado la renovación de un contrato de arrendamiento de una vivienda de titularidad del Principado de Asturias, ni haya dado lugar a una resolución de contrato por incumplimiento de las condiciones contractuales, ni haya ocupado una vivienda pública de forma ilegal en los 5 años anteriores a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
En las solicitudes de vivienda por causa de emergencia social manifiesta o temporal por razones de urgencia, el plazo contará desde la fecha de presentación de la solicitud.
Todos los miembros de la unidad de convivencia deberán estar al corriente del pago de las deudas contraídas por las cuotas de arrendamiento y conceptos asimilables por contratos anteriores de arrendamiento de viviendas de titularidad del Principado de Asturias.
Permiso de residencia temporal o permanente, conforme a lo previsto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
Certificación del centro de trabajo.
Certificación acreditativa del traslado laboral, en su caso.
Certificación acreditativa de la condición de persona emigrante retornada.
Certificación emitida por el organismo competente del Estado español o del país donde haya residido la persona emigrante retornada que acredite que algún miembro de la unidad de convivencia ha tenido que abandonar el país durante su minoría de edad, por causas políticas o por causas de trabajo.
En el caso de habitar una vivienda en régimen de arrendamiento:
Declaración jurada, de todos los miembros de la unidad de convivencia, de no ser titulares de un derecho efectivo de uso o disfrute sobre vivienda alguna.
En los casos de indisponibilidad de vivienda por ser o haber sido esta objeto de proceso de ejecución hipotecaria, por estar en condiciones de inhabitabilidad o haber sido asignada a una persona distinta de algún miembro de la unidad de convivencia, por causa de separación, divorcio, disolución de pareja de hecho, herencia, legado, donación u otras causas:
Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género.
Orden de protección dictada a favor de la víctima.
Las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán justificarla a través de un informe de la Consejería competente en materia de igualdad o de otros organismos públicos que certifiquen la existencia de episodios de violencia de género. Deberá incluir un plan individual de atención, elaborado por órgano competente, en el cual se concreten los apoyos destinados a dichas víctimas.
Los miembros de la unidad de convivencia que no estuviesen obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, deberán aportar los siguientes documentos:
DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD
PERSONAS NECESITADAS DE VIVIENDA
Se considerarán necesitadas de vivienda aquellas personas que, siendo propietarias de vivienda, acrediten documentalmente la no disponibilidad de uso sobre la misma por alguna de las causas que se describen a continuación:
Paso 1:
Iniciar solicitud
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201300036
Más información
Acceder a viviendas del Principado de Asturias (VPP) por causa de emeregencia social.
La persona solicitante debe estar empadronada o ser residente con un mínimo de 2 años de antigüedad en el concejo donde estén ubicadas las viviendas, contados en el momento de presentar la solicitud.
Podrán quedar eximidas del cumplimiento de este requisito:
Obtener unos ingresos anuales no superiores a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
En los supuestos de mujeres víctimas de violencia de género, los ingresos anuales no serán superiores a 3 veces el IPREM.
Ser mayor de edad o menor emancipado de acuerdo con lo establecido en la legislación civil.
No encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.
No ser titular, ninguno de los miembros de la unidad de convivencia, del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de una vivienda, o, en su caso, acreditar la necesidad de vivienda.
Contar los miembros de la unidad de convivencia, con permiso de residencia cuando dicho documento resulte exigible.
No haber renunciado sin causa justificada, ningún miembro de la unidad de convivencia, a una vivienda de titularidad del Principado de Asturias en los 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
A ninguno de los miembros de la unidad de convivencia se le haya denegado la renovación de un contrato de arrendamiento de una vivienda de titularidad del Principado de Asturias, ni haya dado lugar a una resolución de contrato por incumplimiento de las condiciones contractuales, ni haya ocupado una vivienda pública de forma ilegal en los 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Todos los miembros de la unidad de convivencia deberán estar al corriente del pago de las deudas contraídas por las cuotas de arrendamiento y conceptos asimilables por contratos anteriores de arrendamiento de viviendas de titularidad del Principado de Asturias.
Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
Se considerarán también necesitadas de vivienda aquellas personas que, siendo propietarias de vivienda, acrediten documentalmente la no disponibilidad de uso sobre la misma por alguna de las causas que se describen a continuación:
Permiso de residencia temporal o permanente, conforme a lo previsto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
Certificación del centro de trabajo.
