Ayudas PAC: Explotaciones de ovino o caprino (con derechos especiales en ...
Tramita por Internet
Consiste en
Obtener ayudas dirigidas a las explotaciones de ovino o caprino cuyos titulares hayan tenido derechos especiales en 2014.
Requisitos
Requisitos generales:
- Los animales deberán estar correctamente identificados y registrados en base a la normativa vigente.
- Para cumplir los animales con los requisitos de identificación y registro estos tienen que cumplirse en las siguientes fechas:
- El 1 de enero del año de solicitud para las ayudas vaca nodriza, vacuno de leche, ovino y caprino
- El 1 de octubre del año anterior al de la solicitud para las ayudas de vacuno de cebo.
- La explotación a la que pertenezcan los animales deberá estar registrada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
- La titularidad de la explotación debe mantenerse durante las fechas en que se determina la elegibilidad de los mismos y en todo caso has la fecha final del plazo de solicitud de cada año.
- El solicitante debe cumplir el requisito de agricultor activo.
- Ningún animal podrá recibir más de una ayuda asociada.
Requisitos específicos:
- Ser titulares de derechos especiales en 2014 y no disponer de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago en el régimen de pago básico.
- No podrán optar a esta ayuda los titulares de derechos especiales, que en 2014 también fuesen titulares de derechos normales y que hubiesen declarado en dicha campaña una superficie igual o superior a 0,2 hectáreas, excepto que el hecho de no disponer de ha admisibles sobre las que activar derechos de pago básico se deba a la ausencia de ha admisibles determinadas en la declaración de la solicitud de ayudas del año 2013.
La explotación de caprino u ovino tiene que cumplir:
- Estar inscritas en el registro general de explotaciones ganaderas (REGA) con el tipo de explotación ?producción y reproducción? o tipo ?pasto?. En el primer caso, a nivel de subexplotación, deberán estar clasificadas como explotaciones de caprino con una clasificación zootécnica de ?reproducción para producción de leche?, ?reproducción para producción de carne? o ?reproducción para producción mixta?.
- Con el fin de evitar la creación artificial de las condiciones para percibir esta ayuda:
- Tener un umbral mínimo de movimientos de salida de la explotación de al menos 0,6 cabritos/corderos por hembra elegible y año.
- Las explotaciones clasificadas zootécnicamente como ?reproducción para la producción de leche? y "reproducción para la producción mixta" podrán, alternativamente, cumplir el requisito anterior si tienen una producción mínima de leche de 80 litros por reproductora y año en el caso del ovino o 200 litros por reproductora y año en el caso del caprino.
- Para medir ambos umbrales se tendrá en cuenta el año completo de presentación de la solicitud.
Animales elegibles para esta ayuda:
- Las hembras de la especie ovina o caprina mantenidas como reproductoras conforme a la declaración censal obligatoria (artículo 11.4 del real decreto) y correctamente identificadas y registradas conforme a la normativa vigente a fecha 1 de enero del año de la presentación de la solicitud única.
- Solo recibirán esta ayuda los titulares a explotaciones con un censo de hembras elegibles igual o superior a 30 en el caso de ovino o de 10 en el caso del caprino.
Si la explotación tuviera ovejas y cabras potencialmente elegibles, para que los animales de ambas especies computen para recibir esta ayuda, deberá cumplirse el requisito de umbral mínimo que corresponda tanto en referencia a las ovejas como a las cabras. Si solo se cumpliese para una de las dos especies, solo computarían a efectos de la ayuda los animales de esa especie.
Necesitas
Solicitud única.
Te interesa saber
1.
IMPORTE UNITARIO ESTIMADO
28,04 ?/cabeza.
Plazo de solicitud
Desde:
20/03/2017Hasta:
02/05/2017 Se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo establecido, pero su importe se reducirá un 1% por cada día hábil de retraso, salvo casos de fuerza mayor.Cómo solicitarlo
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
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- Por SMS
- Notificación por correo ordinario
- BOPA
- Internet: La lista de beneficiarios se publicará en la página web del FEGA.
Recursos
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Tu solicitud será tramitada por
Servicio de Gestión de Ayudas a ExplotacionesTu solicitud será resuelta por
CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALESCódigo: 201500038
Más información
Oficinas de la administración
Instituto Nacional de Silicosis
Calle La Minería 1, 33011, Oviedo
Tel. 985108009
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana
Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo
Consejería de Empleo, Industria y Turismo
Plaza España 1, 33007, Oviedo
Servicio de Salud del Principado de Asturias
Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo
Consejería de Servicios y Derechos Sociales
Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo
Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo
Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"
Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo
Tel. 985108400
Consejería de Educación y Cultura
Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo