Subvenciones a Ayuntamientos con destino a la celebración de contratos de trabajo en prácticas

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Consiste en

Obtener subvenciones destinadas a ayuntamientos del Principado de Asturias con destino a la celebración de contratos de trabajos en prácticas.

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Requisitos

  1. Ser un ayuntamiento del Principado de Asturias.

  2. Realizar el objeto de la subvención directamente.

  3. Los jóvenes desempleados contratados al amparo de esta subvención, además de cumplir los requisitos exigidos para la celebración de un contrato de trabajo en prácticas según la normativa vigente, deberán:

    • Ser contratados, como mínimo, por un año a jornada completa, salvo excepciones expresamente autorizadas.
    • Estar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil como beneficiarios a fecha de inicio del contrato subvencionado.
    • No haber trabajado en los últimos 30 días naturales anteriores a la fecha de inicio del contrato subvencionado.
    • No haber sido parte en un contrato indefinido dentro de los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del contrato subvencionado.
    • Estar inscritos como demandantes de empleo no ocupados en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias a fecha de inicio del contrato subvencionado.

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Necesitas

  1. Formulario de solicitud.

  2. Documentos acreditativos de la personalidad y representación con la que actúa el solicitante.

  3. Informe de la intervención municipal comprensivo de los siguientes aspectos:

    • En relación con el proyecto a través del que se ejerce la competencia no propia:
      • Denominación del proyecto
      • Coste total del proyecto (euros)
      • Porcentaje de financiación por administraciones:
        • Municipal (especificar si se trata de recursos ordinarios municipales, transferencia del Fondo de Cooperación Municipal, etc.)
        • Autonómico
        • Estatal
        • Otros
      • Anualidades de ejecución
      • Detalle de las aplicaciones presupuestarias correspondientes tanto en gastos como en ingresos
    • Incidencia de la ejecución de la competencia no propia en el cumplimiento, a nivel consolidado, de los objetivos de estabilidad presupuestaria (regla del gasto, capacidad/necesidad de financiación), sostenibilidad financiera (porcentaje de deuda viva sobre los ingresos corrientes, y cumplimiento del periodo medio de pago) en el conjunto de la hacienda municipal durante el periodo de ejecución del proyecto.
  4. Ficha de acreedores.

  5. Certificado Digital oDNI electrónico

  6. Si en tu solicitud NO autorizas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas necesitas además:
  7. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  8. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

  9. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Te interesa saber

  1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

    De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, los beneficiarios de las presentes ayudas por tratarse de personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos por lo que la presentación de las solicitudes se podrá realizar por los siguientes medios:

    • En la sede electrónica del Principado de Asturias a través de la presente ficha de servicio.
    • En el Registro Electrónico General de la AGE o también a través del Punto de Acceso General (ver "Mas información").
    • Utilizando cualquier otra plataforma a la que estén adheridos.
  2. FINALIDAD

    La convocatoria 2016 de subvenciones para la celebración de contratos en prácticas subvenciona durante un periodo máximo de 1 año, necesariamente comprendido entre la fecha de notificación de la resolución de concesión y el 31 de marzo de 2018, los contratos en prácticas que a su amparo se formalicen.

  3. CUANTÍA

    La cuantía de la subvención a conceder será la resultante de aplicar los criterios establecidos en la base octava de las reguladoras, siendo el importe de la subvención mínima de 12.615,00€.

  4. EXCLUSIONES

    • No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos ayuntamientos que, siendo necesarios, no hubieran previamente obtenido los informes favorables de no duplicidad y de sostenibilidad financiera a que se refiere el artículo 7.4 de la Ley de Bases de Régimen Local.
    • Los periodos de suspensión de los contratos establecidos en el artículo 45 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
    • Los contratos de aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con la entidad beneficiaria o su sector público formalizada al amparo de alguno de los siguientes programas de subvenciones:
      • Convocatoria 2014 de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado de Asturias para las prácticas no laborales con compromiso de contratación de jóvenes desempleados (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 22 de octubre de 2014, BOPA de 27 de octubre).
      • Convocatoria 2015 de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias: contratos de trabajo en prácticas (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 25 de junio de 2015, BOPA de 6 de julio).
  5. PAGO

    • Primer anticipo: previa presentación de la documentación exigida para su abono dentro del mes siguiente a la notificación de la resolución de concesión de subvención.
    • Segundo anticipo: previa presentación de la documentación exigida para su abono antes del 31 de agosto de 2017.
    • Tercer y último anticipo: previa presentación de la documentación exigida para su abono antes del 15 de noviembre de 2017.
  6. JUSTIFICACIÓN

    La documentación justificativa se presentará antes del 31 de mayo de 2018.

  7. COFINANCIACIÓN

    Estas subvenciones son objeto de cofinanciación por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias y podrán ser objeto de cofinanciación por la Iniciativa de Empleo Juvenil (100%) y el Fondo Social Europeo (85%) para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (2014ES05M9OP001).

Plazo de solicitud

Desde:

02/11/2016

Hasta:

22/11/2016

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

1. Notificación telemática: en el caso de no ser posible la notificación por medios electrónicos se realizará notificación por correo certificado con acuse de recibo.

Recursos

1.Recurso contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA)

Tu solicitud será resuelta por

Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA)

Código: 201300017


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Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

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Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

Servicio de Salud del Principado de Asturias

Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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