Certificación acreditativa del traslado laboral, en su caso.
Certificación acreditativa de la condición de persona emigrante retornada.
Certificación emitida por el organismo competente del estado español o del país donde haya residido la persona emigrante retornada que acredite que algún miembro de la unidad de convivencia ha tenido que abandonar el país durante su minoría de edad, por causas políticas o por causas de trabajo.
En caso de habitar una vivienda en régimen de arrendamiento:
Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género.
Orden de protección dictada a favor de la víctima.
No obstante, las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán justificarla a través de un informe de la Consejería competente en materia de igualdad, o de otros organismos públicos que certifiquen la existencia de episodios de violencia de género. Deberá incluir un plan individual de atención, elaborado por órgano competente, en el cual se concreten los apoyos destinados a dichas víctimas.
Los miembros de la unidad de convivencia que no estuviesen obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, deberán aportar los siguientes documentos:
Declaración jurada, de todos los miembros de la unidad de convivencia, de no ser titulares de un derecho efectivo de uso o disfrute sobre vivienda alguna.
En los casos de indisponibilidad de vivienda por ser o haber sido esta objeto de proceso de ejecución hipotecaria; por estar en condiciones de inhabitabilidad o haber sido asignada a una persona distinta a algún miembro de la unidad de convivencia, por causa de separación, divorcio, disolución de pareja de hecho, herencia legado, donación u otras causas:
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
En caso de representación por poder notarial:
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Certificado catastral de titularidad de bienes inmuebles.
Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
Certificado de prestaciones por incapacidad temporal.
Certificado de prestaciones por maternidad o paternidad.
Certificado de grado de discapacidad.
Título de familia numerosa.
Certificado de desempleo.
Certificado de importes percibidos a fecha actual y por períodos.
Paso 1:
Iniciar solicitud
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201300037
Más información
Obtener una adjudicación temporal de viviendas del Principado de Asturias (los contratos de arrendamiento tendrán la duración máxima de un año, prorrgable excepcionalmente por otro más) con el fin de atender situaciones individuales y colectivas que debido a especiales circunstancias requieran una solución urgente e inmediata.
Obtener unos ingresos anuales no superiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
Ser mayor de edad o menor emancipado de acuerdo con lo establecido en la legislación civil.
No encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.
Contar los miembros de la unidad de convivencia, con permiso de residencia cuando dicho documento resulte exigible.
No haber renunciado, sin causa justificada, ningún miembro de la unidad de convivencia, a una vivienda de titularidad del Principado de Asturias en los 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Que a ninguno de los miembros de la unidad de convivencia se le haya denegado la renovación de un contrato de arrendamiento de una vivienda de titularidad del Principado de Asturias, ni haya dado lugar a una resolución de contrato por incumplimiento de las condiciones contractuales, ni haya ocupado una vivienda pública de forma ilegal en los 5 años anteriores a la fecha de resentación de la solicitud.
Todos los miembros de la unidad de convivencia deberán estar al corriente del pago de las deudas contraídas por las cuotas de arrendamiento y conceptos asimilables por contratos anteriores de arrendamiento de viviendas de titularidad del Principado de Asturias.
Se considerarán necesitadas de vivienda aquellas personas que, siendo propietarias de vivienda, acrediten documentalmente la no disponibilidad de uso sobre la misma por alguna de las causas que se describen a continuación:
Declaración jurada, de todos los miembros de la unidad de convivencia, de no ser titulares de un derecho efectivo de uso o disfrute sobre vivienda alguna.
En los casos de indisponibilidad de vivienda por ser o haber sido esta objeto de proceso de ejecución hipotecaria, por estar en condiciones de inhabitabilidad o haber sido asignada a una persona distinta a algún miembro de la unidad de convivencia, por causa de separación, divorcio, disolución de pareja de hecho, herencia legado, donación u otras causas:
Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género.
Orden de protección dictada a favor de la víctima
No obstante, las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán justificarla a través de un informe de la Consejería competente en materia de igualdad, o de otros organismos públicos que certifiquen la existencia de episodios de violencia de género. Deberá incluir un plan individual de atención, elaborado por órgano competente, en el cual se concreten los apoyos destinados a dichas víctimas.
