2002484-Autorización de apertura de establecimientos de óptica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Obtener una autorización para la apertura de un establecimiento de óptica.

Requisitos

  1. PERSONAL

    Las actividades que se desarrollen se efectuarán bajo la dirección, responsabilidad y control de un Óptico Diplomado colegiado.

  2. ESTABLECIMIENTOS

    - Los locales deberán contar con al menos tres dependencias destinadas a sala de atención y despacho al público, sala de montaje y sala de funciones optométricas que contará con un mínimo de 8 m² de superficie.

    Si en el local existen otras secciones, deberán estar totalmente diferenciadas y disponer del espacio o gabinete adecuado con la autorización correspondiente.

    - Disponer de, al menos, el siguiente instrumental: caja de pruebas o foróptero, prismas, cilindros cruzados, test Duocrón, frontofocómetro, interpupilómetro, gafas de prueba, refractómetro o retinoscopio, optotipo, oftalmómetro o oftalmoscopio.

    - Los establecimientos que trabajen lentes de contacto deberán, además, estar dotados de caja de pruebas de lentes de contacto, queratómetro, biomicroscopio y lámpara de Wood.

    - Disponer de un Libro Registro en el que se anotarán todas las prescripciones ópticas propias.

Necesitas

  1. Documento acreditativo de la identidad de la persona, física o jurídica, titular del establecimiento.

  2. Documentos acreditativos de la titulación y colegiación del Óptico que estará al frente del establecimiento.

  3. Indicación expresa de si entre las actividades a desarrollar se incluye la distribución y venta de productos para el cuidado y mantenimiento de lentes de contacto.

  4. Memoria - resumen del proyecto técnico de las obras e instalaciones, con justificación expresa del cumplimiento de la normativa vigente en materia urbanística, de construcción, instalaciones y seguridad.

  5. Planos de conjunto y detalle que permitan la localización, identificación y descripción de la obra propuesta. El proyecto deberá ser firmado por técnicos cualificados y visados por los colegios profesionales correspondientes.

  6. Relación del utillaje, bienes de equipo y plantilla de personal que prestará servicios en el establecimiento, especificando sus titulaciones y régimen de adscripción horaria.

  7. Certificado Digital o DNI electrónico

Te interesa saber

  1. REGISTRO

    Se producirá su inscripción de oficio en el Registro de Centros y Establecimientos Sanitarios.

  2. DESTINATARIOS

    Tienen la consideración de centros sanitarios y serán aquellos que estén capacitados para realizar:

    - Tallado, montaje, adaptación y venta de artículos destinados a la protección o corrección de la visión y funciones optométricas.

    - Evaluación de las capacidades visuales por medio de las pruebas optométricas oportunas y ayudas en baja visión.

    - Mejora del rendimiento visual por medios físicos tales como las ayudas ópticas, gafas graduadas, protectoras o filtrantes de las radiaciones solares o lumínicas de origen natural o artificial, lentes de contacto y otros medios adecuados, entrenamiento, reeducación, prevención, higiene visual y otras actividades similares.

    - Adaptación de prótesis oculares.

    - Distribución y venta de productos para el cuidado de lentes de contacto.

  3. OTRAS OBLIGACIONES

    Comunicación a la Administración Sanitaria de los cambios que se produzcan en su estructura, actividades o personal, comunicando especialmente los cambios de la persona que ocupe el cargo de director técnico del establecimiento, así como de la información que les sea requerida.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Realiza el trámite desde aquí.

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Autorización de Centros y Servicios Sanitarios

Tu solicitud será resuelta por

Consejería de Sanidad

Código: 2002484

Más información

Normativa relacionada con el servicio


Oficinas de la administración

Instituto Nacional de Silicosis

Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

Tel. 985108009

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana

Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo

Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

Servicio de Salud del Principado de Asturias

Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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