Los miembros de la unidad de convivencia que no estuviesen obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, deberán aportar los siguientes documentos:
1.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial aprobado por resolución de la Consejería competente en materia de vivienda y se presentarán por la persona que, en caso de resultar adjudicataria, suscribirá el contrato de arrendamiento.
Paso 1:
Iniciar solicitud
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201300038
Más información
Obtención de la aprobación de programas de turismo de experiencias
Estar inscrito en el Registro de Empresas y Actividades Turísticias del Principado de Asturias
Desarrollar programas de turismo de experiencias dentro de las siguientes tipologías:
- Turismo activo
- Turismo gastronómico
- Turismo cultural
- Turismo de ocio, salud y belleza
- Turismo industrial, científico y tecnológico
- Turismo de naturaleza
- Otras modalidades
Memoria descriptiva del programa que comprenda como mínimo denominación, localización y medios empleados, descripción de los servicios y actividades así como datos detallados de las empresas complementarias para cada experiencia solicitada.
Copia del Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Identidad de la persona extranjera residente en territorio español o Documento acreditativo de la identidad del solicitante, si es persona física, o del representante de la entidad que solicita la subvención
Los programas de experiencias podrán desarrollarse con medios propios o bien utilizar medios y servicios complementarios. En este caso, deberá existir algún tipo de relación contractual entre la empresa turística y el proveedor del medio o servicio.
Deberá contarse con las autorizaciones y/o permisos que sean requeridos por los organismos competentes en la materia para la que se esté proponiendo el programa de turismo de experiencias
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación personal
Código: 201300047
Más información
Comunicar actuaciones de inspección reglamentaria por parte de los organismos de control cuando así se les haya indicado por parte de la Dirección General de Industria.
1.
En el caso de organismos de control habilitados o autorizados por otra comunidad autónoma, haber comunicado previamente a través del Ministerio su intención de actuar en el Principado de Asturias para el campo reglamentario que proceda.
1.
Certificado Digital o DNI electrónico
1.
Estas actuaciones de la Dirección General de Industria encuentran su fundamento en los artículos 15.2 de la ley 21/1992 de industria y 16.5 . Los Organismos de Control deberán facilitar, a la Administración Autonómica del territorio donde actúen y a la Administración del Estado a los efectos de su competencia, la información sobre sus actividades que reglamentariamente se determine estando reglamentariamente determinado en el artículo 47.2 del Real Decreto 2200/1995 que los Organismos de control deberán facilitar a las Administraciones competentes en su autorización y control la información que éstas les puedan requerir en relación con sus obligaciones en el área reglamentaria.
Paso 1:
Iniciar solicitud
Código: 201300065
Más información
Solicitar el alta en el registro de entidades de formación
Tener en Asturias un domicilio social o establecimiento, sede o sucursal permanente.
En el caso de empresarios individuales, se estará al domicilio fiscal declarado en el censo de obligados tributarios.
Solicitar de forma simultánea al alta en Registro la acreditación o inscripción de al menos una especialidad.
Justificante de abono de tasas (modelo 046), en la tarifa correspondiente al procedimiento solicitado.
Memoria de identificación de inmuebles e instalaciones y planos del centro donde se impartirá la formación (Anexo I): planos de planta del inmueble donde se vaya a impartir la formación, visados por el correspondiente colegio oficial en los casos que sea exigible (podrán presentarse en formato papel o archivo digital, preferentemente a escala 1:50 o 1:100).
Certificado de accesibilidad universal para el centro de formación (Anexo II).
Equipamiento del centro para la especialidad formativa (Anexo III).
Declaración responsable para la inscripción de especialidades de Catálogo, cuando no sean certificados de profesionalidad (Anexo IV).
Documentación acreditativa del negocio que ocasiona la subrogación y documentos registrados que hayan sufrido variaciones.
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
Régimen de afiliación de la Seguridad Social y epígrafe al que se encuentra adscrito.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las personas físicas, podrán elegir entre la presentación presencial o por medios electrónicos. Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos por lo que la presentación de las solicitudes se podrá realizar por los siguientes medios:
* En la sede electrónica del Principado de Asturias a través de la presente ficha de servicio, como medio preferente
* En el Registro Electrónico General de la AGE o también a través del Punto de Acceso General (ver "Más información").
* Utilizando cualquier otra plataforma a la que estén adheridos.
(*)EXENCIÓN DE APORTACIÓN DOCUMENTAL
En el caso de los certificados acreditativos de estar al corriente de deudas tributarias y de seguridad social, los entes incluidos en el Registro que participen en la oferta autonómica de formación quedarán exentos de presentar con su solicitud de subvención aquella documentación depositada en el Registro que esté vigente.
Para poder acogerse a esta exención, el centro o entidad registrada deberá comunicar las variaciones que pudieran producirse en la documentación de vigencia indefinida y renovar la documentación de vigencia temporal antes de que se produzca su vencimiento.
APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
Una vez analizada la solicitud, podrá requerirse de oficio a la entidad para la aportación de determinada documentación complementaria, tal como escrituras y otros documentos, salvo en los casos en que se hubiese consentido la consulta de datos personales en la propia solicitud normalizada.
ALTA EN SINTRAFOR
Las entidades que se den de alta con la intención de participar en las convocatorias de subvenciones de la oferta autonómica de formación para el empleo, deberán además darse de alta como usuarios en el sistema SINTRAFOR.
TASAS
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo : de la propuesta provisional favorable o desfavorable se dará traslado al solicitante, para aportación documental o alegaciones. Concluido el trámite anterior se dictará Resolución por el Presidente del Servicio Público de Empleo.
1.Recurso de alzada
Código: 201400004
Más información
Obtener el título de competencia profesional una vez superadas las pruebas que son covocadas anualmente por la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
Haber obtenido el Requisito de Competencia Profesional por:
Abono de la tasa.
1.
Certificado Digital o DNI electrónico
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación personal : Entrega del Título en las dependencias del Servicio de Transportes. Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, planta 3ª sector derecho 33005 Oviedo
En el plazo de 15 días.
Código: 201400005
Más información
Arrendar fincas de la bolsa de fincas rústicas del Principado de Asturias, mediante la suscripción de contratos de arrendamientos rústicos concertados entre las personas legitimadas para arrendar (arrendadores) y los solicitantes llevadores (arrendatarios) a través de la intermediación del Banco de Tierras del Principado de Asturias.
Ser profesionales del sector agrario.
(Personas físicas titulares de explotaciones agrarias, ganaderas o forestales que requieran un volumen de empleo de, al menos, media unidad de trabajo agrario y que obtengan, al menos, el 20% de su renta de actividades agrarias o complementarias. Se presumirá el carácter de profesional del sector agrario al titular de explotación agraria, ganadera o forestal dado de alta en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios del régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, así como los encuadrados en dicho régimen por su actividad agraria).
En el caso de personas jurídicas:
Cumplir las condiciones de solvencia económica, estando vinculadas al objeto del contrato y siendo proporcionales a su cuantía.
1.
Clave SAC o Certificado Digital o DNI electrónico
ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA
VARIAS SOLICITUDES PARA UNA MISMA FINCA
Si existieran varias solicitudes para una misma finca y el propietario no ejercitara su derecho de elección, se establecen los siguientes criterios de preferencia, por el siguiente orden:
SOLICITUD TELEMÁTICA
La identificación del solicitante podrá realizarse mediante clave SAC o certificado digital, salvo que se incorpore documentación, en cuyo caso deberá usarse certificado digital.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso de alzada
Código: 201400006
Más información
Obtener la tarjeta de tacógrafo digital para conductores que hagan uso de vehículos dotados de tacógrafo digital.
1.
Con carácter general se deberán cumplir los siguientes requisitos:
En todos los casos se deberá adjuntar:
A la solicitud telemática se deberá adjuntar:
Por caducidad:
Por modificación de datos:
Se procederá a la sustitución en caso de robo o pérdida de la tarjeta, deterioro o mal funcionamiento de la misma, o retirada en control.
En caso de deterioro o mal funcionamiento se deberá entregar la tarjeta a sustituir de forma presencial en las oficinas de la Agencia Asturiana de Transportes y Movilidad, sitas en la C/ Trece Rosas s/n, planta plaza de Oviedo.
En caso de pérdida o robo, se deberá presentar:
Por retirada en control:
Misma documentación que para la primera emisión de tarjeta.
Tarjeta anterior en vigor expedida por el país de origen.
El pago de las tasas para este servicio se realizará desde esta misma página
SOLICITUD
DATOS DE INTERÉS
Paso 1:
Iniciar solicitud
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201400012
Más información